Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA NÚMERO 205/2017, DE 11 DE SEPTIEMBRE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA RELATIVA AL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “FUERTE DE SAN FRANCISCO”.

En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto de 16 de enero de 2026, se adoptan medidas concretas –para la ejecución de la sentencia 205/2017, de 11 de septiembre– relativas al objeto, designación de responsable de la ejecución, constitución de un grupo de trabajo para el seguimiento y coordinación e integrantes del mismo, facultades del responsable de la ejecución, deber de colaboración y seguimiento sobre el estado de cumplimiento. 

ACUERDO POR EL CUAL SE CONVALIDA UN GASTO MAYOR AL AUTORIZADO INICIALMENTE, REALIZADO POR LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, Y DERIVADO DE LA EMISIÓN DEL PROGRAMA “EN COMPAÑÍA”.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.   Esta autorización,  por el cual se convalida un gasto mayor al autorizado inicialmente, realizado por la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, y derivado de la emisión del programa “En Compañía” en un día festivo a los inicialmente previstos durante el ejercicio de 2025, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

APROBACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN 2025-2028.

La Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha establece en su artículo 18 que el Plan Regional de Investigación, Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PRINCET) es el instrumento de planificación, gestión y ejecución de la JCCM en materia de I+D+i.    A su vez, el artículo 20.1 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, establece que el anteproyecto del PRINCET será elaborado por la consejería con competencias en I+D+i, en función de las directrices de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de Castilla-La Mancha. Este anteproyecto deberá ser aprobada por la mencionada Comisión.    De conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, y una vez que el anteproyecto del PRINCET ha sido aprobado por unanimidad por los miembros de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología, el PRINCET es elevado a Consejo de Gobierno para su aprobación. 

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley de medidas administrativas y tributarias de Castilla-La Mancha, viene a regular las diversas medidas de naturaleza administrativa y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2026, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública castellanomanchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS REALIZADAS EN EJERCICIO DE LA HABILITACIONES AL CONSEJERO DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL PREVISTAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 6/2024.

El régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito se regula en el artículo 57 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Sin embargo, dicho régimen ha de entenderse matizado, para cada ejercicio, con las excepciones que establezcan las sucesivas leyes anuales de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.    Para el presente ejercicio, las excepciones al régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito vienen establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.    Este artículo establece la obligación de dar cuenta al Consejo de Gobierno de las modificaciones presupuestarias que sean competencia del Consejo de Gobierno pero que, en ejercicio de las habilitaciones aludidas en dicho artículo, hayan sido autorizadas por el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. 

NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE SUSTITUYE AL PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LA “FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA” Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Conforme al artículo 11 y 12 de los Estatutos de la Fundación se designó, al Secretario General de la Presidencia como uno de los cinco miembros que componen su patronato, otorgándole así mismo la condición de presidente del mismo, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de abril de 2026. Por la presente se propone la sustitución del presidente de la Fundación conforme al régimen de sustituciones establecido en los propios estatutos de la Fundación durante el tiempo que se encuentre en la situación de baja por enfermedad. 

CREACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN UGENA POR TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA “ALMUDENA GRANDES”.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Instituto de Educación Secundaria (código de centro 45014393), en Ugena (Toledo), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria “Almudena Grandes” (código de centro 45014393).

INFORME SOBRE LA PRÓXIMA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE EXPRESIONES DE INTERÉS.

Se procede a informar sobre la próxima publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Orden de 16 de enero de 2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que modifica la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de Acción Frente al Cambio Climático en los centros públicos de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, en el marco del Programa FEDER Castilla-La Mancha 2021-2027.   Se considera relevante informar al Consejo de Gobierno de la modificación de la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, para adaptar la misma a los cambios normativos producidos por la Ley 2/2025, de 11 de abril, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha y el Decreto 85/2025, de 21 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, así como para flexibilizar de las fechas de finalización de la ejecución y puesta en marcha de los proyectos en casos excepcionales, y posibilitar, en determinadas circunstancias, la emisión de informes y propuestas de resoluciones parciales.

PUESTA EN CONOCIMIENTO AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LAS ACTUACIONES DE LA CONSEJERÍA DESARROLLO SOSTENIBLE RELATIVAS AL PAGO DEL BONO SOCIAL TÉRMICO EN CASTILLA-LA MANCHA.

Tomar conocimiento de las actuaciones de la Consejería Desarrollo Sostenible en relación con el pago del “Bono Social Térmico”, ejercicio 2025, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”.

CREACIÓN DE UN CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Nº 4 EN ILLESCAS (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno aprueba la creación de los centros educativos públicos siguientes:   1. Centro de Educación Especial en Illescas (Toledo) con código de centro 45014733.   2. Instituto de Educación Secundaria Obligatoria nº4 en Illescas (Toledo) con código de centro 45014745.

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS (PRODUCTIVIDAD FIJA Y COMPLEMENTO JCCM) DE LOS ENFERMEROS/AS ESPECIALISTAS EN ENFERMERIA FAMILIAR Y COMUNITARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

MODIFICACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS (PRODUCTIVIDAD FIJA Y COMPLEMENTO JCCM) DE LOS ENFERMEROS/AS ESPECIALISTAS EN ENFERMERIA FAMILIAR Y COMUNITARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 46.2 C) DE LA LEY 5/2025, DE 19 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2026.

DECLARACIÓN DEL DAMASQUINADO DE TOLEDO COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 8 de enero de 2025 (DOCM, nº 10, de 16 de enero de 2025) se inició expediente para la declaración del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se han evaluado e informado las alegaciones y escritos presentados desde el sector industrial y los escritos presentados por la Fundación Damasquinado de Toledo, entendiendo que la declaración como BIC debe contener únicamente al trabajo tradicional del damasquinado, en vías de desaparición, sin que ello obvie otras protecciones que puedan darse al trabajo industrial en otros ámbitos.    Se ha solicitado informe a la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo, como institución consultiva en materia de patrimonio cultural conforme al artículo 14.3 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, remitiéndose por este órgano su informe favorable, de fecha de 10 de noviembre de 2025.    Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Enlaces relacionados:   Fundación damasquinado de Toledo Damasquinado Damasquinado El damasquinado o damasquino de Toledo Damasquinado de Toledo, una artesanía milenaria Damasquinado artesanal. Qué es y cómo se hace El damasquinado El damasquinado de Toledo Una mirada joven sobre el damasquinado toledano, "Togashi" Un arte en oro y acero Damasquinado de Toledo Damasquinados Suárez, tradiciones de Toledo Togashi damasquinos Los guardianes del damasquinado de Toledo, ABC, 17-06-2018 Damasquinadores de Toledo, un oficio milenario en riesgo, El Español, 15-04-2023 Entrevista a Ángel Rus, en Zocociover, nº 27, septiembre de 1988 P. Hernández y H. Fraile, Un oficio en el olvido, artículo publicado en el diario ABC el jueves 17/11/2005 En profundidad. El arte del damasquinado Damasquinado artesanal: cómo es y cómo se hace Damasquinado. Un oficio en peligro de extinción Cómo se realiza el damasquinado Los magos del damasquinado, los últimos artesanos de Toledo Qué es el damasquinado Ángel Rus Jodar, damasquinador