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CerrarAUTORIZACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y AUTORIZACIÓN DEL GASTO POR CONSEJO DE GOBIERNO. “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL SESCAM”
Autorización para la celebración del contrato, ya que el valor estimado para los dos años de licitación inicial más dos años de eventuales prórrogas y posibles modificados es de 79.156.000,00 € que supera el límite de 10.000.000 € establecido en el artículo 58.5 b del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha modificado por Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.
Autorización del gasto por importe de 43.535.800,00 €, que supera el límite de 5.000.000 € establecido el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.
-Se plantea la licitación para abastecer de suministro eléctrico con condiciones económicas óptimas a los centros dependientes del SESCAM.
AUTORIZACIÓN DE GASTO DE CONSEJO DE GOBIERNO
Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 2.400.000 €, de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, referido al expediente siguiente:
“Suministro e instalación de actualización de cinco salas de hemodinámica para los Hospitales de Albacete, Ciudad Real, Guadalajara y Toledo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)”.
AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL SESCAM Y ASEREMAC Y ENTRE EL SESCAM Y PAIME
AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL SESCAM Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA EL REGISTRO Y ESTUDIO DE LAS MALFORMACIONES CONGÉNITAS (ASEREMAC) Y ENTRE EL SESCAM Y EL CONSEJO AUTONÓMICO DE COLEGIOS DE MÉDICOS DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL PROFESIONAL DE LA MEDICINA ENFERMO (PAIME)
El SESCAM precisa continuar con la tramitación de los siguientes convenios de colaboración:
- Convenio de colaboración entre el SESCAM y la Asociación Española para el Registro y Estudio de las Malformaciones Congénitas (ASEREMAC).
- Convenio de colaboración entre el SESCAM y el Consejo Autonómico de Colegios de Médicos de Castilla-La Mancha para el desarrollo de un Programa de Atención Integral al Profesional de la Medicina Enfermo (PAIME).
Para hacer efectiva esta colaboración se requiere autorizar la superación del porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, derivado de la tramitación de los siguientes convenios
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL NÚMERO DE ANUALIDADES DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE LA RED DE HELIPUERTOS DEL SESCAM
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL NÚMERO DE ANUALIDADES ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA RED DE HELIPUERTOS DEL SESCAM.
Autorización para la superación de anualidades, en virtud del artículo 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda, referido al expediente siguiente:
“Servicios de mantenimiento integral y regularización de conformidad a las especificaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)de la Red de Puntos de Toma y de Helipuertos utilizadas para la prestación de la Asistencia de Urgencia Médica Aerotransportada (HEMS) de Castilla-La Mancha”.
Presupuesto base de licitación TOTAL: 2.591.474,32 €.
MODIFICACION DEL DECRETO 84/2015, DE 14 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL
El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
El artículo 12 del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, establece las competencias en materia de contratos administrativos y patrimoniales y en materia de encargos, determinando que la persona titular de la Consejería es el órgano de contratación de la misma, desconcentrándose esta competencia para los contratos menores en las personas titulares de las Direcciones Provinciales en el ámbito de su competencia, atribuyéndoles también la aprobación, disposición del gasto y el reconocimiento de la obligación de tales contratos.
Ahora bien, el artículo 4 del Decreto 64/2012, de 8 de marzo, por el que se designa el Organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) atribuye a las Direcciones Generales competentes por razón de la materia, la resolución de los expedientes de pago, así como el reconocimiento de las obligaciones derivadas de los fondos ejecutados por el Organismo pagador. Esta atribución que prevalece por razón de la especialidad de la regulación a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 84/2015, de 14 de julio, sin embargo provocando dificultades de interpretación en la tramitación de expedientes contratación. Por ello, y atendiendo a razones de seguridad jurídica, se considera necesario modificar de nuevo el decreto de la Consejería para excepcionar claramente la desconcentración referida para los contratos menores financiados por FEAGA y FEADER, excepción que debe hacerse extensiva a los contratos menores financiados por cualesquiera fondos europeos, habida cuenta la mayor experiencia de las direcciones generales en la gestión de los mismos, que constituye una garantía de su adecuado uso y control.
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AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DETECCIÓN PRECOZ DE CÁNCER DE MAMA EN LAS PROVINCIAS DE ALBACETE, CIUDAD REAL, CUENCA Y GUADALAJARA, Y EN EL ÁREA DE SALUD DE TALAVERA DE LA REINA
El Consejo de Gobierno ha reconocido obligaciones por importe de 1.207.740,00 € correspondientes a la prestación de servicios de detección precoz de cáncer de mama en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara, y en el Área de Salud de Talavera de la Reina (Toledo).
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADOS DEL REAJUSTE DEL CONVENIO CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE, PARA MEJORA DE CAMINOS RURALES
CREACIÓN DEL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL “VIRGEN DE GRACIA”, POR TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL “VIRGEN DE GRACIA” DE PUERTOLLANO (CIUDAD REAL).
El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Centro Integrado de Formación Profesional “Virgen de Gracia”, que se adscribe a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y queda inscrito en el Registro General de Centros con el código 13002691, por transformación del Instituto de Formación Profesional “Virgen de Gracia” con código de centro 13002691, situado en el municipio de Puertollano (Ciudad Real).
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DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y EL RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO AGRARIO DE CASTILLA-LA MANCHA
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN EN ESPECIE CON CARÁCTER EXCEPCIONAL PARA EL SERVICIO DE AULA MATINAL PARA EL ALUMNADO QUE CURSE ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN EN ESPECIE CON CARÁCTER EXCEPCIONAL PARA EL SERVICIO DE AULA MATINAL PARA EL ALUMNADO QUE CURSE ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA.
Se establece un procedimiento para la solicitud y concesión de ayudas de aula matinal para el alumnado en riesgo de exclusión social con la presentación de una declaración responsable y un único criterio de concesión: ser beneficiario de la ayuda total para comedores regulada mediante Decreto 20/2018 de 10 de abril.
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Portal de Educación de Castilla-La Mancha
ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN FISCALIZADORA EN LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO DE MÓDULOS PREFABRICADOS EN LOS CENTROS DOCENTES IESO “4 DE JUNIO” EN CAÑETE Y EN EL IES “PEDRO MERCEDES DE CUENCA
Se acuerda convalidar la omisión de la función fiscalizadora en los contratos de suministro de módulos prefabricados en el centro docente IESO “4 de junio” en Cañete y en el IES “Pedro Mercedes” de Cuenca durante el periodo comprendido entre septiembre y diciembre de 2016 y reconocer las obligaciones derivadas de la ejecución de los citados contratos hasta un importe total de 18.364,21 euros
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADOS DE LA AMPLIACIÓN DEL CRÉDITO PARA LA INCORPORACIÓN A LA MEDIDA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADOS DE LA AMPLIACIÓN DEL CRÉDITO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA EN 2017, PARA LA INCORPORACIÓN A LA MEDIDA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014/2020 EN CASTILLA-LA MANCHA.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas de la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural por la que se amplía el crédito de la Resolución de 31/01/2017, por la que se realiza la convocatoria en 2017, para la incorporación a la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014/2020 en Castilla-la Mancha.
La Resolución de 31/01/2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural, realiza la convocatoria en 2017, para la incorporación a la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014/2020 en Castilla-La Mancha (DOCM nº 23 de 2 de febrero). El crédito previsto para atender la convocatoria indicada asciendía a la cuantía de 16.180.000 €. No obstante, de conformidad con el punto 4 del apartado séptimo de la Resolución de convocatoria, la cuantía total máxima de la convocatoria podrá incrementarse, motivadamente, previo informe favorable de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de resolver la concesión de la subvención sin necesidad de que ello implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Con fecha 12 de abril de 2017 la Comisión Europea aprueba una modificación del Programa de Desarrollo Rural que, entre otras cuestiones, conlleva un incremento del indicador de productividad previsto para el Focus área 4: “Restablecer, conservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura”, incrementándose la superficie de la medida 11 Agricultura ecológica, que contribuirá al citado indicador, con el consiguiente aumento de la ficha financiera asignada.
Por lo anteriormente expuesto, se prevé incrementar el crédito de la convocatoria en 2017 para la incorporación a la medida de agricultura ecológica en 4.320.000 €, si bien, al superarse los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, debe elevarse al Consejo de Gobierno la autorización de la citada superación de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 de la norma referida.
El crédito de esta convocatoria está cofinanciados por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Ministerio de Agricultura y Pesca, y Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-la La Mancha para el periodo 201/2020, que son el 17,5 7,5 y 75% respectivamente.