Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA INSPECCIÓN DE JUEGO Y APUESTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

El decreto regula las competencias, funciones y organización de la inspección de juego y apuestas, en desarrollo de lo dispuesto artículo 14 de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha, sin  perjuicio  de  la  colaboración  con  la  Administración del Estado realizada a través de los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 61/2018, de 11 de septiembre, por el que se regula la inspección de juego y apuestas de Castilla-La Mancha

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, EN MATERIA DE RECLAMACIÓN DE DEUDA

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE  PRIMERO  DE  LA  JUNTA  DE  COMUNIDADES  DE CASTILLA-LA   MANCHA  AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO,    EN    MATERIA    DE    RECLAMACIÓN    DE     DEUDA    POR DIFERENCIA DE CUOTAS DE LOS TRABAJADORES RELEVISTAS.

 

Se da cuenta al Consejo de Gobierno de la autorización de 23 de julio de 2018, otorgada por el Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo, frente a la desestimación presunta del requerimiento presentado ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Albacete de fecha 17 de abril de 2018, en materia de reclamación de deuda por diferencia de cuotas de los trabajadores relevistas.

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL GABINETE JURÍDICO PARA EL ALLANAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 333/2017

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización  otorgada  por  el Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para el allanamiento a la demanda formulada por los hermanos González Gómez- Arevalillo en el procedimiento ordinario 333/2017 que se sigue en la sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL DERIVADO DE LAS OBRAS DE REFORMA Y ADECUACIÓN PARA CENTRO DE RESPALDO DEL 112 EN LA ENTREPLANTA DEL EDIFICIO SEDE DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA

La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno.

 

El expediente de contratación de las obras de reforma y adecuación para centro de respaldo del 112 en la entreplanta del edificio, sede de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sito en Avenida de Portugal, 11 en Toledo, supone un gasto plurianual imputado al ejercicio 2019, que conlleva una modificación de los citados porcentajes.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA ALLANARSE O DESISTIR, EN LOS PROCESOS EN CURSO ASÍ COMO PARA NO RECURRIR EN CASACIÓN EN RELACIÓN CON LOS RECURSOS RELATIVOS A LA ELECCIÓN DEL MEDIO DE COMPROBACIÓN DE VALORES DE BIENES

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO DE LA JCCM PARA ALLANARSE O DESISTIR, SEGÚN LOS CASOS, EN LOS PROCESOS EN CURSO ASÍ COMO PARA NO RECURRIR EN CASACIÓN EN RELACIÓN CON LOS RECURSOS RELATIVOS A LA ELECCIÓN DEL MEDIO DE COMPROBACIÓN DE VALORES DE BIENES DEL ARTÍCULO 57.1.B) DE LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA.

 

Se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a allanarse o desistir, según los casos, en los procesos en curso ante las salas de lo contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y del Tribunal Supremo, así como para no recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, en relación con los recursos relativos a la elección del medio de comprobación de valores de bienes inmuebles de naturaleza urbana del artículo 57.1.b) de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, tras el cambio de criterio operado por el Tribunal Supremo en Sentencia nº 842/2018, 23 de mayo, de la sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda.

AUTORIZACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y AUTORIZACIÓN DEL GASTO POR CONSEJO DE GOBIERNO. “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL SESCAM”

Autorización para la celebración del contrato, ya que el valor estimado para los dos años de licitación inicial más dos años de eventuales prórrogas y posibles modificados es de 79.156.000,00 € que supera el límite de 10.000.000 € establecido en el artículo 58.5 b del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha modificado por Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.

 

Autorización del gasto por importe de 43.535.800,00 €, que supera el límite de 5.000.000 € establecido el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.

 

-Se plantea la licitación para abastecer de suministro eléctrico con condiciones económicas óptimas a los centros dependientes del SESCAM.

AUTORIZACIÓN DE GASTO DE CONSEJO DE GOBIERNO

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 2.400.000 €, de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, referido al expediente siguiente:

 

“Suministro e instalación de actualización de cinco salas de hemodinámica para los Hospitales de Albacete, Ciudad Real, Guadalajara y Toledo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)”.

AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL SESCAM Y ASEREMAC Y ENTRE EL SESCAM Y PAIME

AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL SESCAM Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA EL REGISTRO Y ESTUDIO DE LAS MALFORMACIONES CONGÉNITAS (ASEREMAC) Y ENTRE EL SESCAM Y EL CONSEJO AUTONÓMICO DE COLEGIOS DE MÉDICOS DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL PROFESIONAL DE LA MEDICINA ENFERMO (PAIME)

 

El SESCAM precisa continuar con la tramitación de los siguientes convenios de colaboración:

 

  1. Convenio de colaboración entre el SESCAM y la Asociación Española para el Registro y Estudio de las Malformaciones Congénitas (ASEREMAC).

 

  1. Convenio de colaboración entre el SESCAM y el Consejo Autonómico de Colegios de Médicos de Castilla-La Mancha para el desarrollo de un Programa de Atención Integral al Profesional de la Medicina Enfermo (PAIME).

 

Para hacer efectiva esta colaboración se requiere autorizar la superación del porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, derivado de la tramitación de los siguientes convenios

 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL NÚMERO DE ANUALIDADES DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE LA RED DE HELIPUERTOS DEL SESCAM

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL NÚMERO DE ANUALIDADES ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA RED DE HELIPUERTOS DEL SESCAM.

 

Autorización para la superación de anualidades, en virtud del artículo 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda, referido al expediente siguiente:

 

“Servicios de mantenimiento integral y regularización de conformidad a las especificaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)de la Red de Puntos de Toma y de Helipuertos utilizadas para la prestación de la Asistencia de Urgencia Médica Aerotransportada (HEMS) de Castilla-La Mancha”.

Presupuesto base de licitación TOTAL: 2.591.474,32 €.

MODIFICACION DEL DECRETO 84/2015, DE 14 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

 

El artículo 12 del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, establece las competencias en materia de contratos administrativos y patrimoniales y en materia de encargos, determinando que la persona titular de la Consejería es el órgano de contratación de la misma, desconcentrándose esta competencia para los contratos menores en las personas titulares de las Direcciones Provinciales en el ámbito de su competencia, atribuyéndoles también la aprobación, disposición del gasto y el reconocimiento de la obligación de tales contratos.

 

Ahora bien, el artículo 4 del Decreto 64/2012, de 8 de marzo, por el que se designa el Organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) atribuye a las Direcciones Generales competentes por razón de la materia, la resolución de los expedientes de pago, así como el reconocimiento de las obligaciones derivadas de los fondos ejecutados por el Organismo pagador. Esta atribución que prevalece por razón de la especialidad de la regulación a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 84/2015, de 14 de julio, sin embargo provocando dificultades de interpretación en la tramitación de expedientes contratación. Por ello, y atendiendo a razones de seguridad jurídica, se considera necesario modificar de nuevo el decreto de la Consejería para excepcionar claramente la desconcentración referida para los contratos menores financiados por FEAGA y FEADER, excepción que debe hacerse extensiva a los contratos menores financiados por cualesquiera fondos europeos, habida cuenta la mayor experiencia de las direcciones generales en la gestión de los mismos, que constituye una garantía de su adecuado uso y control.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 62/2018, de 11 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DETECCIÓN PRECOZ DE CÁNCER DE MAMA EN LAS PROVINCIAS DE ALBACETE, CIUDAD REAL, CUENCA Y GUADALAJARA, Y EN EL ÁREA DE SALUD DE TALAVERA DE LA REINA

El Consejo de Gobierno ha reconocido obligaciones por importe de 1.207.740,00 € correspondientes a la prestación de servicios de detección precoz de cáncer de mama en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca  y Guadalajara, y en el Área de Salud de Talavera de la Reina (Toledo).

 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADOS DEL REAJUSTE DEL CONVENIO CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE, PARA MEJORA DE CAMINOS RURALES

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADOS DEL REAJUSTE DE ANUALIDADES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN 4.3.1 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020 EN LO QUE RESPECTA A ACTUACIONES DE MEJORA Y ADECUACIÓN DE CAMINOS RURALES.