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PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA DEL EXPEDIENTE: 2023/012615 (EM-TO-23-017) ACTUACIONES DE EMERGENCIA EN LAS CARRETERAS CM-4001, CM-401, CM-4013, CM-4006, CM-4003 DE TOLEDO POR DANA.

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento a 10 de octubre de 2023 de las actuaciones seguidas por la Consejería de Fomento, para la ejecución de las obras de emergencia referenciadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.    - En la carretera CM-4001, afecta a los t.m. de Toledo, Mocejón y el barrio de Azucaica principalmente: Existen descalces del pavimento en varios puntos por la erosión sufrida a nivel de la explanada dejando sin sostenimiento arcenes e incluso parte de la calzada. Se ha procedido a estrechar la sección y limitar la velocidad para minorar el riesgo de hundimiento. Se deberán reconstruir mediante relleno de material granular con acabado en mezcla bituminosa en caliente para continuar con el tipo de firme existente en la carretera. Se deberá realizar una limpieza manual de todas las obras de drenaje anegadas.    - En la carretera CM-401, afecta al t.m. de Toledo principalmente: Se observan descalces generalizados en los márgenes de la plataforma generando problemas serios de estabilidad, comprometiendo seriamente la seguridad vial. Se deberán reconstruir mediante relleno de material granular con acabado en hormigón y mezcla bituminosa en caliente. Se deberá realizar una limpieza manual de todas las obras de drenaje anegadas. Se reconstruirán las cunetas dañadas.    - En la carretera CM-4013, afecta a los t.m. de Argés, Layos y Pulgar principalmente: Las cunetas han sufrido erosiones severas y han perdido por completo su geometría. De no dotarles de sección suficiente ni la pendiente adecuada, el sistema de drenaje no funcionará correctamente. Por ello se requiere la formación de la cuneta por medios mecánicos. Se deberá realizar una limpieza manual de todas las obras de drenaje anegadas.    - En la carretera CM-4006, afecta a los t.m. de Bargas y Mocejón principalmente: Existen descalces del pavimento en varios puntos por la erosión sufrida a nivel de la explanada en la zona de cunetas, esta situación es susceptible de provocar un hundimiento en los arcenes y la calzada, comprometiendo seriamente la seguridad vial. Se deberán reconstruir mediante relleno de material granular con acabado en hormigón y mezcla bituminosa en caliente. Se reconstruirán las cunetas dañadas y se repararán los desperfectos de la ODT del p.k. 2+000.    - En la carretera CM-4003, afecta a los t.m. de Camarenilla, Arcicóllar y Camarena principalmente: Las cunetas han perdido su sección por el depósito de sedimentos arrastradas durante las lluvias por lo que se requiere de la reconstrucción mediante medios mecánicos de las mismas. Se realizarán labores de limpieza de arrastres en la zona de dominio público de la carretera. Se deberá realizar una limpieza manual de todas las obras de drenaje anegadas.  

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA95/2023 (02CN220089) INCOADO A “I-DE REDES ELECTRICAS INTELIGENTES S.A.U.”.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “SANCIONAR a I-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio a naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, y por una infracción leve tipificada en el artículo 109.26 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “La destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, tenencia, transporte, comercio, exposición para el comercio o naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogados vulnerables, excepto en los supuestos de escasa trascendencia sobre la correspondiente población, en que se considerará infracción leve”, con:   1º.- Una sanción consistente en multa por importe de TRESCIENTOS MIL EUROS CON CINCUENTA CENTIMOS (300.000,50 euros), por la infracción muy grave, y DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (18.750,00 €), por la infracción leve, de conformidad con lo prevenido en el artículo 113.1.C Y 113.1.A)a) respectivamente de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza;    2º.- Imponer el deber de indemnizar la muerte del milano real por importe de 22.824 euros y por el azor por importe de 22.824 euros, en virtud del baremo previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada, en su importe actualizado al IPC;     3º.- Imponer la medida complementaria indicada en el fundamento de derecho octavo, en concordancia con la indicada en la propuesta de resolución.    4º.- Imponer la medida adicional consistente en la prohibición de obtención de ayudas que se concreten para la adaptación de tendidos contra la electrocución y colisión de aves que puedan percibirse respecto de la concreta línea objeto del expediente (Línea 360606)”. 

 

AUTORIZACION DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE RECONOCE LA CORRESPONSABILIDAD FINANCIERA DEL ORGANISMO PAGADOR DERIVADA DE LAS DECISIONES DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1036 Y 2023/1037 DE LA COMISIÓN EUROPEA, Y EL PAGO VOLUNTARIO DE 4.877.583,30 EUROS.

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE RECONOCE LA CORRESPONSABILIDAD FINANCIERA DEL ORGANISMO PAGADOR DERIVADA DE LAS DECISIONES DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1036 Y 2023/1037 DE LA COMISIÓN EUROPEA, DE 24 DE MAYO DE 2023, CORRESPONDIENTES A LA LIQUIDACIÓN DE CUENTAS FEADER Y LIQUIDACIÓN DE CUENTAS FEAGA RESULTANTES DE LA CERTIFICACIÓN DE LA CUENTA DEL ORGANISMO PAGADOR DE 2022 Y EL PAGO VOLUNTARIO DE UN GASTO DE 4.877.583,30 EUROS.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA FAVORECER EL RELEVO GENERACIONAL EN ACTIVIDADES Y OFICIOS TRADICIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de subvenciones dirigidas a financiar parcialmente los costes laborales por la formalización de contrataciones y de transformaciones de contratos formativos en indefinidos para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.    La finalidad de estas subvenciones consiste en facilitar la formación práctica en las distintas actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha y el acceso al empleo de calidad dentro de los mismos, dando respuesta adecuada a la necesidad de personal cualificado que haga posible el relevo, con especial incidencia en actividades y oficios en riesgo de desaparición, así como en aquellos en los que las técnicas empleadas están declaradas Bien de Interés Cultural, con categoría de Bien Inmaterial.     Se establecen tres líneas de subvención diferenciadas:    a) Línea 1. Ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios en actividades y oficios tradicionales durante un año (salvo que el convenio colectivo correspondiente establezca una duración inferior) y su posterior transformación en contratos indefinidos durante dos años. b) Línea 2. Ayudas para la contratación indefinida en actividades y oficios tradicionales durante tres años. c) Línea 3. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos formativos en actividades y oficios tradicionales durante tres años.   Las subvenciones reguladas en el Decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, estableciéndose para el ejercicio presupuestario 2023 un crédito disponible que asciende a 3.000.000 euros.    Enlaces relacionados:   Decreto 267/2023, de 10 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DISCAPACIDAD PARA APROBAR LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2024 LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL POR IMPORTE DE 61.385.980,00 EUROS.

La Resolución tiene por objeto convocar para el año 2024 las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.    Las ayudas se financiarán, con carácter plurianual, con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2024 y 2025, y con cargo al Fondo Social Europeo+, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de Castilla-La Mancha.    La cuantía estimada máxima destinada a esta convocatoria es de 61.385.980,00 euros que se imputará a las aplicaciones presupuestarias 2708G/313C /48141, 2708G/313C/48141 (0000000562) y 2708G/313C/ 48141 (Fondo FPA 0090011), y al elemento PEP JCCM/0000025620, para los ejercicios 2024 y 2025.    El importe del crédito a imputar en el ejercicio 2024 asciende a la cantidad de 55.834.694,00 euros y en el ejercicio 2025 a la cantidad de 5.551.286,00 euros.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación de la convocatoria y la  consecuente aprobación del gasto.  

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN AL PERSONAL DE GUARDIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LOS CENTROS DE SALUD Y PUNTOS DE ATENCIÓN CONTINUADA DE LAS GERENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA E INTEGRADA DEL SESCAM.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la adopción de actos o negocios jurídicos que conllevan, por un lado, la aprobación de un gasto por importe de 5.051.332,00 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023 y por otro lado, autorización previa a la celebración del contrato, en cumplimiento del artículo 58.5 del  Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ya que el valor estimado es de 9.643.452,00 €, referido al expediente siguiente:    “Servicio de alimentación al personal de guardia de Atención Primaria de los Centros de Salud y puntos de Atención Continuada de las Gerencias de Atención Primaria y Atención Integrada del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”.   Destino:  “Atención Primaria de los Centros de Salud y puntos de Atención Continuada de las Gerencias de Atención Primaria y Atención Integrada del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”: GAI ALBACETE, GAI MANCHA CENTRO, GAI ALMANSA, GAI CIUDAD REAL, GAI CUENCA, GAI GUADALAJARA, GAI HELLÍN, GAI MANZANARES, GAI PUERTOLLANO, GAI TALAVERA GAI TOMELLOSO, GAI VALDEPEÑAS, GAI VILLARROBLEDO, GAP TOLEDO.    El importe asciende a 5.051.332,00 €.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL ALLANAMIENTO EN EL P.O. N.º 501/2022, SEGUIDO ANTE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, SECCIÓN 1ª, CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL T.E.A.R. DE 13 DE JUNIO DE 2022.

Se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a allanarse en un recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 501/2022, seguido en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, e interpuesto contra la resolución del TEAR de 13 de junio de 2022. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL AL AYUNTAMIENTO DE POBLETE (CIUDAD REAL), PARA LA PUESTA EN VALOR DEL SITIO HISTÓRICO DE LA BATALLA DE ALARCOS.

El decreto tiene como objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional al Ayuntamiento de Poblete para la puesta en valor sitio histórico de la batalla de Alarcos.    Se consideran subvencionables los costes de ejecución en los que incurra la entidad beneficiaria, siempre que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, y se realicen dentro del plazo establecido, que comprende desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. Dichos gastos subvencionables, se dividen en dos grupos diferenciados: aquellos que se refieren al diseño general o imagen global del futuro centro de interpretación y los referidos al diseño y construcción de hides.    El importe de la subvención asciende a 46.352,08 euros, que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 19120000G/751C/76000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2023, dotada con fondos propios.   La subvención se otorgará en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, así como en el 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en atención al interés público, social y económico de su objeto que justifican la imposibilidad de la concurrencia pública.   Enlaces relacionados:   Decreto 262/2023, de 2 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional al Ayuntamiento de Poblete de Ciudad Real, para la puesta en valor del sitio histórico de la Batalla de Alarcos.   Corrección de errores del Decreto 262/2023, de 2 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional al Ayuntamiento de Poblete de Ciudad Real, para la puesta en valor del sitio histórico de La Batalla de Alarcos.

DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE LA MEDALLA AL MÉRITO ARTESANO DE CASTILLA-LA MANCHA A DON FERNANDO GARCÉS PÉREZ.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha resuelto conceder la medalla al mérito artesano de Castilla-La Mancha a D. Fernando Garcés Pérez.   La medalla al mérito artesano de Castilla-La Mancha es la máxima distinción que se concede a aquellos artesanos, empresas artesanas, investigadores, entidades, y demás personas físicas y jurídicas, que hayan destacado, por su eminente trayectoria, en la recuperación de las tradiciones artesanas, o bien en su labor a favor del desarrollo y promoción de la artesanía.    Enlaces relacionados:   Decreto 263/2023, de 3 de octubre, por el que se concede la Medalla al Mérito Artesano de Castilla-La Mancha a don Fernando Garcés Pérez.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS ACTUACIONES DE EMERGENCIA EN LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO PICADAS-ALMOGUERA, ENTRE EL 4 Y EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2023, ASÍ COMO SUMINISTRO DE AGUA A LA POBLACIÓN AFECTADA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “Tomar conocimiento de las actuaciones seguidas por la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha en las infraestructuras hidráulicas del sistema de abastecimiento Picadas-Almoguera, entre el 4 y el 13 de septiembre de 2023, consistentes en el restablecimiento del servicio de abastecimiento de agua potable desde el embalse de Picadas, así como el suministro de agua a la población afectada, actuaciones tramitadas por el procedimiento de emergencia”.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2023 POR LA QUE SE DECLARA LA EMERGENCIA PARA LA CONTRATACIÓN O ENCARGO DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN Y SERVICIOS DE LIMPIEZA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS AFECTADOS POR LA DANA.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la Resolución de la Secretaría General de Educación, Cultura y Deportes, dictada el 7 de septiembre de 2023, por la que se declara la emergencia para la contratación o encargo de las obras de reparación y servicios de limpieza en los centros educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, afectados por la depresión aislada de niveles altos (DANA), producida los días 2 al 4 de septiembre de 2023.  

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ATENCIÓN Y DESARROLLO PERSONAL A LOS USUARIOS DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON CENTRO DE DÍA “PASEO DE LA CUBA” EN ALBACETE.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de contratación para la aprobación del expediente del contrato de servicios de atención y desarrollo personal a los usuarios de la Residencia para personas mayores con Centro de Día “PASEO DE LA CUBA” en Albacete (con número de expediente 2023/011232),  que comprenderá prestaciones de psicología, terapia ocupacional, animación sociocultural, auxiliares sanitarios y transporte adaptado, cuya duración se fija en tres años, pudiéndose realizar una o varias prórrogas, siempre que la duración de éstas no exceda, en conjunto, de dos años, habiéndose estimado como fecha de inicio de la ejecución, el 1 de marzo de 2024.