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AUTORIZACIÓN DE GASTO AL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A, CON CARÁCTER PREVIO A LA FIRMA DE UN CONTRATO DE PÓLIZA DE CRÉDITO A CORTO PLAZO CON LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA LA MANCHA, S.A.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto de 2.750.000 euros (dos millones setecientos cincuenta mil euros) al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A., con carácter previo a la firma de un contrato de póliza de crédito a corto plazo entre el Instituto de Finanzas de Castilla-La mancha S.A. y la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A., para hacer frente a necesidades transitorias de tesorería. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE VILLAMALEA (ALBACETE), DE LA PARCELA 9016 DEL POLÍGONO 32 DEL CATASTRO DE RÚSTICA DE LA LOCALIDAD, CON DESTINO A LA INSTALACIÓN DE UN POZO DE AGUA POTABLE PARA EL SUMINISTRO A LA POBLACIÓN.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo de cesión gratuita al Ayuntamiento de Villamalea (Albacete), la propiedad de la parcela 9016 del polígono 32 del catastro de rústica de dicha localidad, con destino a la instalación de un pozo de agua potable para el suministro del municipio, para su deliberación por el Consejo de Gobierno.  

APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo Europeo de julio de 2020 acordó un paquete de medidas de amplio alcance, con el fin de abordar la situación generada en el ámbito europeo con motivo de la pandemia internacional provocada por la COVID-19, que ha supuesto un esfuerzo sin precedentes con el planteamiento innovador de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, culminando con la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación "Next Generation EU", que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia, canalizándose por diversas vías, entre las que destaca como elemento central el "Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia" (MRR), dotado para el conjunto de la Unión Europea con 672.500 millones de euros en préstamos y subvenciones disponibles para apoyar las reformas e inversiones emprendidas por los países de la Unión Europea, con el objetivo de mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus, y de transformar el modelo económico y social europeo hacia otro más sostenible, resiliente y mejor adaptado a  los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.    En este contexto, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) se ha configurado como el programa promovido por el Reino de España orientado a mitigar los impactos de la Pandemia a nivel nacional, así como a transformar el modelo económico español.     El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, ha impuesto a los estados miembros una serie de obligaciones, relativas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, en su condición de beneficiarios de fondos del MRR, entre las que destaca a los efectos del presente Acuerdo, la obligatoriedad de que toda entidad decisora o ejecutora participante en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia disponga de un Plan de Medidas Antifraude.     La Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha configurado un sistema de gestión homogéneo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aplicable a todas las Entidades que integran el sector público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estableciendo asimismo los procedimientos e instrumentos necesarios para asegurar la coordinación y el seguimiento del PRTR.    En este contexto, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su condición de entidad ejecutora del PRTR, debía contar con un Plan de Medidas Antifraude, aplicable a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su personal público, así como a aquellas entidades y personas beneficiarias privadas, socios, contratistas y subcontratistas, que perciban fondos o ejecuten actuaciones del PNRTR. El mismo fue aprobado por Consejo de Gobierno en reunión de 8 de febrero de 2022.    Mediante la aprobación de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se introdujeron una serie de obligaciones para todas las administraciones ejecutoras del PRTR, que requerían la adaptación del Plan de Medidas Antifraude de Castilla-La Mancha, tanto en relación a los aspectos organizativos del mismo como a los procedimentales.     Asimismo, la nueva estructura establecida mediante el Decreto 68/2023, de 9 de julio, por el que se establece la estructura de la Administración Regional, requería una actualización del modelo de Gobernanza del Plan, así como de la relación de organismos ejecutores del mismo.    Finalmente, el propio Plan de Medidas Antifraude recogía en su apartado octavo la necesidad de revisar y actualizar el Plan de manera periódica.    En virtud de todo ello, la presente propuesta de actualización recoge las siguientes modificaciones con respecto al Plan actual de Medias Antifraude:    - Actualización de la normativa nacional y autonómica de aplicación en la ejecución del PRTR.   - Actualización de la estructura administrativa y órganos ejecutores del PRTR en Castilla- La Mancha y del modelo de Gobernanza del Plan de Medidas Antifraude.  - Regulación de las entidades instrumentales y de lo subproyectos instrumentales del PRTR en Castilla-La Mancha.   - Inclusión de la posibilidad de adhesión voluntaria de las entidades locales de Castilla-La Mancha a los planes antifraude específicos de cada consejería.   - Inclusión de la DACI específica para procedimientos de contratación, de acuerdo con la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.  - Inclusión del "Modelo de confirmación de la ausencia de conflicto de interés" (Anexo XI) y de las <Reglas para la selección de solicitudes a someter al análisis de riesgo de conflicto de interés en el caso de procedimientos de concesión de subvenciones de concurrencia masiva= (Anexo XII), de conformidad con lo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.    Enlaces relacionados:   Plan de Medidas Antifraude de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A 8 CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL PRIVADOS CONCERTADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA–LA MANCHA, PARA EL CURSO 2022/2023.

Por parte de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se está tramitando un procedimiento para la concesión directa de subvenciones a 8 centros de educación especial privados concertados de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el curso 2022/2023, y ordenar su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 269/2023, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a 8 centros de Educación Especial privados concertados de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para el curso 2022/2023.

CONVALIDACION DE OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA REFERENTE A LA ORDEN DE ENCARGO A TRAGSA PARA LA EJECUCIÓN Y FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE REPARACIÓN Y MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS RURALES AFECTADAS POR LAS ADVERSIDADES CLIMÁTICAS DE 2021 EN GUADALAJARA.

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA ACORDADO LA CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA, REFERENTE A LA ORDEN DE ENCARGO A TRAGSA RELATIVA A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURAS RECOGIDAS EN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE PASTRANA, CENTENERA, LUPIANA, ALDEANUEVA DE GUADALAJARA, TORIJA, ATAZÓN, CASPUEÑAS, MIRABUENO Y TORREMOCHA DEL PINAR DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA PARA LA EJECUCIÓN Y LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE REPARACIÓN Y MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS RURALES AFECTADAS POR LAS ADVERSIDADES CLIMÁTICAS DE 2021.

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA PARA EL DESARROLLO DEL MARCO DE COOPERACIÓN INTERADMINISTRATIVA PREVISTO EN LA LEY 39/2006.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en determinar las obligaciones asumidas por cada una de las partes intervinientes para la financiación del nivel de protección acordado previsto en el artículo 7.2º. de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.    Asimismo, el  convenio tiene por objeto financiar, mediante el establecimiento de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del Sistema, singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el Plan de choque acordado por el Consejo Territorial del SAAD: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la calidad de los servicios y de las  condiciones laborales de las personas que trabajan en el SAAD y mejora de las intensidades de los servicios y prestaciones.    El convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023, dado que las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación se encuentran referidas al ejercicio 2023. La aportación al convenio por parte de la Comunidad Autónoma asciende a 51.953.616,19 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 27.03.313H.4811G y 27.04.313D.245. 

DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL, DE LAS LABORES DE LAGARTERA: SUS INDUMENTARIAS Y OTRAS PRODUCCIONES TEXTILES.

Por parte del Consejo de Gobierno se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial, las Labores de Lagartera: sus indumentarias y otras producciones textiles.  

CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA REFERENTE A LA ORDEN DE ENCARGO A TRAGSA PARA LA EJECUCIÓN DE LA MEJORA Y ADECUACIÓN DE CAMINOS RURALES INHERENTES A LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE LA ZONA DE EL VICARIO EN CIUDAD REAL.

REFERENTE A LA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL AL MEDIO PROPIO TRANSFORMACIÓN AGRARIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRAGSA) PARA LA EJECUCIÓN DE LA MEJORA Y ADECUACIÓN DE CAMINOS RURALES INHERENTES A LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE LA ZONA DE EL VICARIO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL. 

MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA CESIÓN GRATUITA DE LA PARCELA R-8 DE LA FASE V DEL POLÍGONO RESIDENCIAL DE TOLEDO OTORGADA POR ACUERDO DE 11 DE MAYO DE 2010 A FAVOR DE LA EMPRESA REGIONAL DE SUELO Y VIIVENDA DE CASTILLA-LA MANCHA (ACTUAL GICAMAN).

El Consejo de Gobierno acuerda:    “I.- Modificar la finalidad de la cesión estableciendo la obligación de GICAMAN de destinar la parcela a la construcción y  promoción de 86 viviendas protegidas en régimen de alquiler social o precio asequible en edificio energéticamente eficiente en los términos del Acuerdo nº 6 de la Comisión Bilateral de 25 de octubre de 2023 que se incorpora como anexo al presente, mediante el otorgamiento de un derecho de superficie durante un plazo de 52 años y 9 meses, ampliables hasta un máximo de 75 años, desde la calificación definitiva como viviendas protegidas.    II.- Si en el plazo de 1 año desde el presente acuerdo GICAMAN no procediera a la concesión u otorgamiento del derecho de superficie, o si una vez concedido u otorgado la parcela no fuera destinada al fin previsto en el plazo de 4 años desde la constitución del citado derecho o dejase de serlo con posterioridad, la parcela objeto de cesión revertirá a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual tendrá derecho además a percibir, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros experimentados en la misma, de conformidad con la legislación de patrimonio.    III. Extinguido el derecho de superficie por transcurso del plazo de duración del mismo, GICAMAN, como propietario del suelo, hará suya la propiedad de las viviendas edificadas, sin que deba satisfacer indemnización alguna al superficiario.    IV. Serán de cargo de GICAMAN el pago de cuantos impuestos y arbitrios se deriven de la presente, incluidos gastos notariales y registrales para su elevación a público.    V.- Del presente Acuerdo se dará conocimiento a las Cortes Regionales, tal y como establece el artículo 43.3 del citado Decreto 22/1986, de 1 de abril.” 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y EL RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL ÓRGANO DE GESTIÓN, DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y DEL CONSEJO CIENTÍFICO DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE LA MANCHA HÚMEDA.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el Decreto por el que se establece la composición, funciones y el régimen de funcionamiento del Órgano de gestión, del Órgano de participación y del Consejo Científico de la Reserva de la Biosfera de La Mancha Húmeda.    Las Reservas de la Biosfera son territorios cuyo objetivo es armonizar la conservación de la diversidad biológica y cultural y el desarrollo económico y social a través de la relación de las personas con la naturaleza.    La Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda fue declarada el 30 de noviembre de 1980 y comprende un territorio uniforme y continuo de las provincias manchegas, incluye a 30 municipios y ocupa una extensión de 418.087 hectáreas, caracterizado por su dependencia del factor hídrico. Se trata de uno de los ecosistemas de humedales más valiosos de la Península Ibérica compuesto por una gran diversidad de lagunas endorreicas, fluviales, kársticas, tablas, llanuras de inundación, de carácter estacional o permanentes, y de aguas salinas y dulces.      En el artículo 70 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se recogen los requisitos que deben de cumplir las Reservas de la Biosfera, entre los cuales destacan la existencia de un órgano de gestión responsable del desarrollo de las estrategias, líneas de acción y programas, así como un órgano de participación en el que estén representados los agentes que intervienen en el territorio, de forma que lo que se hace en la Reservas de la Biosfera es una gestión participativa del territorio.      Por último, el Decreto constituye el Consejo científico, como órgano consultivo e independiente que establece el seguimiento y evaluación permanente de las acciones e iniciativas de la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda, y que fundamenta sus actuaciones sobre criterios científicos tanto en materia de conservación como en el ámbito del desarrollo sostenible.     Enlaces relacionados:   Decreto 270/2023, de 31 de octubre, por el que se establece la composición, funciones y el régimen de funcionamiento del Órgano de Gestión, del Órgano de Participación y del Consejo Científico de la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda.

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA OBLIGATORIA DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL “LA PIEDRA ENCANTADA” EN ABENGIBRE.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de prórroga obligatoria del contrato de servicios sociales (número 2020/000912), para la gestión integral del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual “La Piedra Encantada” en Abengibre (Albacete), con una capacidad de 40 plazas residenciales y 10 plazas de centro de día, y cuyo gasto se ha estimado en 2.232.857,70 euros (incluido IVA al 4%), por un periodo de un año, desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2024, ambos incluidos. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE PÚBLICO RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA.