Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA “CAPTACIÓN DEL TALENTO.”

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones del programa “Captación del Talento”, para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y la ayuda asociada a los gastos de traslado e instalación de personas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.    El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a las siguientes líneas de ayudas:    - Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida.   - Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora.   - Línea 3: “Bono Talento Rural”.   Podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en el Decreto, las siguientes:   - Para la línea 1, las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica, aun careciendo de personalidad jurídica propia.   - Para la línea 2, las personas físicas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.   - Para la línea 3, las personas físicas que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que fijen su residencia habitual en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.   Estas subvenciones se financian con fondos finalistas, destinándose un importe total de 285.120 euros, con cargo al presupuesto de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y se otorgarán en régimen de concesión directa.    Enlaces relacionados:   Decreto 126/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El  Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en materia de competitividad empresarial y de programas de empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2022 y 2023.    Se establecen dos líneas de subvenciones:    a) Línea 1: Subvenciones para la difusión, seguimiento y evaluación de los programas de empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, gestionados por la Dirección General de Programas de Empleo.   b) Línea 2: Subvenciones para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Dirección General de Empresas para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.   La subvención se otorgará en régimen de concesión directa y el importe de la misma asciende a 700.000 euros, para los ejercicios 2022 y 2023, que se financiará con cargo al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.   Enlaces relacionados:   Decreto 127/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en materia de competitividad empresarial y de programas de empleo joven, y para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2022 y 2023.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 85/2022 POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS SUBVENCIONES INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO DE TRABAJO PROTEGIDO.

El Decreto modifica el Decreto 85/2022 de 19 de julio, en lo referente a la línea 2 (coste salarial de las personas con discapacidad).    La modificación afecta al artículo 28, apartado segundo, incluyendo con esta modificación la excepción del contrato de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva del puesto de trabajo en situación de incapacidad temporal, realizado en los términos previstos en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, únicamente si el puesto de trabajo tiene una duración inicial igual O superior a tres meses.   Por otra parte, se modifica el artículo 32 que afecta a la justificación de la ayuda, incluyendo la cuenta justificativa con la aportación de informe de auditor en el caso de que la subvención concedida en el semestre natural anterior al que se pretende justificar sea igual o superior a 100.000 euros.     Por último, se lleva a cabo una actualización del anexo VI, “Justificación mensual y solicitud de abono de la ayuda de costes salariales de las personas con discapacidad”, modificándolo para adaptarlo a la nueva redacción del artículo 32 que incluye la justificación con informe de auditoría.    Enlaces relacionados:   Decreto 128/2022, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A LA ASOCIACIÓN RECTORA DE LA FERIA DE ARTESANÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Asociación Rectora de la Feria de Artesanía de Castilla-La Mancha (FARCAMA), para financiar el sobrecoste de los gastos inicialmente aprobados para las actuaciones previstas y el importe de nuevas actuaciones necesarias que inicialmente no se habían presupuestado.     El importe de la subvención asciende a 98.154,89 euros, financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 19120000G/751D/48000, correspondiente al ejercicio 2022 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dotada con fondos propios.    Enlaces relacionados:   Decreto 129/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Asociación Rectora de la Feria de Artesanía de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE GASTO DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A LA FEDERACIÓN EMPRESARIAL TOLEDANA, AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2022.

El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 838.345,00 euros, en la partida presupuestaria 19090000G/324A/4862C, Fondo 000000060, relativo a diversos expedientes de subvenciones correspondientes a Federación Empresarial Toledana, al amparo de la Resolución de 26 de julio de 2022, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de Castilla-La Mancha para la anualidad 2022, en cumplimiento del artículo 21 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y del artículo 72.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS, FINANCIERAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley de medidas administrativas, financieras y tributarias de Castilla-La Mancha, viene a regular las diversas medidas de naturaleza administrativa, financiera y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2023, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública castellanomanchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión.

 

Enlaces relacionados:

 

Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA A DON FERNANDO TORRES VILLAMOR VOCAL DE LA JUNTA ELECTORAL DE CASTILLA-LA MANCHA, EN SUSTITUCIÓN DE DOÑA SILVIA VALMAÑA OCHAÍTA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 en relación con el 9.1.b) de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, el nombramiento por Decreto de Consejo de Gobierno de D. Fernando Torres Villamor, en sustitución de doña Silvia Valmaña Ochaíta, por el tiempo que resta hasta la toma de posesión de una nueva Junta Electoral, al inicio de la siguiente legislatura.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 130/2022, de 20 de diciembre, por el que se nombra a don Fernando Torres Villamor vocal de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, en sustitución de doña Silvia Valmaña Ochaíta.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE, DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES, MIGRACIÓN Y ADAPTACIÓN A UN NUEVO ENTORNO TECNOLÓGICO WEB, PARA EL SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS Y NÓMINA (REHNO).

El presupuesto total de licitación asciende a 4.983.002,64 euros (IVA 21% incluido). El valor estimado es de 6.053.443,20 euros, teniendo en cuenta que en el contrato se considera la posibilidad de prórrogas y de modificaciones.    El precio del contrato supera el límite de 750.000 €, €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE EN LA OPERACIÓN DIARIA DE MANTENIMIENTO Y EVOLUCIÓN DEL ECOSISTEMA MULTICLUSTER DEL SERVICIO PAAS CORPORATIVO.

El presupuesto total de licitación asciende a 833.966,36 euros (IVA 21% incluido). El valor estimado es de 2.067.685,20 euros, teniendo en cuenta que en el contrato se considera la posibilidad de prórrogas y de modificaciones.    El precio del contrato supera el límite de 750.000 €, €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.

AUTORIZACIÓN DE LA CUARTA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO EN LAS ASESORÍAS JURÍDICAS DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, SERVICIOS CENTRALES Y SUS DELEGACIONES PROVINCIALES, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DERIVADAS DE LA PANDEMIA DE COVID-19.

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de la cuarta prórroga del programa temporal para el nombramiento de 18 personas funcionarias interinas durante un periodo de seis meses para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19 en las Asesorías Jurídicas de la Consejería de Sanidad, Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales, para la preparación y elaboración de la normativa y de las medidas dirigidas a su contención y tramitación de expedientes sancionadores por infracción de normativa de contención de COVID-19. El coste de la cuarta prórroga asciende a 358.844,56 €. 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN Y CUARTA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL REFUERZO DE PERSONAL EN LAS SECCIONES DE EPIDEMIOLOGÍA DE LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y EN EL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA SALUD.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la modificación y cuarta prórroga del programa temporal para dar continuidad al nombramiento de 39 personas funcionarias interinas durante un periodo de seis meses , para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19, en las Secciones de Epidemiología de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Sanidad y en el Instituto de Ciencias de la Salud, al objeto de dar respuesta a las necesidades de detección de casos, establecimiento de medidas necesarias para evitar nuevas infecciones  y la disponibilidad de la información necesaria para la vigilancia epidemiológica.    El coste total del programa temporal asciende a 805.566,07 €.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE EXPLOTACIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO‐SEGURA, DE 27 DE ABRIL DE 2022.

Con fecha 27 de abril de 2022, la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo‐Segura (CCEATS) adoptó el Acuerdo por el que se autoriza un trasvase de 27 hm3, volumen correspondiente en situación de nivel 2, medidos en origen del acueducto; se autoriza la derivación excepcional de 3 hm3 para el abastecimiento de la cuenca alta del río Guadiana y se autoriza la derivación excepcional de 3 hm3 para dotación al parque nacional de las tablas de Daimiel.    Interpuesto por la Agencia del Agua requerimiento previo de anulación contra dicho acuerdo el pasado 20 de septiembre, y no habiéndose obtenido respuesta alguna en el plazo de un mes, éste debe entenderse rechazado, de conformidad con el artículo 44.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.    Con fecha 4 de noviembre de 2022, la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha ha emitido un informe propuesta para la interposición de recurso contra el referido Acuerdo de la CCEATS, de 27 de abril de 2022. En dicho informe se considera que las dos derivaciones a la cuenca del Guadiana, de 3 hm3 cada una, ni son tan excepcionales como señala la CCEATS, ni pueden computarse al margen de las vigentes reglas de explotación del trasvase, establecidas por Ley 21/2015, considerando lo siguiente:    1. Que la realización de trasvases adicionales a los contemplados en las actuales reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura infringe el ordenamiento jurídico al fundamentarse en norma derogada por lo que se lesiona los principios de seguridad jurídica y estabilidad técnica que sustentan esas reglas.   2. Que la ley 21/2015 no contempla varias autorizaciones de trasvase según la cuenca de destino, sino sólo una, en función de las existencias embalsadas en la cabecera del Tajo a comienzos de cada mes.   3. Que, de acuerdo a una distribución proporcional. 12/13 (600/650) de los recursos que se  autoricen trasvasar corresponderían al Segura y 1/13 al Guadiana.