MODIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL BIEN DE INTERÉS CULTURAL DENOMINADO PALACIO DEL INFANTADO (GUADALAJARA)
MODIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL BIEN DE INTERÉS CULTURAL DENOMINADO PALACIO DEL INFANTADO (GUADALAJARA)
Por Resolución de 04/09/2018, de la Viceconsejería de Cultura, se inició el procedimiento para la modificación de la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural denominado Palacio del Infantado (Guadalajara). La justificación de esta modificación se encuentra en la sentencia del Tribunal Supremo número 375/2018, de 7 de marzo de 2018.
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, sin que se hayan presentado alegaciones, se solicitó y obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Guadalajara.
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que la nueva delimitación del entorno de protección cumple con el ordenamiento jurídico, por lo que entiende procedente su declaración.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la modificación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural denominado Palacio del Infantado (Guadalajara).
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 16/04/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural denominado Palacio del Infantado (Guadalajara).