Decreto por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas en Castilla-La Mancha

Decreto por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas en Castilla-La Mancha

Fecha del Acuerdo: 
Martes, 10 Octubre 2017

El Decreto 288/2007, de 16 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico- sanitarias de las piscinas de uso colectivo, se ha visto afectada por tres circunstancias  notables. La primera de ellas hace referencia a criterios técnico-sanitarios, al enfoque de las actuaciones de control y vigilancia de las instalaciones y al reparto de responsabilidades; la segunda se refiere a la necesidad de adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, consolidando los principios relativos a las libertades de establecimientos y de libre prestación de servicios y reduciendo  las trabas en el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; la tercera se corresponde con la publicación del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, como norma básica de obligado cumplimiento. Por lo anteriormente expuesto, se hace necesario actualizar la normativa sanitaria actualmente en vigor a las necesidades reseñadas.
 
Enlaces relacioandos:
Decreto 72/2017, de 10 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas en Castilla-La Mancha