La consulta planteada se refiere a si se puede recurrir la decisión del órgano de contratación, de exclusión de una empresa de la licitación a la que ha presentado su oferta. Dados los términos de la consulta (muestras físicas de ropa), este servicio infiere que nos encontramos ante un contrato de suministro. Para responder a esta cuestión, ha de tenerse en cuenta, la regulación del artículo 44 sobre el recurso especial en materia de contratación y los actos recurribles, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), el resaltado es nuestro: “1. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 de este mismo artículo, cuando se refieran a los siguientes contratos que pretendan concertar las Administraciones Públicas o las restantes entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores: a) Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones de euros, y de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a cien mil euros. (…) 2. Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones (…) b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. (…) 6. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. (…)” Asimismo, es preciso traer a colación lo dispuesto por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante, TACRC) que, en su Resolución nº 1401/2022, de 3 de noviembre de 2022, indica: “(…) A la vista de lo anteriormente expuesto, es de aplicación nuestra doctrina reflejada en varias resoluciones, entre otras, por su similitud con el presente caso, la resolución 57/2020, de 16 de enero de 2020: “Se recurre el acta de la mesa de contratación, de fecha 16 de octubre de 2019, por la que se propone al órgano de contratación la exclusión de la recurrente, proponiéndose igualmente la adjudicación del contrato a favor de la empresa ASTURFEITO S.A. Según el Artículo 44.2 LCSP se establece: “Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones: b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. Los actos de inadmisión de candidatos, licitadores y exclusión de ofertas se configuran como actos de trámite cualificados, susceptibles de recurso especial en materia de contratación, ya que determinan la imposibilidad de que el afectado continúe en la licitación, de forma que se excluye de manera definitiva la posibilidad de que pueda resultar adjudicatario del contrato. (…)”. Una vez que ha quedado aclarado que el acto de exclusión, como acto de trámite cualificado puede ser objeto de recurso, es preciso advertir que, la interposición del recurso contra el acto de exclusión de la licitadora descartaría la impugnación del acto de adjudicación del contrato si, previamente, ya se recurrió la exclusión y el motivo de impugnación de la adjudicación es la exclusión ya recurrida. Así lo establece la doctrina, que considera dichas acciones como subsidiarias, y no acumulativas; en este sentido, y sin ánimo de exhaustividad, la Resolución 398/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de 11 de agosto, de 2023 expone (el resaltado es nuestro): “Asimismo, este Tribunal quiere poner de manifiesto que no es nueva la cuestión de la interposición de un recurso que, pese a dirigirse formalmente contra la adjudicación del contrato, vuelve a combatir sustantivamente la exclusión de la oferta de la recurrente, habiendo sido abordada dicha cuestión en varias resoluciones de este Tribunal. Así, en la Resolución 197/2016, de 9 de septiembre, o en las más recientes 23/2022, de 14 de enero, 537/2022, de 18 de noviembre o 153/2023, de 3 de marzo, entre otras muchas, en las que se manifestaba que: «Como señaló la Circular 3/2010, de 19 de octubre, de la Abogacía del Estado -cuyo criterio comparte este Tribunal- dos son las posibilidades de recurso contra los actos de exclusión de licitadores acordados por las Mesas de contratación: el recurso especial contra el acto de trámite cualificado consistente en la exclusión adoptada por la Mesa de contratación (artículo 40.2 b) del TRLCSP) [actualmente 44.2.b) de la LCSP] y el recurso especial contra el acto de adjudicación donde se expongan las razones de aquella exclusión. Ahora bien, estas dos posibilidades no son acumulativas, sino que tienen carácter subsidiario, de modo que, una vez interpuesto recurso contra el acto de trámite cualificado de exclusión, no es posible recurrir posteriormente el acto de adjudicación para volver a discutir la exclusión. Asimismo, este Tribunal ha resuelto ya varios supuestos como el ahora analizado. De este modo, en las Resoluciones 120/2014, de 15 de mayo y 92/2015, de 3 de marzo, se mantenía que “(...) si el recurrente interpuso recurso especial contra el acuerdo de exclusión adoptado por la mesa como acto de trámite cualificado, no puede volver a reproducir su pretensión en un nuevo recurso contra la adjudicación pues, bajo la impugnación formal de un acto distinto -la adjudicación-, se está atacando nuevamente el mismo acto -el acuerdo de exclusión-.” De acuerdo con lo expuesto, podemos concluir lo siguiente: El acto de exclusión de una oferta en un procedimiento de contratación tiene la consideración de acto de trámite cualificado, susceptible de ser recurrido por la entidad a la que afecte. El recurso que podrá interponer la entidad excluida podrá ser el recurso especial en materia de contratación, si se ha licitado un contrato del tipo y cuantía a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. En otro caso, el acto de exclusión podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de recurrir la exclusión de la licitación, no podrá recurrirse de nuevo la misma con ocasión de la adjudicación del contrato. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Propuesta de resolución provisional Con fecha 7 de mayo de 2021 se ha publicado la Propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2020 y de sus respectivos anexos en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección: https://www.jccm.es/sede/propuesta-de-resoluci%C3%B3n-provisional-de-la-convocatoria-de-subvenciones-para-deportistas-de Se podrán presentar alegaciones a esta propuesta de resolución provisional en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, del 10 hasta el 21 de mayo de 2021, ambos inclusive. La presentación alegaciones se podrá realizar a través de los siguientes medios: - Electrónicamente con el certificado digital, a través de la sede electrónica. - De forma presencial en cualquier registro de la Administración. En caso de no presentarse alegaciones a la propuesta de resolución provisional en el plazo indicado, se entenderá que el interesado acepta la propuesta de resolución. Para resolver dudas pueden contactar con esta Dirección General de Juventud y Deportes, llamando al teléfono 925 26 77 70 o a través del correo electrónico: atencionaldeportista@jccm.es Convocatoria Subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2020, de acuerdo al resultado deportivo por el que solicita la ayuda obtenido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Cada solicitante podrá concurrir por un solo resultado deportivo conseguido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Personas beneficiarias a) Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas por el Comité Olímpico Internacional, o paralímpicas por el Comité Paralímpico Internacional. b) Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen deportes no olímpicos ni paralímpicos, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes, siempre que los resultados deportivos por los que concurran pertenezcan a aquellos deportes, modalidades y categorías que expresamente se recogen en el Anexo III de la convocatoria. c) Deportistas que cumpliendo los requisitos anteriores concurran en alguna de las siguientes circunstancias: - Que, habiendo participado en categorías absolutas de su modalidad deportiva, hayan sufrido una baja deportiva por lesión debidamente justificada de al menos 6 meses de duración, y dicha lesión se haya producido en el año 2019. - Que hayan estado en periodo de gestación o en las 16 semanas de baja maternal (ampliadas en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo/a, a partir del segundo) en el año 2019. En ambos casos, se les permitirá que concurran por su mejor resultado deportivo obtenido durante los 12 meses inmediatamente anteriores a su baja deportiva por lesión, maternidad o gestación. Para tener la condición de personas beneficiarias, los/as deportistas señalados en el apartado anterior deberán pertenecer a alguna de las siguientes cuatro categorías: a) Absoluta: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría absoluta de su disciplina deportiva. b) 2ª Categoría: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría inmediatamente inferior a la absoluta de su disciplina deportiva. c) 3ª Categoría: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría inmediatamente inferior a la 2ª Categoría de edad de su disciplina deportiva. Esta categoría se aplicará exclusivamente en disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. d) Master o Veterano/a: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría superior a la absoluta de su disciplina deportiva. Esta categoría exige haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. No obstante a lo anterior, serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos en competiciones de categoría absoluta por aquellos/as deportistas, que por edad, pertenezcan a cualquier categoría inferior a la absoluta. RECUERDA: Las disciplinas y modalidades deportivas, así como las categorías objeto de la convocatoria, están incluidas en el ANEXO III de la misma. Requisitos Establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria, destacando entre ellos los requisitos g) y h) relativos al resultado a tener en cuenta para ser beneficiario/a: g) Formar parte de la Selección Española de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo, Copa u Open del Mundo y Ranking mundial, Campeonatos de Europa, Copa u Open de Europa y Ranking europeo. h) Formar parte de la Selección de Castilla-La Mancha de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional. Para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional por clubes, haber obtenido resultados individuales según los méritos deportivos recogidos en esta convocatoria en el caso de deportes individuales, o cumplir con lo establecido en la letra c) del número 2 de este apartado en el caso de deportes colectivos. Siendo necesario, además, cumplir los requisitos específicos siguientes (apartado segundo punto 2 de la convocatoria): a) Haber obtenido el resultado por el que solicita la subvención con un mínimo de participación de 10 deportistas en competiciones individuales o 10 equipos en deportes colectivos y de 7 deportistas/equipos en el caso de los deportistas con discapacidad. b) En categorías máster y veteranos/as, haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. c) En categorías inmediatamente inferiores a la categoría absoluta de deportes colectivos, haber participado en competiciones oficiales regulares de carácter nacional. Acreditación de los requisitos La acreditación del cumplimiento de los requisitos se realizará mediante la presentación de la declaración responsable del solicitante firmada en su solicitud, excepto para el apartado segundo punto 1 letras g) y h) de la convocatoria, en los que deberá aportarse certificado oficial de la federación correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención. En dicho certificado deberá aparecer el lugar y fecha de celebración del campeonato, el resultado obtenido y el número de participantes que hubo en la categoría por la que competía el solicitante, así como cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. En el caso de resultados internacionales será la Federación española la que debe certificar el resultado obtenido por el/la deportista. La acreditación del cumplimiento de los requisitos específicos recogidos en el apartado segundo punto 2 de la convocatoria, se realizará igualmente a través del mismo certificado oficial de la federación correspondiente. Solicitudes y documentación Las solicitudes de subvención se realizarán mediante la cumplimentación y presentación de la solicitud y el Anexo I de la convocatoria, que conllevará la aceptación de las bases de la misma. RECUERDA: Todos las personas solicitantes deberán aportar certificado oficial de la federación correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención, indicando en dicho certificado el nombre del campeonato, el lugar y fecha de celebración , la categoría por la que compite, el resultado obtenido, y el número de participantes que hubo en la categoría por la que competía, así como cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. La presentación de las solicitudes y la documentación complementaria se podrá realizar a través de los siguientes medios: -De forma telemática con firma electrónica avanzada. Los documentos originales deben ir digitalizados y presentados como archivos anexos. -De forma presencial en cualquier registro de la Administración. Si se presentan en las oficinas de correos, se hará en sobre abierto para su sellado. Más información: consultar a través del correo electrónico atencionaldeportista@jccm.es Enlace Sede Electrónica
Sofia Petrovna, viuda de un prestigioso médico, trabaja como mecanógrafa en una de las más importantes editoriales de Leningrado. Parece que la vida y el Estado le sonríen a pesar de las continuas estrecheces: el resto de las mecanógrafas de la oficina está bajo su eficaz batuta; su sueldo es cada vez mayor; su propio hijo ha dejado de ser un muchacho para convertirse, al fin, en un joven y guapo ingeniero también ejemplar: ama la herencia de la Revolución y el Partido casi tanto como a su madre, a quien alienta en su dedicación y empeño. Estamos a mediados de los años treinta, y enseguida —en medio de un misterio que quizá nadie consiga resolver nunca— el vértigo innombrable de la Gran Purga va a arrastrar hasta el centro de su vacío a Kolia, el hijo. Comenzará entonces una «segunda» y ejemplar, en el sentido cervantino del término, novela: un verdadero aprendizaje sobre la vida y sus sinrazones, una parábola a la vez ingrata e insuperable; es decir, una pieza literaria de primer orden. O, como suele decirse, un texto que nos muestra la otra cara de la verdad, ésa que muchas veces inventamos nosotros mismos para no perder toda esperanza. Sofia Petrovna fue redactada en secreto en un cuaderno escolar durante el invierno de 1939-1940. Como señaló la propia autora, «mi obra se escribió con la huella de los acontecimientos aún fresca en mi mente». Lidia Chukóvskaia combatió el miedo con palabras, el silencio con el testimonio, la colectivización con la historia individual, la indiferencia ante el dolor de los demás con la empatía para con el sufrimiento ajeno, el heroísmo tradicionalmente de corte masculino con el espacio íntimo femenino. Poniendo en riesgo su vida, llenó de realidad la ficción para hacer que el futuro lector de este libro único y necesario supiera del pasado, de modo que la memoria de lo acontecido se mantuviera siempre viva. La crítica ha dicho: «Resulta profundamente conmovedora precisamente por su narración calmada, su sencillez y su sinceridad». Neue Zürcher Zeitung «Un documento humano de una fuerza emocionante y conmovedora». Süddeutsche Zeitung «Un clásico que tiene la ventaja y la fuerza de convicción de la inmediatez». Welt der Literatur
En un centro logístico situado en mitad de un páramo, en la Alcarria, a cien kilómetros de Madrid, ha muerto en extrañas circunstancias uno de sus trabajadores. Encuentran el cadáver en un bosque cercano, medio devorado por animales carroñeros. El ambiente laboral se ha ido enrareciendo en las últimas semanas y se prepara una gran huelga. Una protagonista inesperada surge en mitad de todo el ruido. Tiene sus motivos para querer averiguar qué pasó exactamente con ese compañero, pero quizá pesa más su turbio interés por saber qué secretos se esconden en el seno del gigantesco almacén. Su nombre es Fina, pero todos la llaman Mantis… y sabe más cosas de las que debería. La crítica ha dicho: «Una de las protagonistas más atípicas de los últimos años. En Mantis, nadie es lo que parece y, sobre todo, nadie hace lo que debería». Xus González «Hay novelas que se leen con interés. Y hay otras que se clavan bajo la piel. Mantis, de Francisco Bescós, pertenece a esa segunda categoría. […] Una lectura intensa, perturbadora y con capas que se revelan poco a poco». Mundo de Libro «Bescós es uno de los autores que, novela a novela, mejores noticias del género nos van entregando. Su planteamiento inteligente sigue ganando adeptos». Carlos Zanón, La Vanguardia «Una intriga de tintes sociales y reivindicativos en la que el suspense radica en cuánto del que narra estará pasando realmente». Pilar Manzanares, Esquire «Mantis es algo más que una novela negra. A todo lo característico de lo criminal le añade una poderosa crítica social, un escenario sórdido y vacío y un narrador original y potente; todo ello aderezado, por supuesto, con su característico humor». Fernando Ariza, Zenda «Una novela que utiliza las herramientas del género para explorar cuestiones más amplias como es la invisibilidad social, la precariedad laboral y la construcción de la identidad. Bescós logra así una obra que incomoda y atrapa a sus lectores a partes iguales, jugando en un terreno diferente y a través de su protagonista única que desafía todos los arquetipos del género, algo que se agradece ante un panorama saturado de calcos». Mónica Grau Seto, Nueva Tribuna
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S)
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S)
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S)
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S)
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S)
El IRIAF a través de la biorrefinería CLaMber colabora con la Universidad de Jaén y ANDALTEC para desarrollar la producción a escala industrial de biocomposites a partir de residuos vegetales Noticia 08 de Julio de 2022 CLaMber-IRIAF. Biorrefinería I+D Desde finales del año 2021, CLaMber, UNIVERSIDAD DE JAÉN (UJA) y ANDALTEC colaboran en la realización de experimentos relacionados con el escalado de procesos para la valorización material de biomasa vegetal para producir biocomposites. Sin menospreciar para nada la valorización energética de la biomasa vegetal, que ha supuesto un gran avance a la hora de producir una energía sostenible y con baja huella de carbono, evitando el uso de combustibles fósiles; con esta colaboración se abre una puerta a la valorización material de dicha biomasa. En la actualidad, existen otras fuentes renovables de energía (eólica, solar, hidráulica, etc.), en cambio, dentro de las fuentes de materiales renovables solo encontramos la biomasa. Por lo tanto, visto que los materiales fósiles son limitados y no se generan de manera local, la transición del uso de la biomasa como fuente de energía a fuente de materiales se hace totalmente necesaria para nuestro crecimiento. Dentro de esta línea de trabajo, ANDALTEC y la UJA disponen de tecnologías optimizadas a escala de laboratorio y validada para la producción de biocomposites poliméricos que pueden ser utilizados en muchos sectores, como el de la construcción, el automovilístico, mobiliario, envases, etc. Con el objetivo de dar el salto a la producción industrial, CLaMber colabora con la UJA y ANDALTEC para escalar algunos de los procesos involucrados en reactores demostrativos de 500 litros de volumen donde se genera un material final que, posteriormente, se pueden utilizar para la formulación de biocomposites poliméricos. Y todo ello, usando material vegetal residual como materia prima. ANDALTEC y la UJA colaboran desde hace años en la línea de investigación relacionada con la revalorización de diferentes residuos agroalimentarios e industriales con potencial para convertirse en componentes de biocomposites poliméricos finales. ¿Te ha gustado? Comparte:
El IRIAF y la UCLM estudian la actividad repelente de aceites esenciales de plantas aromáticas y de resina de guayule sobre insectos plaga de los pistachos Noticia 18 de Noviembre de 2022 CIAF-IRIAF. Centro de Investigación Agroforestal "Albaladejito" En un ensayo realizado con tres aceites esenciales (tomillo, ajedrea y orégano) y un extracto de guayule se ha demostrado que éste último presenta un efecto repelente contra los escarabajos defoliadores conocidos comúnmente como clitra que constituyen una potencial plaga de los pistachos. Pese a que la incidencia de las plagas en las plantaciones españolas de pistacho se considera hasta la fecha muy baja, escarabajos defoliadores como Labidostomis lusitanica Germar, 1824, conocido comúnmente como clitra, pueden causar problemas especialmente en plantaciones jóvenes. Los medios de lucha existentes para esta plaga son escasos en la actualidad, más aún si se opta por plantaciones certificadas como ecológicas. Por todo ello, se hace necesaria la búsqueda de herramientas alternativas para el control de esta plaga, que vayan en línea con los estándares exigidos por las normativas de agricultura ecológica. Investigadores del IRIAF en colaboración con investigadores de la UCLM llevaron a cabo un ensayo de libre elección con hojas de pistacho en las que se aplicaron tres aceites esenciales (tomillo, ajedrea y orégano), un extracto de la planta Parthenium argentatum A. Gray, conocida vulgarmente como guayule y dos controles. El objetivo de este trabajo fue observar si existían diferencias significativas entre tratamientos respecto al número de insectos, puestas de huevos y área foliar consumida, observando que aquellas hojas tratadas con el extracto de guayule fueron significativamente menos comidas por los escarabajos, mostrando este producto un potencial como anti-alimentario. El pasado 12-10-2022, Guayente Latorre Pastor, investigadora de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y de Montes y Biotecnología, fue premiada por la AAIC (Association for the Advancement of Industrial Crops) en el 33º Congreso Anual de la AAIC en Bozeman, Montana, Estados Unidos por la presentación del estudio realizado junto con Enrique Fernández-Carrillo y Sara Rodrigo-Gómez del CIAG El Chaparrillo, y Gonzalo Ortiz de Elguea Culebras del CIAF Albaladejito y varios investigadores de la UCLM. ¿Te ha gustado? Comparte:
Proyecto Finalizado Daño oxidativo y su efecto sobre el deterioro y la calidad del germoplasma vegetal conservado ex situ (PLANTGERMOX) 2016 2020 CIAF-IRIAF. Centro de Investigación Agroforestal "Albaladejito" Áreas Gestión y Conservación de Recursos Fitogenéticos Temática de publicación Cultivos Herbáceos y Hortícolas OBJETIVOS El objetivo general de este proyecto es determinar el efecto de las condiciones de conservación en el estrés oxidativo y la pérdida de viabilidad y estabilidad de material vegetal de especies con problemas de conservación y prioritarias en bancos de germoplasma nacionales. Los resultados de este proyecto permitirán el establecimiento de protocolos de conservación más eficientes y la identificación de marcadores para la detección temprana de pérdida de calidad. Se plantean los siguientes objetivos específicos. Determinar el efecto de distintos pretratamientos en el nivel de estrés oxidativo durante la crioconservación (de diversos genotipos) de menta y ajo. Determinar el efecto de distintpre-tratamientos en la estabilidad (epi-)genética durante la crioconservación de menta y ajo, relacionándolos con el daño oxidativo. Determinar el efecto de distintos tratamientos en el nivel de estrés oxidativo durante la conservación in vitro (de diversos genotipos) de menta y ajo. Determinar el efecto de distintos tratamientos en la estabilidad (epi-))genética durante la conservación in vitro de menta y ajo, relacionándolos con el daño oxidativo. Determinar la estabilidad fenotípica y agronómica de ajo tras la conservación in vitro y la crioconservación bajo distintos tratamientos. Determinar el efecto de las condiciones de conservación (Tª, HR y concentración de O2) en el nivel de estrés oxidativo y la longevidad de semillas. Determinar el efecto de las condiciones de conservación (Tª, HR y concentración de O2) en la estabilidad (epi-)genética de semillas, relacionándolo con el daño oxidativo. La participación del Centro de Investigación Agroforestal de Albaladejito (CIAF-IRIAF) se concreta en la selección, multiplicación y suministro de una parte del material vegetal necesario para desarrollar las distintas actividades planteadas en este proyecto y en la evaluación en condiciones de campo de parte de los materiales obtenidos IRIAF. Proyecto Cultivos Herbáceos. PLANTGERMOXX. CIAF 297.41 KB