Presentación de Mujeres que se ríen (de todo), de Gilda Jaén, novela ganadora del XIX Premio de Narrativa Femenina Princesa Galiana. Bajo el seudónimo de Gilda Jaén encontramos a dos mujeres: Esther Ruiz Gallego y Micaela Gómez Colón, unidas desde que comenzaron su andadura en la universidad compartiendo su pasión por la escritura. Enamoramiento, llanto, risa, enfermedad, alegría, trabajo, amistad, familia, coraje, tristeza, ilusión, desencanto, esperanza, decepción, voluntad. Todo tiene cabida en el día a día. Todo mezclado y agitado como en un cocktail. Todas las emociones coexisten. Las mujeres de esta historia se beben ese cocktail de un trago. O en varios, porque la vida se atraganta en ocasiones. Pero se la beben. Y se ríen. Deciden desde lo más recóndito de sus almas que es lo mejor que pueden hacer. Reírse. De todo. Nos encontramos ante obra rompedora, descarada y dinámica que ha tenido un notable impacto e irrumpe en el panorama de la narrativa femenina ofreciendo una mirada fresca, emotiva y optimista sobre temas como la homosexualidad, las relaciones matrimoniales, las relaciones paternofiliales, las relaciones laborales y los procesos de enfermedad y de pérdida. Entrada libre hasta completar aforo.
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Preguntas frecuentes Aquí encontrarás algunas de las preguntas frecuentes más realizadas por la ciudadanía y las empresas. Empresas y ciudadanía ¿Cómo paga la Tesorería General?La Tesorería General paga a propuesta del centro u órgano gestor que ha reconocido la obligación de pago a favor del acreedor.Una vez contabilizada la obligación de pago por el órgano gestor y fiscalizada la misma por la Intervención General, la Tesorería General procederá al abono de su importe, mediante transferencia bancaria a la cuenta de pago indicada por el acreedor en el procedimiento administrativo en el cual se ha generado la obligación de pago.¿Qué es el Registro de Acreedores?Es el registro que contiene los datos identificativos del acreedor, así como de su cuenta bancaria.¿Cómo darse de alta en el Registro de Acreedores?Los terceros acreedores (personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica) de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus Organismos Autónomos, a cuyo favor surjan obligaciones o se expidan órdenes de pago derivadas de las mismas, comunican sus datos de identificación, así como sus datos bancarios, en la tramitación de los procedimientos administrativos, en los que teniendo la condición de interesados, se les puedan reconocer dichos derechos de cobro frente a la Administración.¿Cómo comunico una cuenta bancaria?Los terceros acreedores (personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica) de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus Organismos Autónomos, pueden modificar sus datos bancarios, durante la tramitación de los procedimientos administrativos, en los que teniendo la condición de interesados, se les puedan reconocer derechos de cobro frente a la Administración, procedimientos tales como los relativos a expedientes de reconocimiento de prestaciones económicas, de subvenciones, de contratos administrativos u otros similares, siendo el órgano competente de la tramitación de dichos procedimientos el responsable de dar de alta en el sistema económico financiero de la Administración regional dichos datos bancarios.¿Cómo puedo dar de baja una cuenta bancaria?Las personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, podrán dar de baja una cuenta bancaria cancelada que esté dada de alta a su nombre en el registro de acreedores de la Administración Regional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante el trámite específico que para tal fin se recoge en este Portal.En la solicitud deberá de aportarse un documento bancario que acredite la cancelación de la cuenta.¿Cómo consultar si tengo pagos pendientes?Las personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica podrán solicitar un certificado de deudas de pagos pendientes de abonar a su favor, de obligaciones reconocidas por la Administración Regional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos. mediante el trámite específico que para tal fin se recoge en este Portal.Necesito un certificado de pago, ¿cómo puedo obtenerlo?Realizando una solicitud dirigida a la Tesorería General presentada a través de registro electrónico.Necesito un certificado de IRPF, ¿cómo puedo obtenerlo?Realizando una solicitud dirigida a la Tesorería General presentada a través de registro electrónico.¿Cómo puedo conocer si se han ejecutado órdenes de embargo contra pagos que debía percibir?Las personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica podrán solicitar un certificado de los pagos que les hayan sido embargados y posteriormente abonados a las Administraciones Públicas u Órganos Judiciales que habían acordado dicho embargo, mediante el trámite específico que para tal fin se recoge en este Portal.¿Puedo recibir comunicaciones de los pagos que realice la Tesorería General en mi correo electrónico?Sí, de tratarse de un pago derivado de un contrato administrativo deberá indicar su correo electrónico al emitir la factura, en el caso de que el pago derive de una subvención deberá facilitar su correo electrónico al presentar su solicitud.
Se desarrollará en los centros escolares CEIP José María del Moral y CEIP San Isidro de Tomelloso, ambos centros con Proyectos Escolares Saludables, iniciación al baloncesto para l@s niñ@s que cursen de 1º a 6º Educación Primaria bajo dos programas. Programa 1. Promoción deportiva. “Iniciación al baloncesto”(CEIP José María del Moral) Programa 2. Promoción deportiva. “Jugamos al baloncesto” (CEIP San Isidro) El programa 1 “Iniciación al baloncesto” va dirigido al alumnado de 1º a 4º. Se realizan 3 horas semanales de entrenamiento (lunes y miércoles de 16 a 17.30 horas) y puntualmente encuentros con otros centros escolares o escuelas deportivas. La duración es de octubre a mayo. Los grupos son mixtos. Un máximo de 30 participantes. El programa 2 “Jugamos al baloncesto” va dirigido al alumnado de 5º y 6º. Se realizan 2 horas semanales de entrenamiento y puntualmente encuentros con otros centros escolares o escuelas deportivas. La duración es de octubre a mayo. El horario del grupo femenino son los lunes y viernes de 16 a 17 horas y el grupo masculino los lunes y viernes de 17 a 18 horas. Puntualmente se celebrarán encuentros con equipos de las escuelas deportivas municipales. Un máximo de 30 participantes. Ambos programas cuentan en su desarrollo con la participación directa de docentes de los centros.
Presentación online, organizada por ECODES y el Pacto Mundial de la ONU, del Anuario Climático empresarial 2025: En un presente en el que las consecuencias de la emergencia climática son cada vez más frecuentes y extremas -la mortalidad atribuida al calor este año ha aumentado en España un 87%, y los episodios de calor extremo un 73% respecto a 2024; a ello hay que añadir la virulencia de los incendios, que arrasaron en torno a las 400 000 hectáreas, o el aumento en un 15% de lluvias torrenciales y DANAS en los últimos 5 años, por citar tan solo algunos ejemplos- la acción climática se ha consolidado como uno de los vectores imprescindibles para avanzar hacia un futuro resiliente. Pero no solo: es también uno de los principales ejes de transformación económica y empresarial. Por ello, el sector privado se ha revelado como un actor fundamental en la descarbonización de la sociedad. Bajo este contexto, y por sexto año consecutivo, desde ECODES y Pacto Mundial de la ONU España presentamos el Anuario Climático Empresarial 2025, que examina la presencia y avances de las empresas de nuestro país en las principales iniciativas internacionales de acción climática: SBTi, la Encuesta CDP de Clima y el registro de huella de carbono en la Oficina Española de Cambio Climático. Además, realiza un repaso de cómo las últimas novedades legislativas -como el Clean Industrial Deal, el paquete Ómnibus o el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo- afectan al sector privado, al teimpo que pone en valor algunas buenas prácticas impulsadas por los pioneros del compromiso empresarial. Programa completo. Registro previo, imprescindible, aquí. Este evento está directamente relacionado con el ODS
La Consejería de Desarrollo Sostenible en colaboración con la UCLM, en el marco del Aula de Educación Ambiental de la UCLM, promueve el Encuentro UCLM contra el Cambio Climático. Con motivo del Día Internacional contra el Cambio Climático, el próximo martes 22 de octubre se dará cita a los distintos campus universitarios de la Universidad de Castilla-La Mancha, en una jornada de divulgación y participación, en la que se pretende mostrar que la ciudadanía, y en especial a la comunidad universitaria, somos parte de la solución en la lucha contra el cambio climático. En el encuentro, que se desarrollará en el Campus de la Fábrica de Armas en Toledo desde las 10:30 hasta las 17:00, se realizarán diversas actividades desde monólogos de humor(con Ricardo Moure), episodios de podcast especiales (con Isabel Moreno e Irene Baños), escape room, talleres de compostaje y de reparación de RAEES, espacio "Selfie por el cambio", ARTEclimático, todo bajo la temática de la lucha contra el cambio climático y la implicación de todas y todos en ella. Además de estas actividades también se va a realizar un concurso de comic (plazo de envío de obras hasta el 18 de octubre) y un concurso de batalla de gallos (enviar videos para la selección hasta el 18 de octubre). Ambos concursos cuentan con un premio en metálico, puedes consultar las bases en el apartado de enlaces de esta noticia. Consulta el programa completo más abajo, e inscríbete. Tanto si piensas participar de todas las actividades, como si sólo vas a participar en algunas, te pedimos que te inscribas a través del formulario que aparece más abajo. Hay posibilidad de transporte gratuito, previa inscripción (hasta 50 personas), desde los campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Talavera de la Reina. Pueden participar personas estudiantes, profesorado, personal investigador, personas de administración y servicios o egresados y cualquier persona interesada en la jornada.
PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD: desde el jueves 13 de marzo hasta el miércoles 2 de abril de 2025, ambos inclusive. (Ampliado hasta el lunes 7 de abril)MUY IMPORTANTE: podrás presentar tu solicitud por un único resultado deportivo, conseguido entre el 1 de enero del 2023 y el 31 de diciembre de 2024.PERSONAS BENEFICIARIAS:Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas por el COI, o paralímpicas por el CPI.Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen deportes no olímpicos ni paralímpicos, reconocidos por el CSD, siempre que los resultados deportivos por los que concurran pertenezcan a aquellos deportes, modalidades y categorías que expresamente se recogen en el Anexo III de la convocatoria.Deportistas que cumpliendo los requisitos anteriores concurran en alguna de las siguientes circunstancias:Habiendo participado en categorías absolutas de su modalidad deportiva, hayan sufrido una baja deportiva por lesión debidamente justificada de al menos 6 meses de duración, y dicha lesión se haya producido en el año 2023 y/o 2024.Que hayan estado en periodo de gestación o en las 16 semanas de baja maternal en el año 2023 y/o 2024 (ver convocatoria en el caso de parto múltiple). NOVEDAD: En ambos casos podrán optar por recibir la misma puntuación obtenida en la convocatoria de deportistas de élite de Castilla-La Mancha 2023 o por un nuevo resultado obtenido en los 12 meses inmediatamente anteriores a su baja por lesión, maternidad o gestación. Si se acoge a la opción de presentar un nuevo resultado tendrá que presentar toda la documentación que acredite dicho resultado. Además, será requisito pertenecer a alguna de las siguientes categorías:Categoría absoluta de su disciplina deportiva.2ª Categoría: inmediatamente inferior a la absoluta de su disciplina deportiva.3ª Categoría: inmediatamente inferior a la 2ª categoría, exclusivamente en disciplinas reconocidas como olímpicas o paralímpicas.Master o Veterano/a: categoría superior a la absoluta, exclusivamente en disciplinas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. No obstante, a lo anterior serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos en competiciones de categoría absoluta por aquellos/as deportistas que, por edad, pertenezcan a cualquier categoría inferior a la absoluta. REQUISITOS:Debes cumplir los requisitos establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria entre los que os destacamos a continuación los requisitos referentes a los resultados deportivos, los cuales deben ser acreditados mediante un certificado de la federación deportiva. Competir con licencia en vigor expedida por una federación deportiva de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, la Dirección General competente en materia de deportes, de manera motivada, podrá admitir las solicitudes de aquellos/as deportistas que, cumpliendo el resto de requisitos, tengan licencia expedida por una federación deportiva diferente.Formar parte de la Selección Española de la federación deportiva correspondiente para aquellos/as deportistas que concurren por Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo, Copa u Open del Mundo y Ranking mundial, Campeonatos de Europa, Copa u Open de Europa y Ranking europeo.Formar parte de la Selección de Castilla-La Mancha de la federación deportiva correspondiente para aquellos/as deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional. Para aquellos/as deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional por clubes, haber obtenido resultados individuales según los méritos deportivos recogidos en esta convocatoria en el caso de deportes individuales, o cumplir con lo establecido en la letra c) del número 2 del apartado tercero de la convocatoria en el caso de deportes colectivos.ADEMÁS, SE DEBEN CUMPLIR ESTOS REQUISITOS ESPECÍFICOS:a) En competiciones nacionales, haber obtenido el resultado por el que solicita la subvención con un mínimo de participación de 10 deportistas/equipos en competiciones de deportes individuales o 10 equipos en competiciones de deportes colectivos y de 7 deportistas/equipos en el caso de deportistas con discapacidad de deportes individuales o 7 equipos en competiciones de deportes colectivos de personas con discapacidad.b) En categorías máster y veteranos/as, haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española.c) En deportes colectivos, haber obtenido el resultado en la categoría inmediatamente inferior a la categoría absoluta, y haber participado en competiciones oficiales regulares.ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS: Todos los requisitos de carácter deportivo tanto generales como específicos, deben venir acreditados por un certificado firmado por la Federación deportiva correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención. En el caso de resultados internacionales será la Federación española la que debe certificar el resultado obtenido por el/la deportista. En dicho certificado deberá aparecer:Nombre de el/la deportistaNombre, lugar y fecha del campeonato (DD/MM/AAAA) Puesto obtenido en la clasificación finalCategoría de edad por la que obtuvo el resultado Número de participantes o equipos.Cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. El resto de los requisitos de acceso para ser beneficiario/a, establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria se acreditarán mediante la declaración responsable marcando en la solicitud que:SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:Las solicitudes de subvención se realizarán mediante la cumplimentación y presentación de los siguientes documentos:Anexo I: solicitud con los datos de la persona solicitante y cumplimiento de los requisitos, debidamente cumplimentado y firmado.Anexo II: mérito deportivo, donde se aporte un único resultado deportivo del año 2023 o 2024, debidamente cumplimentado y firmado.Certificado de la Federación deportiva correspondiente debidamente cumplimentado, firmado y sellado, en los términos señalados en el apartado “Acreditación de los requisitos” de este correo, y que avale lo establecido en el Anexo II.La presentación de la solicitud y la documentación complementaria se podrá realizar a través de los siguientes medios: - De forma telemática con firma electrónica avanzada a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades en el siguiente enlace: https://www.jccm.es/tramites/1015677Los documentos originales deben ir digitalizados y presentados como archivos anexos. Si lo presentas por esta vía debes darte de alta en la plataforma https://notifica.jccm.es/notifica, para poder pedirte y notificarte información por este medio.- De forma presencial en cualquier registro de la Administración. Más información sobre esta convocatoria a través del correo electrónico atencionaldeportista@jccm.es y en los siguientes teléfonos: 925 267 453 / 925 286 478 / 925 247 379
CONVOCATORIA Subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2022. Cada solicitante podrá concurrir por un solo resultado deportivo conseguido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. PERSONAS BENEFICIARIAS Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas por el COI, o paralímpicas por el CPI. Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen deportes no olímpicos ni paralímpicos, reconocidos por el CSD, siempre que los resultados deportivos por los que concurran pertenezcan a aquellos deportes, modalidades y categorías que expresamente se recogen en el Anexo III de la convocatoria. Deportistas que cumpliendo los requisitos anteriores concurran en alguna de las siguientes circunstancias: Habiendo participado en categorías absolutas de su modalidad deportiva, hayan sufrido una baja deportiva por lesión debidamente justificada de al menos 6 meses de duración, y dicha lesión se haya producido en el año 2020 o 2021. Que hayan estado en periodo de gestación o en las 16 semanas de baja maternal en el año 2020 o 2021 (ver convocatoria en el caso de parto múltiple). En estos dos casos anteriores el resultado a aportar debe corresponder a los 12 meses inmediatamente anteriores a su baja deportiva, maternidad o gestación. Además, será requisito pertenecer a alguna de las siguientes categorías: Categoría absoluta de su disciplina deportiva. 2ª Categoría: Inmediatamente inferior a la absoluta de su disciplina deportiva. 3ª Categoría: Inmediatamente inferior a la 2ª categoría, exclusivamente en disciplinas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. Master o Veterano/a: Categoría superior a la absoluta. Exclusivamente podrás participar por un resultado obtenido en competición a nivel europeo y/o mundial y formando parte de la Selección Española (en el certificado de la federación exigido como parte de la documentación deberá constar explícitamente que efectivamente formas parte de la selección española en la prueba por la que presentas el resultado). No obstante, a lo anterior serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos en competiciones de categoría absoluta por aquellos deportistas que, por edad, pertenezcan a cualquier categoría inferior a la absoluta. REQUISITOS Debes cumplir los requisitos establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria entre los que os destacamos a continuación los resultados deportivos, los cuales deben ser acreditados mediante un certificado de la federación deportiva, el resto de requisitos serán acreditados “ticando” en la solicitud la aceptación de los mismos mediante una declaración responsable de este modo: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, en caso de ser requerido para ello. Competir con licencia en vigor expedida por una federación deportiva de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, la Dirección General competente en materia de deportes, de manera motivada, podrá admitir las solicitudes de aquellos deportistas que, cumpliendo el resto de requisitos, tengan licencia expedida por una federación deportiva diferente. Formar parte de la Selección Española de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo, Copa u Open del Mundo y Ranking mundial, Campeonatos de Europa, Copa u Open de Europa y Ranking europeo. Formar parte de la Selección de Castilla-La Mancha de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional. Para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional por clubes, haber obtenido resultados individuales según los méritos deportivos recogidos en esta convocatoria en el caso de deportes individuales, o cumplir con lo establecido en la letra c) del número 2 de este apartado en el caso de deportes colectivos. ADEMÁS, SE DEBEN CUMPLIR ESTOS REQUISITOS ESPECÍFICOS: a) En competiciones nacionales, haber obtenido el resultado por el que solicita la subvención con un mínimo de participación de 10 deportistas/equipos en competiciones de deportes individuales o 10 equipos en competiciones de deportes colectivos y de 7 deportistas/equipos en el caso de deportistas con discapacidad de deportes individuales o 7 equipos en competiciones de deportes colectivos de personas con discapacidad. b) En categorías máster y veteranos/as, haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. c) En deportes colectivos, haber obtenido el resultado en la categoría inmediatamente inferior a la categoría absoluta, y haber participado en competiciones oficiales regulares ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS: Todos los requisitos de carácter deportivo tanto generales como específicos, deben venir acreditados por un certificado firmado por la Federación deportiva correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención. En el caso de resultados internacionales será la Federación española la que debe certificar el resultado obtenido por el/la deportista. En dicho certificado deberá aparecer: Nombre del deportista Nombre, lugar y fecha del campeonato (DD/MM/AAAA) Puesto obtenido en la clasificación final Categoría de edad por la que obtuvo el resultado Número de participantes o equipos. Cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. El resto de los requisitos de acceso para ser beneficiario/a, establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria se acreditarán mediante la declaración responsable marcando en la solicitud que: * Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, en caso de ser requerido para ello. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes de subvención se realizarán mediante la cumplimentación y presentación de los siguientes documentos: Anexo I: Solicitud con los datos de la persona solicitante y cumplimiento de los requisitos, debidamente cumplimentado y firmado. Anexo II: MÉRITO DEPORTIVO, donde se aporte un resultado deportivo del 2020 o 2021, debidamente cumplimentado y firmado. Certificado de la Federación deportiva correspondiente debidamente cumplimentado, firmado y sellado, en los términos señalados en el apartado “acreditación de requisitos” que avale lo establecido en el Anexo II. La presentación de la solicitud y la documentación complementaria se podrá realizar a través de los siguientes medios: - De forma telemática con firma electrónica avanzada. Los documentos originales deben ir digitalizados y presentados como archivos anexos a través de la plataforma de la sede electrónica habilitada para ello a la que se puede acceder mediante este enlace SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS ÉLITE DE CASTILLA-LA MANCHA - Sede electrónica (jccm.es). Si lo presentas por esta vía debes darte de alta en la plataforma https://notifica.jccm.es/notifica, para poder pedirte y notificarte información por este medio. - De forma presencial en cualquier registro de la Administración. Más información sobre esta convocatoria a través del correo electrónico atencionaldeportista@jccm.es y a través del siguiente enlace: https://deportes.castillalamancha.es/subvenciones-y-ayudas/deportistas
CONVOCATORIA Subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2023. IMPORTANTE: Podrás presentar tu solicitud por un único resultado deportivo, conseguido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. PERSONAS BENEFICIARIAS: Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas por el COI, o paralímpicas por el CPI. Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen deportes no olímpicos ni paralímpicos, reconocidos por el CSD, siempre que los resultados deportivos por los que concurran pertenezcan a aquellos deportes, modalidades y categorías que expresamente se recogen en el Anexo III de la convocatoria. Deportistas que cumpliendo los requisitos anteriores concurran en alguna de las siguientes circunstancias: Habiendo participado en categorías absolutas de su modalidad deportiva, hayan sufrido una baja deportiva por lesión debidamente justificada de al menos 6 meses de duración, y dicha lesión se haya producido en el año 2022. Que hayan estado en periodo de gestación o en las 16 semanas de baja maternal en el año 2022 (ver convocatoria en el caso de parto múltiple). En estos dos casos anteriores el resultado a aportar debe corresponder a los 12 meses inmediatamente anteriores a su baja deportiva, maternidad o gestación. Además, será requisito pertenecer a alguna de las siguientes categorías: Categoría absoluta de su disciplina deportiva. 2ª Categoría: inmediatamente inferior a la absoluta de su disciplina deportiva. 3ª Categoría: inmediatamente inferior a la 2ª categoría, exclusivamente en disciplinas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. Master o Veterano/a: categoría superior a la absoluta. Exclusivamente podrás participar por un resultado obtenido en competición a nivel europeo y/o mundial y formando parte de la Selección Española (en el certificado de la federación exigido como parte de la documentación deberá constar explícitamente que efectivamente formas parte de la selección española en la prueba por la que presentas el resultado), de disciplinas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. No obstante, a lo anterior serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos en competiciones de categoría absoluta por aquellos/as deportistas que, por edad, pertenezcan a cualquier categoría inferior a la absoluta. REQUISITOS: Debes cumplir los requisitos establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria entre los que os destacamos a continuación los requisitos referentes a los resultados deportivos, los cuales deben ser acreditados mediante un certificado de la federación deportiva. Competir con licencia en vigor expedida por una federación deportiva de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, la Dirección General competente en materia de deportes, de manera motivada, podrá admitir las solicitudes de aquellos/as deportistas que, cumpliendo el resto de requisitos, tengan licencia expedida por una federación deportiva diferente. Formar parte de la Selección Española de la federación deportiva correspondiente para aquellos/as deportistas que concurren por Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo, Copa u Open del Mundo y Ranking mundial, Campeonatos de Europa, Copa u Open de Europa y Ranking europeo. Formar parte de la Selección de Castilla-La Mancha de la federación deportiva correspondiente para aquellos/as deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional. Para aquellos/as deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional por clubes, haber obtenido resultados individuales según los méritos deportivos recogidos en esta convocatoria en el caso de deportes individuales, o cumplir con lo establecido en la letra c) del número 2 de este apartado en el caso de deportes colectivos. ADEMÁS, SE DEBEN CUMPLIR ESTOS REQUISITOS ESPECÍFICOS: a) En competiciones nacionales, haber obtenido el resultado por el que solicita la subvención con un mínimo de participación de 10 deportistas/equipos en competiciones de deportes individuales o 10 equipos en competiciones de deportes colectivos y de 7 deportistas/equipos en el caso de deportistas con discapacidad de deportes individuales o 7 equipos en competiciones de deportes colectivos de personas con discapacidad. b) En categorías máster y veteranos/as, haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. c) En deportes colectivos, haber obtenido el resultado en la categoría inmediatamente inferior a la categoría absoluta, y haber participado en competiciones oficiales regulares. ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS: Todos los requisitos de carácter deportivo tanto generales como específicos, deben venir acreditados por un certificado firmado por la Federación deportiva correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención. En el caso de resultados internacionales será la Federación española la que debe certificar el resultado obtenido por el/la deportista. En dicho certificado deberá aparecer: Nombre del deportista Nombre, lugar y fecha del campeonato (DD/MM/AAAA) Puesto obtenido en la clasificación final Categoría de edad por la que obtuvo el resultado Número de participantes o equipos. Cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. El resto de los requisitos de acceso para ser beneficiario/a, establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria se acreditarán mediante la declaración responsable marcando en la solicitud que: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, en caso de ser requerido para ello. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes de subvención se realizarán mediante la cumplimentación y presentación de los siguientes documentos: Anexo I: solicitud con los datos de la persona solicitante y cumplimiento de los requisitos, debidamente cumplimentado y firmado. Anexo II: mérito deportivo, donde se aporte un resultado deportivo del 2022, debidamente cumplimentado y firmado. Certificado de la Federación deportiva correspondiente debidamente cumplimentado, firmado y sellado, en los términos señalados en el apartado “Acreditación de los requisitos” de esta carta, y que avale lo establecido en el Anexo II. La presentación de la solicitud y la documentación complementaria se podrá realizar a través de los siguientes medios: - De forma telemática con firma electrónica avanzada a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades en el siguiente enlace: https://www.jccm.es/tramites/1007718 Los documentos originales deben ir digitalizados y presentados como archivos anexos. Si lo presentas por esta vía debes darte de alta en la plataforma https://notifica.jccm.es/notifica, para poder pedirte y notificarte información por este medio. - De forma presencial en cualquier registro de la Administración. Más información sobre esta convocatoria a través del correo electrónico atencionaldeportista@jccm.es y a través del siguiente enlace: https://deportes.castillalamancha.es/subvenciones-y-ayudas/deportistas
Trámites generales Buscar Indica el texto a buscar Esto es la legend de combine 8 trámites publicados Filtrar y ordenar Esto es la legend de sort_bef_combine Ordenar por Más antiguasMás recientes Filtrar Cerrar Esto es la legend de procedure_type_target_id Tipo de trámite - Cualquiera -AyudasGenéricosSubvenciones Presentación de solicitudes Esto es la legend de submission_applications[min] Desde Esto es la legend de submission_applications[max] Hasta Ciudadanía Certificación automatizada de cantidades retenidas en concepto de IRPF Emisión de certificados de cantidades retenidas en concepto de IRPF. En la solicitud deberá indicarse el año fiscal objeto de certificación. Ciudadanía Certificación automatizada de pagos realizados Emisión de certificados de pago para todas las obligaciones abonadas por la Administración Regional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y... Ciudadanía Baja de cuentas bancarias canceladas Las personas con capacidad de obrar ante la Administración General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos podrán... Ciudadanía Certificación de cantidades retenidas en concepto de IRPF Emisión de certificados de cantidades retenidas en concepto de IRPF. En la solicitud deberá indicarse el año fiscal objeto de certificación. Ciudadanía Certificación de pagos Emisión de certificados de pago para todas las obligaciones abonadas por la Administración Regional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y... Ciudadanía Certificación de pagos en cuentas bancarias Emisión de un certificado de los pagos percibidos en todas o en algunas de las cuentas bancarias que una persona tenga dadas de alta en el registro de... Ciudadanía Certificación de deuda de pagos pendientes Las personas acreedoras podrán solicitar un certificado de deudas de pagos pendientes de abonar a su favor de obligaciones reconocidas por la... Ciudadanía Certificación de pagos embargados Las personas acreedoras podrán solicitar certificado de pagos que le han sido embargados y abonados a las Administraciones Públicas u Órganos...
Planes de Actuación A continuación se ofrecen las Resoluciones de Aprobación de los Planes de Actuación, junto a los propios Planes de Actuación que contienen las Memorias Técnicas de los caminos rurales seleccionados para su mejora y acondicionamiento, bajo la operación 4.3.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Contenido de los archivos: - Plan de Actuación Albacete parte 1: desde “Abengibre” hasta “Hoya Gonzalo” - Plan de Actuación Albacete parte 2: desde “Jorquera” hasta “Yeste” - Plan de Actuación Ciudad Real parte 1: desde "Abenojar" hasta "Las Labores" - Plan de Actuación Ciudad Real parte 2: desde "Luciana" hasta "Viso del Marqués" - Plan de Actuación Cuenca parte 1: desde “Abia de la Obispalía” hasta “Leganiel” - Plan de Actuación Cuenca parte 2: desde “Majadas, Las” hasta “Zarzuela” - Plan de Actuación Guadalajara parte 1: desde "Abanades" hasta "Azuqueca de Henares" - Plan de Actuación Guadalajara parte 2: desde "Baides" hasta "Ciruelas" - Plan de Actuación Guadalajara parte 3: desde "Ciruelas del Pinar" hasta "Herrería" - Plan de Actuación Guadalajara parte 4: desde "Hiendelaencina" hasta "Millana" - Plan de Actuación Guadalajara parte 5: desde "Milmarcos" hasta "Quer" - Plan de Actuación Guadalajara parte 6: desde "Razbona" hasta "Tordellego" - Plan de Actuación Guadalajara parte 7: desde "Tordelloso" hasta "Zorita de los Canes" - Plan de Actuación Toledo parte 1: desde “Ajofrín” hasta “Illán de Vacas” - Plan de Actuación Toledo parte 2: desde “Illescas” hasta “San Bartolomé de las Abiertas” - Plan de Actuación Toledo parte 3: desde “San Martín de Montalbán” hasta “Yuncos” Asimismo se ofrecen las Actas de las Comisiones de Seguimiento de las diferentes Provincias, que incluyen los cronogramas de las actuaciones.
Áreas protegidas de Castilla-La ManchaDescubre todo acerca de los espacios naturales protegidos, la Red Natura 2000 y la biodiversidad de Castilla-La Mancha.Imagen Descubrir y caminar nuestros senderos Explora la belleza natural de Castilla-La Mancha y descubre las diferentes rutas y senderos de la región. Encuentra tu próxima aventura al aire libre. Ver rutas y senderos left light Visor Cartográfico ENP Consulta toda la información acerca de los espacios naturales protegidos mediante un mapa interactivo. 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La consulta planteada se refiere a si se puede recurrir la decisión del órgano de contratación, de exclusión de una empresa de la licitación a la que ha presentado su oferta. Dados los términos de la consulta (muestras físicas de ropa), este servicio infiere que nos encontramos ante un contrato de suministro. Para responder a esta cuestión, ha de tenerse en cuenta, la regulación del artículo 44 sobre el recurso especial en materia de contratación y los actos recurribles, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), el resaltado es nuestro: “1. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 de este mismo artículo, cuando se refieran a los siguientes contratos que pretendan concertar las Administraciones Públicas o las restantes entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores: a) Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones de euros, y de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a cien mil euros. (…) 2. Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones (…) b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. (…) 6. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. (…)” Asimismo, es preciso traer a colación lo dispuesto por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante, TACRC) que, en su Resolución nº 1401/2022, de 3 de noviembre de 2022, indica: “(…) A la vista de lo anteriormente expuesto, es de aplicación nuestra doctrina reflejada en varias resoluciones, entre otras, por su similitud con el presente caso, la resolución 57/2020, de 16 de enero de 2020: “Se recurre el acta de la mesa de contratación, de fecha 16 de octubre de 2019, por la que se propone al órgano de contratación la exclusión de la recurrente, proponiéndose igualmente la adjudicación del contrato a favor de la empresa ASTURFEITO S.A. Según el Artículo 44.2 LCSP se establece: “Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones: b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. Los actos de inadmisión de candidatos, licitadores y exclusión de ofertas se configuran como actos de trámite cualificados, susceptibles de recurso especial en materia de contratación, ya que determinan la imposibilidad de que el afectado continúe en la licitación, de forma que se excluye de manera definitiva la posibilidad de que pueda resultar adjudicatario del contrato. (…)”. Una vez que ha quedado aclarado que el acto de exclusión, como acto de trámite cualificado puede ser objeto de recurso, es preciso advertir que, la interposición del recurso contra el acto de exclusión de la licitadora descartaría la impugnación del acto de adjudicación del contrato si, previamente, ya se recurrió la exclusión y el motivo de impugnación de la adjudicación es la exclusión ya recurrida. Así lo establece la doctrina, que considera dichas acciones como subsidiarias, y no acumulativas; en este sentido, y sin ánimo de exhaustividad, la Resolución 398/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de 11 de agosto, de 2023 expone (el resaltado es nuestro): “Asimismo, este Tribunal quiere poner de manifiesto que no es nueva la cuestión de la interposición de un recurso que, pese a dirigirse formalmente contra la adjudicación del contrato, vuelve a combatir sustantivamente la exclusión de la oferta de la recurrente, habiendo sido abordada dicha cuestión en varias resoluciones de este Tribunal. Así, en la Resolución 197/2016, de 9 de septiembre, o en las más recientes 23/2022, de 14 de enero, 537/2022, de 18 de noviembre o 153/2023, de 3 de marzo, entre otras muchas, en las que se manifestaba que: «Como señaló la Circular 3/2010, de 19 de octubre, de la Abogacía del Estado -cuyo criterio comparte este Tribunal- dos son las posibilidades de recurso contra los actos de exclusión de licitadores acordados por las Mesas de contratación: el recurso especial contra el acto de trámite cualificado consistente en la exclusión adoptada por la Mesa de contratación (artículo 40.2 b) del TRLCSP) [actualmente 44.2.b) de la LCSP] y el recurso especial contra el acto de adjudicación donde se expongan las razones de aquella exclusión. Ahora bien, estas dos posibilidades no son acumulativas, sino que tienen carácter subsidiario, de modo que, una vez interpuesto recurso contra el acto de trámite cualificado de exclusión, no es posible recurrir posteriormente el acto de adjudicación para volver a discutir la exclusión. Asimismo, este Tribunal ha resuelto ya varios supuestos como el ahora analizado. De este modo, en las Resoluciones 120/2014, de 15 de mayo y 92/2015, de 3 de marzo, se mantenía que “(...) si el recurrente interpuso recurso especial contra el acuerdo de exclusión adoptado por la mesa como acto de trámite cualificado, no puede volver a reproducir su pretensión en un nuevo recurso contra la adjudicación pues, bajo la impugnación formal de un acto distinto -la adjudicación-, se está atacando nuevamente el mismo acto -el acuerdo de exclusión-.” De acuerdo con lo expuesto, podemos concluir lo siguiente: El acto de exclusión de una oferta en un procedimiento de contratación tiene la consideración de acto de trámite cualificado, susceptible de ser recurrido por la entidad a la que afecte. El recurso que podrá interponer la entidad excluida podrá ser el recurso especial en materia de contratación, si se ha licitado un contrato del tipo y cuantía a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. En otro caso, el acto de exclusión podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de recurrir la exclusión de la licitación, no podrá recurrirse de nuevo la misma con ocasión de la adjudicación del contrato. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN