La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario implementar actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica del representante legal de la entidad, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en este enlace. Cada centro sólo podrá presentar una única solicitud de participación, siendo los encargados de presentarla los representantes legales de la entidad.
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La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario implementar actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica del representante legal de la entidad, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en este enlace. Cada centro sólo podrá presentar una única solicitud de participación, siendo los encargados de presentarla los representantes legales de la entidad.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario implementar actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica del representante legal de la entidad, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en este enlace. Cada centro sólo podrá presentar una única solicitud de participación, siendo los encargados de presentarla los representantes legales de la entidad.
Inicio Colaborando desde local para contribuir a los objetivos globales. ¿En que se basa este Ecosistema? El Ecosistema pretende ser un impulso y ayuda a nuestros pueblos y a sus habitantes, así como un espacio de colaboración y cooperación orientada a la mejora de sus servicios. Enfoque Un territorio inteligente es aquel que mejora la calidad de vida de su territorio bajo los pilares de la Sostenibilidad, Eficiencia y Cohesión como valores fundamentales. De la misma manera, un territorio rural inteligente es aquel que pone en el centro a la ciudadanía y que, utilizando soluciones 'Smart' o inteligentes basadas en Internet de las Cosas (IoT), ayuda a mejorar los servicios en los pueblos en todos sus ámbitos. Según la reciente norma UNE CTN 178601, un territorio inteligente debe considerar los parámetros de población, economía, accesibilidad y conectividad y establecer una serie de niveles de madurez de esa inteligencia territorial. Implantación El Ecosistema tiene su aplicación inicial en localidades de hasta 5000 habitantes, con un enfoque universal e integral y partiendo de los niveles actuales de conectividad, pilar fundamental para avanzar en los niveles de madurez que establece la propia norma UNE de una forma estándar y homogénea. Convertir a Castilla-La Mancha en un territorio rural inteligente es una labor conjunta, que se debe conseguir con la suma de esfuerzos entre las diferentes entidades: administraciones públicas e instituciones, empresas, mundo académico e innovador y la propia ciudadanía. En la consecución de estos objetivos el Ecosistema promueve valores complementarios como son la innovación, la dinamización, la colaboración y cooperación. Plan Director Desde el gobierno de Castilla-La Mancha somos pioneros en el desarrollo de un modelo de Territorio Rural Inteligente para la mejora de las condiciones sociales, económicas y ambientales de los municipios de la región. Cohesión Territorial, Eficiencia y Sostenibilidad son claves en la consecución de estos objetivos. Plan Director Destacados Instalación de Cámaras de Seguridad en Entornos Municipales Transición Luminarias Inteligente Divulgación y Formación en Competencias y Habilidades Digitales Recogida de Residuos Inteligente Monitorización Redes de Abastecimiento Novedades Recientes Destinos Turísticos Inteligentes: nuevas ayudas de 96 millones Una nueva propuesta al reglamento de las ICT contribuirá a hacer edificios monitorizados y conectados, más inteligentes y sostenibles Bilbao Exhibition Centre, sede de la Feria Aotec 2024 de telecomunicaciones y digitalización para zonas rurales
El recorrido transcurre por las zonas montañosas más altas del Parque Nacional y empieza en la caseta de información. Por una cómoda pista se atraviesa un matorral mediterráneo de jara y brezo. Más adelante el encinar cobra importancia y domina las estribaciones del macizo del Rocigalgo. Al cruzar por segunda vez el arroyo del Chorro, la proximidad del cauce recuerda que la vegetación de ribera no entiende de climas; al frescor del valle, se distinguen tejos, acebos y abedules aislados. En la toma de agua arranca una senda de montaña que se abre paso a través de un denso encinar, monte bajo y pedrizas. La cascada de 18 metros de caída y un pequeño rebollar escondido sirven de colofón a una excursión de ida y vuelta. Al inicio de la ruta se accede tomando un desvío cerca del punto kilométrico 16 de la carretera CM-4155, de las Becerras, aproximadamente a 10 km del pueblo Los Navalucillos. A partir de este desvío se bajará en coche por una pista de tierra hasta el río Pusa, pasado el cual se girará a la izquierda para seguir recto y, en unos cinco minutos en coche, llegar a la caseta de información situada en el límite del Parque Nacional, donde existen aparcamientos. En este punto de información se recomienda informarse y anotarse para un adecuado control y desarrollo de la visita. La ruta, que transcurre por la zona más montañosa del Parque Nacional, permite disfrutar de bellos paisajes, de bosques típicamente mediterráneos (sobre todo encinar en la parte de menor altura y rebollar en la parte más alta) y, al ser una zona bastante húmeda, de algunas especies más propias de lugares más septentrionales (tejo, acebo, abedul…) y parajes tan espectaculares como las cascadas del Chorro y la Chorrera Chica. El primer tramo de la ruta transcurre por una pista forestal, alrededor de una buena representación de bosque mediterráneo, con especies como las encinas y las jaras. Al llegar al arroyo de la Arañosa, se aprecia por primera vez el bosque de ribera que nos acompaña en la mayor parte de su recorrido, con especies como fresnos, sauces, arraclanes, arces y castaños, junto con algunas joyas naturales de vegetación típicamente atlántica como el tejo, huella de épocas pasadas con otros climas. Durante el trayecto apreciamos las crestas de las montañas cuarcíticas de los Montes de Toledo, con relieve suave pero en este lugar más agreste que en otras zonas del Parque. Es frecuente ver el vuelo de los buitres, en esta zona sobre todo leonados. Atravesamos el arroyo del Chorro, y empezamos a abrirnos pasos entre helecho comunes, brezos, enebros, mostajos, acebos y abedules, estos dos últimas muy singulares en estas latitudes tan meridionales. Tras 1 hora de recorrido, llegamos a una pequeña explanada conocida como la toma de agua, donde es conveniente acercarse a la pequeña presa para apreciar un bonito rincón botánico con gran variedad de especies. Tomamos una pequeña senda marcada y, una vez superados los primeros metros de desnivel, llegamos a un balcón donde apreciamos una pedriza, elemento paisajístico y geomorfológico típico de los Montes de Toledo, y que sirve como cortafuegos natural. Continuamos ascendiendo entre rebollares y encinares hasta llegar al desvío al Chorro, donde se encuentran los restos de un sestil, antiguo refugio de cabreros. Pasando un rebollar se llega hasta el esplendoroso Chorro de Los Navalucillos, paraje que invita a disfrutar de la paz y tranquilidad que solamente es interrumpida por el agradable sonido al caer el agua de la cascada. Si decidimos continuar hasta la Chorrera Chica en el desvío antes mencionado, el sendero, con algo más de pendiente en los primeros tramos, permite disfrutar de magníficas vistas del valle y atraviesa varias pedrizas y unas cornisas que servían de cobijo para los animales y los cabreros. Al atravesar esta zona debemos tomar todas las precauciones posibles debido a que el paso se hace estrecho y si llueve la humedad de los riscos los puede hacer resbaladizos. Tras unos metros andados encontramos la bifurcación hacia la Chorrera Chica, muy destacable por su escondida situación y belleza, a la que se llega por el margen del arroyo. Si nos animamos a subir hasta el Rocigalgo en la última bifurcación, recorreremos un sendero que discurre primero por los márgenes del río en los que los brezales se vuelven la formación dominante, y después por un precioso robledal, para llegar al collado donde se toma una pista hacia la izquierda que sube hasta muy cerca de la redondeada cima del pico más alto de los Montes de Toledo, con 1.448 metros. Si el día esta claro, desde arriba del pico podremos disfrutar de espectaculares vistas del relieve de estos montes y de parte del Parque Nacional de Cabañeros. La vuelta del itinerario se realiza por el mismo camino que la ida, o también se puede continuar por la Ruta del Macizo del Rocigalgo, que llega también hasta la caseta de inicio con un recorrido total de 20 Km.
Propuesta de resolución provisional Con fecha 7 de mayo de 2021 se ha publicado la Propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2020 y de sus respectivos anexos en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección: https://www.jccm.es/sede/propuesta-de-resoluci%C3%B3n-provisional-de-la-convocatoria-de-subvenciones-para-deportistas-de Se podrán presentar alegaciones a esta propuesta de resolución provisional en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, del 10 hasta el 21 de mayo de 2021, ambos inclusive. La presentación alegaciones se podrá realizar a través de los siguientes medios: - Electrónicamente con el certificado digital, a través de la sede electrónica. - De forma presencial en cualquier registro de la Administración. En caso de no presentarse alegaciones a la propuesta de resolución provisional en el plazo indicado, se entenderá que el interesado acepta la propuesta de resolución. Para resolver dudas pueden contactar con esta Dirección General de Juventud y Deportes, llamando al teléfono 925 26 77 70 o a través del correo electrónico: atencionaldeportista@jccm.es Convocatoria Subvenciones para deportistas Élite de Castilla-La Mancha 2020, de acuerdo al resultado deportivo por el que solicita la ayuda obtenido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Cada solicitante podrá concurrir por un solo resultado deportivo conseguido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Personas beneficiarias a) Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas por el Comité Olímpico Internacional, o paralímpicas por el Comité Paralímpico Internacional. b) Deportistas de Castilla-La Mancha que practiquen deportes no olímpicos ni paralímpicos, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes, siempre que los resultados deportivos por los que concurran pertenezcan a aquellos deportes, modalidades y categorías que expresamente se recogen en el Anexo III de la convocatoria. c) Deportistas que cumpliendo los requisitos anteriores concurran en alguna de las siguientes circunstancias: - Que, habiendo participado en categorías absolutas de su modalidad deportiva, hayan sufrido una baja deportiva por lesión debidamente justificada de al menos 6 meses de duración, y dicha lesión se haya producido en el año 2019. - Que hayan estado en periodo de gestación o en las 16 semanas de baja maternal (ampliadas en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo/a, a partir del segundo) en el año 2019. En ambos casos, se les permitirá que concurran por su mejor resultado deportivo obtenido durante los 12 meses inmediatamente anteriores a su baja deportiva por lesión, maternidad o gestación. Para tener la condición de personas beneficiarias, los/as deportistas señalados en el apartado anterior deberán pertenecer a alguna de las siguientes cuatro categorías: a) Absoluta: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría absoluta de su disciplina deportiva. b) 2ª Categoría: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría inmediatamente inferior a la absoluta de su disciplina deportiva. c) 3ª Categoría: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría inmediatamente inferior a la 2ª Categoría de edad de su disciplina deportiva. Esta categoría se aplicará exclusivamente en disciplinas deportivas reconocidas como olímpicas o paralímpicas. d) Master o Veterano/a: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría superior a la absoluta de su disciplina deportiva. Esta categoría exige haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. No obstante a lo anterior, serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos en competiciones de categoría absoluta por aquellos/as deportistas, que por edad, pertenezcan a cualquier categoría inferior a la absoluta. RECUERDA: Las disciplinas y modalidades deportivas, así como las categorías objeto de la convocatoria, están incluidas en el ANEXO III de la misma. Requisitos Establecidos en el apartado segundo punto 1 de la convocatoria, destacando entre ellos los requisitos g) y h) relativos al resultado a tener en cuenta para ser beneficiario/a: g) Formar parte de la Selección Española de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo, Copa u Open del Mundo y Ranking mundial, Campeonatos de Europa, Copa u Open de Europa y Ranking europeo. h) Formar parte de la Selección de Castilla-La Mancha de la federación deportiva correspondiente para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional. Para aquellos deportistas que concurren por Campeonatos de España, Open de España y Ranking nacional por clubes, haber obtenido resultados individuales según los méritos deportivos recogidos en esta convocatoria en el caso de deportes individuales, o cumplir con lo establecido en la letra c) del número 2 de este apartado en el caso de deportes colectivos. Siendo necesario, además, cumplir los requisitos específicos siguientes (apartado segundo punto 2 de la convocatoria): a) Haber obtenido el resultado por el que solicita la subvención con un mínimo de participación de 10 deportistas en competiciones individuales o 10 equipos en deportes colectivos y de 7 deportistas/equipos en el caso de los deportistas con discapacidad. b) En categorías máster y veteranos/as, haber obtenido los resultados por los que concurren en competiciones a nivel europeo y/o mundial formando parte de la selección española. c) En categorías inmediatamente inferiores a la categoría absoluta de deportes colectivos, haber participado en competiciones oficiales regulares de carácter nacional. Acreditación de los requisitos La acreditación del cumplimiento de los requisitos se realizará mediante la presentación de la declaración responsable del solicitante firmada en su solicitud, excepto para el apartado segundo punto 1 letras g) y h) de la convocatoria, en los que deberá aportarse certificado oficial de la federación correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención. En dicho certificado deberá aparecer el lugar y fecha de celebración del campeonato, el resultado obtenido y el número de participantes que hubo en la categoría por la que competía el solicitante, así como cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. En el caso de resultados internacionales será la Federación española la que debe certificar el resultado obtenido por el/la deportista. La acreditación del cumplimiento de los requisitos específicos recogidos en el apartado segundo punto 2 de la convocatoria, se realizará igualmente a través del mismo certificado oficial de la federación correspondiente. Solicitudes y documentación Las solicitudes de subvención se realizarán mediante la cumplimentación y presentación de la solicitud y el Anexo I de la convocatoria, que conllevará la aceptación de las bases de la misma. RECUERDA: Todos las personas solicitantes deberán aportar certificado oficial de la federación correspondiente, donde se acredite la veracidad del resultado por el que solicita la subvención, indicando en dicho certificado el nombre del campeonato, el lugar y fecha de celebración , la categoría por la que compite, el resultado obtenido, y el número de participantes que hubo en la categoría por la que competía, así como cualquier otra información que considere oportuna para ratificar dicha información. La presentación de las solicitudes y la documentación complementaria se podrá realizar a través de los siguientes medios: -De forma telemática con firma electrónica avanzada. Los documentos originales deben ir digitalizados y presentados como archivos anexos. -De forma presencial en cualquier registro de la Administración. Si se presentan en las oficinas de correos, se hará en sobre abierto para su sellado. Más información: consultar a través del correo electrónico atencionaldeportista@jccm.es Enlace Sede Electrónica
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PARQUE NATURAL ALTO TAJO El sendero de Gran recorrido GR 10 atraviesa la península de este a oeste desde la Localidad de Puzol en Valencia hasta Lisboa, siguiendo el último... Parque Natural del Alto TajoDistancia130.00Duración32.00En BTTTurismo4x4BTT 01. Ruta escénica del Puerto de la Quesera Esta ruta ciclista discurre por un camino rural asfaltado de 29 km de longitud, abierto a la circulación de vehículos a motor, que asciende desde el... Parque Natural Sierra Norte de GuadalajaraCardoso de la Sierra (El)MajaelrayoDistancia28.10Duración2.50En BTTBTT 02. Ruta del Rio Zarzas (Hayedo de Tejera Negra) Esta ruta BTT te permitirá recorrer los valles de montaña de los ríos Zarzas y Lillas y descubrir uno de los tesoros botánicos mejor guardados del... Parque Natural Sierra Norte de GuadalajaraCantalojasDistancia21.00Duración2.50En BTTBTT Cañones del Dulce y del Henares Esta ruta de BTT conecta las localidades de Sigüenza, Barbatona, Pelegrina, La Cabrera y Moratilla de Henares y, en una parte de su recorrido... Parque Natural del Barranco del Río DulceSigüenzaDistancia32.00Duración4.00A pieEn BTTCamino de Pelegrina a la Cabrera y Aragosa Distancia: 11 km (7 km de Aragosa a La Cabrera + 4 km de La Cabrera a Pelegrina). Duración aproximada: 3-4 horas ida. Dificultad: baja-media por la... Parque Natural del Barranco del Río DulceMandayonaSigüenzaDistancia11.00Duración2.00A pieEn BTTCircular de la Parrilla a las Quebradas y la Raspilla La ruta enlaza las tres aldeas de la Parrilla, las Quebradas y la Raspilla, por caminos forestales y sendas entre pinares en la falda sur del Calar... Parque Natural Calares del Mundo y de la SimaYesteDistancia8.00Duración2.30A pieEn BTTDe Arguellite a los Prados y Rincón Cabero La ruta parte de Arguellite y sigue los antiguos caminos de uso entre las aldeas serranas primero por senda a la aldea de Los Prados y luego por pista... Parque Natural Calares del Mundo y de la SimaYesteDistancia8.00Duración2.50A pieEn BTTGEORUTA 2 Valle de los Milagros - Saelices Esta ruta, que discurre mayoritariamente por el Valle de Los Milagros, te mostrará las claves para entender mejor la participación de la geología en... Parque Natural del Alto TajoRiba de SaelicesSaelices de la SalDistancia12.00Duración4.00En BTTGEORUTA 3 Cobeta - Barranco del Arandilla Esta ruta muestra el uso sostenible que los habitantes de la zona han hecho de los recursos geológicos existentes en el Parque Natural. Mediante la... Parque Natural del Alto TajoCobetaTorremocha del PinarDistancia13.00Duración4.00En BTTGEORUTA 5 Barranco de la Hoz-Cuevas Labradas Un viaje hacia el mar: En esta ruta, que recorre algunos de los más espectaculares parajes del Parque Natural, podrás observar diferentes tipos de... Parque Natural del Alto TajoCorduenteDistancia15.00Duración4.00En BTTTurismoGEORUTA 6 Villanueva de Alcorón - Peñalén Esta ruta muestra el difícil equilibrio entre utilización de los recursos naturales y su adecuada preservación. Se visitarán enclaves naturales bien... Parque Natural del Alto TajoPeñalénVillanueva de AlcorónDistancia22.00Duración5.00A pieEn BTTGEORUTA 7 Laguna de Taravilla- Salto de Poveda- Peralejos de las Truchas AVISO IMPORTANTE: LOS APARCAMIENTOS PARA COMENZAR ESTA RUTA, BIEN EN LA LAGUNA DE TARAVILLA, BIEN EN LA PISTA DEL SALTO DE POVEDA, TIENEN UN AFORO... Parque Natural del Alto TajoPeralejos de las TruchasPoveda de la SierraTaravillaDistancia15.00Duración4.00Paginación12345››Siguiente páginaÚltimo »Última página
La consulta planteada se refiere a si se puede recurrir la decisión del órgano de contratación, de exclusión de una empresa de la licitación a la que ha presentado su oferta. Dados los términos de la consulta (muestras físicas de ropa), este servicio infiere que nos encontramos ante un contrato de suministro. Para responder a esta cuestión, ha de tenerse en cuenta, la regulación del artículo 44 sobre el recurso especial en materia de contratación y los actos recurribles, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), el resaltado es nuestro: “1. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 de este mismo artículo, cuando se refieran a los siguientes contratos que pretendan concertar las Administraciones Públicas o las restantes entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores: a) Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones de euros, y de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a cien mil euros. (…) 2. Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones (…) b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. (…) 6. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. (…)” Asimismo, es preciso traer a colación lo dispuesto por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en adelante, TACRC) que, en su Resolución nº 1401/2022, de 3 de noviembre de 2022, indica: “(…) A la vista de lo anteriormente expuesto, es de aplicación nuestra doctrina reflejada en varias resoluciones, entre otras, por su similitud con el presente caso, la resolución 57/2020, de 16 de enero de 2020: “Se recurre el acta de la mesa de contratación, de fecha 16 de octubre de 2019, por la que se propone al órgano de contratación la exclusión de la recurrente, proponiéndose igualmente la adjudicación del contrato a favor de la empresa ASTURFEITO S.A. Según el Artículo 44.2 LCSP se establece: “Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones: b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149. Los actos de inadmisión de candidatos, licitadores y exclusión de ofertas se configuran como actos de trámite cualificados, susceptibles de recurso especial en materia de contratación, ya que determinan la imposibilidad de que el afectado continúe en la licitación, de forma que se excluye de manera definitiva la posibilidad de que pueda resultar adjudicatario del contrato. (…)”. Una vez que ha quedado aclarado que el acto de exclusión, como acto de trámite cualificado puede ser objeto de recurso, es preciso advertir que, la interposición del recurso contra el acto de exclusión de la licitadora descartaría la impugnación del acto de adjudicación del contrato si, previamente, ya se recurrió la exclusión y el motivo de impugnación de la adjudicación es la exclusión ya recurrida. Así lo establece la doctrina, que considera dichas acciones como subsidiarias, y no acumulativas; en este sentido, y sin ánimo de exhaustividad, la Resolución 398/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de 11 de agosto, de 2023 expone (el resaltado es nuestro): “Asimismo, este Tribunal quiere poner de manifiesto que no es nueva la cuestión de la interposición de un recurso que, pese a dirigirse formalmente contra la adjudicación del contrato, vuelve a combatir sustantivamente la exclusión de la oferta de la recurrente, habiendo sido abordada dicha cuestión en varias resoluciones de este Tribunal. Así, en la Resolución 197/2016, de 9 de septiembre, o en las más recientes 23/2022, de 14 de enero, 537/2022, de 18 de noviembre o 153/2023, de 3 de marzo, entre otras muchas, en las que se manifestaba que: «Como señaló la Circular 3/2010, de 19 de octubre, de la Abogacía del Estado -cuyo criterio comparte este Tribunal- dos son las posibilidades de recurso contra los actos de exclusión de licitadores acordados por las Mesas de contratación: el recurso especial contra el acto de trámite cualificado consistente en la exclusión adoptada por la Mesa de contratación (artículo 40.2 b) del TRLCSP) [actualmente 44.2.b) de la LCSP] y el recurso especial contra el acto de adjudicación donde se expongan las razones de aquella exclusión. Ahora bien, estas dos posibilidades no son acumulativas, sino que tienen carácter subsidiario, de modo que, una vez interpuesto recurso contra el acto de trámite cualificado de exclusión, no es posible recurrir posteriormente el acto de adjudicación para volver a discutir la exclusión. Asimismo, este Tribunal ha resuelto ya varios supuestos como el ahora analizado. De este modo, en las Resoluciones 120/2014, de 15 de mayo y 92/2015, de 3 de marzo, se mantenía que “(...) si el recurrente interpuso recurso especial contra el acuerdo de exclusión adoptado por la mesa como acto de trámite cualificado, no puede volver a reproducir su pretensión en un nuevo recurso contra la adjudicación pues, bajo la impugnación formal de un acto distinto -la adjudicación-, se está atacando nuevamente el mismo acto -el acuerdo de exclusión-.” De acuerdo con lo expuesto, podemos concluir lo siguiente: El acto de exclusión de una oferta en un procedimiento de contratación tiene la consideración de acto de trámite cualificado, susceptible de ser recurrido por la entidad a la que afecte. El recurso que podrá interponer la entidad excluida podrá ser el recurso especial en materia de contratación, si se ha licitado un contrato del tipo y cuantía a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. En otro caso, el acto de exclusión podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de recurrir la exclusión de la licitación, no podrá recurrirse de nuevo la misma con ocasión de la adjudicación del contrato. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de participación deben ser presentadas por el director o directora del centro educativo de forma electrónica, accediendo a través de la Sede Electrónica de la JCCM.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de participación deben ser presentadas por el director o directora del centro educativo de forma electrónica, accediendo a través de la Sede Electrónica de la JCCM.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de participación deben ser presentadas por el director o directora del centro educativo de forma electrónica, accediendo a través de la Intranet Docente del Portal de Educación, al formulario de solicitud (Anexo I) que se encuentra habilitado en la Sede Electrónica de la JCCM.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Juventud y Deportes es consciente y sensible a la escasa actividad física y los hábitos poco saludables que se observan durante la infancia y la adolescencia. Éstos no sólo son peligrosos para la salud sino que conllevan una baja forma física y una menor autoestima, que en edad escolar pueden derivar en un menor rendimiento académico y finalmente en el abandono educativo temprano. Por ello, junto con la práctica regular de actividad física, debemos impulsar e incorporar como hábitos saludables, entre otros: la alimentación equilibrada, la higiene personal y postural, pautas para la realización de actividad física saludable, nociones de primeros auxilios ante accidentes producidos durante la práctica de actividad físico-deportiva, la prevención en el consumo de sustancias adictivas, etc., que permitan construir unos cimientos lo suficientemente adecuados como para llegar a la vida adulta sanos y poder disfrutar de una vida plena. Diferentes investigaciones y evidencias teórico-prácticas demuestran que, para lograr, dentro la comunidad educativa, un cambio de cultura con relación a los hábitos que conducen al desarrollo de una vida saludable en todas sus vertientes, se considera necesario actuaciones mantenidas durante un periodo mínimo de tres cursos escolares consecutivos. Los Proyectos Escolares Saludables diseñados por los centros deberán implicar la participación de toda la Comunidad Educativa mediante diez programas: Programa I: Educación Deportiva. Programa II: Descansos activos. Programa III: Evaluación de la condición física y hábitos saludables. Programa IV: Desplazamiento activo al centro. Programa V: Deporte en familia. Programa VI: Hábitos saludables Programa VII: Recreos con actividad físico-deportiva organizada. Programa VIII: Actividades físico-deportivas complementarias. Programa IX: Actividades físico-deportivas extracurriculares. Programa X: Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´S) Las solicitudes de participación deben ser presentadas por el director o directora del centro educativo de forma electrónica, accediendo a través de la Intranet Docente del Portal de Educación, al formulario de solicitud (Anexo I) que se encuentra habilitado en la Sede Electrónica de la JCCM.