Viceconsejería de Medio Ambiente

Derecho de acceso a la Información Ambiental

 La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en vigor desde 19 de julio de 2006, (articulando el marco jurídico del acceso a la información ambiental en nuestro país), responde a los compromisos adquiridos con la ratificación del Convenio de Aarhus (1998).
 
Esta Ley define qué contenidos temáticos son información ambiental, regula los plazos y las excepciones a la obligación de facilitar el acceso a la información,  impone la obligación de elaborar listas de las autoridades públicas que posean información ambiental  que deberán ser accesibles y abre a los particulares las vías a una participación pública efectiva y de reclamación en caso de no ser atendido por las autoridades públicas.
 
Considera que la información ambiental es toda aquella información escrita, visual, sonora, electrónica o en cualquier otra forma, que proporcione datos sobre:
  -  El estado de los elementos del medio ambiente como, el aire y la atmósfera, el agua, el suelo, la tierra, los paisajes y los espacios naturales incluidos los humedales, la diversidad biológica y sus interacciones.
  -  Los factores como las sustancias contaminantes, residuos, emisiones y liberaciones que puedan afectar al medio ambiente.
  -  Las medidas administrativas como, políticas, normas, planes, programas y actividades que puedan afectar al medio ambiente o que ayuden a protegerlo.
  -  El estado de la salud y seguridad de las personas, incluida la contaminación de la cadena alimenticia, de los bienes del patrimonio artístico, cultural y construcciones que puedan verse afectados por el estado de los elementos, los factores y de las medidas enumeradas en los puntos anteriores.
 
El objetivo último  de todo ello, es contribuir al derecho, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente que permita garantizar su salud y su bienestar, teniendo la información medioambiental un papel esencial en la concienciación y educación ambiental de la sociedad, constituyendo un instrumento indispensable para poder intervenir con conocimiento de causa en los asuntos públicos. Este derecho presenta dos vertientes:
 
  -  Derecho a buscar y obtener información de las autoridades públicas
Para obtener información sobre los derechos que otorga la presente ley y ser asesorados para su correcto ejercicio, así como ser asistidos en la búsqueda de información, se podrán utilizar los siguientes medios:

Para el acceso a la información ambiental previa solicitud, se podrá utilizar:

  • Solicitud de información ambiental, vía registro (se requiere firma).
  • Solicitud de cartografía de la Consejería de Desarrollo Sostenible
  • Escrito en el que figure: nombre y apellidos del solicitante, o representante, identificación de lugar a efecto de notificación, lugar y fecha, así como firma del solicitante. Las solicitudes deben dirigirse a la autoridad pública competente para resolverlas, es decir, aquella en cuyo poder obra la información solicitada. La petición será clara, concreta y razonable. Puede aportar una dirección de correo electrónico.

Todo ello de acuerdo al artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
  -  Derecho a recibir información ambiental relevante por parte de las autoridades públicas, que deberán recogerla y difundirla por medio de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones, sin necesidad de que medie petición previa: información  ambiental objeto de difusión.
 
Es relevante la repercusión que esta Ley ha tenido en otras leyes ambientales aprobadas posteriormente, haciendo que en ellas consten apartados específicos sobre el acceso a la información y a la participación del público.

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Normativa información ambiental

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Derechos de acceso a la información ambiental

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Excepciones a la obligación de facilitar información ambiental

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Autoridades Públicas en atención a la información ambiental

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