30/08/2000JCCM

La multa oscilará entre los 15 y los 100 millones de pesetas INDUSTRIA ABRE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR A LA CENTRAL TÉRMICA DE ACECA POR EL VERTIDO DE FUEL AL RÍO TAJO

El expediente informativo abierto después del vertido por la Consejería de Industria y Trabajo ha puesto de relieve la posible existencia de infracciones en el mantenimiento, conservación y vigilancia de esta planta.


El expediente informativo abierto después del vertido por la Consejería de Industria y Trabajo ha puesto de relieve la posible existencia de infracciones en el mantenimiento, conservación y vigilancia de esta planta.

La Consejería de Industria y Trabajo ha abierto un expediente sancionador a la central térmica de ACECA por su responsabilidad en el vertido de una cantidad aún indeterminada de fuel-oil a las aguas del río Tajo, después de que el expediente informativo abierto tras el derrame haya puesto de manifiesto la existencia de presuntas irregularidades en el mantenimiento, conservación y vigilancia de las instalaciones de esta empresa.

Así lo ha anunciado hoy el consejero de Presidencia, Isidro Hernández Perlines, durante la tradicional rueda de prensa para informar sobre los acuerdos del Consejo de Gobierno, quien anunció que esta planta, propiedad al 50% de Iberdrola y Unión Fenosa, se enfrenta a una multa que podría oscilar entre los 15 y los 100 millones de pesetas, ya que la Ley de Industria considera muy graves aquellas infracciones de las que se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, la flora, la fauna y el medio ambiente.

El consejero ha señalado que los sistemas de seguridad de esta central fallaron consecutivamente y permitieron la llegada del fuel a las aguas del Tajo, lo que hace suponer que “existió una negligencia en la conservación, mantenimiento y vigilancia de estos sistemas de alarma”.

Hernández Perlines recordó que el cierre cautelar de este tipo de plantas es “competencia exclusiva” del Ministerio de Economía, ya que la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico atribuye al Gobierno central las competencias para autorizar, regular, inspeccionar y sancionar a las centrales térmicas de las características de ACECA, y las Comunidades Autónomas, sólo asumirán la responsabilidad de inspección a partir del año 2001, según establece un Real Decreto aprobado por el Ministerio de Industria y Energía en 1999.

Por tanto, para abrir el correspondiente expediente sancionador, la Consejería de Industria y Trabajo ha actuado ateniéndose al artículo 33 de la Ley de Industria de 1992, que considera responsables de este tipo de hechos a “las personas físicas o jurídicas que incurran en las infracciones y, en particular, al propietario, director o gerente de la industria en que se compruebe la infracción”.

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