EL DERECHO DE LOS PACIENTES A LA SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA ENTRA EN VIGOR HOY EN CASTILLA-LA MANCHA
La región se coloca a la vanguardia en materia de derechos del paciente, ya que sólo Andalucía, Extremadura, Navarra y Cataluña tienen reconocido este derecho en sus servicios de salud.
El derecho a la segunda opinión médica en el ámbito del sistema sanitario público de Castilla-La Mancha entra hoy en vigor, como se prevé en las disposiciones finales del decreto que regula este nuevo derecho y que fue aprobado a primeros de este mes por el Gobierno regional. Esta medida garantiza que cualquier ciudadano puede optar y obtener una segunda opinión de su enfermedad en determinadas patologías médicas para contrastar un primer diagnóstico.
Podrán beneficiarse de este nuevo derecho en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) todos aquellos ciudadanos que hayan sido diagnosticados de enfermedades neoplásicas, neurológicas inflamatorias y degenerativas invalidantes, graves con causa hereditaria o enfermedades raras, incluidas las de origen genético.
Estos enfermos podrán ejercer su derecho a obtener una segunda opinión médica, en un plazo máximo de 15 días, para contrastar el primer diagnóstico emitido en los servicios sanitarios públicos de Castilla-La Mancha, y en casos justificados, a través de un centro concertado o en un centro público de otra comunidad autónoma.
El Gobierno regional estima que más de 5.000 ciudadanos al año podrán ejercer esta alternativa terapéutica.
De esa forma, Castilla-La Mancha se coloca a la vanguardia en esta materia, ya que sólo Andalucía, Extremadura y Navarra lo tienen regulado a través de decreto y en Cataluña se recoge en su Carta de Derechos y Deberes de los Ciudadanos en relación con el sistema sanitario.
Aunque hasta ahora se ha venido facilitando el ejercicio de este derecho en el ámbito del Sescam, su regulación mediante un decreto ofrece al ciudadano una fórmula de gestión eficaz, ágil y transparente si quiere recurrir a esta opción.
Aumentar la seguridad, confianza y satisfacción del paciente; incrementar la calidad percibida y de la credibilidad del sistema; disminuir la ansiedad de pacientes y familiares y dotar de mayor autonomía al paciente son, por tanto, las ventajas que ofrece la segunda opinión en un sistema sanitario público.
El decreto viene a reforzar la relación siempre compleja entre médico y paciente y la autonomía del enfermo en el proceso asistencial, sin mermar en ningún caso la autoridad de los profesionales en las decisiones clínicas.
Con su aprobación, también se da cumplimiento a las directrices recogidas en La Ley de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha y en el Plan Regional de Salud 2001-2010, en las cuales se garantiza a los ciudadanos el derecho a una segunda opinión médica, que fortalezca la básica relación médico-paciente y complemente las posibilidades de la atención.
La aprobación del decreto, junto con la Ley de Garantías para la Asistencia Especializada, el Decreto de Participación Ciudadana con la creación de los Consejos de Área de Salud--, la Ley de Voluntades Anticipadas, así como la participación activa de los ciudadanos en la toma de decisiones sanitarias, cuyo desarrollo se llevará a cabo en esta legislatura, suponen un avance importante hacia la autonomía del paciente en su trato con el sistema sanitario.