Entre los objetivos del Convenio de Aarhus está el de garantizar los derechos de participación del público en la toma de decisiones en asuntos medioambientales para contribuir a la protección del derecho a vivir en un medio ambiente adecuado para la salud y el bienestar de las personas y al respaldo público de las decisiones adoptadas.
Tanto la Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente, como la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, responden a los compromisos adquiridos con la ratificación del Convenio de Aarhus
En este marco legal se reconoce el derecho a participar:
- En la elaboración modificación y revisión de Planes, Programas y Proyectos.
- En la elaboración modificación y revisión de las disposiciones de carácter general relacionadas con el medio ambiente
Posteriormente otras normas sectoriales incorporan la garantía de participación:
- En los procedimientos de concesión de autorizaciones relacionadas con la legislación sobre prevención y el control integrado de la contaminación (IPPC)
- En la evaluación de los efectos de ciertos planes y programas en el medio ambiente
- En las decisiones sobre la diseminación voluntaria en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente
- En la Evaluación de impacto ambiental de proyectos
- En los planes y programas en materia de aguas y en las concesiones y autorizaciones que versen sobre el dominio público hidráulico.
A continuación se puede encontrar información sobre los procedimientos abiertos a participación pública en materia de medio ambiente: