Consejería de Educación, Cultura y Deportes

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE ANTEPROYECTO DE LEY DE ACADEMIAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
 
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Los objetivos de la norma.
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento en el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha http://www.castillalamancha.es/gobierno/educacionculturaydeportes/actuaciones, siendo el último día del plazo el 8 de enero de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: dguniversidades.edu@jccm.es
 

Ello sin perjuicio de las medidas adicionales de participación a desarrollar en los sucesivos trámites, preceptivos o no, de la tramitación del proyecto normativo propuesto.
 

A tal fin, y con objeto de que las personas u organismos que estén interesados en manifestar su opinión sobre la materia cuenten con una mínima información al respecto, se pasa a continuación a hacer un breve resumen sobre la motivación de esta iniciativa:
 

Antecedentes de la norma

La Constitución Española, en su artículo 44, determina que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho, y promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. Asimismo, en el artículo 149.1.15, asigna la competencia exclusiva al Estado en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y, en el artículo 148.1.17, permite a las Comunidades Autónomas el fomento de la misma entre otras competencias.
 

Por otra parte, el artículo 31.1.17 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha asume competencias exclusivas en el fomento de la cultura y de la investigación, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 149 de la Constitución, prestando especial atención a las distintas modalidades culturales de carácter regional.
 

Problemas que se prevén solucionar con la nueva norma
 

La futura Ley pretende amparar a las academias creadas hasta ahora y a las de nueva creación, procurando para las mismas un estatuto jurídico y unos medios materiales que las preserven de una extinción de todo punto indeseable.

 

Necesidad y oportunidad de su tramitación
 

El nuevo marco normativo que se plantea se justifica y resulta oportuno y necesario en la medida que no existe normativa legal en la Comunidad que tutele, coordine y garantice la permanencia de las distintas academias científicas, artísticas y literarias que existen en la Región, y fomente sus actividades.
 

Además, el Gobierno Regional dentro de los objetivos recogidos en el Plan Estratégico de Cultura, concretamente en el Objetivo nº 3 recoge la obligación de potenciar el papel de la cultura en Castilla-La Mancha mediante la coordinación de las entidades y agentes que intervienen en ella. Asimismo en su Objetivo nº 4 establece la necesidad de crear modelos que faciliten y aseguren la participación efectiva de la sociedad civil en el desarrollo de la cultura en Castilla-La Mancha.
 

En virtud de lo expuesto, se establece la necesidad y justificación de avanzar en la legislación existente, en materia de academias mediante la aprobación de una Ley específica.
 

Objetivos de la norma
 

El objetivo principal de la futura Ley es regular la creación de nuevas academias como instrumento de participación de la sociedad civil en la vida cultural de la región, garantizar la permanencia de las creadas hasta ahora y fomentar sus actividades, por la importancia que la cultura tiene en la prosperidad de nuestra sociedad.
 

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias
 

La solución adoptada por la mayoría de las Comunidades Autónomas para ordenar y promover la creación de academias que fomenten la cultura y la investigación ha sido elaborar una Ley que regule la actuación de los poderes públicos en las distintas academias científicas, artísticas y literarias que existan o puedan radicarse en cada Comunidad.
 

A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta los objetivos ambiciosos que se pretenden, así como para garantizar una mayor seguridad y transparencia para los operadores jurídicos, lo más conveniente sería la elaboración de un Anteproyecto de Ley que regule por primera vez las academias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 

Enlace permanente: 
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