Funciones y competencias

Funciones y competencias de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia

La Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia ejercerá las siguientes competencias:
 
a) Gestión de los programas en materia de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, mediante el diseño de las actuaciones precisas para garantizar a aquéllas los derechos de acceso a las prestaciones y servicios reconocidos en la normativa vigente.
b) Valoración y reconocimiento de la situación de dependencia.
c) Gestión de las ayudas y prestaciones de carácter económico para las personas en situación de dependencia, entre ellas, las prestaciones económicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y para el apoyo a cuidadores no profesionales, de asistencia personal y, en general, cualesquiera ayudas económicas encaminadas a facilitar la autonomía personal.
d) Gestión de las prestaciones tecnológicas dirigidas a facilitar los medios necesarios para la adquisición del uso o propiedad de las ayudas técnicas complementarias que faciliten la permanencia adecuada en el entorno a las personas en situación de dependencia que tengan limitaciones para desarrollar actividades diarias.
e) Evaluación del funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
f) Elaboración, coordinación, seguimiento y, en su caso, ejecución de programas, medidas y acciones vinculadas a la prevención de la situación de dependencia, a la promoción de la autonomía personal y a la atención de las personas en situación de dependencia en su entorno personal o familiar y, en particular, el servicio de promoción de la autonomía personal.
g) Ejecución y desarrollo del servicio de teleasistencia, independientemente de la concurrencia o no del grado de dependencia.
h) Resolución de los procedimientos de subvenciones a entidades locales y privadas de iniciativa social para el mantenimiento de servicios y programas destinados a las personas en situación de dependencia, cuando así se establezca en las bases reguladoras.
i) Participación en el diseño e implantación de las herramientas informáticas aplicadas a la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
j) Supervisión, formación y apoyo técnico a los profesionales de los equipos interdisciplinares de atención a las personas en situación de dependencia.
k) Análisis de las necesidades y demandas en materia de atención a las personas en situación de dependencia en colaboración con la Administración General del Estado, con las entidades locales, con las universidades y con las entidades privadas de iniciativa social.
l) Cuantas otras competencias le sean atribuidas por la normativa vigente.