Funciones y competencias

Funciones y competencias de la Viceconsejería de Medio Rural

1. A la persona titular de la Viceconsejería de Medio Rural, le corresponden, conforme al artículo 28 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y bajo la dirección de la persona titular de la Consejería, las siguientes competencias:
a) Sustituir a la persona titular de la Consejería en los actos y despacho ordinario de los asuntos de su área de competencias.
b) La definición y programación de las políticas asociadas al desarrollo del medio rural, en particular, las referidas al desarrollo rural, políticas agroambientales y política hídrica, dentro del área de competencias de la Consejería, y que no estén atribuidas a otros órganos de la misma.
c) La dirección de las propuestas normativas de sus áreas de competencias.
d) El estudio del impacto del Programa de Desarrollo Rural en el territorio y la planificación de los futuros Programas.
e). El fomento de la participación de los distintos sectores que representan los intereses de los agentes que deben intervenir en la planificación de las políticas del medio rural.
2. Cuantas funciones le sean encomendadas por el titular de la Consejería en el ejercicio de su competencia o por la normativa vigente.

Funciones y Competencias del Gabinete del Consejero

El Gabinete de la Consejería es un órgano de asistencia política y técnica de la persona titular de la Consejería, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
 
 
Los Gabinetes son órganos de asistencia política y técnica a los miembros del Consejo de Gobierno. Sus miembros realizan exclusivamente tareas de asesoramiento, no pudiendo, en ningún caso, adoptar actos o resoluciones que correspondan a los órganos de la Administración ni desempeñar tareas propias de éstos.
 
 
Los miembros del Consejo de Gobierno tienen la facultad de designar con la limitación de los créditos que estuvieran consignados al efecto en los Presupuestos, al personal de su confianza que integra su Gabinete.
 
 
Los miembros del Gabinete cesan automáticamente al producirse el cese de quien los hubiese designado. 

Funciones y Competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

1. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (en adelante, la Consejería) es el órgano de la Administración autonómica de Castilla-La Mancha encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Consejo de Gobierno sobre la política agraria, agricultura, ganadería, desarrollo rural, industrias y cooperativas agroalimentarias, alimentación, y todas aquellas competencias que en estas materias le estén atribuidas en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.

 

2. La Consejería ejercerá sus funciones sobre las siguientes materias:

 

a) Agricultura, ganadería, alimentación, industrias y cooperativas agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos de la administración regional.

b) Planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la región, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional y del sector público de Castilla-La Mancha en los sectores agrícola, ganadero y agroalimentario.

c) Política de desarrollo rural territorial.

d) Planificación, ordenación y gestión en los ámbitos de la sanidad animal y vegetal, en coordinación con la Consejería competente en materia de sanidad en lo que pueda afectar a la salud pública y seguridad alimentaria.

e) Ferias y mercados de productos del ámbito propio de la Consejería.

f) Denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otras figuras de calidad relativas a los productos de la región, en colaboración con el Estado.

g) Fomento del cooperativismo de producción, transformación y comercialización en el ámbito de las competencias de la Consejería.

h) Gestión de las ayudas e intervenciones derivadas de la Política Agraria Común.

i) Programación, planificación, fomento y ejecución de infraestructuras del desarrollo rural, así como la ordenación de la propiedad territorial en esta materia.

j) Investigación y formación agraria y forestal.

k) Gestión de los ecosistemas agrarios y de los organismos modificados genéticamente.

l) Pastos y rastrojeras.

m) Estadísticas en el ámbito de las competencias de la Consejería.

n) Los proyectos y construcción de infraestructuras de regadíos de interés para la región.

ñ) Aquellas otras que, en relación con las materias propias de esta Consejería, pudieran derivarse de la legislación estatal o comunitaria.

 

3. El ámbito competencial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural queda limitado por la ampliación temporal, objetiva y territorial del ámbito competencial de la Agencia del Agua de Castilla La Mancha para la ejecución de actuaciones en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., para la ejecución de diversas obras y actuaciones de mejora del entorno socioeconómico de los núcleos colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Agricultura y Ganadería

La Dirección General de Agricultura y Ganadería ejercerá las siguientes funciones:

 

a) Gestión y resolución de las ayudas comunitarias financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC), las relacionadas con la viticultura y con el Plan Nacional Apícola.

b) Planificación del viñedo de la Región y gestión de las ayudas del Programa de apoyo del sector vitivinícola de España (Pasve) y de la Intervención Sectorial del Vino (ISV), relacionadas con la viticultura.

c) Gestión y resolución de las ayudas cofinanciadas con cargo al Feader, y correspondientes a las siguientes medidas: conservación de recursos genéticos vegetales y ganaderos, bienestar de los animales y ayuda para proyectos piloto en sanidad de la producción primaria.

d) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia en coordinación con la Secretaría General.

e) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y quede dentro del ámbito de actuación de esta dirección General.

Funciones y Competencias la Dirección General de Desarrollo Rural

La Dirección General de Desarrollo Rural ejercerá las siguientes funciones:
 
a) Dirección y gestión de la política de desarrollo rural.
b) El fomento de la participación de los distintos sectores que representan los intereses de los agentes que deben intervenir en la planificación de las políticas del medio rural.
c) Gestión y resolución de las ayudas comunitarias cofinanciadas con Feader destinadas a la formación y divulgación agraria y rural.
d) Gestión y resolución de las ayudas a favor de la competitividad y sostenibilidad del sector agrario, cofinanciadas por el Feader, y correspondiente a las siguientes medidas: instalación de jóvenes agricultores, inversiones en las explotaciones agrarias, asesoramiento de explotaciones agrarias, actuaciones en materia de regadíos y todas aquellas medidas que tengan como objetivo la innovación y la mejora de las explotaciones agrícolas y ganaderas.
e) El establecimiento de medidas que promuevan la autonomía, el fortalecimiento de la posición social, profesional y no discriminatoria de las mujeres en el medio rural, así como garantizar que se aplique la perspectiva de género en la política de desarrollo rural llevada a cabo por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
f) Ordenación de la propiedad territorial rústica, así como la redacción y supervisión de los planes de obras inherentes a los procesos de ordenación de la propiedad.
g) Infraestructuras para el desarrollo rural y regadíos para mejora de las explotaciones agrarias.
h) Diversificación de la actividad económica del medio rural. Aplicación de la metodología Leader.
i) Gestión de proyectos y equipos de investigación agraria de la Consejería no incluidos en el Iriaf.
j) Gestión de los registros relacionados con las competencias de esta dirección general.
k) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia, en coordinación con la Secretaría General.
l) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y quede dentro del ámbito de actuación de esta dirección general.

Funciones y competencias de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

La Secretaría General ejercerá las siguientes funciones:
 
a) Dirección y supervisión de las unidades administrativas dependientes de la misma.
b) Jefatura de personal de la Consejería, así como la gestión y administración de sus recursos humanos y, específicamente, el nombramiento y cese del personal interino, la rescisión y aceptación de renuncias de contratos laborales de duración temporal, así como las propuestas a la consejería competente en la materia de las relaciones de puestos de trabajo y propuestas de provisión de los mismos y, en su caso, la concesión de gratificaciones extraordinarias y asignación del complemento de productividad.
c) Estudio, informe y preparación de los expedientes propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno.
d) Elaboración y tramitación de los proyectos de normas de carácter general y la supervisión de las normas específicas de los restantes órganos de la Consejería, y su remisión al Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez aprobadas, así como la inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, actos y anuncios cuya publicación le corresponda ordenar, según lo dispuesto en la normativa vigente.
e) Asesoramiento jurídico de los órganos de la Consejería, la formulación de propuestas de resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos de aquélla, la tramitación y resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial y de revisión de oficio, la llevanza de las relaciones con el Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el seguimiento de resoluciones y sentencias de los órganos del poder judicial.
f) Preparación, bajo la dirección del titular de la Consejería, del anteproyecto de presupuestos y de los proyectos de reforma organizativa, desconcentración de funciones y modificación de la relación de puestos de trabajo.
g) Seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y de la tramitación de sus modificaciones. Dirección de la contabilidad y demás actuaciones de control financiero y la gestión y ejecución de los programas presupuestarios asignados.
h) Dirección y supervisión de la contratación administrativa. Gestión del patrimonio e inventario, así como, la gestión del patrimonio procedente de las Cámaras Agrarias.
i) Régimen interior de la Consejería.
j) Dirección ordinaria y la coordinación, bajo la superior autoridad de la persona titular de la Consejería, del Organismo pagador de las ayudas del Feaga y del Feader.
k) Contabilidad de las intervenciones y ayudas financiadas con cargo al Feaga y al Feader.
l) Dirección, en coordinación con el órgano competente, de la ordenación de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, y de las políticas de informática propias de la Consejería, así como, el impulso de las mejoras organizativas.
m) Coordinación y seguimiento de las actuaciones de la Consejería financiadas con cargo a los fondos estructurales u otros procedentes de la Unión Europea.
n) Seguimiento de las relaciones de la Consejería con los organismos de la Unión Europea y de la Administración General del Estado, cuando los temas a tratar afecten a varias direcciones generales.
ñ) Programación, dirección y coordinación de estudios sectoriales, informes de coyuntura y análisis de evolución y previsiones sectoriales.
o) Elaboración de estadísticas regionales que sean competencia de la Consejería y no estén atribuidas a otras direcciones generales.
p) El Archivo de oficina.
q) Normalización, racionalización, coordinación y simplificación de los procedimientos administrativos de la Consejería. Las medidas de acercamiento de la Administración al ciudadano, así como el desarrollo de la administración electrónica en el ámbito de los diferentes procedimientos de la Consejería y sus unidades provinciales y comarcales.
r) Dirección de la Oficina Supervisora de los Proyectos, la realización de la cartografía temática de la Consejería y el mantenimiento de un sistema de información geográfica que preste sus servicios a todas las direcciones generales de la Consejería, y que esté en coordinación con el organismo responsable de la coordinación de las tareas en materia de información geográfica de la Junta de Comunidades.
s) Realización de inventarios, seguimiento, investigación, y elaboración de informes de situación del ámbito de la Secretaría.
t) Coordinación de las actuaciones necesarias en relación con el Consejo Asesor Agrario.
u) Mantenimiento y explotación del sistema de identificación de parcelas Sigpac.
v) Controles sobre el terreno de las ayudas por superficies del Organismo pagador.
w) Mantenimiento y la explotación de los registros dependientes de la Consejería, en coordinación con las direcciones generales competentes.
x) Ejercerá las funciones de Organismo intermedio de certificación y de gestión de las ayudas asociadas Fondo Europeo del Mar y de la Pesca (FEMP) y del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (Fempa).
y) Cualquier otra competencia atribuida a la Consejería que no esté asignada a ningún otro órgano directivo de la misma, salvo que por identidad jurídica con la materia corresponda a alguno de éstos.

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