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CerrarDecreto por el que se regula el 1% cultural en Castilla‐La Mancha y el sistema de aplicación de los fondos resultantes
Acuerdo por el que se ratifica el “III Acuerdo por la estabilidad en el empleo”
El Gobierno regional firma con los sindicatos el III Acuerdo por la Estabilidad en el Empleo, que contribuirá a crear empleo estable y de calidad.
Acuerdo por el que se deja sin efecto el acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de julio de 2017 por el cual se tomaba en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017
En fecha 14 de julio de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno tomar en consideración el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, y solicitar el dictamen al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha con carácter de urgencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.2 y 54.3 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Debido a que el citado anteproyecto incluía modificaciones que a fecha actual se están volviendo a evaluar por la Dirección General de Presupuestos, se considera necesario dejar sin efecto el acuerdo citado.
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha
En fecha 24 de enero de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y disponer su remisión a las Cortes Generales. No obstante, las Cortes de Castilla-La Mancha durante las sesiones plenarias celebradas los días 6 y 7 de abril de 2017, rechazaron el Proyecto de Ley de Presupuestos por no alcanzar la mayoría parlamentaria requerida.
Mediante el presente acuerdo se vuelve a elevar idéntico texto al Consejo de Gobierno para su aprobación y remisión a las Cortes Generales.
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Autorización de un gasto derivado de la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del y toma de conocimiento de los convenios de colaboración a suscribir con las Entidades Locales
El Consejo de Gobierno autoriza un gasto derivado del expediente de gasto correspondiente a la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del PRAS en relación al Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2017.
Asimismo se toma conocimiento de los Convenios de Colaboración a suscribir entre la Consejería de Bienestar Social y Entidades Locales para la prestación de la ayuda a domicilio, durante el ejercicio 2017, que tendrán una aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha superior a 100.000 €.
Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de decreto por el que se crea y regula la Red de hospederías de Castilla-La Mancha
El Consejo de Gobierno toma conocimiento del Decreto por el que se crea y regula la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha.
La Red de Hospederías de Castilla-La Mancha se presenta como un proyecto de desarrollo turístico consistente en la creación de una red de establecimientos de alojamiento hotelero con el objeto de recuperar edificios de alto valor patrimonial o situados en zonas de gran interés natural.
La Red de Hospederías de Castilla-La Mancha tiene el objetivo de crear una marca de calidad turística que sea un instrumento para el crecimiento económico de las comarcas y localidades en donde se sitúen los establecimientos que decidan adherirse a las ventajas de pertenecer a un club de excelencia turística.
El proyecto de Decreto se compone de tres capítulos, con 14 artículos y dos disposiciones finales, además de un anexo.
El capítulo I establece las disposiciones generales que regulan el objeto del Decreto, las definiciones básicas y el régimen de derechos y obligaciones al que estarán sometidas las Hospederías de Castilla-La Mancha que se adhieran.
El capítulo II regula la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha en donde se establecen los requisitos mínimos que deben tener los establecimientos, el procedimiento de adhesión y de baja, el régimen jurídico del manual de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha, en donde se establecerán por orden de la consejería con competencia en turismo los parámetros comunes de calidad turística exigidos, así como las auditorias anuales, de control y seguimiento. También se establece un marco general para fomentar la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha regulando un Plan de inversiones para el establecimiento de las mismas y el cumplimiento de los parámetros comunes de calidad turística para los establecimientos ya adheridos.
El capítulo III regula la Gestión de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha en donde se establece el régimen jurídico del Gestor de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha, sus funciones, el Programa de promoción y comercialización turística y la Comisión de Seguimiento de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha.
El Decreto se completa con dos disposiciones finales, además de un anexo en donde se incluye la placa identificativa de las Hospederías de Castilla-La Mancha.
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción
El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que operen como agencias de colocación, para la realización de actuaciones de orientación y acompañamiento, con objeto de generar la inserción de personas desempleadas, no ocupadas que, inscritas en las oficinas de empleo de la región, presenten especiales dificultades de integración en el mercado ordinario de trabajo.
La finalidad de estas subvenciones es mejorar las condiciones de empleabilidad y/o cualificación profesional de personas desempleadas, que pertenezcan a colectivos con especiales dificultades, con el objetivo final de lograr su inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades privadas sin ánimo de lucro que operen como agencias de colocación y que cuenten con al menos un centro de trabajo en Castilla-La Mancha, a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
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Acuerdo por el que se autoriza la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la ampliación de la oferta formativa en especialidades consideradas prioritarias de formación profesional (modalidad II)
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA FORMATIVA EN ESPECIALIDADES CONSIDERADAS PRIORITARIAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO “OPORTUNIDADES PROFESIONALES”, DIRIGIDAS PREFERENTEMENTE A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS (MODALIDAD II) DURANTE 2017- 2018.
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la ampliación de la oferta formativa en especialidades consideradas prioritarias de formación profesional para el empleo, “oportunidades profesionales”, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) durante 2017- 2018.
La resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo incluidas dentro de los programas de formación de los servicios públicos de empleo dirigidos a cubrir las necesidades formativas detectadas en los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo dirigidos a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), para 2017-2018.
Serán subvencionables las especialidades de certificados de profesionalidad siempre que estén referidas a uno o varios de los siguientes tipos de acciones formativas:
a) Acciones que favorezcan, a través de acuerdos con las empresas, públicas o privadas, la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales.
b) Acciones de cualquiera de las familias profesionales incluidas en el Anexo VI que promuevan las aptitudes y las competencias necesarias en el mercado de trabajo, así como que impulsen la innovación y el espíritu empresarial y favorezcan la realización de proyectos finales o de creación de microempresas. Estas acciones incluirán el módulo de formación complementaria de Fomento y Promoción del Trabajo Autónomo (FCOO04).
c) Acciones que favorezcan las competencias lingüísticas, que podrán ser cursos de formación en idiomas o cursos bilingües, en estos últimos deberán, como mínimo, impartirse un 20% de las horas lectivas en otro idioma.
d) Asimismo, serán también objeto de subvención, las becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas citadas en las letras a), b) y c) y, en su caso, la compensación económica a empresas por la realización de prácticas profesionales no laborales.
La concesión de subvenciones que se recogen en esta convocatoria se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
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Entidades de Formación.Normativa.Convocatorias 2017
Entidades de Formación. FOCO
Decreto por el que se modifica el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo reservados al personal funcionario y eventual de la administración de la JCCM
Este decreto tiene por objeto determinar (de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley del estatuto Básico del Empleado Público (RD Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) en qué puestos de trabajo puede prestar servicios el personal militar, para lo que se lleva a cabo la modificación de la descripción de la clave “S” del anexo II del Decreto 161/1989 de 28 de diciembre.
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Autorización de la resolución de los contratos centralizados del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la administración de la JCCM y el SESCAM en las provincias de Toledo, Ciudad Real y Guadalajara
Concluido el primer mes de ejecución de los contratos, el órgano de contratación pudo comprobar un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales esenciales del contratista, debido a la inaplicación del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad a los trabajadores subrogados en la prestación.
Como consecuencia, con fecha 9 de junio de 2017, se acuerda iniciar el procedimiento de resolución de los contratos citados. Tramitado el procedimiento, el Consejo Consultivo de Castilla-La mancha ha informado favorablemente la resolución del contrato.
Dado que, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno autorizó la celebración del contrato, es necesario igualmente recabar la autorización del Consejo de Gobierno para la resolución, de acuerdo con el artículo 317.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Informe sobre los convenios concertados por la administración de la JCCM e inscritos en el registro general de convenios entre el 1 de abril de 2017 y el 30 junio de 2017
La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de convenios durante el primer trimestre de este año.
Acuerdo por el que se autoriza la contratación del Acuerdo Marco para el suministro de Marcapasos, Desfibriladores, Electrodos y Holters
La adquisición de los suministros hospitalarios de marcapasos, desfibriladores, electrodos y holters resulta necesaria para la prestación correcta de la asistencia sanitaria en las diversas Gerencias del Sescam.
Valor estimado de 49.323.286,80 € IVA excluido.