Mostrando 6673 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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Autorización al Gabinete Jurídico para interponer demandas de reclamación de deudas dinerarias en relación con las viviendas de titularidad autonómica

La experiencia en la interposición de demandas sobre reclamación de deudas dinerarias en relación con viviendas con protección pública de titularidad autonómica, determina la necesidad de efectuar una autorización más abierta y con mayor cobertura que la existente, no sólo reducida a la concreta autorización de la interposición de demandas de ejecución al finalizar el procedimiento monitorio, sino cuando haya oposición dentro del propio proceso monitorio o sin utilizar éste (por ser potestativa su utilización), se reclamen las correspondientes deudas a través de los procedimientos declarativos de juicio verbal y juicio ordinario, según la deuda sea o no superior a 6.000 euros, respectivamente.

 

Asimismo, hay que destacar que la asistencia letrada es preceptiva cuando la cuantía reclamada es superior a 2.000 euros.

Interposición de un recurso contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos de aguas entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna y la Comunidad de Regantes El Acueducto

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos al uso privativo de aguas entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellín, en calidad de cedente, y la Comunidad de Regantes El Acueducto, en calidad de cesionario, en el término municipal de Campos del Río (Murcia).

 

Se recurre la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derecho de agua entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellín (cedente) y la Comunidad de Regantes El Acueducto (cesionario), con validez para el año 2016/2017 por un volumen de 36.216,32m3.

 

Esta resolución incumple varios de los preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión, siendo además susceptible de haber afectado negativamente a espacios de la Red Natura 2000 en nuestra Comunidad y de incurrir otros incumplimientos ambientales.

Interposición de un recurso contra la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna y la Toma Delegada Hermanos Martínez

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos al uso privativo de aguas entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellin (cedente) y la Toma Delegada Hermanos Martínez, en calidad de cesionario, en el término municipal de Orihuela (Alicante).

 

Se recurre la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derecho de agua entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellín (cedente) y la Toma Delegada Hermanos Martínez, en calidad de cesionario, en el término municipal de Orihuela (Alicante) para el año hidrológico 2016/2017 por un volumen bruto de 102.756,73 m3.

 

Esta resolución incumple varios de los preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión, siendo además susceptible de haber afectado negativamente a espacios de la Red Natura 2000 en nuestra Comunidad y de incurrir otros incumplimientos ambientales.

Autorización de la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de obligaciones reconocidas en anteriores ejercicios

Autorizar la imputación a los créditos del presupuesto corriente, de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Fomento, por importe de 15.012,97 euros

Autorización de un gasto para la ejecución de la obra de acondicionamiento y mejora de los accesos a la carretera cm‐420 en Alcázar de San Juan desde Manzanares. tramo: p.k. 12+000 a p.k. 23+650 (Ciudad Real)

Se trata de la obra  de  acondicionamiento  de  un  tramo  de  la  carretera  CM‐3107  en  una longitud de 11,65 kilómetros, tramo  comprendido  entre  los  pp.kk.  12,000  y  23,650  (intersección con la carretera CM‐3113), en la provincia de Ciudad Real,  mejorando  las  condiciones y el estado actual del  firme,  así  como  permitiendo  un  mejor  acceso  a  la  CM‐ 420,por importe de 2.249.938,78 € (IVA incluido).

 

Las obras proyectadas son las necesarias para rehabilitar el firme que se encuentra muy próximo a su agotamiento estructural, mejorar las características superficiales del pavimento actual, así como otras encaminadas al mantenimiento de la carretera y a mejorar la seguridad de la circulación.

 

Como consecuencia del paso del tráfico y del tiempo transcurrido se observa una degradación generalizada y progresiva del firme, apreciándose profundas roderas, cuarteos en malla fina y gruesa, hundimientos y diversos baches, algunos de ellos ya parcheados y otros de nueva formación.

 

Se proyecta realizar las siguientes actuaciones:

 

−                    Rehabilitación del firme en todo el tramo (p.k. 12+000 al p.k. 23+650) con los siguientes materiales y espesores:

o    4 cm de MBC tipo AC16 surf S (anteriormente S‐12) en capa de rodadura

o    6 cm de MBC tipo AC22 bin S (anteriormente S‐20) en capa intermedia

o    30 cm de reciclado con cemento.

 

−                    En la glorieta con la intersección con la carretera CM‐3113, se realizan las siguientes operaciones:

o    Fresado de 6 cm de espesor, en las zonas más deterioradas, y posterior reposición con mezcla bituminosa tipo AC22 bin S (S‐20).

o    Extendido de una capa de rodadura de 4 cm de mezcla bituminosa tipo AC16 surf S (S‐12).

 

−                    Saneo de blandones, mediante la excavación de 58 cm, estabilización del fondo con cal (en un espesor de 15 cm), relleno de 50 cm de zahorra artificial y enrase con 8 cm de aglomerado tipo AC22 bin S (S‐20).

 

−                    Limpieza y perfilado de cunetas.

 

−                    Reposición de la señalización vertical, horizontal y defensas. Instalación de balizas cilíndricas y captafaros reflectantes.

 

−                    Mejora de la seguridad vial en los accesos existentes, para ello:

o    Se instalarán dispositivos de protección contra impactos en aquellos accesos que cuenten con tubo salvacunetas. También se ampliará el paso  salvacunetas y se pavimentará.

o    En aquellos accesos que no requieran tubo salvacunetas, se realizará la ampliación del acceso mediante el extendido lateral de material granular con talud 1/6, al tiempo que se pavimentará el acceso.

Autorización del gasto para la contratación del suministro de equipos y ampliación de la Edar de las Ventas de Retamosa (Toledo).

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 494.937,55 € PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS Y AMPLIACIÓN DE LA EDAR DE LAS VENTAS DE RETAMOSA (TOLEDO).

 

EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE DICHAS OBRAS SERÁ DE 6 MESES.

 

LAS OBRAS CONSISTEN EN ACONDICIONAR EL CAMINO DE ACCESO A LA EDAR, INCREMENTAR EL BOMBEO DE AGUA BRUTA, LA ACTUALIZACIÓN DEL PRETRATAMIENTO ACTUAL, UN NUEVO EQUIPAMIENTO DE LA LÍNEA DE DEPURACIÓN BIOLÓGICA, UN INCREMENTO EN LA CAPACIDAD DE BOMBEO DE LA RECIRCULACIÓN DE FANGOS, UN NUEVO EQUIPAMIENTO EN LA LÍNEA DE FANGOS, UN AUMENTO DEL NÚMERO DE SONDAS PARAMÉTRICAS, UN NUEVO CUADRO DE CONTROL DE MANDO, UNA AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL Y AUTOMATIZACIÓN DE LA PLANTA Y OTRAS MEJORAS MENORES. TODO ELLO CON LA CORRESPONDIENTE GESTIÓN DE RESIDUOS Y SEGURIDAD Y SALUD.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES MEJORAR EL VERTIDO DE LAS AGUAS TRATADAS POR TAL DEPURADORA PARA QUE CUMPLA LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE AGUAS.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA LICITACIÓN DE ESTOS SERVICIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y SE LLEVARÁN A CABO LAS PUBLICACIONES QUE CORRESPONDAN EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA , CUYA DIRECCIÓN ES:

 

http://www.iaclm.es

 

Autorización de la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Bienestar Social

Se autoriza la imputación al ejercicio de 2017, de ocho facturas que se derivan de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicio anteriores, para las que no exista crédito disponible en el ejercicio de procedencia.

Autorización de un gasto derivado del expediente para el desarrollo de prestaciones de servicios sociales de atención primaria de ámbito supramunicipal

Autorización de un gasto derivado del expediente para el desarrollo de prestaciones de servicios sociales de atención primaria de ámbito supramunicipal, y toma de conocimiento de los convenios de colaboración a suscribir entre la Consejería de Bienestar Social y entidades locales para el desarrollo de prestaciones de servicios sociales de atención primaria de ámbito supramunicipal, durante el ejercicio 2017.

 

El presente expediente tiene por objeto elevar al Consejo de Gobierno la autorización previa a la aprobación del expediente de gasto y la toma de conocimiento correspondiente a los Convenios de Colaboración para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria de ámbito Supramunicipal, que vincula a mancomunidades y agrupaciones de municipios correspondientes a las áreas de Servicios Sociales en el marco del Programa Regional de Acción Social (PRAS), y a la Consejería de Bienestar Social.

 

Estos convenios se suscriben al amparo del Decreto 87/2016, de 27/12/2016, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha y  la Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha.    

             

Para el ejercicio 2017, se prevé la suscripción de 52 convenios, de los cuales 41 superan los 100.000 euros la aportación de la Consejería.   

 

Enlaces relacionados:

Decreto 87/2016, de 27/12/2016, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.

 

Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha.

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia  de  la  Junta  de  Comunidades  de  Castilla‐La  Mancha  y  se  autoriza  la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales.

 

El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM núm. 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario,  de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias:

 

a)    Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.

b)  Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promuevan el desarrollo económico y social.

c)   Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.

d)   Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla‐La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla‐La Mancha, que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 19/07/2017, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla- La Mancha

 

El anteproyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.

 

El anteproyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.

 

El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.

 

El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.

 

La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acuerdó el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.

 

La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

 

La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.

 

La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.

 

La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.

 

Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.

 

Además de los instrumentos citados anteriormente, la actividad de fomento dirigida a las zonas prioritarias podrá consistir, según los requisitos que marque cada uno de los fondos que financien la línea de ayuda, en alguna de las siguientes alternativas:

 

a)  La aprobación de líneas de ayudas específicas dirigidas a dichas zonas, que se llevará a cabo de forma prioritaria al resto de alternativas.

b)  Una reserva del total del crédito de la convocatoria asignado específicamente para los proyectos que se desarrollen en las zonas prioritarias. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del crédito reservado para las zonas prioritarias, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.

c) Un incremento porcentual del 20 por ciento en la intensidad de ayuda en aquellos proyectos o inversiones dirigidos a los municipios declarados como zonas prioritarias.

d)    El establecimiento de criterios de valoración que prioricen los proyectos desarrollados dentro de las zonas prioritarias.

 

Las líneas de ayudas a las que resultará aplicable esta actividad de fomento y estímulo, serán las siguientes:

 

a)    Empleo y formación.

b)    Autoempleo y emprendimiento, fomento y potenciación de la economía social.

c)    Empresas, competitividad e internacionalización.

d)    Turismo, comercio, artesanía y cultura.

e)    Industria, energía, medio ambiente y economía circular.

f)     Innovación y desarrollo tecnológico.

g)    Suelo industrial.

h)    Industrias agroalimentarias, mejora de explotaciones agrarias, regadíos e incorporación al tejido empresarial de jóvenes agricultores y agricultoras.

i)      Servicios de ayuda y atención a personas en situación de dependencia.

j)      Servicios de proximidad para la atención de personas.

 

Financiación y captación de inversiones.

Decreto por el que se modifica el decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años

El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de ayudas de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años.

 

La finalidad de estas ayudas, reguladas en el Decreto 29/2016, de 5 de julio, es incentivar e impulsar la creación de empleo en la comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, activando el mercado de trabajo mediante la mejora de la empleabilidad y el fomento de la inserción laboral de personas desempleadas de larga duración, poniendo especial énfasis en los mayores de 45 años.

 

Podrán ser subvencionables los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos:

 

a)    Que se formalicen con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración. Se entiende como tales, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo al menos, doce meses de duración en los últimos dieciocho meses.

 

b)    Que sean a jornada completa. En el supuesto de contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.

 

 

Cuantía de la subvención:

 

a)  5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años.

 

b)    4.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.

 

c)   5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 45 y los 54 años.

 

d)  6.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años.

 

Estas cuantías se verán incrementadas en 700 euros, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

 

a)  Personas no perceptoras de prestación, subsidio de desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente al desempleo.

 

b)  La primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.

 

c)  Personas que hayan obtenido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artística o deportivas, o bien una titulación oficial universitaria.

 

d)  Personas que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.

 

El incremento será de 1.000 euros cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos especiales:

 

a)  Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

 

b)   Colectivos en riesgo de exclusión social o que procedan de una empresa de inserción.

 

Principales novedades:

 

1º) Se establece un incremento en la cuantía de la subvención (de 1.000 euros) para las contrataciones de personas que procedan de una empresa de inserción, con el objetivo de facilitar su integración al mundo laboral.

 

2º) La cuantía de la subvención se incrementará en un 20% cuando las contrataciones se realicen en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.

 

3º) Se flexibiliza el régimen de sustituciones previsto para extinciones de contratos de trabajo subvencionados. Así, se mantienen los supuestos que facultan al beneficiario para cubrir la vacante sin pérdida de la subvención, permitiendo, no obstante, que el trabajador sustito no sea necesariamente un desempleado de larga duración.

 

4º) Se procede a realizar la adecuación del articulado a las prescripciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo, asimismo, nuevos modelos de anexos adaptados a dicha norma.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 42/2017, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años.

 

Ayudas en materia de empleo Autonómica

Toma de conocimiento de la orden por la que se convoca el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de acreditación de competencias profesionales de 3.550 plazas, distribuidas por cualificaciones profesionales de la forma siguiente:

 

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

PLAZAS

SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural

2.000

AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas

400

SSC567_3 Información juvenil

150

SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

750

SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio

250

 

Las cualificaciones relacionadas con la extinción de incendios forestales y tratamientos silvícolas van dirigidas a profesionalizar el sector de los trabajadores forestales. Asimismo se convocan plazas para las personas con experiencia en la información juvenil, después de que la Consejería competente en materia de juventud haya regula do la profesión y exija estar en posesión de la correspondiente acreditación de la cualificación profesional. Finalmente se convocan más plazas para el sector de la dependencia, de modo que aquellas personas que aún no hayan solicitado la acreditación por experiencia laboral en los últimos años pueda hacerlo antes de la finalización del plazo establecido por la normativa para obtener la cualificación o estar incurso en un procedimiento de acreditación como este. Ese plazo es el 31 de diciembre de 2017.

 

Presupuesto:

 

El crédito destinado a la presente convocatoria, está asignado a la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral y asciende a un total de 700.000 euros, de carácter plurianual (250.000 € en 2017 y 450.000 para 2018).

 

Principales novedades:

 

La principal novedad de la convocatoria es que por primera vez se sacan plazas para cualificaciones profesionales relacionadas con el sector forestal e información juvenil.

 

Enlaces relacionados:

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