Mostrando 6710 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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Autorización del gasto para el contrato “Servicios de explotación, conservación y mantenimiento del sistema de abastecimiento Campana de Oropesa‐Gévalo (Toledo)”

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 1.365.201,06

€ PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐ LLEVE A CABO EL CONTRATO DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO CAMPANA DE OROPESA‐GÉVALO (TOLEDO).

 

EL PLAZO GLOBAL DE EJECUCIÓN SE ESTABLECE EN 1 AÑO.

 

CON ELLO, SE POSIBILITA LA PRESTACIÓN EN LAS ADECUADAS CONDICIONES DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN “ALTA” A LAS DOS CITADAS MANCOMUNIDADES, QUE TOTALIZAN UNOS  19.000 HABITANTES CENSADOS, QUE AUMENTAN HASTA LOS CASI 30 EN VERANO.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.

 

EL CONTRATO SE VA A EJECUTAR POR LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO TRAGSATEC, DEL GRUPO TRAGSA, QUE ES CONSIDERADA TAMBIÉN COMO MEDIO PROPIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA‐LA MANCHA; TODO ELLO AL AMPARO DEL:

 

− ART. 4.1 n) DEL TRLCSP, APROBADO POR EL RDL 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, Y

− LA D.A. 20ª DEL CITADO TEXTO REFUNDIDO, Y

−  ARTS. 2, 3 Y 4 DEL RD 1072/2010, DE 20 DE AGOSTO.

Autorización del gasto para la contratación de las obras para la restitución del colector de entrada de la EDAR de Letur (Albacete)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 345.817,93 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐ LICITE EL CONTRATO DE OBRAS PARA LA RESTITUCIÓN DEL COLECTOR DE ENTREADA DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) DE LETUR (ALBACETE).

 

EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE DICHAS OBRAS SERÁ DE 6 MESES.

 

LAS OBRAS CONSISTEN EN CONSTRUIR UN ALIVIADERO EN LA CONEXIÓN DE LA RED DE ALCANTARILLADO MUNICIPAL CON EL COLECTOR A RESTITUIR; EN LA REPOSICIÓN DEL COLECTOR EXISTENTE (DESTRUIDO POR LOS DESPRENDIMIENTOS), EN UNA LONGITUD DE 235 Y UN DIÁMETRO DE 315 MM, EN POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD PN 10 Y EN LA DEMOLICIÓN Y EL SANEO DE LA ZONA DEL MIRADOR URBANO, EN DONDE DICHO COLECTOR SE INICIA. TODO ELLO CON LA CORRESPONDIENTE GESTIÓN DE RESIDUOS Y SEGURIDAD Y SALUD.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES MEJORAR EL VERTIDO DE LAS AGUAS TRATADAS POR TAL DEPURADORA PARA QUE CUMPLA LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE AGUAS.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA LICITACIÓN DE ESTOS SERVICIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y SE LLEVARÁN A CABO LAS PUBLICACIONES QUE CORRESPONDAN EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA , CUYA DIRECCIÓN ES:

 

http://www.iaclm.es

Autorización a la Consejería de Fomento a superar los porcentajes de gastos plurianuales establecidos para varios contratos relativos a la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías

Autorización a la Consejería de Fomento a superar los porcentajes de gastos plurianuales establecidos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, correspondiente al gasto de los siguientes contratos de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías:

 

−  2017/001019 “Renovación tecnológica de la plataforma de gestión de emergencias”

−  2017/001318 “Mantenimiento evolutivo de los sistemas informáticos que dan soporte a la estadística educativa de Castilla‐La Mancha, para su adaptación y aseguramiento de la continuidad”

−  Prórroga del expediente 2014/00438 “Mantenimiento y soporte a usuarios del tramitador de expediente sociales (ASISTE) y del portal de servicios sociales (MEDAS) de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha”

 

Además, autorización para la superación del número de anualidades del citado contrato 2017/001019 “Renovación tecnológica de la plataforma de gestión de emergencias.

Autorización del gasto para el modificado nº 1 de los servicios de explotación y mantenimiento de las EDARES incluidas en la denominada zona 4 de Castilla-La Mancha (expte. Aclm/00/se/022/14)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 604.680,82 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐, ENTIDAD PÚBLICA ADSCRITA A LA AGENCIA DEL AGUA DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO SUSCRIBA UN CONTRATO MODIFICADO CON LA EMPRESA ELECNOR, S.A., ACTUAL ADJUDICATARIA DE LOS SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS EDARES DE LA DENOMINADA ZONA 4 DE CASTILLA‐LA MANCHA (PROVINCIAS DE CUENCA, GUADALAJARA Y CIUDAD REAL).

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADICIONAL PARA MEJORAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO, LO QUE BENEFICIARÁ A ALGO MÁS DE 80.000 HABITANTES DE 33 MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA DIRECTIVA 91/271/CEE DEL CONSEJO, DE 21 DE MAYO DE 1991, SOBRE TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES URBANAS.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA SUSCRIPCIÓN DEL CORRESPONDIENTE MODIFICADO DEL CONTRATO CON LA UTE ADJUDICATARIA, PARA QUE SURTA LOS EFECTOS ANTES SEÑALADOS.

Autorización del gasto para la contratación de los servicios de consultoría y asistencia técnica para la dirección de obra, control y vigilancia y coordinación en materia de seguridad y salud de la ETAP de Campana de Oropesa y Cuatro Villas (Toledo)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 274.961,01 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐, ENTIDAD PÚBLICA ADSCRITA A LA AGENCIA DEL AGUA DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, LICITE EL CONTRATO DIRECCIÓN DE OBRA, CONTROL Y VIGILANCIA Y COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA Y AMPLIACIÓN DE LA ESTACIÓN DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE (ETAP) DE LA CAMPANA DE OROPESA Y CUATRO VILLAS (TOLEDO).

 

EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CITADO CONTRATO ES DE 12 MESES.

 

CON ELLO, SE POSIBILITA EL CORRECTO CONTROL DE LAS OBRAS Y LA NECESARIA VIGILANCIA Y COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUDO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE AMPLIACIÓN Y MEJORA DE LA MENCIONADA POTABILIZADORA, QUE SIRVE AGUA A 15 POBLACIONES DE LA MANCOMUNIDAD DE LA CAMPANA DE OROPESA Y CUATRO VILLAS (TOLEDO), DONDE VIVEN 13.000 PERSONAS.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA DE CONTROL DE OBRAS Y, MUY EN PARTICULAR, EN LA DE SEGURIDAD Y SALUD.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO CITADO, UNA VEZ QUE SE HAYA PRODUCIDO LA APROBACIÓN DE GASTO POR PARTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO.

Autorizar un gasto correspondiente al expediente del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de plazas de atención residencial para personas mayores en la Residencia de Mayores “Santo Cristo de Santa Ana” de Villafranca de los Caballeros

Autorizar un gasto correspondiente al expediente del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de plazas de atención residencial para personas mayores, actualmente ocupadas por usuarios con derecho reconocido a las mismas en la Residencia de Mayores “Santo Cristo de Santa Ana” de Villafranca de los Caballeros (Toledo).

 

Se precisa la contratación de referencia, dado que la Administración no puede ejecutar con medios propios las prestaciones objeto del mismo.

 

El contrato tendrá una duración comprendida entre la fecha de formalización (previsiblemente el 1 de agosto de 2017) y el 30 de junio de 2018 y puede prorrogarse por mutuo acuerdo de  las partes por períodos anuales. En todo caso, la duración total del contrato, incluidas la prórrogas, no excederá de la duración del Acuerdo Marco de 29/11/2016, actualmente vigente, y de sus contratos derivados, prevista, como máximo el 30 junio de 2021.

Autorización de la superación de los porcentajes previstos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de CLM, correspondiente al expediente de prórroga del contrato de gestión del Servicio de Estancias Diurnas del Centro “La Rosaleda”

Autorización de la superación de los porcentajes previstos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, durante los ejercicios 2018 y 2019, correspondiente al expediente de prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de Mayores “La Rosaleda” de Guadalajara.

 

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de Mayores “La Rosaleda” de Guadalajara. Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el  artículo 48.3 del  Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en las anualidades de 2018 y 2019, correspondiendo, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los mismos.

 

La prórroga del contrato abarcará el período comprendido entre el día 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2019, ambos días incluidos.

Autorización para la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Bienestar Social

Según lo dispuesto en el artículo 8 apartado 1 b) de la Orden de 29 de abril de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016 (prorrogados desde el 1 de enero de 2017 por el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos de 2017), que desarrolla lo dispuesto en el artículo 36.2 b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General  con competencias en materia de presupuestos, autorizar las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de aquellas obligaciones que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicio anteriores, para las que no exista crédito disponible en el ejercicio de procedencia.

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de tres miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por las Cortes de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/ 2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.

 

El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.

 

Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.

 

Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.

 

Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.

 

Corresponde al Gobierno Regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.

 

Cesan: Beatriz Jiménez Linuesa, Carmen Rodrigo Morillos y José Luis Teruel Cabral

Nombramientos: Antonio Martinez Gómez, Fausto Marín Megía y José Garcia Malina

 

Enlaces relacionados:

Decreto 39/2017, de 13 de junio, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales

 

DOCM

Toma de conocimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de Castilla-La Mancha

El aprendizaje de lenguas extranjeras es una prioridad para el Gobierno regional, de ahí que se contribuya con estas ayudas a que el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pueda completar su formación durante el verano mediante la realización de cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España.

 

El número y cuantía de las ayudas disponibles, los idiomas, los países y periodos de realización así como el plazo de presentación de solicitudes se determinará en la resolución de convocatoria.

 

Enlaces relacionados:

Orden 118/2017, de 13 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Declaración de Interés Regional del Proyecto de Singular Interés denominado “Centro Tecnológico Nokian Tyres”, en Santa Cruz de la Zarza (Toledo)

El Consejo de Gobierno acuerda Declarar de Interés Regional el proyecto denominado “Centro Tecnológico Nokian Tyres”, en Santa Cruz de la Zarza (Toledo), a efectos de su tramitación como Proyecto de Singular Interés.

Acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno, tras el periodo de información pública y la emisión de los informes preceptivos, ha tomado en consideración el Anteproyecto de Ley de microempresas cooperativas y cooperativas rurales de Castilla-La Mancha.

 

La microempresa cooperativa se define como una sociedad cooperativa de primer grado perteneciente, con carácter exclusivo, a las clases de cooperativas de trabajo asociado o de explotación comunitaria de la tierra, configurándose como una modalidad de dichas clases en razón de su número de socios.

 

La cooperativa rural, que se configura como una clase de cooperativa en los términos del artículo 121 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla- La Mancha se define como aquella con domicilio social en municipios de la Región con una población igual o inferior a 15.000 habitantes, que asocia a personas físicas o jurídicas y que tiene por objeto la realización de actividades y prestación de servicios que mejoren económica, social y técnicamente a la propia cooperativa, a los socios de la misma o a los terceros de su entorno social y que ayuden a la dinamización, el desarrollo, la transformación y la generación de valor en el medio rural, aumentando la calidad de vida y la igualdad de oportunidades de las personas vinculadas a la cooperativa, fomentado el desarrollo sostenible del medio rural.

 

Asimismo, esta Ley modifica diferentes aspectos de la Ley 11/2010 consistentes, en esencia, en la supresión de trámites administrativos para la constitución y modificación de los estatutos sociales de la cooperativa; la simplificación del procedimiento de renovación de los miembros del órgano de administración, se mejora la regulación de la descalificación, las operaciones con terceros, el Fondo de Reserva Obligatorio y el Fondo de Reserva Voluntario, se introduce la disolución y liquidación simultánea de la cooperativa, se introducen nuevos supuestos que permiten cumplir con el requisito del depósito de las cuentas anuales, se regula de forma transitoria la suspensión del derecho de voto para los socios no productores en las cooperativas que cuenten con el reconocimiento de organización de productores, se elimina el requisito de la publicidad en prensa de las modificaciones estatutarias y se introducen criterios de desempate y de reserva de contratos para las cooperativas de iniciativa social sin ánimo de lucro.