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CerrarAcuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas para la realización de proyectos destinados a colectivos de integración socio-laboral para puesta en marcha de proyectos de formación
El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas para la realización de proyectos destinados a colectivos de integración socio-laboral para la puesta en marcha de proyectos de formación y empleo en el seno de la empresa (CREA), para 2017.
Los Proyectos de formación y empleo en el seno de la empresa (CREA) persiguen mejorar las posibilidades de inserción socio-laboral de las personas pertenecientes a colectivos con mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas en situación de exclusión social, de las víctimas de terrorismo y de las mujeres víctimas de violencia de género y de violencia doméstica, a través de la formación en régimen de alternancia con la actividad laboral en la empresa.
La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.
Para el desarrollo de estos proyectos se establecen tres líneas de subvenciones:
a) Subvención en concepto de formación: Se efectuará a 9 euros/hora/alumno.
b) Subvención en concepto de orientación laboral. Que incluye los costes derivados de la contratación de un técnico de inserción laboral con una cuantía máxima de 3.250 euros brutos/mes por técnico.
c) Subvención en concepto de contratación. La cantidad subvencionada en concepto de contratación es de 44,44 € por trabajador y día laborable.
Asimismo, el Consejo de Gobierno autoriza la superación de porcentajes de gasto plurianual.
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones de becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación para las personas desempleadas
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones de becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación para las personas desempleadas que asistan a los cursos de la modalidad v programados para el período 2016-2017
La resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones de becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación para las personas desempleadas que participen en las acciones de formación propia (Modalidad V) para el ejercicio 2016/2017.
La formación propia consiste en la formación de oferta que se imparte en los centros dependientes de la Administración Autonómica, definida en los artículos 2.5 y 17 de la Orden de 15 de noviembre de 2012, de la Consejería de Empleo y Economía y constituida por las acciones formativas programadas por la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral mediante Resolución de 4 de julio de 2016, modificada en fechas 1 de septiembre de 2016 y 10 de febrero de 2017, que serán impartidas en los Centros Propios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en las respectivas provincias.
La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concesión directa, sin establecer comparación entre las solicitudes ni prelación entre las mismas, otorgándose las subvenciones siempre que las personas reúnan los requisitos establecidos.
Serán beneficiarias las personas desempleadas que reúnan los requisitos que para cada tipo de beca y ayuda se establecen en el Capítulo IV de la Orden de 15 de noviembre de 2012, de la Consejería de Economía y Empleo (personas desempleadas con discapacidad, pertenecientes a colectivos determinados que participen en itinerarios de formación profesional personalizados).
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Acuerdo por el que se toma en conocimiento la resolución por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para los empleados públicos de las entidades locales en el marco del acuerdo AFEDAP
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas aprobó en una orden el pasado 8 de marzo las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar planes de formación para empleados públicos locales, que sean promovidos, en el marco del AFEDAP, por las entidades locales de la región y por las federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico. La presente Resolución establece el procedimiento de concesión de las mismas que se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
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Autorización de la incorporación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
El Consejo de Gobierno ha autorizado la incorporación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por importe total de 19.756,66 euros
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación y desarrollo de Proyectos Escolares Saludables en los centros privados concertados
El Consejo de Gobierno aprueba la modificación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación y desarrollo de Proyectos Escolares Saludables en los centros privados concertados de Castilla‐La Mancha.
La finalidad que se pretende con esta modificación de las bases es adaptar su contenido a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dando con ello cumplimiento al mandato que dirige a las Administraciones Públicas en su disposición final quinta, para que en el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la ley, se adecúen a la misma las normas reguladoras de los distintos procedimientos normativos que sean incompatibles con lo previsto en esta ley. Igualmente, y para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla‐La Mancha, se incorpora al texto una base nueva.
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Orden modificadora de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de apoyo a clubes y sociedades anónimas
El Consejo de Gobierno aprueba la modificación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de apoyo a Clubes Deportivos y Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) de máximo nivel de Castilla‐La Mancha destinadas a sufragar los gastos derivados de su participación en competiciones deportivas oficiales de categoría nacional.
La finalidad que se pretende con esta modificación de las bases es adaptar su contenido a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dando con ello cumplimiento al mandato que dirige a las Administraciones Públicas en su disposición final quinta, para que en el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la ley, se adecúen a la misma las normas reguladoras de los distintos procedimientos normativos que sean incompatibles con lo previsto en esta ley.
Asimismo, se modifica la letra b) base segunda y el punto 5 de la base tercera con la finalidad de ampliar los posibles beneficiarios de las subvenciones a aquellas entidades que participan en competiciones oficiales de deportes individuales no olímpicos ni paralímpicos que además hayan participado en competiciones oficiales de ámbito internacional.
Se incorpora una nueva base para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla‐La Mancha, se incorpora una nueva base al texto.
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Autorización del gasto del contrato de concesión de la Residencia de Mayores y del Servicio de Estancias Diurnas “Los Molinos” de Mota del Cuervo (Cuenca)
El contrato tendrá una duración inicial de cuatro (4) años, prorrogables, por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, siempre que la duración total del mismo, incluidas las prórrogas, no exceda de seis (6) años.
La fecha estimada para el inicio de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato será el 1 de julio de 2017.
Autorización de un gasto para la construcción de la primera fase del IESO Nº 3 de Illescas
Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento de liquidación y extinción de las Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Servicios en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha tomado conocimiento del proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento de liquidación y extinción de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la regulación legal vigente en materia de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios se contiene en la Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha. Dicha norma, en consonancia con lo dispuesto en legislación básica vigente cuando la misma fue aprobada, no contempla la posibilidad de liquidación y extinción de las Cámaras, y por ende, no recoge ninguna regulación sustantiva ni procedimental ante posibles situaciones de falta de gobernanza o de inviabilidad económica de una Cámara en nuestra Región.
Sin embargo, dichas circunstancias que pueden llegar a imposibilitar el funcionamiento normal de las Cámaras e impedir la adecuada prestación de los servicios y funciones a las empresas adscritas a la misma, sí vienen previstas en los artículos 37 y 38 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
En nuestra Región, como está sucediendo en otras Comunidades Autónomas, están aconteciendo las situaciones indicadas en los citados artículos 37 y 38 de la Ley básica estatal, que requieren de una actuación urgente de la Administración autonómica a la que le compete el ejercicio de la tutela de las Cámaras.
En este contexto normativo, si bien en la actualidad se ha iniciado la tramitación de un nuevo anteproyecto de Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios en nuestra Comunidad Autónoma, a fin de adaptar la normativa regional en esta materia a la Ley 4/2014, de 1 de abril, teniendo en cuenta la ausencia de regulación propia autonómica relativa a los supuestos de liquidación y extinción de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, y a los efectos de dar cumplida y pronta respuesta a los intereses de las personas físicas y jurídicas adscritas a las posibles Cámaras afectadas, resulta preciso regular el procedimiento aplicable en nuestra Comunidad Autónoma en los supuestos de extinción y liquidación de las Cámaras previstos en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
Como consecuencia de ello, detectada una laguna legal en la materia, debe llegarse a la conclusión de que resultaría de aplicación supletoria el derecho estatal, de conformidad con la legislación básica estatal.
No obstante esa aplicación no puede realizarse de forma directa sino que requiere de una adaptación normativa, así las cosas, el objeto de este decreto es regular el procedimiento de liquidación y extinción de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El procedimiento regulado en el proyecto de Decreto resultará aplicable cuando se produzcan los supuestos de extinción y liquidación que prevén los artículos 37 y 38 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y con las condiciones que en ellos se contemplan.
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha
De acuerdo con la política económica llevada a cabo por el Gobierno de Castilla-La Mancha, se deben promover actuaciones que permitan fortalecer la competitividad de las pequeñas y medianas empresas regionales, mediante estrategias diferenciadas y adaptadas a las necesidades concretas de cada sector. Se opta así por una estructura más moderna, inspirada e integrada de forma directa en las políticas de mejora de la competitividad y sostenibilidad empresarial, absolutamente imprescindible en una economía cada vez más competitiva y globalizada.
Dentro de esta estrategia y centrándonos en el ámbito del comercio regional, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía se ha marcado entre sus objetivos promover la celebración de ferias comerciales para dar un mayor impulso y fomentar la profesionalización de estas actividades, de forma que contribuyan en mayor medida al desarrollo económico de la región, y a alcanzar los objetivos de convergencia económica y favorecer la competitividad empresarial en el sector.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha, con la finalidad de impulsar el crecimiento de la actividad comercial de nuestra región.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Alquiler del recinto.
b) Alquiler, montaje y desmontaje de instalaciones.
c) Alquiler, montaje y desmontaje de stands, mobiliario, equipos de iluminación y climatización.
d) Decoración y adecuación de la instalación.
e) Instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, con carácter no permanente, así como los gastos derivados del consumo durante la celebración de la feria. La cuantía de esta actuación no podrá superar el 10% del gasto de la inversión total que se considere subvencionable.
f) Contratación de servicios específicos para el desarrollo de la feria, tales como azafatas, limpieza, mantenimiento o seguridad.
g) Realización de funciones de organización, coordinación y dirección de la actividad ferial.
h) Campañas de publicidad en medios de comunicación.
i) Elaboración de material promocional.
j) Gestión de perfiles en redes sociales a través de la contratación de un Community Manager.
k) Seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actividad.
I) Actividades de animación, tales como ludoteca, música o pasacalles.
Podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden:
a) Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) Las instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren inscritas en el registro correspondiente, y tengan como finalidad principal el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial en Castilla-La Mancha.
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de las ayudas en virtud del Decreto 35/2016, de 27 de julio
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Resolución de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de las ayudas en virtud del Decreto 35/2016, de 27 de julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.
Estas subvenciones se destinan a:
a) Favorecer, a través de la contratación laboral indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo y fomentar la estabilidad en el empleo.
b) Facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Se contemplan dos líneas de ayuda:
Línea I. Ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad, que pueden ser de dos tipos:
a) Subvenciones a las contrataciones iniciales indefinidas de personas con discapacidad, que cumplan las siguientes condiciones:
b) Subvenciones a las transformaciones en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo de personas discapacitadas, así como la transformación en indefinidos de los contratos formativos celebrados con trabajadores que, en el momento de la transformación, ostenten la condición de persona con discapacidad.
Línea II.- Ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Se podrá subvencionar la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo a la persona con discapacidad contratada. Estas ayudas serán compatibles con las establecidas para la Línea I.
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Toma en conocimiento de la resolución por la que se publica el crédito disponible y el plazo de presentación de solicitudes para 2017, de las subvenciones previstas en el Decreto 22/2017
Toma en conocimiento de la resolución por la que se publica el crédito disponible y el plazo de presentación de solicitudes para 2017, de las subvenciones previstas en el Decreto 22/2017, de 21 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales en Castilla-La mancha.
La Resolución tiene por objeto establecer el crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2017 para atender las obligaciones económicas derivadas del Decreto 22/2017, de 21 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales en Castilla-La Mancha, así como el inicio del plazo de presentación de solicitudes, ello en virtud de lo previsto en los artículos 8 y 34.3 del mencionado Decreto.
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