Mostrando 6688 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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Decreto del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo

El Decreto tiene por objeto regular la organización, la composición y el funcionamiento del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo (en adelante el Consejo), creado en el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el  Desarrollo.

 

El Consejo es el órgano colegiado de carácter consultivo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de cooperación internacional para el desarrollo, al que le corresponden las funciones previstas en el artículo 10.3 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, y las establecidas en este Decreto.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 24/2017, de 21 de marzo, del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo.

Toma de conocimiento del proyecto de Resolución por la que se convoca para el año 2017 el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno toma conocimiento del proyecto de Resolución de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convoca para el año 2017 el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha.

 

Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2017 el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha con el fin de conceder ayudas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva en régimen de convocatoria abierta y cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 15 de marzo de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha.

 

El total de plazas convocadas es de 3.509. El importe de la ayuda será de 108 euros por beneficiario.

 

Enlaces relacionados:

Corrección de errores de la Resolución de 24/03/2017, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convoca para el año 2017 el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha.

 

Resolución de 24/03/2017, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convoca para el año 2017 el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que expresa su oposición a la tramitación parlamentaria de las enmiendas presentadas al proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por el Grupo parlamentario Popular

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que expresa su oposición a la tramitación parlamentaria de las enmiendas presentadas al proyecto de Ley de presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 por el Grupo parlamentario Popular con registros de entrada números 1138/17, 1141/17, 1182/17, 1183/17, 1184/17, 1185/17, 1186/17, 1187/17, 1188/17, 1189/17 y 1335/17.

 

El Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha establece que las enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos que supongan una disminución de ingresos presupuestarios deberán ser ratificadas por el Consejo de Gobierno para su tramitación. 

Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprueba la adhesión al compartimento fondo de liquidez autonómico del fondo de financiación a comunidades autónomas para el ejercicio 2017, se asumen todos los compromisos fiscales y financieros

Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprueba la adhesión al compartimento fondo de liquidez autonómico del fondo de financiación a comunidades autónomas para el ejercicio 2017, se asumen todos los compromisos fiscales y financieros y se autoriza la formalización de las operaciones de endeudamiento derivados de dicha adhesión.

 

Para la aplicación efectiva del programa del mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas 2017 es necesario, de acuerdo con el Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y entidades locales, que la Comunidad Autónoma adopte un acuerdo del Consejo de Gobierno en el que conste su voluntad de adhesión al FLA y el compromiso de cumplir lo dispuesto en la normativa de estabilidad presupuestaria y en las normas derivadas de la adhesión al mencionado mecanismo. 

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por las organizaciones empresariales más representativas de Castilla-La Mancha

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por las organizaciones empresariales más representativas de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

Cesa: Ángel Nicolás García. Nombramiento: Carlos Ramón Marín de la Rubia

 

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/ 2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.

 

El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.

 

Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.

 

Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.

 

Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.

 

Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 23/2017, de 21 de marzo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por las organizaciones empresariales más representativas de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

Autorización del acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM para el servicio de asistencia a los visitantes en los centros de interpretación de los espacios naturales protegidos

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA  AUTORIZADO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (GEACAM), PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA A LOS VISITANTES EN LOS CENTROS DE INTERPRETACIÓN DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA LOS AÑOS 2017 Y 2018;  EL GASTO DERIVADO DE LA REFERIDA ENCOMIENDA Y  LA SUPERACION DE PORCENTAJES DEL ARTÍCULO 48 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE.

Autorización del acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM para el servicio aparcamiento, regulación de acceso y visitas guiadas a los parques zoológicos y espacios naturales

AUTORIZACIÓN DEL ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (GEACAM), PARA EL SERVICIO APARCAMIENTO, REGULACIÓN DE ACCESO Y VISITAS GUIADAS E INTERPRETADAS A LOS PARQUES ZOOLOGICOS Y A LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS 

 

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA  AUTORIZADO EL ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (GEACAM), PARA EL SERVICIO APARCAMIENTO, REGULACIÓN DE ACCESO Y VISITAS GUIADAS E INTERPRETADAS A LOS PARQUES ZOOLOGICOS Y A LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales en Castilla-La Mancha.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, de carácter excepcional, en el marco del programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha, dicho programa tiene como finalidad favorecer la creación, consolidación y modernización de dichas entidades, que redunde en la creación de empleo estable y de calidad para nuestra región.

 

El programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha incluye las siguientes líneas de subvención:

 

a) Línea 1. Subvenciones para la promoción, cuyo objeto es subvencionar las siguientes actuaciones:

1º. La constitución de la cooperativa o sociedad laboral.

2º. La incorporación de socios trabajadores o de trabajo.

3º. La realización de actividades de promoción y difusión de la economía social.

 

b) Línea 2. Subvenciones a la inversión, en la modalidad de préstamo retornable sin interés, cuyo objeto es subvencionar inversiones en proyectos empresariales, que redunden en la creación y consolidación de cooperativas y sociedades laborales.

 

c) Línea 3. Subvenciones para la mejora de la competitividad, en la modalidad de préstamo retornable sin interés.

 

d) Línea 4. Subvenciones para el fomento de la comercialización, en la modalidad de préstamo retornable sin interés.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 22/2017, de 21 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de Promoción de Cooperativas y Sociedades Laborales en Castilla-La Mancha

Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones positivas y programas que contribuyan al avance de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres

La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el desarrollo de acciones positivas y programas que contribuyan al avance de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, a la reducción de brechas de género y a la eliminación de la violencia de género.

 

Enlaces relacionados:

Orden 59/2017, de 29 de marzo, de la Vicepresidencia, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones positivas y programas que contribuyan al avance de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, a la reducción de brechas de género y a la eliminación de la violencia de género

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el anteproyecto de Ley de Cámaras de comercio, industria y servicios de Castilla-La Mancha

El anteproyecto de ley del que ha tomado conocimiento el Consejo de Gobierno recoge una nueva regulación de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para adaptarla a la normativa básica estatal recogida en Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

 

Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios son corporaciones de derecho público representativas de los intereses económicos generales y por lo que se establece el principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive obligación económica alguna. Las Cámaras son, por tanto, el instrumento institucional natural de expresión de la opinión de los comerciantes, industriales y prestadores de servicios de Castilla-La Mancha, razón por la cual deben tener presencia y participación en las instituciones y los organismos públicos que tengan finalidades directamente relacionadas con los intereses generales que las Cámaras representan, sin perjuicio de la presencia de otras entidades representativas de intereses sectoriales o empresariales privados.

 

La nueva normativa presenta como objetivo general una redefinición del papel que tienen que jugar las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, que, junto a su función principal de prestación de servicios a las empresas, viene a reforzar su labor de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en el ámbito de la internacionalización y la competitividad.

 

Junto a ese objetivo general, pueden destacarse otros aspectos específicos que encuentran acomodo en el anteproyecto de Ley, como la incentivación de las contribuciones voluntarias, la diferenciación de las actividades de carácter privado que las Cámaras pueden llevar a cabo en régimen de libre competencia con las funciones público administrativas, la integración de obligaciones de transparencia de sus ingresos y gastos, o la concreción de los supuestos y procedimientos para contemplar situaciones que puedan conllevar la disolución, liquidación y extinción en las Cámaras de Comercio.

Decreto por el que se modifica el Decreto 35/2016, de 27 de julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 35/2016, de 27 de julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de Castilla-La Mancha.

 

La modificación propuesta, con la finalidad última de fomentar la contratación de personas en situación de discapacidad, colectivo con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral, en base, también, a los principios de seguridad jurídica, eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos objetivo, pretende unificar la regulación de las subvenciones por transformación de contratos temporales en indefinidos de personas con discapacidad, de modo que todas ellas se rijan por lo dispuesto en el Decreto 35/2016, de 27 de julio.

 

Por ello, se autoriza la modificación del Decreto 35/2016, de 27 de julio, en los siguientes términos:

a)   Añadiendo, en su artículo 4.1.b), las subvenciones para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de relevo y de los contratos de trabajadores en procesos de inserción en empresas de inserción, cuando los mismos sean formalizados con personas con discapacidad, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 2.1.d) del Decreto 213/2015, de 27 de octubre, en su redacción dada por el Decreto 81/2016, de 27 de diciembre.

b)   Modificando su disposición adicional, indicando que las subvenciones a la transformación en indefinidos de los contratos indicados en el artículo 2.1.d) del Decreto 213/2015, de 27 de octubre, siempre que se celebren con un trabajador con discapacidad, se regirán por lo dispuesto en el Decreto 35/2016, de 27 de julio.

 

Estableciendo una disposición transitoria en la que se indique que las solicitudes recibidas hasta la fecha de entrada en vigor del Decreto que se propone, al amparo del Decreto 213/2015, de 27 de octubre, se regirán por lo establecido en el mismo.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 25/2017, de 28 de marzo, por el que se modifica el Decreto 35/2016, de 27 de julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.

 

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO EN CASTILLA-LA MANCHA

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el ahorro y eficiencia energética en el sector público, sector industrial y sector de la edificación

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el ahorro y eficiencia energética en el sector público, sector industrial y sector de la edificación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

 

Se establece el régimen jurídico, requisitos y obligaciones de los beneficiarios de las ayudas, y regulación de los requisitos técnicos de cada uno de los programas de ayuda regulados, que son los siguientes:

 

a)  Línea 1, de incremento de la eficiencia energética en el sector público local, que incluye el Programa 1 (P1.1), renovación del alumbrado público exterior.

 

b)  Línea 2, de incremento de la eficiencia energética en el sector industrial y de cogeneración. En esta línea se incluyen los siguientes programas:

 

1º. Programa 1 (P2.1), mejora la eficiencia energética en instalaciones del proceso productivo industrial.

2º. Programa 2 (P2.3), instalaciones de cogeneración.

 

Línea 3, de incremento de la eficiencia energética en el sector de la edificación, que incluye el Programa 1 (P3.5), mejora de la eficiencia energética en los edificios.

 

Enlaces relacionados:

Orden 66/2017, de 29 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el ahorro y eficiencia energética en el sector público, sector industrial y sector de la edificación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

 

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