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CerrarToma de conocimiento del proyecto de Resolución por la que se convocan, para el año 2017, subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de Programas destinados al Servicio de Promoción de la Autonomía Personal
Toma de conocimiento del proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de los premios del Certamen de Cortometrajes de Castilla-La Mancha
Toma de conocimiento del anteproyecto del servicio público de transporte zonal por carretera en las comarcas del sur de Ciudad Real
En amplias zonas de la región con escasa y envejecida población se produce una baja utilización de los servicios de transporte público que redunda en un recrudecimiento de las negativas condiciones de explotación.
En el caso concreto de las comarcas del Sur de Ciudad Real, al tratarse de servicios cuya explotación resulta deficitaria dada la reducida recaudación por venta de billetes, estos servicios han necesitado de la financiación pública para su sostenimiento, lo que resulta imprescindible para poder satisfacer las necesidades básicas de movilidad que permitan el acceso al sistema de salud, a la educación o a los servicios administrativos de los habitantes de esas zonas rurales.
Con el anteproyecto del servicio de transporte zonal por carretera en las comarcas del Sur de Ciudad Real se aborda una restructuración y nueva ordenación de los servicios de transporte en la zona, manteniendo la movilidad en condiciones adecuadas de regularidad, frecuencia determinada y horarios fijos con los centros de Puertollano y Valdepeñas, donde se sitúan los servicios sanitarios, educativos y administrativos, pero ajustando a la vez su prestación a criterios de eficiencia económica y sostenibilidad, maximizando también el control por parte de la Administración para asegurar la calidad del servicio.
La concesión de una sola línea de servicio regular de uso general, en el caso de las comarcas del Sur de Ciudad Real, no sería viable desde un punto de vista económico‐financiero, por lo que se plantea la integración de los citados servicios regulares de uso general con los de uso especial (escolares de titularidad pública). Las sinergias en la prestación derivadas de la utilización de los mismos medios humanos y materiales para distintos servicios son circunstancias que permitirán afrontar de manera mucho más eficiente la cobertura de la movilidad en las comarcas del Sur de Ciudad Real.
El servicio de transporte zonal “comarcas del Sur de Ciudad Real” ocupa el sur de la provincia de Ciudad Real, y lo forman 14 municipios y 29 núcleos poblacionales que abarcan una superficie de 3.063 Km2, incluyendo los municipios de Valdepeñas y Puertollano (el 15,46% del total provincial) y cuenta con una población de 19.421 habitantes ‐sin considerar los habitantes de Valdepeñas y Puertollano‐.
Toma de conocimiento del anteproyecto del servicio público de transporte zonal por carretera en el área de la Serranía Alta-Alcarria de Cuenca
En amplias zonas de la región con escasa y envejecida población se produce una baja utilización de los servicios de transporte público que redunda en un recrudecimiento de las negativas condiciones de explotación.
En el caso concreto de la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca, al tratarse de servicios cuya explotación resulta deficitaria dada la reducida recaudación por venta de billetes, estos servicios han necesitado de la financiación pública para su sostenimiento, lo que resulta imprescindible para poder satisfacer las necesidades básicas de movilidad que permitan el acceso al sistema de salud, a la educación o a los servicios administrativos de los habitantes de esas zonas rurales.
Con el anteproyecto del servicio de transporte zonal por carretera en la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca se aborda una restructuración y nueva ordenación de los servicios de transporte en la zona, manteniendo la movilidad en condiciones adecuadas de regularidad, frecuencia determinada y horarios fijos con los centros comarcales y con la capital de provincia donde se sitúan los servicios sanitarios, educativos y administrativos, pero ajustando a la vez su prestación a criterios de eficiencia económica y sostenibilidad, maximizando también el control por parte de la Administración para asegurar la calidad del servicio.
La concesión de una sola línea de servicio regular de uso general, en el caso de la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca, no sería viable desde un punto de vista económico‐financiero, por lo que se plantea la integración de los citados servicios regulares de uso general con los de uso especial (escolares de titularidad pública). Las sinergias en la prestación derivadas de la utilización de los mismos medios humanos y materiales para distintos servicios son circunstancias que permitirán afrontar de manera mucho más eficiente la cobertura de la movilidad en la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca.
El servicio de transporte zonal del Área de la “Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca” ocupa el norte de la provincia de Cuenca, y lo forman 72 municipios y 128 núcleos poblacionales que abarcan una superficie de 4.917 Km2, incluyendo el municipio de Cuenca (el 28,68% del total provincial) y cuenta con una población de 15.585 habitantes ‐sin considerar los habitantes de Cuenca capital.
Adjudicación definitiva a favor de Nuevas Iniciativas Audiovisuales, S.L. de concesión para la explotación, en régimen de gestión indirecta, de la frecuencia del servicio público de radiodifusión sonora por ondas métricas con modulación de frecuencia
Adjudicar definitivamente la concesión para la explotación, en régimen de gestión indirecta, de la frecuencia del servicio público de radiodifusión sonora por ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en Castilla‐La Mancha, en la demarcación y frecuencia siguiente:
Localidad: Albacete Frecuencia: 99.9 MHz
Adjudicatario: NUEVAS INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.L.
Transformar en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico mediante ondas hertzianas terrestres por un plazo de quince años, la concesión anteriormente señalada.
Autorización para la modificación de la dotación financiera de la Fundación para la Promoción de Castilla‐La Mancha, mediante el incremento de la transferencia nominativa, con el fin de completar su proceso de liquidación
El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 11.2 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2016 que, sobre las modificaciones de los créditos que afecten a los entes instrumentales, dispone que cuando comporten incrementos o disminuciones superiores al 20 por ciento (como es el caso) del presupuesto inicial de explotación o de capital de la sociedad, entidad o fundación, la modificación presupuestaria debe acordarla el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería a la que estén adscritos, previo informe de la Dirección General de Presupuestos.
Acuerdo por el que se autoriza al gabinete jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la interposición de un recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo de la audiencia nacional frente a la orden ETU/35
El 26 de enero de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ETU/35/2017, de 23 de enero, por la que se establecen los suplementos territoriales en las Comunidades Autónomas de Cataluña, la Rioja, Castilla-La Mancha y Comunitat Valenciana, en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2013.
El plazo para para interponer recurso contencioso-administrativo es de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se publica la disposición general impugnada, según establece el artículo 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
Considerando que la Orden mencionada adolecería de vicios de nulidad consistentes, entre otros, en la omisión del procedimiento legalmente establecido para la elaboración de disposiciones de carácter general, así como en cuestiones de fondo respecto de las competencias autonómicas en materia tributaria, se considera necesario para la defensa de los intereses de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la presentación del recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, de conformidad con los dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
Por ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha se adopta el presente acuerdo.
Autorización de gasto para el expediente de subvención correspondiente a la Federación empresarial toledana (FEDETO) al amparo de la resolución de 18 de noviembre de 2016.
Se está tramitando un expediente de concesión de una subvención solicitada por la Federación Empresarial Toledana (FEDETO), al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I), para la anualidad 2016.
Habida cuenta de que la propuesta de resolución prevé la concesión de una subvención por importe de 844.303,00 euros y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace preciso someterlo al Consejo de Gobierno a efectos de autorización de dicho gasto, por superar el límite de 500.000 euros (cantidad máxima atribuida a los titulares de las consejerías), establecido en el artículo 20 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, prorrogados conforme dispone el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre.
Autorización de gasto para el expediente de subvención correspondiente a la Fundación formación y empleo de Castilla-La Mancha (Forem) al amparo de la resolución de 18 de noviembre de 2016.
Se está tramitando un expediente de concesión de una subvención solicitada por la Fundación Formación y Empleo de Castilla-La Mancha (FOREM), al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I), para la anualidad 2016.
Habida cuenta de que la propuesta de resolución prevé la concesión de una subvención por importe de 656.062,50 euros y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace preciso someterlo al Consejo de Gobierno a efectos de autorización de dicho gasto, por superar el límite de 500.000 euros (cantidad máxima atribuida a los titulares de las consejerías), establecido en el artículo 20 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, prorrogados conforme dispone el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre.
Autorización de gasto para el expediente de subvención correspondiente a la Fundación iniciativas de futuro de Castilla-La Mancha, al amparo de la resolución de 18 de noviembre de 2016.
Se está tramitando un expediente de concesión de una subvención solicitada por la Fundación Iniciativas de Futuro de Castilla-La Mancha, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I), para la anualidad 2016.
Habida cuenta de que la propuesta de resolución prevé la concesión de una subvención por importe de 836.307,50 euros y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace preciso someterlo al Consejo de Gobierno a efectos de autorización de dicho gasto, por superar el límite de 500.000 euros (cantidad máxima atribuida a los titulares de las consejerías), establecido en el artículo 20 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, prorrogados conforme dispone el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre.
Decreto por el que se regula la composición y funcionamiento de la comisión de acceso a los documentos del subsistema de archivos de los órganos de gobierno y de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Con el acceso a la información contenida en los documentos custodiados en los archivos públicos, las Administraciones Públicas reconocen expresamente que todas las personas tienen derecho a conocer de forma clara y fehaciente las actuaciones que les atañen directamente o que les interesan.
Mediante este decreto se lleva a cabo un regulación clara sobre el régimen de transferencias documentales entre los archivos de oficina, centrales, intermedios e históricos, que facilite a las personas el acceso más adecuado a los documentos y un procedimiento de acceso a esos documentos generados por la Administración regional que les permita, con las máximas garantías legales, el ejercicio de este derecho. Asimismo regula la composición y el funcionamiento de la Comisión de Acceso a los Documentos.
Enlaces relacionados:
Acuerdo por el que se autoriza la imputación a los créditos del presupuesto corriente, de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos por la sección 06 deuda pública como consecuencia de regularización de intereses con Santander y Banesto
El acuerdo adoptado regulariza en el presupuesto del ejercicio corriente las diferencias contables detectadas, una vez efectuada la liquidación correspondiente con las entidades financieras afectadas.