Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 105/2023, DE 25 DE JULIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

El Decreto 105/2023, de 25 de julio, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 144, de 28 de julio de 2023, estableció la estructura y competencias de la Consejería de Sanidad. No obstante, la experiencia derivada de su aplicación ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir determinados ajustes que permitan adecuar su contenido a la realidad organizativa actual y mejorar la claridad en la delimitación de funciones. 
En este contexto, se aborda, en primer término, la modificación del artículo 4.t), incorporando expresamente entre las competencias de la Secretaría General la tramitación y resolución de los encargos a medios propios que corresponda formalizar a la Consejería de Sanidad, con el fin de reforzar la precisión en la atribución de funciones. Asimismo, se dispone la adscripción a dicho órgano del Consejo de Salud de Castilla‑La Mancha, como órgano principal de participación en el ámbito sanitario, lo que garantiza su adecuada integración en la estructura directiva responsable de su impulso y coordinación. Esta modificación comporta, a su vez, la incorporación de un nuevo apartado 2 en el artículo 4, así como la supresión del apartado 2 del artículo 7.  
Por otra parte, se procede a la revisión del artículo 5, con el objetivo de clarificar la distribución de competencias de la Dirección General de Salud Pública, mediante su ordenación sistemática en dos apartados diferenciados, distinguiendo claramente entre las funciones propias del ámbito de la salud pública y aquellas relativas al consumo, lo que redunda en una mayor seguridad jurídica y comprensión del texto normativo. 
Por último la Escuela de Salud y Cuidados de Castilla-La Mancha, hasta ahora adscrita a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria, pasa a estar adscrita a la Dirección General de Cuidados y Calidad del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por lo que se suprime el apartado ñ) del hasta ahora artículo 5 y se modifica artículo 11 del Decreto 106/2023, de 25 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, mediante la disposición final primera. 

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS “OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD CIUDAD REAL 4”, POR IMPORTE DE 6.514.044,24€ (IVA INCLUIDO), Y A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO.

Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 6.514.044,24 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, referido al expediente siguiente: 
“Obra de construcción del Centro de Salud Ciudad Real 4 (Ciudad Real)”.
El importe asciende a 6.514.044,24 €.

PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE 8 PERSONAS FUNCIONARIAS INTERINAS: 4 PUESTOS DEL CUERPO SUPERIOR ESPECIALIDAD JURÍDICA (A1), 1 PUESTO DE LA ESCALA SUPERIOR DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (A1) Y 3 PUESTOS DEL CUERPO AUXILIAR (C2).

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de un programa temporal para el nombramiento de para el nombramiento de 8 personas funcionarias interinas (4 puestos del Cuerpo Superior Especialidad Jurídica (A1) 1 puesto de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información (A1) y 3 puestos del Cuerpo Auxiliar (C2)) para el desarrollo de actuaciones relativas a la reactivación de la carrera profesional, por la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación del SESCAM, por un periodo de 48 meses.  

AUTORIZACIÓN DEL EJERCICIO DE ACCIONES POR PARTE DEL GABINETE JURÍDICO PARA LA PERSONACIÓN EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO N.º 887/2026 EN EL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALBACETE, SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN PLAZA 1.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico. 
A la vista del informe del Gabinete Jurídico, se entiende justificada el ejercicio de acciones por parte del Gabinete jurídico de la Junta de Comunidades, para la personación en las Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado n.º 887/2026 en el Tribunal de Instancia de Albacete, Sección de Instrucción Plaza 1. 

CESIÓN GRATUITA Y EN PLENO DOMINIO AL AYUNTAMIENTO DE YEPES (TOLEDO), DE UN INMUEBLE URBANO SITO EN DICHA LOCALIDAD.

El Consejo de Gobierno acuerda ceder gratuitamente al Ayuntamiento de Yepes (Toledo), la propiedad de un inmueble de referencia catastral 6770610VK4167S0001PD, con una superficie total según Catastro de 289 m2, sito en Calle Ancha, n.º 28  de Yepes (Toledo). 

DECLARACIÓN DE LA CASA DE LA TERCIA, EN CAMPO DE CRIPTANA COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 5 de junio de 2025 (DOCM, n.º 117, de 20 de junio de 2025) se inició expediente para la declaración de la Casa de la Tercia, en Campo de Criptana como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento. 
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, constando en ella la notificación a los interesados, dándoseles audiencia, atendiendo a la existencia de una pluralidad indeterminada de personas propietarias o titulares de derechos reales sobre los inmuebles comprendidos en el entorno de protección propuesto, concediendo el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, sin que se presentaran alegaciones a este procedimiento, se solicitó y obtuvo el informe favorable del Instituto de Estudios Manchegos, de Ciudad Real, como institución consultiva de las referidas en el artículo 6.1. 
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración. 
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de de la Casa de la Tercia, en Campo de Criptana como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento. 

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES POR LA QUE SE ENCARGA AL MEDIO PROPIO TRAGSA, LA EJECUCIÓN DE LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN Y SUSTITUCIÓN PARCIAL DEL C.E.I.P. ANDRÉS ARANGO EN VELADA.

El Consejo de Gobierno autoriza la resolución de la Secretaría General de la consejería de educación, cultura y deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de encargo a la empresa pública TRAGSA para la ejecución de la ejecución de la terminación de las obras de ampliación y sustitución parcial del C.E.I.P. Andrés Arango en Velada (Toledo), actuación financiada por el programa operativo FEDER 2021/2027. 
El presupuesto máximo del encargo asciende a 2.410.629,06 euros, con cargo aplicación presupuestaria 18.02.0000.422A.69000 FPA0090010 y la siguiente distribución por anualidades: 
2026:    606.551,99 euros. 
2027: 1.735.442,48 euros. 

INFORME DE LA APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL DOCM DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS CONSISTENTES EN EL USO DE LIBROS DE TEXTO Y DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL ALUMNADO MATRICULADO EN CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.

El Consejo de Gobierno es informado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la próxima aprobación y publicación en el DOCM de la resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha para el curso 2026/2027.  
El crédito destinado a la financiación de este programa de ayudas para el curso escolar 2026/2027 es de 10.960.000 €. 
Para la adquisición de libros de texto y material curricular, se establece una cuantía máxima individual en función del nivel de renta y nivel educativo:  

Nivel educativo        Importe máximo de la ayuda. 

1º y 2º Primaria                              140 €
3º, 4º, 5º y 6º Primaria                   175 €
1º, 2º, 3º y 4º Secundaria              240 €

 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL ENCARGO POR EL TRÁMITE DE EMERGENCIA A LA EMPRESA TRAGSA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS NECESARIAS PARA LA MEJORA DE LA INSTALACIÓN DE SANEAMIENTO EN LA RESIDENCIA DE MAYORES DEL BARRIO DE SANTA MARÍA DE BENQUERENCIA EN TOLEDO.

El informe de la Unidad Técnica de la Consejería de Bienestar Social en Toledo, de 5 de mayo de 2026,  puso de manifiesto el grave deterioro de la red de saneamiento de la Residencia de Mayores del barrio de Santa María de Benquerencia, con afección potencial a la seguridad estructural del edificio y riesgos para la salud pública y el medio ambiente, al haberse detectado vertidos directos de aguas residuales al terreno, contaminación del suelo y posible incidencia sobre las aguas subterráneas del dominio público hidráulico. La gravedad y evolución de estas patologías exigían una actuación inmediata para evitar la agravación de los daños y el riesgo para las personas usuarias y trabajadoras del centro. 
Por ello, al amparo de los artículos 32, 120 y la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en relación con el artículo 3.2 del Real Decreto 345/2025, de 22 de abril, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), se acordó el 21 de mayo de 2026, el encargo por emergencia a TRAGSA para ejecutar las obras necesarias. 
El coste aproximado de la ejecución del encargo es de 2.228.952,19 euros y se imputará a la aplicación presupuestaria 2704TO00G/313D/63000 y al elemento PEP JCCM/0000027306 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para el ejercicio 2026. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA PERSONACIÓN Y EJERCICIO DE LAS ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL CONTRA LA RESOLUCIÓN, DE 28 DE ABRIL DE 2026, DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RECLAMACIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización necesaria para la personación y ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional que resulten procedentes contra la Resolución de 28 de abril de 2026 de la Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas del Ayuntamiento de Guadalajara (SESIÓN 4/2026, DE 14 DE ABRIL. EXPEDIENTE 14454/2025), por la que se desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Dicha reclamación económica-administrativa se fundamentaba en la disconformidad observada en la tramitación, por parte del Ayuntamiento de Guadalajara, del expediente de la licencia urbanística solicitada por la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Guadalajara para las obras de construcción de la nueva Residencia de Mayores “Los Olmos”.  
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico y a iniciativa de la consejería con competencias en la  materia afectada.

AUTORIZACIÓN POR LA QUE SE DECLARA LA UTILIDAD PÚBLICA DE VARIAS PARCELAS Y ENCLAVES FORESTALES, Y SE AUTORIZA SU INCLUSIÓN EN EL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.

El Consejo de Gobierno acuerda: 
I.- La declaración como Monte de Utilidad Pública de los enclaves y parcelas 113 del polígono 12; 3 del polígono 13 y 5002 del polígono 14, del término municipal de Peñas de San Pedro; así como la parcela 35 del polígono 3 del término municipal de Alcadozo, ampliando el Monte de Utilidad Pública n.º 125, “La Pardina y Casa de los Clérigos”, perteneciente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en 37,0407 hectáreas, al reunir los requisitos determinados por los artículos 18 y 19 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. 
II.- Que una vez declaradas de Utilidad Pública, las expresadas parcelas y enclaves con que se amplía el monte, se incluyan en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Albacete, quedando el monte con las siguientes características: 

Denominación: La Pardina y Casa de los Clérigos. 
Partido judicial: Albacete. 
Término municipal: Peñas de San Pedro y Alcadozo. 
Pertenencia: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 
Servidumbres y gravámenes: No existen. 
Clasificación: Demanial. 
Especies: Pinus halepensis, Pinus pinaster, Quercus ilex y Juniperus oxycedrus. Superficie pública: 817,0407 hectáreas. 
Superficie enclavada: 0,0000 hectáreas. 
Superficie total: 817,0407 Has. 
III.- Ordenar la modificación de las inscripciones catastral y registral correspondientes, objeto de este expediente. 
De conformidad con el artículo 9.4 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, en su redacción dada por la Ley 8/2023, de 10 de marzo, “La inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de los montes públicos a los que se refiere el apartado 2 anterior se hará de oficio o a instancia de la persona titular, y se adoptará por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de su órgano forestal, previa instrucción del correspondiente procedimiento en el que deberá ser oída la Administración titular y, en su caso, las personas titulares de derechos sobre dichos montes.”

AUTORIZACIÓN POR LA QUE SE AUTORIZA LA PERMUTA DE TERRENOS DEL MUP N.º 101, “DERRUBIADA DEL JÚCAR”, DEL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA LA PROVINCIA DE ALBACETE.

El Consejo de Gobierno acuerda:

I.- Autorizar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Albacete y declarar la pérdida de utilidad pública, de una superficie de 0,034 hectáreas del MUP nº 101 “Derrubiada del Júcar”, propiedad del Ayuntamiento de Balsa de Ves. 
II.- Autorizar la permuta de 0,034 hectáreas de terreno desafectado del MUP nº 101 “Derrubiada del Júcar”, propiedad del Ayuntamiento de Balsa de Ves, por un terreno de 0,11 hectáreas, propiedad de D. Adolfo Gil Pardo y Dña. Juliana Martínez Requena, para mejor gestión y conservación del monte, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. 
III.- Declarar la utilidad pública y autorizar la inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Albacete, de una superficie de 0,11 hectáreas de terreno de la parcela 281 del polígono 6 de Balsa de Ves, incorporando ese terreno al Monte de Utilidad Pública N.º 101 “Derrubiada del Júcar”. 
IV.- Ordenar la modificación de las inscripciones catastral y registral correspondientes, objeto de este expediente. 
De conformidad con el apartado 3, del artículo 9 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, “La inclusión y exclusión de montes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se adoptará por acuerdo del Consejo de Gobierno y la llevanza de éste corresponde a la Consejería, que dará traslado al órgano correspondiente de la Administración General del Estado de las inscripciones que practique, así como de las resoluciones administrativas y sentencias judiciales firmes que conlleven  modificaciones en el Catálogo, incluidas las que atañen a permutas, prevalencias y resoluciones que, con carácter general, supongan la revisión y actualización de los montes catalogados”.