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CerrarAUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 24 FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS, EN PUESTOS DE “TÉCNICOS/AS SUPERIORES”, “TÉCNICOS/AS DE GESTIÓN” Y “AUXILIAR ADMINISTRATIVO”.
El programa temporal se enmarca en el supuesto contemplado en el artículo 49.1, apartado a) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, que establece que el Consejo de Gobierno, podrá autorizar dichos programas temporales, cuando los mismos sean financiados con fondos finalistas.
El coste del programa temporal se contabilizará en el fondo 60 donde se financia la formación profesional en el ámbito laboral que proviene de los créditos distribuidos en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales y la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para personas trabajadoras. En ambos casos se establece que las comunidades autónomas podrán destinar hasta un máximo del 6 por ciento de las cantidades asignadas a cada uno de los programas y servicios, para financiar los gastos de gestión, seguimiento, evaluación, control y publicidad necesarios para la aplicación de esta orden. El programa se financiará con la incorporación de remanentes en este fondo.
La autorización del programa temporal supondrá el nombramiento de un total de 24 funcionarios/as interinos/as, de los cuales 3 serán en puestos de “Técnico/a Superior”, 17 en puestos de “Técnico/a de gestión” y 4 en puestos de “Auxiliar Administrativo”, por un periodo de 24 meses y un importe total de 2.051.103,16 euros.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO BASADO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESÍDUOS EN LA CIUDAD ADMINISTRATIVA “EL CARMEN” EN CIUDAD REAL (Nº EXPEDIENTE 2026/033807).
El gasto del expediente supera el límite de 750.000,00 €, por lo que su aprobación requiere la autorización previa del Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO DEL SERVICIO EN LA NUBE DE PLATAFORMA E-LEARNING PARA LAS ACCIONES FORMATIVAS Y COLABORATIVAS EN LÍNEA QUE LLEVA A CABO EL CENTRO REGIONAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE CASTILLA- LA MANCHA (2026/000299).
Autorizar la aprobación del expediente del contrato del servicio en la nube de la plataforma e-learning para las acciones formativas y colaborativas en línea que lleva a cabo el Centro Regional de Profesorado de Castilla -La Mancha, que conlleva un gasto por importe total de 1.976.107,68 € y tiene una duración de 36 meses prorrogable por 24 meses.
AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA REVISIÓN ORDINARIA DE PRECIOS Nº 5 DEL CONTRATO DE OBRAS DE AMPLIACIÓN Y REFORMA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARA, POR IMPORTE DE 3.216.386,92 €, IVA INCLUIDO.
Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 3.216.386,92 euros, IVA incluido, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, referido al expediente Revisión ordinaria de precios n.º 5 del Contrato de “Obras de ampliación y reforma del Hospital Universitario de Guadalajara”. Expediente DGEI/66/2008.
Expediente: DGEI/66/2008.
Destino: Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Aplicación presupuestaria: 61020000 G/412D/62000
Anualidades con IVA
2026: 2.557.041,63 €
2027: 659.345,29 €
AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN MICROSCOPIO CONFOCAL/MULTIFOTÓN Y UN CITÓMETRO SEPARADOR ESPECTRAL CON CABINA DE BIOSEGURIDAD BIOLÓGICA TIPO II EN EL HOSPITAL NACIONAL DE PARAPLÉJICOS, POR IMPORTE DE 1.929.940,48 €.
El HNP no solo proporciona servicios asistenciales de primer nivel, sino que también es pionero en la implementación de nuevas tecnologías en la rehabilitación, como la robótica, la realidad virtual y la electroestimulación funcional, que permiten mejorar significativamente la recuperación de los pacientes.
Autorización del Consejo de Gobierno previa a la adopción de actos o negocios jurídicos que conllevan la aprobación del gasto por los órganos competentes de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades de derecho público, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, por importe de 1.929.940,48 euros.
Datos del expediente:
Contrato del Suministro e Instalación de un Microscopio Confocal/Multifotón y un Citómetro separador espectral con cabina de bioseguridad Biológica Tipo II en el Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, con un presupuesto base de licitación de 1.929.940,48 euros.
Los importes se ejecutarán con cargo a la aplicación presupuestaria 61.03.5200 G/412D.62100, con el siguiente desglose por anualidades.
Ejercicio 2026: 1.929.940,48 €
Fondo FAO.- Fundación Amancio Ortega 100 % financiación.
AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL (ASV) DE CASTILLA-LA MANCHA.
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO EL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIONES, DERIVADAS DE LAS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL (ASV) DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS EN LA ANUALIDAD 2025.
AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA IMPLANTACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MARCAS VIALES EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación: 2026/032507 “CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA IMPLANTACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MARCAS VIALES EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA (CR-SP-26-042)”, que conlleva un gasto por importe de 5.369.512,82 € (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA 0090004.
ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON CENTRO DE DÍA “LOS JARDINES” DE MANZANARES (CIUDAD REAL).
Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Servicios Sociales para la gestión integral de la Residencia para personas mayores con centro de día “Los Jardines” de Manzanares (Ciudad Real), con un total de 63 plazas residenciales y 20 plazas de centro de día, número de expediente 2026/032539.
El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de noviembre de 2026, o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.
El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 5.847.601,76 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestaria 2704CR73G/313D/24502 y 2704CR73G/313D/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029.
ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN, DE 5 DICIEMBRE DE 2025, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA, PARA EL AÑO 2026.
Desde la Dirección General de Infancia y Familia de la Consejería de Bienestar Social se precisa que se autorice el reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas de la concesión de las ayudas al amparo de la Resolución de 5 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Infancia y Familia, por la que se convocan para el año 2026, las subvenciones para el desarrollo de proyectos destinados a menores afectados por medidas de protección, medidas judiciales o en situación de conflicto social.
De la tramitación de las ayudas, según consta de la documentación obrante en el expediente, se desprende que se tramitaron 25 solicitudes, de las cuales se estimaron 19 y cuentan con el informe favorable de la Comisión de Valoración. La Dirección General de Infancia y Familia, tras comprobar la procedencia de su estimación resuelve la concesión de 19 ayudas, por un importe total de 3.736.452,45 euros, sin haber llevado a cabo el trámite esencial de fiscalización limitada previa.
El importe total de estas resoluciones asciende a 3.736.452,45 euros, que se desglosa de la siguiente manera:
- 794.323,36 euros a imputar a la partida 27.07.313E/4816A
- 866.927,69 euros a imputar a la partida presupuestaria 27.07.313E/48163
- 2.075.201,40 euros a imputar a la partida presupuestaria 27.07.313E/48165.
Habiéndose omitido la fiscalización limitada previa, debe procederse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, a cuyo tenor, en los supuestos en los que la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General.
AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, UN GASTO POR IMPORTE POR UN IMPORTE SUPERIOR A 400.000 EUROS.
Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.
Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley.
APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD Y DIFÍCIL EMPLEABILIDAD EN ENTORNOS LABORALES INCLUSIVOS.
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas destinadas a:
a) Fomentar la contratación indefinida y la trasformación en indefinidos de contratos temporales con personas en situación de vulnerabilidad y difícil empleabilidad.
b) Adaptar los puestos de trabajo, dotar de equipos de protección personal y eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten el trabajo a las personas en situación de vulnerabilidad y difícil empleabilidad.
c) Promover el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo, mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras que se encuentren en situación de vulnerabilidad y difícil empleabilidad.
d) Favorecer la adaptación social y laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas en situación de vulnerabilidad y difícil empleabilidad, a fin de que desarrollen su trabajo en condiciones similares al resto de las personas trabajadoras que desempeñan puestos equivalentes.
La finalidad de estas subvenciones consiste en facilitar el acceso al trabajo de las personas que, como consecuencia de su situación de vulnerabilidad, presentan unas concretas dificultades en relación con su empleabilidad, con el objetivo de mejorar sus posibilidades de acceso al empleo y ofrecerles una protección singular en su ejercicio, todo ello con el objetivo de favorecer su integración y su adaptación sociolaboral en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, fomentando las oportunidades de empleo y mantenimiento de éste en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.
Se regulan las siguientes Líneas de subvención:
Línea I. Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en indefinidos de contratos temporales.
Línea II. Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo.
Línea III. Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas procedentes de enclaves laborales.
Línea IV. Ayudas destinadas a sufragar los costes salariales y de Seguridad Social del personal preparador laboral que realice acciones de empleo con apoyo en el puesto de trabajo.
Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Las ayudas se financiarán con cargo al programa 322B “Fomento y Gestión del Empleo”, de la dirección general competente en materia de empleo, y en las partidas presupuestarias de los artículos 47, 48, 77 y 78 que se encuentren habilitadas para tal fin, en la Ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para cada ejercicio, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas correspondientes.
Las ayudas podrán financiarse tanto con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, como con cargo a los fondos propios de la Consejería competente en materia de empleo.
La dirección general competente en materia de empleo, previa tramitación del expediente de gasto correspondiente publicará anualmente, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base Nacional de Subvenciones, una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, sin que hasta entonces pueda iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de las personas y entidades interesadas. En todo caso, la eficacia de la resolución queda supeditada a su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.
Tal como establece el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno es el órgano competente para efectuar los nombramientos de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Mediante el presente acuerdo se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para cinco plazas radicadas en el territorio de nuestra comunidad.