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DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 75/2024, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS EN LA FINANCIACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

Con la aprobación de este decreto, se modifican la disposición final cuarta y la disposición final séptima del Decreto 75/2024, de 29 de octubre. Esta modificación tiene los siguientes objetivos:   1º. Ampliar el plazo para que se puedan adaptar los sistemas informáticos y de gestión a la regulación de la participación económica de las personas beneficiarias en el coste de determinados servicios que establece el decreto 75/2024, de 29 de octubre.   2º. Ampliar el plazo de entrada en vigor del decreto 75/2024, de 29 de octubre.   Enlaces relacionados:   Decreto 60/2025, de 29 de julio, por el que se modifica el Decreto 75/2024, de 29 de octubre, por el que se regula la participación económica de las personas beneficiarias en la financiación de determinados servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y del sistema público de servicios sociales de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL “PROGRAMA TEMPORAL PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYME Y GRAN EMPRESA DEL SECTOR INDUSTRIAL"

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la prórroga, por un periodo de doce meses, del “Programa temporal para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en Pyme y gran empresa del sector industrial con cargo al fondo finalista 0000000884 (Programa Pymes).”   El citado programa fue inicialmente autorizado por un periodo de doce meses, habiéndose iniciado su ejecución el 12 de agosto de 2024.   Mediante la presente autorización, se aprueba la primera prórroga del programa temporal, por un nuevo período anual, lo que permitirá garantizar la continuidad del personal técnico incorporado, con un coste máximo estimado de 84.097,18 euros.   De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

AUTORIZACIÓN DE LA TERCERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL, PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES TÉRMICAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA ECONOMÍA

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la tercera prórroga, por un periodo de doce meses, del “Programa temporal para la ejecución de diversos programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.   Este programa fue inicialmente autorizado el 1 de agosto de 2022, habiéndose producido sucesivas prórrogas y ampliaciones, encontrándose actualmente integrado por dos técnicos/as con titulación en Ingeniería Técnica Industrial.   Mediante la presente autorización, se aprueba la tercera prórroga del programa temporal, por un nuevo período de doce meses, lo que permitirá garantizar la continuidad del personal técnico incorporado, con un coste máximo estimado de 84.097,18 euros.   De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

AUTORIZACIÓN PARA LA AMPLIACIÓN Y TERCERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL EN LA D.G. DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA PARA EL REFUERZO EN LA FASE DE VERIFICACIÓN - JUSTIFICACIÓN DE LA GESTIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO.

I. Modificar el “Programa temporal para la incorporación de personal técnico y auxiliar en la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible para el refuerzo en la fase de verificación y justificación de la gestión de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – NextGeneration EU”, con la incorporación de ocho técnicos/as (especialidad Ingeniería Técnica Industrial) y dos auxiliares administrativos.   II. Autorizar la tercera prórroga del citado programa temporal, desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de julio de 2026, incluyendo la continuidad del personal ampliado, con la siguiente dotación total durante el periodo prorrogado: 15 técnicos/as, especialidad Ingeniería Técnica Industrial; 1 técnico/a, especialidad Gestión Administrativa y 4 auxiliares administrativos/as.   El coste máximo global estimado de la ampliación y prórroga asciende a un total de 659.909,39 euros.

AUTORIZACIÓN DE UN PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO EN LA D.G. DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA CON CARGO AL PROGRAMA "MOVES III 2025"

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar, por un periodo de dos años, el “Programa Temporal para la incorporación de personal técnico y auxiliar en la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la gestión del programa de incentivos a la movilidad eléctrica MOVES III 2025”.   El programa temporal de empleo estará integrado por el siguiente personal:   5 técnicos/as, especialidad Ingeniería Técnica Industrial 2 auxiliares administrativos/as   El coste máximo total estimado del programa asciende a 537.739,21 euros.    De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA2/2025 (SANCI/24/231001/000276) INCOADO A “IDE REDES ELECTRICAS INTELIGENTES, S.A.U.”

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.    Dicha infracción consiste en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio a naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”.   En consecuencia, se impone a la entidad sancionada:   a) Una multa de 200.001,00 €, de conformidad con lo previsto en el artículo 113.1.c) de la citada Ley 9/1999, de 26 de mayo; b) El deber de indemnizar la muerte del ejemplar de águila real, por un importe de 78.120,00 €, conforme al baremo establecido en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada, actualizado al IPC;  c) La imposición de la medida complementaria consistente en la modificación y adaptación, en un plazo máximo de cuatro meses desde la notificación del acuerdo, de todos los apoyos eléctricos de la línea L-3602-04 LA LOMA ST-Hellín, de titularidad de la entidad sancionada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, y en el Decreto 5/1999, por el que se aprueban medidas para la protección de la avifauna contra tendidos eléctricos en Castilla-La Mancha.   Las sanciones impuestas derivan del hallazgo, con fecha 30 de octubre de 2023, del cadáver electrocutado de un ejemplar joven de águila real, al pie de un apoyo eléctrico situado en el paraje Cerro del Pino, parcela 134 del polígono 18, en el término municipal de Hellín (Albacete). La línea eléctrica implicada es de titularidad de la entidad I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, DE GASTO POR IMPORTE DE 605.000,00 EUROS (IVA INCLUIDO).

El expediente, de autorización a la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, de gasto por importe de 605.000,00 euros (IVA incluido), derivado de adquisición de los derechos de emisión de los resúmenes de liga nacional de fútbol, en primera y segunda división, de cara a las dos próximas temporadas 2025/26 Y 2026/27, así como la subsanación y convalidación de los actos administrativos omitidos antes de su formalización, se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO ANTIGUO HOSPITAL EL CARMEN, SEDE DE LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA JUNTA EN CIUDAD REAL (2025/006684).

Autorizar la aprobación del expediente del contrato del suministro de “Mobiliario y equipamiento del Edificio Antiguo Hospital El Carmen, sede de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Ciudad Real (expediente n.º 2025/006684)”, que conlleva un gasto por importe total de 5.138.840,96 euros y tiene una duración de doce meses. 

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL CONTRA LA RESOLUCION DICTADA EL 30/05/2025, POR EL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL, RECAÍDA EN EL PROCED. 00-05644-2024, SOBRE VALORACIÓN CATASTRAL DE UN INMUEBLE.

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO EN EL CURSO 2025/2026, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER EN MATERIALES AVANZADOS, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento.    De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del título de Máster Universitario en materiales avanzados. 

AUTORIZACIÓN DEL NÚMERO GLOBAL DE CUPOS ORDINARIOS DE EFECTIVOS DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO 2025-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el 2025,  el número global de cupos ordinarios de efectivos de los cuerpos docentes no universitarios para el curso 2025/2026, que asciende a un máximo de de 27.619,9 efectivos.  

AUTORIZACIÓN DEL NÚMERO DE CUPOS EXTRAORDINARIOS DE EFECTIVOS DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO 2025-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el 2025,  el número global de cupos extraordinarios de efectivos de los cuerpos docentes no universitarios para el curso 2025/2026, que asciende a un máximo de 309,5 distribuidos entre programas  del modo siguiente: 

 

Cupo Programa educación inclusiva: 10 efectivos Cupo Programa educación inclusiva (FSE+): 35 efectivos Cupo PROA+: 124 efectivos Cupo Refuerzo competencia lectora: 31,5 efectivos       Cupo Refuerzo competencia matemática: 55 efectivos Cupo Programa Escuela 4.0. Red de dinamizadores digitales: 54 efectivos