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CerrarToma de conocimiento de las actuaciones seguidas por la consejería de Fomento, para la ejecución de las obras de emergencia: EM‐AB‐16‐007 ‐ "Obras de emergencia en la carretera CM‐3203, situada a la salida del casco urbano de Ayna hacia Elche de la Sierra
En la madrugada del 10 de diciembre de 2016, se produjo un desprendimiento de bloques de considerable tamaño en un talud de roca vertical de aproximadamente 160 metros de altura, situado en la carretera CM‐3203, a la salida de la localidad de Ayna en dirección a Elche de la Sierra.
Los bloques desprendidos proceden de la zona central de la cara del talud. Esta zona está situada aproximadamente a unos 70 u 80 metros de altura, pero no es la única zona de posible origen de futuros desprendimientos, pues éstos podrían originarse en gran parte de la superficie del talud.
Aparentemente se desprendió un único bloque que se fracturó en multitud de fragmentos de menor tamaño durante la caída, de los que alguno son de gran tamaño y rondan los 3‐4 m3 de volumen, con una masa que podría estar entre las 100‐120 toneladas según estimaciones.
Como consecuencia del citado desprendimiento, además de registrarse daños en un almacén colindante y en un camión que se encontraba aparcado en la zona, la carretera quedó cortada al tráfico.
Para restaurar la circulación viaria por la carretera CM‐3203, no existe otra opción que la retirada del material procedente del desprendimiento, así como la estabilización del talud mediante la realización de las siguientes actuaciones:
1º) Colocación de malla de triple torsión que servirá para proteger frente a los posibles desprendimientos de rocas de pequeño tamaño que debido a la gran altura del talud podrían llegar a ser muy peligrosas. Además de considerarse un elemento indispensable para la seguridad de los trabajadores durante la realización de los trabajos de altura.
2º) Colocación de red de cable de acero de elevada resistencia que servirá para contener los bloques de mayor tamaño.
3º) Pantallas dinámicas, que cumplirán la función de disminuir la superficie a tratar con red de cable y servirá como segunda línea de defensa en el caso de que se produjera algún fallo en algunos de los sistemas anteriores.
4º) Bulones de refuerzo de hasta 10 metros de longitud. Esta solución solo se emplearía en aquellas zonas en las que el tratamiento genérico anteriormente descrito fuera insuficiente y se hiciera necesario un refuerzo adicional.
5º) Gunitado de limpieza en la zona del talud más cercana a la carretera así como retirada de los bloques de piedra y reparación de los daños ocasionados en el almacén.
En base a los acontecimientos expuestos que ocasionan un evidente peligro para la seguridad vial se hace necesario llevar a cabo una actuación de emergencia.
Autorización de gasto para la prórroga del contrato de servicios de explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento Picadas‐ Almoguera (Toledo).
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto de 6.018.045,59
€ para que Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha –IALCM‐ prorrogue el vigente contrato de explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento Picadas‐ Almoguera (Toledo).
La prórroga, permitida por el vigente contrato, se realiza por un plazo de 1 año.
Con ello, se posibilita la correcta gestión, mantenimiento y funcionamiento del sistema de suministro de agua potable en alta para 67 municipios de las comarcas toledanas de la Sagra (incluida Toledo capital), Torrijos y la zona del Alberche, beneficiando a casi 320.000 habitantes censados.
El objeto de esta actuación es cumplir con la vigente normativa en materia técnico‐sanitaria en relación con el abastecimiento de agua a poblaciones.
IACLM procederá a la prórroga automática por el período señalado, ya que lo permite el vigente contrato suscrito con la adjudicataria del servicio, por lo cual no procede a publicación adicional alguna. Para mayor información, se puede ir al portal de transparencia de infraestructuras del agua de Castilla‐ La Mancha , cuya dirección es:
Informe del Vicepresidente al Consejo de Gobierno sobre el Plan Integral de Garantías Ciudadanas de Castilla-la Mancha, así como sobre el inicio del proceso participativo y de consulta con agentes sociales y organizaciones de la sociedad civil
El Plan Integral de Garantías Ciudadanas de Castilla-La Mancha, objeto de la presente información al Consejo de Gobierno, ha sido formulado con la vocación de condensar en un único documento estratégico los diferentes programas, principios y procedimientos que se tramitarán por la Administración y el Gobierno de Castilla-La Mancha, con el fin de mejorar la calidad de vida de los colectivos más vulnerables, integrando las políticas sociales de los diferentes departamentos del Gobierno Regional y en aplicación del mandato realizado por los apartados dos y cuatro del artículo 4 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
El Plan contiene un diagnóstico de las necesidades detectadas, y articula los siguientes Programas, con la finalidad de revertir la situación planteada:
-Programa de Garantía Habitacional frente a la Insolvencia Sobrevenida.
-Programa de Garantía de Suministros Básicos del Hogar.
-Programa de Garantía de Rentas.
Los programas, a su vez contemplan diferentes Objetivos y Medidas en las que intervienen diferentes áreas competenciales de la Administración Regional, en concreto, empleo, educación, vivienda, bienestar social y políticas de igualdad.
Desde el punto de vista orgánico-institucional el Plan de Garantías Ciudadanas compromete a distintos departamentos y desde el punto de vista administrativo se plantea de acuerdo a criterios de reordenación de recursos y simplificación de la gestión para promover una mayor eficacia conjunta de las respuestas de las administraciones públicas a las situaciones de necesidad de la ciudadanía. Para la consecución de la finalidad descrita, se incluye el procedimiento de tramitación de las prestaciones incluidas de los diferentes Programas, así como el Registro del Plan Integral de Garantías Ciudadanas, herramienta informática que se habilitará como instrumento de apoyo a la gestión administrativa y de simplificación en la tramitación de los servicios y prestaciones de los Programas incluidos en el Plan.
Por último, el Plan contempla la existencia de una Comisión de Coordinación y Seguimiento del mismo, encargada de articular la coordinación institucional del conjunto de acciones prevista en el Plan, así como de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados en su implantación, todo ello de cara a disponer de información y experiencia previa a la implementación de la futura Ley Integral de Garantías Ciudadanas.
Tras esta Información al Consejo de Gobierno, el Plan será sometido a consulta y participación de los agentes sociales y organizaciones de la sociedad civil, de acuerdo con la normativa de aplicación en los ámbitos materiales y competenciales incorporados a los diferentes Programas que componen el Plan.
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Acuerdo por el que se resuelve procedimiento sancionador como consecuencia de infracción a la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, por suspensión antirreglamentaria del suministro de gas en un domicilio particular
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Con fecha de 12 de julio de 2016, el Consejo de Gobierno autorizó la primera prórroga del mencionado programa temporal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1.c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo del Empleo Público de Castilla-La Mancha, con una duración de seis meses, iniciándose dicha prórroga el 1 de agosto de 2016. Ésta finalizará el 31 de enero de 2017.
Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos del Plan Extraordinario de Empleo y con perspectiva de la inmediata convocatoria para 2017 del Plan, se deriva la necesidad de mantener el refuerzo de los recursos humanos de las oficinas de empleo.
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Asimismo, responde a la necesidad de impulsar los ejes básicos del sistema educativo realizando una distribución equitativa del alumnado y a posibilitar el equilibrio entre la igualdad y transparencia en los procesos de admisión, con la libre elección de centro mediante la oferta de diferentes opciones al solicitar una plaza educativa.
Además, las exigencias de la jornada laboral y la mayor corresponsabilidad en el cuidado y atención de los hijos por parte de los padres o tutores legales, obliga, en ocasiones, a realizar importantes cambios en la organización de la vida familiar. La Administración educativa debe ser sensible a este esfuerzo de las familias y adoptar, en consecuencia, las medidas oportunas que faciliten, mediante el establecimiento de determinados criterios, una mayor conciliación de ambos ámbitos favoreciendo el rendimiento académico de los alumnos, y asegurando la armonización del trabajo y de la vida personal y familiar de las mujeres y los hombres, así como el fomento de la corresponsabilidad en las labores domésticas y en la atención a la familia.
Desde esta perspectiva, la existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro o padres, o tutores legales que trabajen en el mismo y la cercanía del centro educativo al lugar de residencia habitual o domicilio laboral de los padres o tutores, son considerados criterios preferentes en la admisión de alumnado. De la misma manera, se introducen medidas de discriminación positiva a las familias numerosas.
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