Buscador de Acuerdos de Consejo de Gobierno
Mostrando 6516 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

CONCESIÓN DE UN NUEVO PLAZO A GICAMAN PARA QUE PROCEDA A OTORGAR, CUMPLIENDO CON EL RESTO DE CONDICIONES IMPUESTAS, EL DERECHO DE SUPERFICIE EXIGIDO EN EL ACUERDO DE 26 DE MARZO DE 2024.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Renunciar al ejercicio del derecho de reversión por incumplimiento de las condiciones contenidas en la cláusula tercera del convenio que se adjuntó como anexo al acuerdo de 26 de marzo de 2024 y que fue formalizado el 27 de marzo de 2024, concerniente a la cesión gratuita acordada a favor de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U. -GICAMAN-, de la parcela R-65 del Polígono Residencial de Santa María de Benquerencia en Toledo (finca 73.444 inscrita en el Registro de la Propiedad Nº 1 de los de Toledo), con sujeción a los términos y condiciones que se establecen en la adenda al convenio referido que deberá formalizarse y que se adjunta como anexo al presente.

RESOLUCIÓN DE 9 DE ABRIL DE 2025 POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025 AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO DE CASTILLA-LA MANCHA, EN EL MARCO DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2022-2025.

El Consejero de Fomento eleva al conocimiento del Consejo de Gobierno la Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan para el año 2025, ayudas a la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO OCUPACIONAL Y DE LA VIVIENDA CON APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL EN LAS PEDROÑERAS (CUENCA).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral del Centro Ocupacional y de la Vivienda con Apoyo para personas con discapacidad intelectual en Las Pedroñeras (Cuenca) con un total de 30 plazas para el Centro Ocupacional y 6 plazas para la Vivienda con Apoyo, número de expediente 2025/002381.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de octubre de 2025. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 2.057.841,92 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestaria 27.08.CU43.G/313C/24500 y 27.08.CU43.G/313C/24502 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

AUTORIZACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE 17 PERSONAS FUNCIONARIAS INTERINAS, TERAPEUTAS OCUPACIONALES, PARA EL REFUERZO DE LOS EQUIPOS TÉCNICOS DE VALORACIÓN DE LOS CENTROS BASE, POR UN PERÍODO DE 12 MESES.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la primera prórroga del Programa Temporal de Empleo, de 17 personas funcionarias interinas, para el refuerzo de los equipos técnicos de valoración de los Centros Base dependientes de la Consejería de Bienestar Social.    La duración de esta primera prórroga del Programa Temporal de Empleo será de 12 meses, iniciándose el próximo 16 de mayo de 2025 hasta el 15 de mayo de 2026.    El coste de la primera prórroga del Programa Temporal de Empleo asciende a 722.555,09 €, que se consignará en las partidas presupuestarias 27.08.313C.12007, 27.08.313C.12107 y 27.08.313C.16000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para los ejercicios 2025 y 2026. 

AUTORIZACIÓN DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA EL CONTROL Y DIAGNÓSTICO DE ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES URBANAS, SIGUIENDO LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECTIVA 91/271/CEE, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, autorizar con carácter previo a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha la licitación del contrato de servicios para el control y diagnóstico de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas, siguiendo los criterios establecidos en la Directiva 91/271/CEE, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cofinanciable mediante el fondo europeo de desarrollo regional FEDER, por un importe de 2.000.000,62 €.    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.4.m) de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, corresponde a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha la función de inspección y control de los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración que sean de su competencia, en particular aquellas relativas a caudales circulantes, vigilancia y control de la calidad de las aguas, vertidos y contaminación.    Dado que la Agencia carece de medios técnicos y personales suficientes para la realización directa del control y seguimiento de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales en la región, se procederá a la licitación de un contrato de servicios que preste apoyo técnico al personal de la Agencia, en el ejercicio de las funciones de inspección y control que tiene legalmente encomendadas. 

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA AMPLIACIÓN GENERAL DE PLAZOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA COMO CONSECUENCIA DE LA INTERRUPCIÓN GENERALIZADA DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO QUE SOBREVINO EL 28 DE ABRIL DE 2025.

La interrupción generalizada del suministro eléctrico del pasado 28 de abril, ha supuesto graves dificultades para la presentación de solicitudes o documentos, tanto de forma electrónica como de manera presencial. Asimismo, por las condiciones sufridas, no pudieron realizarse en plazo determinadas actuaciones administrativas necesarias para la instrucción o resolución de los procedimientos administrativos.    Por ello, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se ha acordado la ampliación de plazos hasta el 5 de mayo de 2025 de los términos y plazos de los trámites y procedimientos administrativos vencidos entre el 28 de abril y el 2 de mayo de 2025, ambos inclusive.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 02/05/2025, del Consejo de Gobierno, por el que se determina la ampliación general de plazos en los procedimientos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico que sobrevino el 28/04/2025.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA INVESTIGO, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS.

El Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Investigo, destinadas a la contratación de personas jóvenes en calidad de personal investigador, tecnólogo o personal de apoyo para la realización de iniciativas de investigación e innovación, siendo su finalidad favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes mediante el incremento de los recursos humanos destinados a la investigación.    Se establecen dos líneas de subvención:    Línea 1:  Ayudas para la contratación de las personas jóvenes demandantes de empleo en calidad de personal investigador, tecnólogo o de apoyo a la investigación.    Línea 2: Ayudas para el desplazamiento de las personas jóvenes contratadas en el marco de la línea 1.    Las subvenciones reguladas en el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Enlaces relacionados:   Decreto 32/2025, de 6 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Investigo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE CASTILLA-LA MANCHA, QUE PASA A DENOMINARSE COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, y tramitada la correspondiente propuesta por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, procede elevar a la consideración del Consejo de Gobierno la aprobación del cambio de denominación solicitado, y ello, a través de un acto que debe adoptar la forma de decreto. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 33/2025, de 6 mayo, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La Mancha, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha.

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE OSA DE LA VEGA (CUENCA) DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, SITO EN CALLE ESCUELAS NÚM. 3, DE LA LOCALIDAD, CON DESTINO A ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Osa de la Vega (Cuenca) de la propiedad del inmueble que ocupa el silo de almacenamiento de cereales de ese municipio, para destinarlo a actividades culturales y deportivas.  

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES DIRIGIGAS A LA ANULACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE HELLÍN DE DOS PLAZAS DE POLICÍA LOCAL PUBLICADA EN EL D.O.C.M. DE 16-01-25.

Del informe de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Protección Ciudadana, así como del informe de 14 de abril de 2025 del Gabinete Jurídico, se concluye que procede el ejercicio de acciones de la convocatoria efectuada por el Ayuntamiento de Hellín de dos plazas de Policía Local por el sistema de movilidad publicada en el D.O.C.M. de 16-01-25, al incumplir la convocatoria el artículo 22.2 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha que establece que los Ayuntamientos no podrán convocar a través del sistema de movilidad un número de plazas superior a las convocadas por acceso libre, o en el caso que proceda, por promoción interna, en el mismo año natural. 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS INDIVIDUALES DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL ALUMNADO MATRICULADO EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS.

El Consejo de Gobierno aprueba decreto por el que se aprueba las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.    Las cuantías máximas de las ayudas individuales de transporte escolar diario serán las siguientes:    Hasta 10 km.................................................350 euros alumno/curso De más de 10 a 15 km...................................450 euros alumno/curso De más de 15 a 20 km...................................548 euros alumno/curso De más de 20 a 30 km...................................647 euros alumno/curso De más de 30 a 40 km...................................745 euros alumno/curso De más de 40 a 50 km...................................846 euros alumno/curso Más de 50 km...............................................992 euros alumno/curso   Las cuantías máximas de las ayudas para transporte de fin de semana serán las siguientes:   Hasta 20 km...................................................347 euros alumno/curso Más de 20 km.................................................433 euros alumno/curso   Enlaces relacionados:   Decreto 34/2025, de 6 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS DE TRANSPORTE Y COMEDOR DIRIGIDAS A CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y AL ALUMNADO DE LOS MISMOS.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos.    El decreto tiene por objeto regular las bases para la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor escolar para los centros privados concertados de educación especial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y su alumnado matriculado por necesidades de escolarización específica con resolución del dictamen de escolarización, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana y el servicio de comedor escolar.    Incluye las modalidades siguientes:    - Modalidad 1. Ayudas de transporte a los centros privados concertados de educación especial que presten servicio de transporte escolar: - Modalidad 1.1. Con vehículos de su propiedad o a su disposición. - Modalidad 1.2. Servicio contratado por los centros privados concertados de educación especial con empresas del sector. - Modalidad 2. Ayudas al alumnado matriculado en el curso en los centros privados concertados de educación especial: - Modalidad 2.1. Ayuda individual de transporte escolar. - Modalidad 2.2. Ayuda individual de comedor escolar. - Modalidad 2.3: Ayuda individual en especie de transporte.   La cuantía individualizada que corresponderá a cada centro privado concertado de educación especial por las modalidades 1.1 y 1.2 será como máximo 165.000,00 euros por curso escolar.   Respecto a la modalidad 2.1 de ayudas para el transporte escolar la cuantía individual por cada persona beneficiaria será como máximo de 1.091 euros/ curso escolar en el caso de transporte diario y de 477 euros/curso escolar para transporte fin de semana.    Enlaces relacionados:   Decreto 35/2025, de 6 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos.