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ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CESIÓN GRATUITA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE COGOLLUDO (GUADALAJARA), DEL INMUEBLE SITUADO EN CALLE SAN FRANCISCO NÚM. 11 DE ESA LOCALIDAD, CON DESTINO A ESCUELA INFANTIL PARA NIÑOS DE CERO A TRES AÑOS.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo por el que se autoriza la cesión gratuita del inmueble situado en Calle San Francisco nº 11 de esa localidad, con destino a escuela infantil para niños de cero a tres años, para su deliberación por el Consejo de Gobierno.  

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL DIRIGIDAS A LA ANULACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE 2 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD PUBLICADA EN EL D.O.C.M. DE 13-01-25

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada. 

DECRETO POR EL QUE SE CREAN DIVERSAS CATEGORÍAS DE PERSONAL ESTATUTARIO EN EL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 de la Constitución española requiere de los poderes públicos una constante adaptación a las cambiantes necesidades de cada momento. La atención sanitaria actual presenta altos niveles de complejidad derivados tanto del incremento de personas atendidas como de la mayor calidad y especialización de los actos de gestión y asistenciales. Estos factores, para satisfacer adecuadamente los nuevos requerimientos, obligan a realizar continuas adaptaciones organizativas que incluyen la incorporación de profesionales con la formación técnica adecuada.     Por todo ello, se hace necesario ir adecuando las categorías profesionales en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a las necesidades actuales debido a la aparición de nuevos servicios, la evolución de determinadas prestaciones y la aparición de nuevas titulaciones y especializaciones. Todo ello implica, a nivel orgánico, unas categorías profesionales adecuadas y adaptadas a las necesidades del momento, que incorporen a quienes se encuentran más preparados profesionalmente para desempeñar diversas funciones especializadas que, con sustantividad propia, requieren ser desarrolladas por personal con una específica cualificación académica y técnica, debiéndose prever igualmente cuestiones de naturaleza transitoria atinentes al personal que de facto viene realizándolas.    Con esta finalidad se procede a la creación de la categoría de Médico/a de Urgencias y Emergencias, dentro del grupo de licenciados sanitarios, cuya definición se prevé en el artículo 6 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias adaptando sus funciones y titulación a lo dispuesto en el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.     Asimismo, se crean nuevas categorías estatutarias, con nivel de grado universitario, cuya definición está prevista en el artículo 7 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, tales como Óptico/a-Optometrista, Podólogo/a o Dietista-Nutricionista.    De igual forma, dentro del área sanitaria de formación profesional, se crean otras categorías estatutarias cuya definición se prevé en el artículo 3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, como son las categorías de Técnico/a Superior Especialista en Documentación Sanitaria o Técnico/a Medio Sanitario: Farmacia.    Por otro lado, con objeto de garantizar la adecuación del régimen de estructura y funcionamiento de las plantillas orgánicas del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a lo establecido en la Sentencia núm. 317/2013, de 26 de diciembre, de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, resulta preciso proceder a la adecuación de la denominación de la categoría de “Ingeniero/a Técnico” sustituyéndola por la de “Ingeniero/a Técnico Industrial” de conformidad con el fallo de la referida sentencia y, a su vez, en coherencia con las propias funciones que dicha categoría desarrolla en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 27/2025, de 8 de abril, por el que se crean diversas categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EN EL CURSO 2025/2026, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MASTER UNIVERSITARIO EN TERAPIA OCUPACIONAL EN SALUD MENTAL.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento.    De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del   título de Máster Oficial en Terapia Ocupacional en Salud Mental. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE FIRMES EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/000259 “CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE FIRMES EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA (CR-SP-25-041)”, que conlleva un gasto por importe de 51.111.101,76 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003, con la siguiente distribución por lotes y anualidades: 

 

1. Albacete: 2025:    500.000,00 € 2026: 3.250.000,00 € 2027: 3.249.481,56 € 2028: 1.900.000,00 € Total: 8.899.481,56 €   2. Ciudad Real: 2025:    500.000,00 € 2026: 3.500.000,00 € 2027: 3.494.906,46 € 2028: 2.100.000,00 € Total: 9.594.906,46 €   3. Cuenca: 2025:    500.000,00 € 2026: 3.500.000,00 € 2027: 3.494.906,46 € 2028: 2.100.000,00 € Total: 9.594.906,46 €   4. Guadalajara: 2025:    500.000,00 € 2026: 3.250.000,00 € 2027: 3.249.481,56 € 2028: 1.900.000,00 € Total: 8.899.481,56 €   5. Toledo: 2025:     750.000,00 € 2026:  5.000.000,00 € 2027:  4.972.325,72 € 2028:  3.400.000,00 € Total: 14.122.325,72 €   TOTAL PBL (con IVA): 51.111.101,76 €

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO DE DÍA UBICADO EN EL CENTRO DE MAYORES DE BOLAÑOS DE CALATRAVA (CIUDAD REAL).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de servicios sociales para la gestión del Centro de Día ubicado en el Centro de Mayores de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), con número de expediente 2025/001601.    La duración del contrato será de tres años, habiéndose estimado como fecha de inicio del contrato el 16 de octubre de 2025 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 1.049.330,46 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2704CR64G/313D/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el órgano de contratación requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la celebración del contrato. 

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE RESTAURACIÓN EN EL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL GRAVE “SANTA MARÍA DE BENQUERENCIA” DE TOLEDO.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para la aprobación del expediente del contrato del servicio de restauración en el Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual grave “Santa María de Benquerencia” de Toledo, con número de expediente 2025/001786.    La duración del contrato será de tres años, habiéndose estimado como fecha de inicio del contrato el 1 de octubre de 2025 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 861.247,20 euros (IVA incluido al 10%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2708TO41G/313C/22750 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el órgano de contratación requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la celebración del contrato. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS 1517/2024 SEGUIDAS EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 5 DE ALCALÁ DE HENARES POR DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL.

Se ha recibido oficio del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Alcalá de Henares practicando ofrecimiento de acciones a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, del artículo 109 de la Ley de Enjuiciamiento criminal en calidad de perjudicado, en la Diligencias previas 1517/2024 incoadas por delito de falsedad documental, referida a una investigación llevada a cabo por la Policía Nacional, por la utilización de certificados de profesionalidad en atención sociosanitaria falsificados por parte de las personas que son contratadas en residencias de mayores y que estarían siendo utilizadas por personas, a sabiendas de su falsedad, para poder acreditar que están en disposición de una titulación de la que carecen para poder ejercer su actividad en dichos centros y ser contratados.    Existe un interés legítimo en participar en el procedimiento en calidad de perjudicado, habida cuenta de que, tal y como pone de manifiesto la Policía Nacional, la utilización de certificados de profesionalidad en atención sociosanitaria falsificados por parte de las personas que son contratadas en residencias de mayores, para poder ejercer su actividad en dichos centros y ser contratados, perjudica no sólo a las personas que deben ser atendidas en las mejores condiciones y con los conocimientos necesarios para ello, sino también a la credibilidad de los certificados que expide esta Administración. En este sentido, la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral ha puesto de manifiesto, mediante escrito de 12 de marzo de 2025, que se muestra favorable a participar en las acciones que en calidad de perjudicado corresponden ante el Juzgado.    A tenor de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada.

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS DE 124 TÉCNICOS/AS DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO POR UN PERIODO DE DOCE MESES PARA LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DE EMPLEO.

El Consejo de Gobierno autoriza un programa temporal de empleo para el nombramiento de 124 funcionarios/as interinos/as en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la gestión de los programas de empleo financiados por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, con una duración de doce meses, con cargo a la partida presupuestaria 1903/G/322C/1* (fondo 11160).”    Los 124 puestos del programa temporal se distribuyen de la siguiente manera: 85 destinados al refuerzo de las 42 Oficinas Emplea de la Región, 25 para desarrollar tareas de orientación en las 5 Delegaciones Provinciales y, por último, 14 que desempeñarán labores de refuerzo en los servicios centrales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. 

AUTORIZACION PREVIA DE GASTO A FAVOR DEL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U. PARA LA REFORMA, REHABILITACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE LOS INMUEBLES SITOS EN LA CALLE SANTA JUSTA, 9 Y CALLE DE LA PLATA, 22 EN TOLEDO.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto adicional por importe de 277.240,38 euros a favor del Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, SAU respeto del autorizado por este mismo órgano con fecha 24 de mayo de 2022, para la reforma, rehabilitación y ejecución de las obras de los inmuebles sitos en la Calle Santa Justa, 9 y Calle de la Plata, 22, en Toledo, resultando, tras la referida ampliación, una autorización de gasto total de 1.980.870,32 euros. 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO PARA OFICINA DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, CON PERSONAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, EN VILLACAÑAS (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, autorizar la aprobación del expediente de contratación de las obras de construcción de un edificio para Oficina de Orientación, Formación y Empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal y Centro de Formación en Cuenca, por un importe de 1.612.979,46 euros. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE CABAÑAS DE LA SAGRA (TOLEDO) DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, SITO EN LA PARCELA 9021 DEL POLÍGONO 501 DEL CATASTRO DE RÚSTICA DE DICHA LOCALIDAD.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra (Toledo) de la propiedad del inmueble que ocupa el silo de almacenamiento de cereales de ese municipio, sito en el polígono 501 parcela 9021 del catastro de rústica de dicha localidad, conformado por dos fincas registrales con superficie de 7.398 m² y 1.485 m², respectivamente, para destinarlo a espacio de formación y prácticas agroecológicas y medioambientales, espacio de almacenaje, espacio para el desarrollo de actividades de las asociaciones y otras agrupaciones municipales y sala de exposiciones y organización de eventos.