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AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (I.E.S.) “SANTIAGO DE GRISOLÍA” EN CUENCA EN EL PERIODO 12/10//2025 A 11/10/2027

Por parte del órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Delegación Provincial en Cuenca, se está tramitando un procedimiento para la contratación del servicio de limpieza en el Instituto de Educación Secundaria (I.E.S.) “Santiago de Grisolía” en Cuenca para el periodo comprendido entre el 12/10//2025 y el 11/10/2027.    La posibilidad de jurídica de este contrato está expresamente prevista en los artículos 25, 219 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA PERSONACIÓN Y EJERCICIO DE LAS ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL QUE RESULTEN PROCEDENTES, CONTRA LA RESOLUCIÓN N.º 144/2025, DE 31 DE ENERO, DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización necesaria para la personación y ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional que resulten procedentes, contra la resolución n.º 144/2025, de 31 de enero, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales por la que se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por D. Javier Ortega Cifuentes, en representación de COMISIONES OBRERAS DE CASTILLA-LA MANCHA (CC.OO. CM), contra la Orden 146/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Bienestar Social.    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar al Gabinete Jurídico el ejercicio de acciones judiciales. 

ACUERDO POR EL QUE SE RESUELVE EL EXPEDIENTE SANCIONADOR SA 4/2025 (45RD220022) INCOADO A “ACEGES RECOGIDA DE ACEITES USADOS S.L.”.

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a Aceges Recogida de Aceites Usados S.L., por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el art. 108.2.c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, con una multa de 600.001,00 €, así como la medida complementaria consistente en proceder a gestionar adecuadamente de acuerdo a la legislación vigente los residuos peligrosos existentes en sus instalaciones de Esquivias, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, e residuos y suelos contaminados para una economía circular y el artículo 28.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

ACUERDO POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA 25/2024 (SANCI 24/231401/000158) INCOADO A “CENTRO DE TRATAMIENTOS INERTES CASTILLA-LA MANCHA, S.L.”.

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a Centro de Tratamientos Inertes de Castilla-La Mancha S.L. por la comisión de infracción grave tipificada en el art. 31.3.b) del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación Dicha infracción consiste en “incumplir las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente, o sin que se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas, así como no tomar las medidas necesarias para volver a asegurar el cumplimiento en el plazo más breve posible y así evitar otros posibles accidentes o incidentes.” En consecuencia, se impone una multa de 200.000,00 €, de acuerdo a lo establecido en el art. 32.1. b) del RDL 1/2016, de 16 de diciembre, citado, apartado 1º.

 

La sanción se impone en ejecución del programa de inspección medioambiental de Castilla-La Mancha 2023. 

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE SIMPLIFICACIÓN, AGILIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno toma en consideración, la aprobación, tras el dictamen del Consejo Consultivo, del Proyecto de Ley simplificación, agilización y digitalización administrativa de Castilla-La Mancha que se elevará, para su tramitación legislativa, a las Cortes de Castilla-La Mancha.    La finalidad de la ley es establecer el marco regulatorio para la implementación de una Administración moderna, cercana y eficaz, que agilice y personalice la relación con la ciudadanía y las empresas, que racionalice los medios y reduzca los modelos de intervención administrativa garantizando la seguridad jurídica y la protección de datos a la hora de utilizar las posibilidades que ofrece la tecnología en el ámbito público para mejorar la prestación de los servicios.    Se regulan en la misma las medidas de simplificación, agilización y digitalización administrativa en la Administración regional, mediante el fomento de la utilización de mecanismos de colaboración público-privada y la promoción de la Administración digital, al objeto de mejorar la gestión y la calidad de los servicios públicos que presta la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en condiciones de igualdad y no discriminación.    Enlaces relacionados:   Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa.

AUTORIZACIÓN A LAS EMPRESAS PÚBLICAS TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U Y RADIO AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, DEL GASTO DERIVADO DE LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE PROMOCIÓN Y VENTA DE LOS ESPACIOS PUBLICITARIOS DE CMMT.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a las empresas públicas Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U y Radio Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, del gasto derivado de la licitación del contrato de servicio de promoción y venta de los espacios publicitarios de CMMT (televisión, radio y medios digitales), el contrato será de 4 años con posibilidad de 1 año de prórroga adicional y un importe total superior a 400.000 euros, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, PARA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO TÉCNICO NECESARIO PARA CONEXIÓN DE LAS DELEGACIONES DE CMM AL SISTEMA TÉCNICO DE PRODUCCIÓN DE INFORMATIVOS.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU para proceder a la licitación de un contrato de suministro de equipamiento técnico necesario para la conexión de las delegaciones de CMM al sistema técnico de producción de informativos y por un importe total superior a 400.000 euros, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, DEL GASTO DERIVADO POR LA ADHESIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO PARA EL SUMINISTRO DE SUS INSTALACIONES EN TOLEDO.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, del gasto derivado por la adhesión a la licitación del contrato de suministro eléctrico que va a realizar la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el suministro de sus instalaciones en Toledo, por un periodo de dos años y un importe total superior a 400.000 euros, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 22/2024, DE 14 DE MAYO.

El Decreto 22/2024, de 14 de mayo, publicado en el DOCM nº 101, de 24 de mayo de 2024, tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para colaborar financieramente en el desarrollo del programa formativo “itinerarios para promover el emprendimiento y servicios de apoyo al emprendimiento (coworking)”, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.    La concesión de la subvención se instrumentó mediante un convenio suscrito el 7 de junio de 2024.    Según dispone el artículo 8 del Decreto, las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse en el plazo comprendido desde la firma del convenio, hasta el 30 de septiembre de 2025. No obstante, atendiendo al calendario de actividades previsto, dicho plazo resulta insuficiente para la correcta ejecución de las actuaciones, lo que justifica la necesidad de ampliar tanto el plazo de ejecución como el de justificación.   Por todo lo anterior el objeto del decreto consiste en la modificación del apartado 2 del artículo 7, relativo a la distribución presupuestaria en los ejercicios 2025 y 2026, y los apartados 1 y 3 del artículo 8, que amplían los plazos de ejecución y justificación al 31 de diciembre de 2025 y 31 de marzo de 2026, respectivamente.    Enlaces relacionados:   Decreto 26/2025, de 8 de abril, por el que se modifica el Decreto 22/2024, de 14 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación EOI, para el desarrollo del Programa formativo: Itinerarios para promover el emprendimiento y servicios de apoyo al emprendimiento (coworking), en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en el marco del Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social (Programa Efeso), del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), del período de programación 2021-2027.

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO PARA OFICINA DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO CON PERSONAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Y CENTRO DE FORMACIÓN EN CUENCA.

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, autorizar la aprobación del expediente de contratación de las obras de construcción de un edificio para Oficina de Orientación, Formación y Empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal y Centro de Formación en Cuenca, por un importe de 2.919.180,16 euros. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA TALLERES+ (LÍNEAS 1 Y 2) PARA EL AÑO 2025.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en el marco del Programa Talleres+ (líneas 1 y 2) para el año 2025, por un importe total máximo de 10.062.950,62 euros, que se ha provincializado teniendo en cuenta los datos del Censo de Población a 1 de enero de 2024 y los de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2024.    Esta convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa Talleres+, configurados como programas mixtos de empleo y formación, en los que se impartirá formación en alternancia con el empleo.    En la convocatoria se incluye una reserva específica de crédito destinada a los municipios de Castilla-La Mancha incluidos en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, concretándose en un 10 por ciento del crédito destinado a la financiación de las líneas 1 y 2 en las  provincias de Albacete y Cuenca.

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS (MODALIDAD II).

La Resolución que ha autorizado el Consejo de Gobierno tiene por objeto efectuar la convocatoria, para el ejercicio 2025, de las subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el Ámbito Laboral de personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), dirigidas a cubrir necesidades formativas detectadas en los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo, así como en el informe anual previsto en el artículo 4.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.  Las subvenciones que se convocan al amparo de la citada Resolución se financiarán con fondos finalistas (Fondo 60), del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, destinándose un importe total máximo de 35.714.000,00 euros.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la adopción de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación del gasto.