Buscador de Acuerdos de Consejo de Gobierno
Mostrando 6516 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL EXPEDIENTE: 2025/000208 CONTRATO MIXTO DE MANTENIMIENTO, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE OBRA DE MARQUESINAS E HITOS-TÓTEM EN PARADAS DE AUTOBUSES DE LÍNEAS REGULARES INTERURBANAS EN CASTILLA LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza la contratación del expediente 2025/000208 CONTRATO MIXTO DE MANTENIMIENTO, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE OBRA DE MARQUESINAS E HITOS-TÓTEM EN PARADAS DE AUTOBUSES DE LÍNEAS REGULARES INTERURBANAS EN CASTILLA LA MANCHA, por un presupuesto de 1.072.627,22€, IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 17040000G/513C/63500 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS POSTALES EN LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para la aprobación del expediente del contrato de servicios postales en la Consejería de Bienestar Social (2025/001193), basado en el Acuerdo marco de servicios postales y burofax de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.    El contrato tendrá una duración comprendida entre el 1 de mayo de 2025 y el 30 de abril de 2027, pudiéndose prorrogar por un máximo de dos años más. El presupuesto máximo será de 3.274.622,16 euros (IVA incluido del 21%, aplicado únicamente a los servicios no incluidos en el servicio postal universal, el cual está exento de IVA), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 27020000 G/311A/22201, de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026 Y 2027.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el órgano de contratación requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la celebración del contrato. 

APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 76/2018, DE 23 DE OCTUBRE.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 76/2018, de 23 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos cuyos municipios forman parte de las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha.    El Decreto 76/2018, de 23 de octubre, fue publicado el 31 de octubre de 2018 y regula dichas subvenciones. No obstante, se considera necesaria su modificación para adaptarlo a lo dispuesto en la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.    En concreto, la modificación incorpora la exigencia de que los beneficiarios dispongan de un Plan de Igualdad cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Asimismo, se establece que las entidades beneficiarias no deben haber sido sancionadas por resolución administrativa firme ni condenadas por sentencia judicial firme por prácticas laborales discriminatorias, salvo que acrediten haber cumplido con la sanción o pena impuesta y hayan elaborado un Plan de Igualdad o adoptado medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, conforme al artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre.    Asimismo, se modifica el Decreto para incluir expresamente que las ayudas contempladas se encuentran previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.    Igualmente, se modifica el plazo desde el cual se establece el plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas, estableciéndose dicho inicio desde la publicación de la correspondiente convocatoria.    Enlaces relacionados:   Decreto 21/2025, de 25 de marzo, por el que se modifica el Decreto 76/2018, de 23 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos cuyos municipios forman parte de las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha.

TOMA EN CONSIDERACIÓN Y DE NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2022, DE 18 DE FEBRERO, DE AGUAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA.

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 3 de marzo de 2025 ha calificado favorablemente y admitido a trámite la Proposición de Ley para la modificación de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y derogación del canon del agua, presentada por el Grupo Parlamentario VOX acordando su remisión a Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha para su toma en consideración.    El artículo 156 del citado Reglamento, en sus apartados 1,2 y 3, establece que:     “1. Ejercitada la iniciativa, el Presidente de las Cortes ordenará la publicación de la Proposición de Ley y su remisión al Consejo de Gobierno respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de crédito o disminución de ingresos presupuestarios.     2. Transcurridos treinta días sin que el Consejo de Gobierno hubiera negado expresamente su conformidad a la tramitación, la Proposición de Ley quedará en condiciones de ser incluida en el orden del día del Pleno para su forma en consideración.   3. Antes de iniciar el debate, se dará lectura al criterio del Consejo de Gobierno, si lo hubiere. El debate se ajustará a lo establecido en el artículo 90 del presente Reglamento”.   La Consejería de Desarrollo Sostenible propone al Consejo de Gobierno que exprese su oposición a la tramitación parlamentaria de la proposición de Ley para para la modificación de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y derogación del canon del agua, presentada por el Grupo Parlamentario VOX, expediente 11/PPL-00011 según se justifica en el informe de la Agencia del Agua de 18 de marzo de 2025, pues la derogación supondría disminución de ingresos presupuestarios.     El Consejo de Gobierno acuerda expresar su disconformidad con la tramitación parlamentaria en las Cortes de Castilla-La Mancha de la Proposición de Ley para la modificación de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y derogación del canon del agua y notificar este Acuerdo a la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha. 

 

AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL EN LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE RENOVANDO 5 TÉCNICOS SUPERIORES, ESPECIALIDAD INGENERÍA DE MONTES, 7 TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA FORESTAL Y 3 AUXLIARES ADMINISTRATIVOS.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la prórroga, por un periodo de un año, del “Programa Temporal para la incorporación de personal técnico y auxiliar en la dirección general de medio natural y biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible para la gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia para el periodo 2021-2026 en Castilla-La Mancha otras competencias propias de la misma”. 

 

Dicha prórroga permitirá la continuidad del siguiente personal:    - 5 técnicos/as superiores, titulación Ingeniero de Montes; Grado en Ingeniería Forestal y Medio Natural/ Grado en Ingeniería Forestal, con master habilitante.  - 7 técnicos/as, titulación Ingeniero Técnico Forestal; Grado en Ingeniería Forestal y Medio Natural/ Grado en Ingeniería Forestal.  - 3 Auxiliares administrativos.   El coste máximo asciende a un importe global de 630.768,87€ €.    De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

 

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE POR EL QUE SE CONCEDE Y APRUEBA EL LIBRAMIENTO DE UNA TRANSFERENCIA NOMINATIVA A LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno acuerda convalidar la omisión de la función interventora de la Resolución de la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, de 21 de febrero de 2025, por el que se aprueba la realización de un gasto mediante transferencia nominativa y se aprueba el libramiento de transferencia nominativa a favor de la Agencia del Agua, por un importe de 2.695.480,10 €.   Con fecha 4 de febrero de 2025, a fin de financiar obras de emergencia y los servicios de actuación, se incrementó el presupuesto de la Sección 23, a través del fondo de imprevistos, con la finalidad de realizar las actuaciones necesarias para poner en funcionamiento ordinario las infraestructuras hidráulicas de zonas afectadas de la DANA de octubre 2024.     Con fecha 21 de febrero de 2025, la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, resuelve la concesión y aprueba el libramiento de la transferencia nominativa a favor de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, en el marco de las funciones que tiene atribuidas la Agencia del Agua durante el ejercicio presupuestario 2025, para realizar las actuaciones destinadas a paliar los daños ocasionados por el fenómeno atmosférico de la DANA, en octubre de 2024, en las comarcas de Mira (Cuenca) y Letur (Albacete).   Al tratarse de una transferencia nominativa no se sometió a su fiscalización previa, tal y como señala el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, sino que se remitió la Resolución para su contabilización, si bien según instrucción de la Intervención General de Castilla-La Mancha están sujetos a fiscalización previa los incrementos de las transferencias o subvenciones con asignación nominativa que se lleven a cabo, vía modificación presupuestaria, en uso de las habilitaciones que puedan establecerse al respecto en las correspondientes leyes de presupuestos, en tanto que dichos incrementos superen las dotaciones económicas que, respecto a tales transferencias o subvenciones nominativas, se hubieran reflejado en el estado de gastos de la respectivas leyes de presupuestos.

ACUERDO POR EL QUE SE DESIGNAN REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LA COMISIÓN MIXTA DE TRANSFERENCIAS.

La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, está integrada, de forma paritaria, por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma, siendo la encargada de elaborar las propuestas de traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias que, según el Estatuto de Autonomía, corresponden a la Comunidad Autónoma.    El Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria quinta de su Estatuto de Autonomía, establece la composición de la Comisión Mixta, correspondiendo a la Comunidad Autónoma la designación del Vicepresidente y de siete vocales, así como de un Secretario de Actas. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA MODALIDAD DE TARIFA PLANA Y EL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

El Decreto tiene por objeto establecer, en el ámbito de Castilla-La Mancha, las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones para la modalidad de tarifa plana y el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y para la modalidad de tarifa plana plus y la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, comprendiendo las siguientes líneas subvencionables, a saber:    Línea 1 o subvención para la modalidad de tarifa plana, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el primer año de actividad de la persona trabajadora autónoma.    Línea 2 o subvención para el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.    Línea 3 o subvención para la modalidad de tarifa plana plus, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el segundo año de actividad de la persona trabajadora autónoma.    Línea 4 o subvención para la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia, tras los primeros 12 meses de actividad y hasta los 36 meses como máximo.    Las subvenciones reguladas en el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa.    Se incluye en el texto del Decreto una disposición adicional que establece el plazo de presentación de solicitudes y el crédito disponible para el ejercicio 2025, que asciende a 22.000.000 euros, financiados cargo al programa 322A de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social y la partida 4761A.    Enlaces relacionados:   Decreto 25/2025, de 1 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la modalidad de tarifa plana y el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y para la modalidad de tarifa plana plus y la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas.

ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBIERNO DE ESPAÑA LA DECLARACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE CASTILLA-LA MANCHA AFECTADOS POR LA INUNDACIONES OCURRIDAS DURANTE EL MES DE MARZO, COMO ZONA AFECTADA GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

Se han producido daños en el dominio público de la comunidad, así como en infraestructuras autonómicas y municipales; en bienes de propiedad privada, en establecimientos mercantiles, industriales y de servicios, así como en las explotaciones agrícolas y ganaderas.    A fin de que por parte del Consejo de Ministros se proceda a la declaración de los municipios de Castilla-La Mancha afectados por el episodio de inundaciones ocurridos durante el mes de marzo, como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil y se adopten las medidas establecidas en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, destinadas a paliar los daños causados y atender las necesidades derivadas del temporal, se realiza la presente propuesta que reviste la forma de acuerdo y ha de ser publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 

ACUERDO APROBATORIO DE LA PRÓRROGA DEL II PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno prorroga el II Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES A FAVOR DE LA EMPRESA DIVERSIFIED BUSINESS COMMUNICATION UK LTD.

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA ACORDADO EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL ESPACIO PARA EL STAND AGRUPADO DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL EN LA FERIA ORGANIC FOOD IBERIA 2024. 

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (I.E.S.) “SAN JOSÉ” EN CUENCA PARA EL PERIODO 06/09/2025 A 05/09/2027.

Por parte del órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se está tramitando un procedimiento para la contratación del servicio de limpieza en el Instituto de Educación Secundaria (I.E.S.) “San José” en Cuenca para el periodo comprendido entre  06/09/2025  y el 05/09/2027.    La posibilidad de jurídica de este contrato está expresamente prevista en los artículos 25, 219 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).