Buscador de Acuerdos del Consejo de Gobierno
Encuentra fácilmente los acuerdos emitidos por el Gobierno. Utiliza el buscador para localizar acuerdos, accede rápidamente a la información que necesitas y consulta los detalles de cada decisión adoptada.
Filtrar
CerrarAprobación del convenio con la Diputación Provincial de Cuenca, para la ejecución de la operación 4.3.1 del Programa de desarrollo rural de Castilla-La Mancha 2014-2020 y autorización del gasto
Las Administración Regional y la Diputación Provincial de Cuenca han decidido firmar un Convenio para articular la colaboración entre ellas para la selección, ejecución y financiación de las actuaciones de mejora y acondicionamiento de caminos rurales titularidad de los municipios y las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, de conformidad con la operación 4.3.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Las acciones se incluirán en un Plan de actuaciones, con la finalidad de mejorar el acceso de las explotaciones agrarias, el nivel de comunicación en el medio rural y el acercamiento a los mercados, debiendo adaptarse las medidas necesarias para garantizar el mínimo impacto ambiental y la biodiversidad y serán financiadas al 100 %.
El presupuesto total del Convenio asciende a la cantidad de NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000,00 €), que serán aportados por partes iguales de las entidades firmantes. No obstante cabe significar que la aportación de la Consejería, que asciende a 4.500.000,00 €, está cofinanciada con cargo al presupuesto del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, del siguiente modo: Gasto procedente del FEADER: 75%, Gasto procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente: 7,5% y Gasto procedente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural: 17,5%.
Enlaces relacionados:
Aprobación del convenio con la Diputación Provincial de Ciudad Real, para la ejecución de la operación 4.3.1 del Programa de desarrollo rural de Castilla-La Mancha 2014-2020 y autorización del gasto
Las Administración Regional y la Diputación Provincial de Ciudad Real han decidido firmar un Convenio para articular la colaboración entre ellas para la selección, ejecución y financiación de las actuaciones de mejora y acondicionamiento de caminos rurales titularidad de los municipios y las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, de conformidad con la operación 4.3.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Las acciones se incluirán en un Plan de actuaciones, con la finalidad de mejorar el acceso de las explotaciones agrarias, el nivel de comunicación en el medio rural y el acercamiento a los mercados, debiendo adaptarse las medidas necesarias para garantizar el mínimo impacto ambiental y la biodiversidad y serán financiadas al 100 %.
El presupuesto total del Convenio asciende a la cantidad de NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000,00 €), que serán aportados por partes iguales de las entidades firmantes. No obstante cabe significar que la aportación de la Consejería, que asciende a 4.500.000,00 €, está cofinanciada con cargo al presupuesto del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, del siguiente modo: Gasto procedente del FEADER: 75%, Gasto procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente: 7,5% y Gasto procedente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural: 17,5%.
Enlaces relacionados:
Decreto por el que se modifica el Decreto 228/2015, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación EOI, para el desarrollo del programa operativo de empleo juvenil
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 228/2015, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL VINCULADO AL DESARROLLO DE LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 2014-2020
El Decreto 228/2015, de 29 de diciembre, publicado en el DOCM nº 253, de 30 de diciembre, tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para colaborar financieramente en la ejecución de los programas formativos para el fomento del empleo joven.
La modificación del Decreto 228/2015, de 29 de diciembre, se centra en los siguientes aspectos:
1º. Añadir al objeto de decreto, dentro de la realización de los programas incluidos en los proyectos, el programa de formación para el fomento del emprendimiento a través de la metodología Blended.
2º. Ampliar el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de octubre de 2018.
3º. Modificar el plazo de presentación de las justificaciones, que será de tres meses desde el 30 de octubre de 2018.
Enlaces relacionados:
Decreto por el que se modifica el Decreto 229/2015, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación EOI para desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar emprendimiento
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 229/2015, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DIRIGIDO A FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACIÓN Y EDUCACIÓN.
El Decreto 229/2015, de 29 de diciembre tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para colaborar en el desarrollo de un programa de formación y tutorización dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, dentro del Eje Prioritario 1, para “promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral”.
La modificación del Decreto 229/2015, de 29 de diciembre, se centra en los siguientes aspectos:
1º. Aumentar el número de convocatorias o ediciones de coworking.
2º. Ampliar el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de abril de 2018.
3º. Modificar el plazo de presentación de las justificaciones, que será de tres meses desde el 30 de abril de 2018.
Enlaces relacionados:
Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de cámaras oficiales de comercio, industria y servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la mejora de la competitividad en las empresas
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la mejora de la competitividad en las empresas, en el ejercicio 2017.
Tendrán la consideración de subvencionables la realización de diagnósticos y asesoramientos a pequeñas y medianas empresas de la región que se realicen en el marco de los siguientes programas:
a) Programa InnoCámaras. Se efectuará un análisis exhaustivo de la empresa y de sus posibilidades de mejora mediante el estudio de su cadena de valor, que permita conocer la situación del nivel de competitividad de la empresa en su entorno económico y de mercado, así como proporcionar recomendaciones de mejora basadas en la implantación de algún proyecto de innovación que le permita mejorar su situación competitiva.
b) Programa TICCámaras. Se efectuará un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa y de las alternativas para aumentar dicho nivel, a fin de conocer la situación del nivel de la empresa destinataria en su entorno económico, aportándose recomendaciones de implantación de soluciones en el ámbito de las herramientas de productividad y gestión empresarial en la nube; Comercio Electrónico, o Marketing Digital.
Enlaces relacionados:
Acuerdo por el que se autorizan el gasto y la modificación de porcentajes plurianual para el contrato centralizado del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la JCCM y el SESCAM en las provincias de Toledo, Ciudad Real y Guadalajara
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZAN EL GASTO Y LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL PARA EL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA‐LA MANCHA Y EL SESCAM EN LAS PROVINCIAS DE TOLEDO, CIUDAD REAL Y GUADALAJARA.
El precio del contrato supera el límite de 500.000,00 €, gasto cuya autorización requiere acuerdo del Consejo de Gobierno, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2017, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la modificación de los porcentajes máximos establecidos en el apartado 3 del citado artículo.
Acuerdo por el que se autoriza el gasto derivado de la segunda prórroga del contrato de operación telefónica del servicio de atención a urgencias 112 de Castilla-La Mancha y la superación de los porcentajes máximos previstos
El precio del contrato de 1.196.056,25 euros, supera el límite de 500.000,00 €, gasto cuya autorización requiere acuerdo del Consejo de Gobierno, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la modificación de los porcentajes máximos establecidos en el apartado 3 del citado artículo.
Acuerdo por el que se delegan en el consejero de Hacienda y Administraciones Públicas las facultades previstas en el artículo 57.1, letras a) y b), del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 57.1, LETRAS a) y b), DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE.
El Consejo de Gobierno delega en el titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas el ejercicio de las competencias previstas en el art. 57.1, letras a) y b), del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con el objetivo de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los expedientes presupuestarios necesarios para llevar a cabo las operaciones de cierre del ejercicio.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 21/11/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se delegan en el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas las facultades previstas en el artículo 57.1, letras a) y b), del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.Autorización del Consejo de Gobierno para la superación de los porcentajes de gasto del expediente de servicio de limpieza y del de aseguramiento de la responsabilidad civil por servicios de certificación electrónica y daños materiales del SESCAM
Autorización del Consejo de Gobierno para la superación de los porcentajes de gasto plurianual del expediente de servicio de limpieza y del de aseguramiento de la responsabilidad civil por la prestación de servicios de certificación electrónica y daños materiales, de los servicios centrales del SESCAM.
Autorización de superación de porcentajes por Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, todo ello de conformidad con el artículo 48.3 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha, referido a los expedientes siguientes:
- Prórroga del servicio de limpieza del edificio de los Servicios Centrales del SESCAM (6102TO16SER026.CD) con el siguiente desglose de anualidades:
2017 0,00 €; 2018 278.249,86 €
- 5ª prórroga de la prestación de servicios de certificación electrónica y daños materiales de los edificios de los Servicios Centrales del SESCAM (SG 08/2012) con el siguiente desglose de anualidades:
2017 0,00 €; 2018 26.100,00 €
Vinculante 61020000 G411B 22***. Año 2018: 76,66 %.
Autorización del Consejo de Gobierno para la superación de los porcentajes de gasto plurianual derivados de la tramitación del expediente Modificado nº 1 del contrato de las obras de construcción del Centro de Salud del barrio de “Santa Bárbara” de Toledo
Autorización del Consejo de Gobierno para la superación de los porcentajes de gasto plurianual derivados de la tramitación del expediente Modificado nº 1 del contrato de Redacción del Proyecto y Dirección Facultativa de las obras de construcción del Centro de Salud del barrio de “Santa Bárbara” de Toledo.
Autorización de superación de porcentajes por Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, todo ello de conformidad con el artículo 48.3 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha, referido a los expedientes siguientes:
Modificado nº 1 del contrato de Redacción de Proyecto y Dirección Facultativa de las obras de construcción del Centro de Salud del Barrio de “Santa Bárbara” de Toledo (Expediente DGEI/38/09).
Vinculante 61020000 G412D 6****. Año 2018: 294,11 %.
Acuerdo por el que se resuelve el procedimiento sancionador s93/17 (02vp170015) incoado a Agraria Manchega Hellinera, S.A.
Se propone al Consejo de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:
SANCIONAR a AGRARIA HELLINERA MANCHEGA, S.A., por la comisión de una infracción muy grave y otra grave en materia de vías pecuarias, tipificadas en los artículos 41.2.c) y 41.3.b), respectivamente, de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, con multas de 30.651,64 euros en su importe conjunto, y la realización de la medida complementaria de reparación de la vía pecuaria a su estado original, retirando todas las puertas o vallados metálicos que impidan el paso de la vía pecuaria, dejando un acceso totalmente libre de al menos 12 metros, hasta que en el momento del deslinde se determine la anchura de la vía pecuaria, clasificada como cordel de anchura variable; y retirando todos los almendros y las tuberías de riego que se encuentren en esta franja.
Autorización de la superación de porcentajes derivados del gasto del contrato de suministro de equipos de protección individual del personal de la campaña de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla-La Mancha
Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, la administración está obligada a dotar a sus trabajadores de Equipos de Prevención Individual (EPI´s) y otro material que cumplan las medidas de seguridad exigibles, con características específicas y a fin de que, al desempeñar correctamente las actuaciones encomendadas, su protección sea la adecuada en función de los riesgos a los que puedan estar expuestos, para la realización de las campañas de prevención y extinción de incendios forestales en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
El objeto del contrato es el suministro por lotes de equipos de protección individual del personal de la campaña de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla-La Mancha, durante las anualidades 2018 y 2019
El gasto previsto es de 238.680,97€, IVA incluido. Para la anualidad 2018, 119.316,89 € y para el año 2019, 119.364,08€. El gasto correspondiente a este contrato se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2110000G/442B/22141.
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la autorización de la adquisición de compromisos de gasto que han de atenderse en el ejercicio 2018 y 2019 derivados del gasto del contrato de suministro de equipos de protección individual del personal de la campaña de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla-La Mancha.