Buscador de Acuerdos de Consejo de Gobierno
Mostrando 6542 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

CESIÓN GRATUITA Y EN PROPIEDAD AL AYUNTAMIENTO DE VILLAR DE LA ENCINA, DE UN TERRENO DE 21.036 M2 INTEGRADO EN EL PARAJE HAZA DEL PERRO, POLÍGONO 509 PARCELA 5, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE.

El Consejo de Gobierno ha acordado la cesión gratuita al Ayuntamiento de Villar de la Encina, de un terreno de 21.036 m2 integrado en el Paraje Haza del Perro, por considerarlo necesario para mejorar el suministro de agua a dicho municipio, así como a los municipios colindantes de Carrascosa de Haro y Pinarejo.     Este terreno, no está inscrito en Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo asignada la referencia catastral 16265A509000050000OL, como terreno rústico de uso agrario, figurando como figurando como propietaria la extinta Cámara Agraria Provincial de Cuenca.     Constan en el expediente informes favorables del Presidente de la Comisión Liquidadora de la Cámara Agraria Provincial de Cuenca, así como de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, cuya propuesta favorable queda condicionada al cumplimiento de las condiciones y estipulaciones recogidas en dicho informe.     El Ayuntamiento muestra su conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.2.2º párrafo de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, asumiendo las condiciones y estipulaciones establecidas para la cesión una vez se formalice la cesión por Acuerdo del Consejo de Gobierno, inscribiendo asimismo dicho terreno en el Registro de la Propiedad.    La corporación solicitante tiene competencias en la materia a que va a ser destinada la parcela cedida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.2, letra c); 26.2, letra b); y 86.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.    La cesión en propiedad del terreno en Villar de la Encina, solicitada por el Ayuntamiento de la localidad, se incardina normativamente en lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

CESIÓN GRATUITA Y EN PROPIEDAD AL AYUNTAMIENTO DE SALMERONCILLOS, DE UN TERRENO DE 5.751 M2 INTEGRADO EN EL PARAJE LA CAÑADILLA, POLÍGONO 511 PARCELA 38, PARA LA CLAUSURA DE UNA ESCOMBRERA Y CONSTRUCCIÓN DE UN PARQUE PÚBLICO.

El Consejo de Gobierno ha acordado la cesión gratuita al Ayuntamiento de Salmeroncillos, de un terreno de 5.751 m2 integrado en el Paraje de la Cañadilla, por considerarlo necesario para clausurar una escombrera y construir en su lugar un parque público.     Este terreno, no está inscrito en Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo asignada la referencia catastral 16197A511000380000BD, como terreno rústico, figurando como figurando como propietaria la extinta Cámara Agraria Provincial de Cuenca.     Constan en el expediente informes favorables del Presidente de la Comisión Liquidadora de la Cámara Agraria Provincial de Cuenca, así como de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, cuya propuesta favorable queda condicionada al cumplimiento de las condiciones y estipulaciones recogidas en dicho informe.     El Ayuntamiento muestra su conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.2.2º párrafo de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, asumiendo las condiciones y estipulaciones establecidas para la cesión una vez se formalice la cesión por Acuerdo del Consejo de Gobierno, inscribiendo asimismo dicho terreno en el Registro de la Propiedad.    La corporación solicitante tiene competencias en la materia a que va a ser destinada la parcela cedida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.2, letra b) y 26.1, letra a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.    La cesión en propiedad del terreno en Salmeroncillos, solicitada por el Ayuntamiento de la localidad, se incardina normativamente en lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE 12 FUNCIONARIO/AS INTERINO/AS DEL CUERPO AUXILIAR EN LOS SERVICIOS DE PERSONAL PARA EL REFUERZO DE LA GESTIÓN Y LA AGILIZACIÓN EN LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL.

El Consejo de Gobierno autoriza la prórroga por seis meses, hasta el 30 de noviembre de 2023, del programa temporal de empleo para el nombramiento de personal funcionario para el refuerzo de la  gestión y la agilización en  la tramitación del proceso de estabilización de empleo temporal en la administración de la junta de comunidades de Castilla-La Mmancha, en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño.    la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa ha emitido un informe en el que manifiesta que estando próxima la finalización del periodo inicial  de vigencia del programa, subsisten las necesidades que justificaron la aprobación de este, proponiendo se solicite la autorización de una prórroga por otro periodo de seis meses.    La prórroga del Programa temporal supone la continuidad de los 12 efectivos que integran aquel:  12 auxiliares administrativos, con unas retribuciones análogas a las de los auxiliares administrativos, Grupo C2, nivel de complemento de destino 14, jornada ordinaria.     El coste total de la ejecución de la prórroga del programa hasta el 30 de noviembre de 2023 asciende  de 173.641,86 euros. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS, CON CARGO A LAS ANUALIDADES 2023 Y 2024, CORRESPONDIENTE AL MODIFICADO DEL CONTRATO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a través de la Delegación Provincial en Ciudad Real, ha tramitado un procedimiento de modificación de un contrato de servicio de transporte escolar, en concreto, el lote 16 del expediente 2021/001014 CR-1, ruta 13003336E, debido al aumento de alumnos en la citada ruta de transporte escolar.     El incremento del gasto de esa modificación asciende a 6.049,40 €, por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, procede la autorización del Consejo de Gobierno para el reconocimiento de obligaciones y tramitación de los correspondientes pagos. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO: “ACONDICIONAMIENTO, ENSANCHE Y MEJORA DE LA CARRETERA CM-1053. TRAMO: DE CM-101 A LA TOBA, DEL P.K 0+000 AL P.K 10+770 (GUADALAJARA)”.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2023/004854 (CN-GU-22-209) “ACONDICIONAMIENTO, ENSANCHE Y MEJORA DE LA CARRETERA CM-1053. TRAMO: DE CM-101 A LA TOBA.DEL P.K 0+000 AL P.K 10+770 (GUADALAJARA)” que conlleva un gasto por importe de 3.739.634,93 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513A.60010 FPA 0090003, con una anualidad en 2023 de 100.000,00 €, en 2024 de 2.000.000 € y en 2025 de 1.639.634,93 euros. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO: “ENSANCHE Y MEJORA DE LA CARRETERA CM-3262 ENTRE CANCARIX Y ESTACIÓN DE AGRAMÓN (ALBACETE)".

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2023/005315 CN-AB-22-192 “ENSANCHE Y MEJORA DE LA CARRETERA CM-3262 ENTRE CANCARIX Y ESTACIÓN DE AGRAMÓN (ALBACETE)", que conlleva un gasto por importe de 1.693.961,53 € euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513A.60010 FPA 0090003, con una anualidad en 2023 de 100.000,00 €, en 2024 de 1.593.961,53  euros. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS DE RIÓPAR, ALMADÉN, QUINTANAR DEL REY, MOLINA DE ARAGÓN Y BELVÍS DE LA JARA, PARA LOS GASTOS DE PERSONAL DE LOS ESPACIOS COWORKING PARA FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos de Riópar (Albacete), Almadén (Ciudad Real), Quintanar del Rey (Cuenca), Molina de Aragón (Guadalajara) y Ayuntamiento de Belvís de la Jara (Toledo), para los gastos de personal en los espacios coworking puestos en marcha en dichos municipios. Habida cuenta de que, una vez acondicionados los espacios en los cinco municipios y puestos en marcha, se considera necesario su mantenimiento, hasta al menos, el 31 de diciembre de 2023, con el fin de potenciar la viabilidad de los proyectos y aprovechar las infraestructuras creadas para ello, ya que la creación de estos espacios ha sido una experiencia piloto en nuestra región.    Las subvenciones reguladas en el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, destinándose un importe total de 300.000 euros.   Enlaces relacionados:   Decreto 47/2023, de 16 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos de Riópar (Albacete), Almadén (Ciudad Real), Quintanar del Rey (Cuenca), Molina de Aragón (Guadalajara) y Belvís de la Jara (Toledo), para los gastos de personal de los espacios coworking puestos en marcha en dichos municipios para fomentar el emprendimiento en la respectiva comarca.   Corrección de errores del Decreto 47/2023, de 16 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos de Riópar (Albacete), Almadén (Ciudad Real), Quintanar del Rey (Cuenca), Molina de Aragón (Guadalajara) y Belvís de la Jara (Toledo), para los gastos de personal de los espacios coworking puestos en marcha en dichos municipios para fomentar el emprendimiento en la respectiva comarca.

DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2024 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto aprobado fija el calendario laboral para el año 2024 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.    En consecuencia, las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2024, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:      1 de enero, Año Nuevo.  6 de enero, Epifanía del Señor.  28 de marzo, Jueves Santo.  29 de marzo, Viernes Santo.  1 de mayo, Fiesta del Trabajo  30 de mayo, celebración de la Fiesta del Corpus Christi, en sustitución de la fiesta correspondiente al día 19 de marzo, San José.  31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.  15 de agosto, Asunción de la Virgen.  12 de octubre, Fiesta Nacional de España.  1 de noviembre, Día de Todos los Santos.  6 de diciembre, Día de la Constitución Española.  25 de diciembre, Natividad del Señor.    Enlaces relacionados:   Decreto 48/2023, de 16 de mayo, por el que se fija el calendario laboral para el año 2024 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE FORMACION PROFESIONAL Y EMPLEO EN EL SENO DE LA EMPRESA (LINEAS 1 A 4), PARA EL AÑO 2023.

La Resolución tiene por objeto aprobar y efectuar la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos que combinen formación profesional para el empleo en el ámbito laboral con trabajo efectivo en la empresa (Lineas1 a 4) mediante la formalización de contratos de formación en alternancia, para el año 2023.     La finalidad de estas subvenciones consiste en proporcionar itinerarios formativos conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad o contenidos autorizados por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo para mejorar la inserción laboral de personas desempleadas, al tiempo que se desarrolla un trabajo efectivo relacionado con la formación recibida.    Las subvenciones se tramitarán por el procedimiento de concesión directa y se financian con fondos finalistas (Fondo 60), de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, destinándose un importe total máximo de 18.775.296,24 euros. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, PARA LA ANUALIDAD 2023.

La Resolución que ha autorizado el Consejo de Gobierno tiene por objeto efectuar la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo de personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), en el ejercicio 2023, dirigidas a cubrir necesidades formativas detectadas en los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo, así como en el informe anual previsto en el artículo 4.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.    La tramitación del procedimiento se realizará a través del procedimiento de concurrencia competitiva. No obstante, la concesión de las becas y ayudas asociadas a la asistencia de las personas trabajadoras desempleadas a la formación o las prácticas profesionales no laborales, así como la compensación económica a las empresas por la realización de prácticas profesionales no laborales y del módulo de formación práctica en centros de trabajo de los certificados de profesionalidad, se realizará mediante el procedimiento de concesión directa.   Las subvenciones que se convocan se financiarán con fondos finalistas (Fondo 60), del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Educación y Formación Profesional, destinándose un importe total máximo de 42.889.000,00 euros. 

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, DIRECCIÓN FACULTATIVA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE REFORMA Y AMPLIACIÓN DEL HOSPITAL MANCHA CENTRO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la adopción de actos o negocios jurídicos que conllevan la aprobación de un gasto por importe de 1.372.694,95 euros, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, referido al expediente siguiente:    “Servicios de Redacción del Proyecto Básico y de Ejecución, Dirección Facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud de las obras de Reforma y Ampliación del Hospital Mancha Centro de Alcázar de San Juan (Ciudad Real)”.    El importe asciende a 1.372.694,95 euros.

CESIÓN GRATUITA Y EN PROPIEDAD AL AYUNTAMIENTO DE OLMEDILLA DE ALARCÓN, DE UN TERRENO DE 1.617 M2 INTEGRADO EN EL PARAJE HONTANAR, POLÍGONO 505 PARCELA 279, PARA LA AMPLIACIÓN DE LOS TERRENOS DEL ACTUAL CEMENTERIO MUNICIPAL.

El Consejo de Gobierno ha acordado la cesión gratuita al Ayuntamiento de Olmedilla De Alarcón, de un terreno de 1.617m2 integrado en el Paraje Hontanar, por ser necesario para la ampliación de los terrenos del actual cementerio municipal.     Este terreno, no está inscrito en Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo asignada la referencia catastral 16151A505002790000XU, como terreno rústico de uso agrario, figurando como propietaria la extinta Cámara Agraria Provincial de Cuenca.     Constan en el expediente informes favorables del Presidente de la Comisión Liquidadora de la Cámara Agraria Provincial de Cuenca, así como de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, cuya propuesta favorable queda condicionada al cumplimiento de las condiciones y estipulaciones recogidas en dicho informe.     El Ayuntamiento muestra su conformidad asumiendo las condiciones y estipulaciones establecidas para la cesión una vez se formalice la cesión por Acuerdo del Consejo de Gobierno, inscribiendo asimismo dicho terreno en el Registro de la Propiedad.    La corporación solicitante tiene competencias en la materia a que va a ser destinada la parcela cedida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.2.k) y 26.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Decreto 72/1999, de 1 de junio, de Sanidad Mortuoria.    La cesión en propiedad del terreno en Olmedilla de Alarcón, solicitada por el Ayuntamiento de la localidad, se incardina normativamente en lo dispuesto por el apartado 4.c) del artículo 4 de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario.