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AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE 12 PLAZAS RESIDENCIALES EN UN CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral de 12 plazas residenciales en un centro de atención especializada, cuyo gasto se ha estimado en 1.006.460,40 euros (IVA incluido al 10%), cuya duración se fija en un año, pudiéndose prorrogar por otro año más, habiéndose estimado como fecha de inicio de la ejecución, el 1 de noviembre de 2023. 

AUTORIZACIÓN DE LA CUARTA PRÓRROGA DE PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE 3 INGENIERO/AS TÉCNICOS INDUSTRIALES EN EL SERVICIO DE FOMENTO ENERGÉTICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la cuarta prórroga, por un periodo de seis meses, del “Programa temporal para la incorporación de técnicos en el servicio de fomento energético de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible, con cargo al fondo finalista 0000000884 (Programa PYMES)”.    La prórroga del programa temporal de empleo renovará a un total de 3 técnicos/as, especialidad ingeniería técnica industrial. El coste máximo asciende a un importe global de 60.903,26€. 

AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES TÉRMICAS CON LA RENOVACIÓN DE 1 INGENIERO/A TÉCNICO INDUSTRIAL.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la primera prórroga, por un periodo de doce meses, del “Programa temporal para la ejecución de diversos programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia".   La prórroga del programa temporal de empleo renovará a un técnico/a, especialidad ingeniería técnica industrial. El coste máximo asciende a un importe global de 40.602,18€.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS ACTUACIONES DE LA CONSEJERÍAS DE FOMENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE UN ACUERDO PARA LA MODIFICACIÓN DE TRAZADO DEL “CORDEL DE MERINAS O DE LA CARRETERA DE EXTREMADURA” EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA.

El Consejo de Gobierno acuerda tomar conocimiento de las actuaciones de la Consejería de Fomento y de la Consejería de Desarrollo Sostenible tendentes a la suscripción de un Acuerdo entre ambas, para la modificación de trazado del “Cordel de Merinas o de la Carretera de Extremadura en el término municipal de Talavera de la Reina (Toledo)” para la ejecución de las obras de desdoblamiento de la carretera N-Va en el tramo comprendido entre su intersección con la CM-4000 y la entrada en la zona urbana de Talavera de la Reina (Toledo)”. 

INFORME DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL Y BIODIVERSIDAD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LIMITACIONES TEMPORALES PARA DISMINUIR EL RIESGO DE INCENDIOS EN EL MEDIO NATURAL.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se establecen Limitaciones temporales para disminuir el riesgo de incendios en el Medio natural. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS.

El expediente para la adquisición de servidores informáticos, sistemas de almacenamiento y elementos auxiliares para la ampliación de los sistemas audiovisuales de producción de noticias y programas de CMMedia, se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre. 
El expediente de contratación del servicio de suministro básico de información sobre audiencias de televisión se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A SODICAMAN PARA LA GESTIÓN DEL INSTRUMENTO FINANCIERO RELATIVO A LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS Y PARTICIPACIÓN EN CAPITAL CON EL FIN DE APOYAR LA CREACIÓN Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS EMERGENTES EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno han autorizado un gasto por importe de un millón de euros a la Sociedad para el desarrollo industrial de Castilla-La Mancha, S.A. (SODICAMAN), para la gestión del instrumento financiero relativo a la concesión de préstamos participativos y participación en capital (programa Iniciativa CLM STARTUP) con el fin de apoyar la creación y crecimiento de empresas emergentes en Castilla-La Mancha, en virtud de lo previsto en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para el 2023, que regula el régimen de autorización previa de gasto de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo. 

INFORME DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL SEVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA POR LA QUE SE ADJUDICAN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD ALBACETE 3.

El Consejero de Sanidad informa a los restantes miembros del Consejo de Gobierno de la resolución de la Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por la que se adjudican las obras de construcción del Centro de Salud Albacete 3 a la empresa URBIALBA, SL., por un importe total de 4.523.003,32€. Dicha resolución ha sido publicada con fecha 17 de abril de 2023 en la Plataforma de Contratación del Sector Público.    Las obras de construcción de este nuevo Centro de Salud serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a través del Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2021-2027.    Con este nuevo trámite se da un paso más para hacer realidad esta infraestructura sanitaria para la capital albaceteña, que sustituirá al centro actual, situado en la plaza de la Mancha, un recurso que se ha quedado pequeño y que no da respuesta a las necesidades de las más de 16.500 tarjetas sanitarias asignadas a este equipo de Atención Primaria, con espacios insuficientes y problemas de accesibilidad, sobre todo para personas mayores.     Se trata de una infraestructura muy necesaria que se ubicará en el solar del antiguo colegio Mari Llanos Martínez, en la calle Torres Quevedo, a unos 200 metros del centro actual, y contará con más de 1.800 metros cuadrados construidos en un edificio que se desarrollará en tres plantas. El plazo de ejecución de estas obras será de 24 meses.    El proyecto redactado por el estudio Relatio Arquitectos dibuja un edificio de nueva planta sobre parcela entre medianeras de 1.205,23m2, de forma sensiblemente cuadrada y fachada a calle Torres Quevedo.     El programa se distribuye en tres plantas sobre rasante, articulando espacios asistenciales hacia la vía pública y a espacio abierto en el interior de la parcela con aprovechamiento de aparcamiento de personal, incluyendo en la planta baja el área de Admisión/Administración, Extracciones, Dirección-Docencia y de Servicios Generales e Instalaciones.    En planta primera se ubicará las áreas de Asistencia General (3 consultas de medicina y 3 de enfermería), Pediatría (2 consultas de medicina, 2 de enfermería y 1 sala de curas), Matrona (consulta y sala de psico-profilaxis obstétrica) y Trabajador social.    Finalmente, en planta segunda se dispondrá otra área de Asistencia General con siete consultas de medicina, otras tantas de enfermería y 1 sala de curas. Todas las unidades están concebidas según el modelo que defiende el Gobierno de Castilla-La Mancha, acorde a las necesidades y demandas de los profesionales y los usuarios del SESCAM, destinatarios de estas estructuras. 

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL CONTRA LA RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA DEL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL DEL RECURSO CONTRA LA EJECUCIÓN NÚMERO 00-3676-2021 Y 00-3677-2021.

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada. 

INFORME DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD SOBRE EL ESTADO DE TRAMITACIÓN DE LA LEY DE GARANTÍAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha aborda dos cuestiones fundamentales: el nuevo modelo de garantías de tiempos máximos de respuesta y la regulación del derecho a la libre elección de médico y centro.    El nuevo modelo de garantías instaurado por la Ley 3/2014, de 21 de julio, desplazó, tras la modificación parcial que supuso la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, la conocida popularmente como “Ley de Garantías”, la Ley 24/2002, de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada, por una nueva visión del régimen de garantías temporales para las prestaciones sanitarias que finalmente ha resultado inaplicable, tanto por el anterior Gobierno que propició su aprobación, como en el momento actual.    Con el fin dotar a los ciudadanos castellano-manchegos de un marco normativo propio, estable, y eficiente, que les permita ejercer en condiciones de seguridad el derecho a la garantía de los tiempos máximos de respuesta se hace imprescindible derogar la Ley 3/2014, de 21 de julio, y aprobar, en su lugar, una nueva Ley de garantías de tiempos máximos de respuesta en atención especializada, así como proceder a su desarrollo reglamentario.     Esta iniciativa tuvo lugar durante el año 2019, si bien quedó suspendida como consecuencia de las circunstancias sobrevenidas en el contexto de la pandemia por COVID-19.    A la vista de todo lo anterior, en aplicación del principio de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en el ámbito del sector público, por acuerdo del Consejo de Gobierno de diciembre de 2022, se encomendó al Consejero de Sanidad llevar a cabo las actuaciones procedentes en su Departamento para la tramitación de la Ley de Garantías de Atención Especializada de Castilla-La Mancha.    A la vista de lo anterior el Consejero de Sanidad, informa, para la toma de conocimiento por el Consejo de Gobierno del borrador de la ley de Garantías de Atención Especializada de Castilla-La Mancha.

INFORME DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA REGIONAL DE PERSPECTIVA CONTRACTUAL Y RETENCIÓN DEL TALENTO.

Hace años que se consiguió revertir la dinámica que configuró al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) como ejemplo de ajustes y de recortes, constituyéndose en todo lo contrario, como un polo de atracción de profesionales en base a sus mejores condiciones retributivas, a la recuperación de los procesos de selección y movilidad y a duplicar las plazas de formación de especialistas, entre otras medidas.    Este último ámbito, la Formación Sanitaria Especializada, supone una inversión en el más amplio sentido de la palabra, ya que permite generar talento propio en nuestra región y garantizar el futuro de la prestación sanitaria de calidad con profesionales formados en nuestro sistema. Además, la aún no superada pandemia de CoviD-19 ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con un músculo en el sistema lo suficientemente dotado y capacitado para responder a la emergencia, y fue precisamente en el contexto de la primera ola de la pandemia cuando se aprobó el primer plan de perspectiva contractual (PPC) que estableció por primera vez una garantía mínima de contrato estable a unas determinadas especialidades.    Ante el éxito y la buena acogida de esta primera edición, a lo largo de los años posteriores (2021 y 2022) se ampliaron tanto el número de especialidades como la duración de la garantía mínima, evolución cuyo siguiente paso lógico era llegar a esta Orden que, por un lado, cristaliza jurídicamente en una disposición reglamentaria la ordenación de las ofertas y, por el otro, llega hasta el máximo legalmente permitido con la nueva legislación aprobada en julio de 2022.    Es un nuevo hito en el camino de mejorar las condiciones laborales del conjunto de nuestros profesionales adaptándonos al contexto laboral altamente competitivo de nuestro entorno situándonos de nuevo en la vanguardia de la retención del talento.