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MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE CON CARGO AL PROGRAMA MOVES III.

El Consejo de Gobierno acuerda:   I.- Autorizar la modificación del “Programa temporal para la incorporación de personal técnico/a y auxiliar en la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible con cargo al programa MOVES III, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, con dos técnicos especialidad ingeniería técnica industrial.   II.- Prorrogar el programa temporal citado, por un plazo de seis meses.   El importe global de ampliación y prórroga del programa temporal asciende a un máximo de 114.487,71 euros.

AUTORIZACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA AL ENTE PÚBLICO DE RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA (RTVCM), EN EXPEDIENTE MODCG/2022/8100000881.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el Capítulo II del Título II del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por los artículos 10 y 11 de la Ley 11/82021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y de acuerdo con el procedimiento fijado en la Orden 197/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CREACIÓN Y AL EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES.

El Decreto tiene por objeto regular, en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales, la concesión directa de subvenciones, a través de las siguientes líneas:    Línea 1. Subvención para la promoción de las cooperativas y sociedades laborales. Línea 2. Subvención para la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Línea 3. Subvención para la realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo. Línea 4. Subvención para la prestación de asistencia técnica.    El Decreto, en su disposición adicional segunda, establece el crédito presupuestario disponible y el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2022, que se iniciará el día siguiente al de publicación de este decreto y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y finalizará el día 15 de octubre de 2022.     En cuanto al crédito, asciende en total a 2.650.000 euros, de los que 1.500.000 euros, están financiados con la distribución territorializada de los fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal, y 1.150.000 euros están financiados por el Fondo Social Europeo Plus para las líneas 1 y 2.    Enlaces relacionados:   Decreto 91/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ORIENTACIÓN ACADÉMICA, EDUCATIVA Y PROFESIONAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba un decreto cuyo objeto consiste en regular la organización de la orientación académica, educativa y profesional, estableciendo los principios, ámbitos de actuación y estructuras, que favorezcan el desarrollo de un modelo de orientación y educación equitativa, inclusiva y de calidad, desde un enfoque de trabajo colaborativo, la perspectiva de género y la coeducación, y el respeto a las diferencias individuales en el sistema educativo de Castilla-La Mancha. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 92/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la organización de la orientación académica, educativa y profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DE CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba un decreto cuyo objeto consiste en regular la composición, organización, funcionamiento, elección y renovación de los representantes de la comunidad educativa del Consejo Escolar de centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 93/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del consejo escolar de centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias de Castilla-La Mancha.

 

Corrección de errores del Decreto 93/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del consejo escolar de centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DEL NÚMERO GLOBAL DE CUPOS DE EFECTIVOS DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO 2022-2023.

El Consejo de Gobierno autoriza, de conformidad con lo previsto en el artículo 53.1 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el 2022, el número global de cupos de efectivos de los cuerpos docentes no universitarios para el curso 2022-2023, que asciende a un máximo de 27.064 efectivos.

AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE ENCARGO A LA EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA) DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REFORMA, ADECUACIÓN Y ACCESIBILIDAD DEL NUEVO CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº1 EN CUENCA Y APROBACIÓN DEL GASTO.

El Consejo de Gobierno adopta los siguientes acuerdos:    PRIMERO: Autorizar la orden de encargo de la Consejería de Educación, Cultura Y Deportes a la empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima (TRAGSA) de ejecución de las obras de reforma, adecuación y accesibilidad del nuevo centro integrado de formación profesional nº1 en Cuenca.    SEGUNDO: Aprobar un gasto de   1.688.055,32 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.422B.63000.FPA 0090010 y la siguiente distribución por anualidades:    2022:       904.242,26 euros  2023:       783.813,06 euros  

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA OBLIGATORIA DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE PLAZAS EN CENTROS DE PRIMERA ACOGIDA Y VALORACIÓN DE PROTECCIÓN DE MENORES EN CIUDAD REAL, CUENCA, GUADALAJARA Y TOLEDO.

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de prórroga obligatoria del contrato de servicios sociales para la gestión integral de sesenta plazas en cuatro centros de primera acogida y valoración de protección de menores en las provincias de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. Lote N.º 3: Guadalajara: Centro de 15 plazas de primera acogida y valoración de protección de menores, por importe de 874.666,80 euros, (IVA incluido al 10%), 15 plazas a 119,49 euros, (IVA incluido al 10%) por 488 días, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2707/0000/313E/24502 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2022, 2023 y 2024, con la siguiente distribución de anualidades:

 

Ejercicio 2022: 109.333,35 €

Ejercicio 2023: 654.207,75 €

Ejercicio 2024: 111.125,70 €

 

La duración de la prórroga será de dieciséis meses, y abarcará desde el 1 de octubre de 2022 y el 31 de enero de 2024, ambos días incluidos. 

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA PROMOCIÓN INDUSTRIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto viene a crear y regular el Observatorio de la Promoción Industrial de Castilla-La Mancha, como órgano asesor y consultivo en materia de promoción de la industria y de fomento de la competitividad de las empresas industriales, basado en la necesidad de contar con un sistema de información y monitorización de empresas y de suelo industrial actualizado y accesible para todos los agentes implicados en la promoción industrial del territorio. Todo ello sin perjuicio de las competencias que, en materia de Industria, estén reconocidas a otras Administraciones Públicas u otros órganos y departamentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.    El Observatorio estará compuesto por:    a) La persona titular de la Consejería competente en materia de promoción industrial, que ejercerá la Presidencia.   b) La persona titular de la Dirección General competente en materia de promoción industrial, que ejercerá la Vicepresidencia.   c) las siguientes vocalías natas:   1º. Las personas titulares de las Direcciones Generales competentes en materia de ordenación del suelo para fines industriales, seguridad de instalaciones industriales, industrias agroalimentarias, salud laboral referida al sector industrial y economía circular. 2º. La persona titular de la Dirección del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha. 3º. La persona titular de la consejería delegada del Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.   d) Siete vocalías distribuidas de la siguiente forma: 1º. Dos personas en representación de las empresas del sector industrial, designadas por la organización empresarial más representativa de la Región. 2º. Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas de la región, designadas por los órganos de decisión correspondientes de dichas organizaciones. 3º. Una persona en representación de las Entidades Locales de la Región Castellano-Manchega, designada por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha. 4º. Una persona en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha. 5º. Una persona en representación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, designada por el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.   e) Una persona funcionaria de la Dirección General competente en materia de promoción industrial, que ejercerá la secretaría, con voz, pero sin voto.   Enlaces relacionados:   Decreto 94/2022, de 30 de agosto, por el que se crea y regula el Observatorio de la Promoción Industrial de Castilla-La Mancha. 

 

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA A DON VÍCTOR GALLARDO PALOMO VOCAL DE LA JUNTA ELECTORAL DE CASTILLA-LA MANCHA, EN SUSTITUCIÓN DE DON JOSÉ MIGUEL MENDIOLA GARCÍA.

El artículo 9.1 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha, dispone que los miembros de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha serán nombrados por Decreto y continuarán en su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta, al inicio de la siguiente legislatura. Mediante el Decreto 1/2020, de 18 de enero, se nombró a los vocales que componen la Junta Electoral de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 95/2022, de 30 de agosto, por el que se nombra a don Víctor Gallardo Palomo vocal de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, en sustitución de don José Miguel Mendiola García.

AUTORIZACIÓN DEL ALLANAMIENTO EN LOS PROCEDIMIENTOS Nº 241/2022 Y 242/2022, SEGUIDOS ANTE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL T.S.J. DE CASTILLA-LA MANCHA, CONTRA SENDAS RESOLUCIONES DEL T.E.A.R. DE 30 DE MARZO DE 2022.

Se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a allanarse en un recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 241/2022 Y 242/2022, seguido en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, e interpuesto contra la resolución del TEAR de 30 de marzo de 2022.

DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE 24 DE MAYO DE 2022, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL.

Examinada la propuesta, teniendo en cuenta lo que antecede, esta Secretaria General, en ejercicio de la competencia asignada en el artículo 4.1.c) del Decreto 80/2019, de 16 de julio de 2019, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en las vigentes Instrucciones sobre el régimen administrativo del Consejo de Gobierno,  se señala que el contenido de la propuesta se halla conforme con la legislación vigente, por lo que es posible su consideración por el Consejo de Gobierno.