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AUTORIZACIÓN DE GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS DERECHOS DE USO Y EL SOPORTE Y MANTENIMIENTO ASOCIADO DE LAS LICENCIAS CORPORATIVAS DE SOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN, PARA EL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.256.947,68 € de acuerdo con el artículo 21.f) de Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:  “Adquisición y Renovación de los derechos de uso y el soporte y mantenimiento asociado de las Licencias Corporativas de Software de Virtualización, para el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”. Expediente  @2022/001305. Es un Contrato Basado en el Acuerdo Marco 13/2018 Lote 3 Software de Infraestructura, del Ministerio de Hacienda (Sistema de contratación centralizada estatal).    El importe previsto de gasto asciende a 1.256.947,68 € (IVA incluido), con una duración de 48 meses.  

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CASTILLA-LA MANCHA TIERRA DE VIÑEDOS.

La Fundación Castilla-La Mancha Tierra de Viñedos, se constituyó en escritura pública otorgada el 3 de septiembre de 2004, al amparo de la previsión contenida en el artículo 26 de la Ley 8/203, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha, figurando entre sus fines la gestión del Fondo de Promoción Vitivinícola, creado para desarrollar el potencial del mercado de los productos vitivinícolas elaborados en Castilla-La Mancha, tanto a nivel regional como nacional e internacional.     La modificación proyectada se realiza con el objetivo de incluir en el artículo 1 de los estatutos la mención, accesoria a su condición de fundación perteneciente al sector público de Castilla-La Mancha, de que la Fundación se constituye en un medio propio y servicio técnico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y ello, en los términos y condiciones que se detallan a renglón seguido de la citada mención.    En la memoria se indica como causa justificadora de la modificación el hecho de que la Fundación precisa disponer de recursos permanentes y estables con los que financiar las actividades de promoción de productos vitivinícolas de Castilla-La Mancha que realiza en pro de la consecución de sus fines fundaciones, los cuales pueden provenir, entre otros, de los que reciba por la ejecución de los encargos que le realice la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA RED DE ARTES Y MÚSICA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El decreto tiene por finalidad la regulación de la Red de artes escénicas y música de Castilla-La Mancha, la cual se configura como un marco de colaboración económica y de gestión compartida entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las entidades locales de Castilla-La Mancha que voluntariamente participen en la misma, con el objetivo final de la consecución y consolidación de una programación estable, continuada, coordinada y de calidad en la Región.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 44/2022, de 1 de junio, por el que se regula la Red de Artes Escénicas y Música de Castilla-La Mancha.

CONTRATO PROGRAMA ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PERIODO 2022-2026.

El artículo 81de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que, en el marco de lo establecido por las Comunidades Autónomas, las Universidades podrán elaborar programaciones plurianuales que puedan conducir a la aprobación, por las Comunidades Autónomas, de convenios y contratos-programa que incluirán sus objetivos, financiación y la evaluación del cumplimiento de los mismos.  El Consejo de Gobierno, en ejercicio de dicha facultad, aprueba el contrato programa entre la Junta De Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Castilla-La Mancha para el periodo 2022-2026.    La financiación asociada al contrato programa durante los 5 años de vigencia asciende a un total de 1.000.378.763,55 euros, de los que 984.378.763,55 euros corresponden a la transferencia nominativa y 16.000.000 euros al cumplimiento de objetivos.    En la financiación mencionada se incluye la implantación, a partir del curso 2023/2024, de las siguientes nuevas titulaciones en las diferentes ciudades universitarias:    Albacete: Grado universitario en Psicología  Ciudad Real: Grado universitario en Matemáticas  Cuenca: Grado universitario en Ingeniería Biomédica  Talavera de la Reina: Máster universitario en Dirección Estratégica de las Tecnologías de la Información  Toledo: Grado universitario en Física 

AUTORIZACIÓN DE GASTO CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONEXIÓN RODADA Y PEATONAL DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS DE “EL TERMINILLO” CON EL NÚCLEO URBANO DE CUENCA.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto a la Consejería de Fomento, 3.798.192,06 euros (IVA incluido), imputable a la partida presupuestaria 17070000G/432A/69000, PEP-JCCM/0000023336, correspondiente al expediente de contratación 2022/001339 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONEXIÓN RODADA Y PEATONAL DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS DE “EL TERMINILLO” CON EL NÚCLEO URBANO DE CUENCA, con 0,00 en la anualidad 2022 y 3.789.192,06 en la anualidad 2023. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES JURISDICCIONALES PARA RECLAMAR DAÑOS PRODUCIDOS EN LAS CARRETERAS DE TITULARIDAD DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que ejerza las acciones jurisdiccionales oportunas para reclamar los daños producidos en las carreteras de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

DECRETO DEL RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y COMUNICACIÓN, ACREDITACIÓN, REGISTRO E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN CASTILLA-LA MANCHA.

Este decreto tiene por objeto regular las actuaciones administrativas en materia de servicios sociales, en desarrollo del título VI de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.     En particular, tiene por objeto regular las siguientes materias:   a) El procedimiento de autorización administrativa y de comunicación necesario para la prestación de los servicios sociales. b) El procedimiento de acreditación de la calidad de los servicios sociales. c) El Registro de Servicios Sociales. d) La función de inspección y control de los servicios sociales. e) La potestad sancionadora y sujetos responsables.   Enlaces relacionados:   Decreto 45/2022, de 1 de junio, del régimen de autorización administrativa y comunicación, acreditación, registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha.

 

DESIGNACIÓN DE CONSEJERO ELECTIVO DEL CONSEJO CONSULTIVO.

El acuerdo se adopta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2.b) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, que determina que dos Consejeros electivos serán designados por el Consejo de Gobierno. Producida una vacante, por renuncia, entre estos Consejeros, el Consejo de Gobierno ha designado a Don José Miguel Mendiola García. 

CONVENIO DE COOPERACION ECONÓMICA ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE, PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LAS FERIAS DE TURISMO DURANTE LOS AÑOS 2022 Y 2023.

El objeto del convenio es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, y la Diputación Provincial de Albacete, para sufragar los gastos derivados de la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en distintas ferias especializadas en el sector del turismo durante los años 2022 y 2023.    La Diputación Provincial de Albacete, aportará un total de 100.000 euros por las dos anualidades, de los que 50.000 euros corresponderán al ejercicio de 2022 y 50.000 euros al ejercicio de 2023.    La vigencia del convenio comienza el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2023. No obstante, amparará las actuaciones desarrolladas en cumplimiento de su objeto a partir del día 1 de enero de 2022. 

AUTORIZACIÓN DE UNA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO DE LA SECCIÓN PRESUPUESTARIA 19 DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, Y DESTINO EN EL PROGRAMA 633A, IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS, DE LA SECCIÓN PRESUPUESTARIA 07, CRÉDITOS CENTRALIZADOS.

El artículo 57.1.b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, atribuye al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y a iniciativa de las Consejerías afectadas, la competencia para autorizar transferencias de crédito de las dotaciones no utilizadas en los programas de las distintas secciones del presupuesto, a los distintos conceptos del programa de imprevistos y funciones no clasificadas, habilitando a tal efecto los créditos que sean necesarios, para su ulterior reasignación.    Corresponde al Consejo de Gobierno su autorización, una vez informado favorablemente por la Dirección General de Presupuestos y por la Intervención General. 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 18/2022, DE 22 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A EXPLOTACIONES GANADERAS DE VACUNO DE LECHE DE CASTILLA-LA MANCHA.

E! 28 de marzo de 2022 se publicó el Decreto 18/2022, de 22 de marzo, por el que se regulan las bases para la concesión directa. de una subvención de carácter excepcional a explotaciones ganaderas de vacuno de leche de Castilla-La Mancha, para compensar las dificultades económicas en el sector lácteo, dentro del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19.    Las beneficiarias de estas ayudas son las personas propuestas en el anexo I del decreto, por su condición de titulares de explotaciones de bovino, de producción-reproducción con códigos de explotación inscrit.os en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA}, activos y con censo mayor que cero, con clasificación zootécnica .de producción de leche o reproducción mixta y que, a nivel de sub-explotación, estén clasificadas como explotaciones de bovino con una clasificación zootécnica de «reproducción para producción de leche» o «reproducción para producción mixta» a fecha 31 de enero de 2022, y que cumplan los requisitos establecidos en el citado decreto.    Entre estos requisitos se verificará de oficio por la Direccion General de Agricultura y Ganadería el de haber realizado alguna entrega de leche a primeros compradores durante 2021, o ser una explotación de venta directa de alta y con declaración anual en 2020.    Se propusieron como beneficiarios, en el anexo I de este decreto, a los titulares de explotaciones de bovino, de producción-reproducción que figuran en el mismo.    Actualizaciones posteriores de la base de datos de entregas de leche y verificaciones posteriores de dicho requisito dan como beneficiarios a nuevos titulares que cumplen los requisitos del decreto.    Con el fin de complementar la ejecución de las citadas compensaciones es oportuno modificar dicho decreto, e incluir a nuevos beneficiarios de estas ayudas, que cumplen los requisitos del citado decreto.    Enlaces relacionados:   Decreto 46/2022, de 7 de junio, de modificación del Decreto 18/2022, de 22 de marzo, por el que se regulan las bases para la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a explotaciones ganaderas de vacuno de leche de Castilla-La Mancha, para compensar las dificultades económicas en el sector lácteo, dentro del marco temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ADICIONALES A LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA, Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL 43 PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS (PLAN 2022).

Por la gran importancia económica y social de la actividad agraria en Castilla-La Mancha, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural desea seguir contribuyendo al apoyo de las rentas de las explotaciones agrarias radicadas en su territorio, mediante una aportación adicional a la estatal en el pago de las primas por la contratación de pólizas de seguros agrarios, para asegurar las producciones agrícolas y ganaderas que se determinen en cada resolución anual de convocatoria, incluidas dentro de las que se subvencione, para cada Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, por la Administración General del Estado.    Con fecha 22 de diciembre de 2016, se publicó la Orden de 14/12/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación colectiva de seguros agrarios. Mediante esta orden, se retoma la colaboración con Agroseguro, interrumpida durante los años 2014, 2015 y 2016, para la articulación de las subvenciones al seguro agrario. La citada colaboración tiene como principal objeto la aportación de la subvención autonómica con un procedimiento similar a la subvención estatal; es decir, en el momento del pago de la prima de la póliza por parte del asegurado a través de un descuento en la misma.    La citada orden establece en su artículo 3 que el procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará bajo el régimen de concurrencia simplificada, que en ningún caso la aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será inferior a 60 € por póliza de seguros de producciones agrícolas, forestales y seguros de explotación de producciones ganaderas ni superior a 18.000 euros en cualquier tipo de póliza.    Tras la experiencia acumulada en los últimos años, resulta necesario avanzar en el procedimiento de concesión de las ayudas hacia la concesión directa de manera equivalente al procedimiento seguido por la Administración General del Estado. Así mismo, se pretende eliminar el mínimo de 60 € y reducir el límite máximo de 18.000 € a 5.000 €.    Se mantiene en estas nuevas bases la excepción del cumplimiento del requisito de que las personas beneficiarias tengan su domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha, acogiéndose así a la posibilidad introducida en el apartado b del punto 3 del artículo 73 del Decreto 1/2002, de 19/11/2002, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha., toda vez que lo que importa es que las explotaciones agrarias han de estar radicadas en Castilla-La Mancha.    De acuerdo con el apartado b del artículo 75.2. del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía resulten impuestos a la Administración por norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.    A tal efecto, el artículo 7 de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha establece que a partir del cuadragésimo tercero Plan de Seguros Agrarios, la comunidad autónoma contribuirá al sistema estatal de seguros agrarios combinados a través de la concesión directa de subvenciones complementarias de las estatales, por la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones agrarias de Castilla-La Mancha, pudiéndose incrementar el crédito de las convocatorias con el único límite de los créditos establecidos en la correspondiente Ley de Presupuestos para tal fin, tramitándose si fuese preciso la oportuna modificación presupuestaria.    Enlaces relacionados:   Decreto 47/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas adicionales a la contratación de seguros agrarios en Castilla-La Mancha, y se realiza la convocatoria de las ayudas del cuadragésimo tercero Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2022).