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MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO DEL METAL DE CASTILLA LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los estatutos de la fundación Centro Tecnológico del Metal de Castilla-La Mancha.    La modificación de los estatutos consiste en:    - Cambio de denominación de la fundación, que pasará a llamarse:  Fundación para el impulso de la investigación aplicada y la innovación tecnológica en Castilla-La Mancha.   - Número mínimo y máximo de patronos.   - Desempeño del la presidencia y vicepresidencia de la Fundación.   - Calificar las funciones de la Comisión ejecutiva y del director general.   - Establecimiento del voto ponderado.   El apartado 1 de la  disposición adicional tercera del decreto 22/2015, de 30 de abril, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, establece:”  Para la tramitación ante el Protectorado y Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha de la inscripción y, en su caso, autorización, no oposición o ratificación, de la constitución, transformación, fusión, extinción, actos o negocios que impliquen la pérdida de su carácter y modificación de estatutos de las fundaciones del sector público regional, será requisito previo la obtención de la autorización correspondiente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, que se adjuntará a la documentación que acompañe a la solicitud que proceda. 

DECLARACIÓN COMO NUEVA ACTUACIÓN DE EMERGENCIA CIUDADANA DEL CRÉDITO CONSIGNADO EN LA PARTIDA PRESUPUESTARIA 2707 G/521B/781*. FPA0090014 “MRR NEXT GENERATION”.

La Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, en la que se autoriza al Consejo de Gobierno para que pueda declarar, por razones de interés público, otras actuaciones de emergencia ciudadana distintas a las previstas en el anexo V.    La inclusión como Actuaciones de Emergencia en el anexo V de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, de los créditos asociados a los Fondos MRR representa la adopción de una medida altamente efectiva para agilizar el correcto desarrollo de los proyectos cuya ejecución corresponde a la Consejería de Bienestar Social, con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia.    Para ello, se eleva a la consideración del Consejo de Gobierno la inclusión de la partida presupuestaria 2707 G/521B/781*. FPA0090014 en el Anexo V de la Ley de Presupuestos Generales de la JCCM para 2022.  

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE OCHO CONVENIOS DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA GESTIÓN DE PLAZAS Y HOGARES PARA EL ACOGIMIENTO RESIDENCIAL DE MENORES.

La Consejería de Bienestar Social, al amparo del Decreto 16/2016, de 26 de abril, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales y de la  Resolución de 23/12/2021, de la Dirección General de Infancia y Familia, (DOCM Nº 251, 31 de diciembre 2021), por la que se publica el crédito presupuestario disponible, la forma de pago y el plazo de justificación del gasto, durante 2022, para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificada por Resolución de 10/02/2022, de la Dirección General de Infancia y Familia (DOCM Nº 33, 17 de febrero 2022), pretende formalizar, entre otros, ocho convenios de colaboración por importe total de 14.912.180,56 €.   Cada uno de estos gastos individuales supera el límite establecido en el artículo 21, apartado a) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA QUINTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE JADRAQUE (GUADALAJARA).

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de la quinta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la residencia para personas mayores de Jadraque (Guadalajara), por importe de 1.444.685,65 euros.   La duración de la prórroga será de dos años, y abarcará desde 16 de junio de 2022 hasta el 15 de junio de 2024, ambos días incluidos.    El gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 21, apartado a) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA QUINTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE SOCOVOS (ALBACETE).

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de la quinta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la residencia para personas mayores de Socovos (Albacete) por importe de 1.444.685,65 euros.   La duración de la prórroga será de dos años, y abarcará desde 16 de junio de 2022 hasta el 15 de junio de 2024, ambos días incluidos.    El gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 21, apartado a) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES JUDICIALES EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 433/2021 SEGUIDO EN EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL POR COACCIONES CONTRA LA RESIDENCIA DE MAYORES GREGORIO MARAÑÓN.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización necesaria para poder proceder al ejercicio de acciones judiciales en el Procedimiento Abreviado 433/2021 seguido en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número 4 de Ciudad Real por Coacciones contra la Residencia de Mayores Gregorio Marañón.    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde al consejo de Gobierno autorizar al Gabinete Jurídico el ejercicio de acciones judiciales. 

“PLAN ESTRATÉGICO PARA EL DESARROLLO ENERGÉTICO DE CASTILLA-LA MANCHA, HORIZONTE 2030” (PEDECLM).

AUTORIZACIÓN DE LA TERCERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO EN LAS ASESORÍAS JURÍDICAS DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, SERVICIOS CENTRALES Y SUS DELEGACIONES PROVINCIALES, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DERIVADAS DE LA PANDEMIA DE COVID-19.

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de la tercera prórroga del programa temporal para el nombramiento de 18 personas funcionarias interinas durante un periodo de siete meses para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19 en las Asesorías Jurídicas de la Consejería de Sanidad, Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales, para la preparación y elaboración de la normativa y de las medidas dirigidas a su contención y tramitación de expedientes sancionadores por infracción de normativa de contención de COVID-19. El coste total del programa temporal asciende a 406.461,30€. 

DECRETO POR EL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE ESTADÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA 2022-2025.

El artículo 39 de la Ley 10/2002, de 21 de junio de Estadística de Castilla-La Mancha establece que el Plan Regional de Estadística es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad.    El citado texto legal prevé que el Plan Regional de Estadística se deberá aprobar mediante Decreto del Consejo de Gobierno y tendrá una vigencia de cuatro años, u otra distinta si así lo especifica el Decreto, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del siguiente.    Dicho Plan contendrá como mínimo:    a) El análisis de la información estadística y de los objetivos a alcanzar.   b) Las operaciones estadísticas que se llevarán a cabo en el período de vigencia del Plan, su contenido, características técnicas, periodicidad, unidad o servicio que las realizará, las personas afectadas, el ámbito territorial, la finalidad principal a la que se destinan los datos, la obligatoriedad, en su caso, de colaborar y la protección que les dispensa el secreto estadístico. Se harán constar aquellas operaciones derivadas de convenios entre la Comunidad y otras administraciones u organismos.   El Consejo de Gobierno aprueba, mediante el presente proyecto de Decreto, el Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025, que comprende el conjunto de operaciones estadísticas que se han de realizar en este cuatrienio por los servicios estadísticos de la Administración Regional de Castilla-La Mancha o cualesquiera otras entidades dependientes de la misma.    El Plan ha sido elaborado en el seno de la Comisión de Coordinación Estadística de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1.b) de la Ley 10/2002, de 21 de junio, y ha sido informado favorablemente por el Consejo Regional de Estadística, en su reunión de 23 de marzo de 2022, conforme prevé el artículo 36.2 de la citada Ley, así como el artículo 3. a) del Decreto 9/2013, de 7 de marzo, que regula su organización y funcionamiento.    Enlaces relacionados:   Decreto 43/2022, de 1 de junio, por el que se aprueba el Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025.

 

PROGRAMA ANUAL DE ESTADÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA 2022.

El artículo 39 de la Ley 10/2002, de 21 de junio de Estadística de Castilla-La Mancha establece que el Plan Regional de Estadística es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad.    El citado texto legal prevé que el Plan Regional de Estadística se deberá aprobar mediante Decreto del Consejo de Gobierno y tendrá una vigencia de cuatro años, u otra distinta si así lo especifica el Decreto, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del siguiente.    Dicho Plan contendrá como mínimo:    a) El análisis de la información estadística y de los objetivos a alcanzar.   b) Las operaciones estadísticas que se llevarán a cabo en el período de vigencia del Plan, su contenido, características técnicas, periodicidad, unidad o servicio que las realizará, las personas afectadas, el ámbito territorial, la finalidad principal a la que se destinan los datos, la obligatoriedad, en su caso, de colaborar y la protección que les dispensa el secreto estadístico. Se harán constar aquellas operaciones derivadas de convenios entre la Comunidad y otras administraciones u organismos.   El artículo 40.1 de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha establece que  el  Consejo  de  Gobierno  aprobará  el  Programa  Anual  de  Estadística, que concretará las operaciones estadísticas a realizar en cada uno de los años de vigencia del Plan Regional de Estadística vigente, concretando su coste estimado.    El presente acuerdo define la actividad estadística a desarrollar en el año 2022 y ha sido informado por el Consejo Regional de Estadística según establece en el artículo 3.a) del Decreto 9/2013, de 7 de marzo, que regula sus competencias.   Enlaces relacionados:   Resolución de 13/06/2022, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que dispone la publicación del Programa Anual de Estadística 2022 derivado del Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025.

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL LOTE 3 DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DE COMPRA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS PARA LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

En razón del importe de esta segunda prórroga, que supera los umbrales de gasto previstos para la competencia de los Consejeros, procede solicitar del Consejo de Gobierno la autorización de dicho gasto según lo dispuesto por el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021. 

CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO, PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LAS FERIAS DE TURISMO DURANTE LOS AÑOS 2022 Y 2023.

El objeto del convenio es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial de Toledo, para sufragar los gastos correspondientes a la presencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en diversas ferias del sector turístico durante los ejercicios 2022 y 2023.    Las actuaciones comprendidas dentro del ámbito del convenio son aquellas realizadas durante los años 2022 y 2023.    La Diputación Provincial de Toledo, aportará un total de 100.000 euros por las dos anualidades, de los que 50.000 euros corresponderán al ejercicio de 2022 y 50.000 euros al ejercicio de 2023.    La vigencia del convenio comienza el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2023. No obstante, amparará las actuaciones desarrolladas en cumplimiento de su objeto a partir del día 1 de enero de 2022.