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DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES DESTINADAS A FOMENTAR EL TRABAJO A DISTANCIA.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a pymes y personas autónomas con asalariados a cargo que, para actividades susceptibles de prestarse mediante trabajo a distancia, transformen puestos de trabajo presenciales de personas asalariadas en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia y/o realicen nuevas contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia. Así mismo serán destinatarias las personas autónomas sin asalariados a cargo que realicen contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia.    Se subvencionará la transformación del puesto de trabajo o la realización de la nueva contratación que se realicen en el periodo comprendido desde el 1 de octubre del año anterior en el que se publica el crédito disponible para la anualidad correspondiente hasta el 30 de septiembre del año en que se publica la citada resolución.    Para el ejercicio 2022 se prevé un crédito que asciende a 1.000.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.322A 4763J.   Enlaces relacionados:   Decreto 29/2022, de 26 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes destinadas a fomentar el trabajo a distancia.

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE AUTOMOCIÓN PARA LOS VEHÍCULOS DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS.

El valor estimado total del acuerdo marco para el suministro de combustible de automoción para los vehículos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos, asciende a 13.448.635,76 euros por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar su celebración. 

AUTORIZACIÓN DE LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL DE ENFERMERIA EN LAS UNIDADES BÁSICAS DE SALUD DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EN LAS PROVINCIAS DE CIUDAD REAL, CUENCA Y GUADALAJARA.

De conformidad con el artículo 52 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales cuando dichos programas sean financiados con fondos finalistas, cuando se trate de planes de empleo aprobados por la Administración Regional y cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.    De acuerdo con su apartado 2, el nombramiento de personal funcionario interino para la realización de programas temporales requerirá, con carácter previo, los informes de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos.    Emitidos ambos informes en sentido favorable, se eleva esta propuesta para su autorización por el Consejo de Gobierno. 

NOMBRAMIENTO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.    Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles a: D. Andrés Juez Pérez, para el Registro de Almodóvar del Campo, 2, D.ª María Arroyo Meneses, para el Registro de Illescas Nº 03.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 26/04/2022, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2022 Y EL 31 DE MARZO DE 2022.

La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el primer trimestre del año 2022. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS CORRESPONDIENTE A LAS FACTURAS EMITIDAS POR LA EMPRESA ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACOMPAÑANTES DE TRANSPORTE ESCOLAR POR CARRETERA.

El Consejo de Gobierno autoriza el reconocimiento de las obligaciones y la tramitación de pagos con cargo a la partida presupuestaria 18.02.423A.22300 y anualidad del 2022, por importe de 275.239,31 euros, correspondiente a las facturas emitidas por la empresa Atlas Servicios Empresariales S.A., por la prestación del servicio de acompañantes de transporte escolar por carretera desde el inicio del curso 2021/2022 hasta el 30 de noviembre de 2021. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 87/2016, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE UNIFICA EL MARCO DE CONCERTACIÓN CON LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA EN CASTILLA-LA MANCHA.

La modificación tiene por objeto adaptar la cofinanciación de los convenios de colaboración que se suscriban al amparo del Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, a la nueva normativa de aplicación derivada del marco del nuevo marco financiero plurianual y directrices políticas de la Unión Europea para el periodo 2021-2027, se ha fijado una nueva regulación de los fondos de gestión compartida de la Unión Europea, entre los que se encuentra el Fondo Social Europeo Plus (en adelante FSE+) regulado por el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013; y por el Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 30/2022, de 26 de abril, por el que se modifica el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DE LOS CONTRATOS MENORES QUE TIENEN POR OBJETO EL SUMINISTRO DE MOBILIARIO PARA LA RESIDENCIA DE MAYORES VIRGEN DEL PRADO DE TALAVERA DE LA REINA (TOLEDO).

La Consejería de Bienestar Social precisa que se autorice el reconocimiento de obligaciones económicas por importe de 62.251,11 euros, derivadas de los contratos menores que tienen por objeto el suministro de mobiliario para la Residencia de Mayores Virgen del Prado de  Talavera de la Reina (Toledo). 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA AL GABINETE JURÍDICO PARA PERSONARSE COMO ACUSACIÓN PARTICULAR EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 107/2020, EN RELACIÓN CON EL JUICIO DE DELITO CONTRA LA FAUNA.

El Consejo de Gobierno acuerda tomar conocimiento de la autorización de 4 de abril de 2022, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a personarse como acusación particular en las diligencias previas del Procedimiento Abreviado 107/2020, que se sigue en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 5 de Talavera de la Reina, en relación con el juicio de delito contra la fauna. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPUTACIÓN DE GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Se autoriza la imputación al ejercicio corriente de obligaciones derivadas de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por el Servicio de Salud de Castilla La Mancha, por importe de 981.391,93 €. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE UN MIEMBRO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, DESIGNADO POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

Las Cortes Regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.    El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.    Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.    Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la Federación de Municipios y Provincias a razón de dos cada uno.    Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.    Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros. Cesa: D. José Antonio Mata Marfil. Nombramiento: Dña. Raquel Payo Puebla.    Enlaces relacionados:   Decreto 31/2022, de 3 de mayo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.   Corrección de errores del Decreto 31/2022, de 3 de mayo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE 2 MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, DESIGNADOS POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA EN REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD.

Las Cortes Regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.   El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.   Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.   Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.   Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.   Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.   Concretamente, el artículo 3 prevé que 3 miembros sean: un representante del personal docente e investigador, un representante del personal de administración y servicios de la Universidad y un representante de estudiantes, elegidos por su Consejo de Gobierno de entre sus miembros.   CESAN como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM: Don Ubaldo Rafael Labrador González, representante del sector del personal de administración y servicios (PAS) y Doña María del Carmen Díaz Mora, representante del sector del personal docente e investigador (PDI).   SE NOMBRAN como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM: Don Luis Fernando Cervantes Rodrigo, representante del sector del personal de administración y servicios y a Doña María Antonia Herrero Chamorro, representante del sector del personal docente e investigador (PDI).   SE RENUEVA como miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM a Don Oscar Sánchez González.   Enlaces relacionados:   Decreto 32/2022, de 3 de mayo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el personal de administración y servicios, de personal docente e investigador, y de estudiantes.