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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo Europeo de julio de 2020 acordó un paquete de medidas de amplio alcance, con el fin de abordar la situación generada en el ámbito europeo con motivo de la pandemia internacional provocada por la COVID-19, que ha supuesto un esfuerzo sin precedentes con el planteamiento innovador de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, culminando con la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU”, que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia, canalizándose por diversas vías, entre las que destaca como elemento central el “Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia” (MRR), dotado para el conjunto de la Unión Europea con 672.500 millones de euros en préstamos y subvenciones disponibles para apoyar las reformas e inversiones emprendidas por los países de la Unión Europea, con el objetivo de mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus, y de transformar el modelo económico y social europeo hacia otro más sostenible, resiliente y mejor adaptado a  los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

 

En este contexto, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) se ha configurado como el programa promovido por el Reino de España orientado a mitigar los impactos de la Pandemia a nivel nacional, así como a transformar el modelo económico español.  

  El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, ha impuesto a los estados miembros una serie de obligaciones, relativas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, en su condición de beneficiarios de fondos del MRR, entre las que destaca a los efectos del presente Acuerdo, la obligatoriedad de que toda entidad decisora o ejecutora participante en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia disponga de un Plan de Medidas Antifraude.     La Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha configurado un sistema de gestión homogéneo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aplicable a todas las Entidades que integran el sector público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estableciendo asimismo los procedimientos e instrumentos necesarios para asegurar la coordinación y el seguimiento del PRTR.    En este contexto, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su condición de entidad ejecutora del PRTR, debe contar con un Plan de Medidas Antifraude, que será aplicable a las diferentes entidades ejecutoras de subproyectos, actuaciones y actividades, en función de las competencias atribuidas en los decretos de estructura orgánica, así como a las secretarias generales, en su condición de órganos gestores del PRTR, y a cualquier otro órgano gestor y responsable de la gestión o ejecución del PRTR.    El Plan se acompaña de una Declaración institucional que integra un compromiso firme de lucha contra el fraude basado en las políticas de la Unión Europea y una firme apuesta por los principios de buena gestión en la actuación administrativa.    Enlaces relacionados:   Resolución de 24/02/2022, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se constituye en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Resolución de 28/02/2022, de la Secretaría General, por la que se constituye en la Consejería de Desarrollo Sostenible la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Resolución de 03/03/2022, de la Secretaría General, por la que se constituye en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Resolución de 08/03/2022, de la Secretaría General, por la que se constituye la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la Consejería de Sanidad y en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.   Resolución de 09/03/2022, de la Secretaría General, por la que se constituye en la Consejería de Bienestar Social la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Resolución de 14/03/2022, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se constituye en la Consejería de Igualdad y Portavoz la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Resolución de 24/03/2022, de la Secretaría General, por la que se constituye en la Consejería de Fomento la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE OCTUBRE DE 2021 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021.

La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el cuarto trimestre del año 2021. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA ACTUACION POR EMERGENCIA, DE LA AGENCIA DEL AGUA, PARA LLEVAR A CABO LA EJECUCION INMEDIATA DE LAS OBRAS DE NUEVA TUBERÍA DE IMPULSIÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HUETE (CUENCA).

Con fechas 16 y 23 de diciembre de 2021, se recibieron en la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, solicitudes de la Alcaldía del Ayuntamiento de Huete, poniendo de manifiesto la situación de emergencia ocasionada en el suministro del Servicio Público de Agua Potable en dicho termino municipal, motivado por las continuas roturas de la tubería de impulsión desde los Sondeos de Fuente Dulce, hasta el Depósito del Castillo, en el término municipal de Huete (Cuenca).    Con fecha 11 de enero de 2022, por parte del Ayuntamiento de Huete, se remite nuevo informe reiterando la situación de emergencia en el que se indica que, se ha vuelto a producir una nueva avería el día 9 de enero de 2022, de dos roturas consecutivas, que han conllevado trabajos de reparación y sustitución de los tramos rotos, obligando a interrumpir de nuevo el suministro de agua a la población de Huete.    Al día siguiente, por el Coordinador de la  Agencia del Agua de Castilla-La Mancha se emite  informe, en el que se justifica que procede la tramitación de emergencia de la actuación solicitada, Y, este mismo día, 11 de enero de 2022, se declara la emergencia y se ordena el inicio inmediato de las actuaciones por la Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.    El precio estimado para realizar las actuaciones anteriores asciende a 220.220,00 euros, que se corresponde con el precio ofertado por la mercantil que finalmente resulta ser la encargada de efectuar las obras, con un plazo estimado de ejecución de 2 meses, dentro de lo que había sido estimado por el Servicio Provincial de la Agencia del Agua en Cuenca.    Este importe se financiará a través de la Subvención recibida por la Agencia del Agua por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, regulada por el Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, por cuanto se trata de actuaciones para el abastecimiento de agua potable y que la entidad beneficiaria de las mismas es el municipio de Huete, uno de los municipios integrantes de la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, de conformidad con lo previsto en los artículos 1 y 3 del citado Real Decreto.    En virtud de lo expuesto, de conformidad con el citado artículo 120 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, procede poner en conocimiento del Consejo de Gobierno la emergencia.  

DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA, ASÍ COMO LA EVALUACIÓN, LA PROMOCIÓN Y LA TITULACIÓN EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, EL BACHILLERATO Y LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.    Este decreto desarrolla el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regula la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación y la promoción en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, y  se aplica en el presente curso escolar.    Enlaces relacionados:   Decreto 8/2022, de 8 de febrero, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE TÉCNICOS/AS DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO PARA EL REFUERZO DE LAS OFICINAS EMPLEA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza la prórroga del programa temporal de empleo para el nombramiento de Técnicos/as de orientación, formación y empleo para el refuerzo de las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha, por un periodo de un año, con cargo a la partida presupuestaria 1903/322C/1* (fondo 11160).    Este programa temporal de empleo supone la prestación de servicios de 124 Técnicos/as de Orientación, Formación y Empleo en las Oficinas Emplea de la Región y se financia con los fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales. 

AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE TÉCNICOS/AS SUPERIORES PARA LA REVISIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LAS AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO, RECONVERSIÓN Y FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL FONDO “REACT-UE”.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar la prórroga del programa temporal para el nombramiento de técnicos/as superiores para la revisión, análisis y valoración de la documentación correspondiente a las ayudas para el mantenimiento, reconversión y fomento de la competitividad del fondo “REACT-UE”, por un periodo de doce meses.    En ejecución del programa temporal prestan servicios 10 funcionarios/as interinos/as que prestan servicios en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y que serán destinados a la Dirección General de Empresas (10 Técnicos Superiores economistas); a la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía (3 Técnicos/as Superiores Jurídicos y 1 Técnico/a Superior Economista); y a la Secretaria General, (2 Técnicos/as Superiores Jurídicos y 1 Técnico/a Superior Arquitecto/a). Sus nombramientos se verán prorrogados por un total de 12 meses. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR DECRETO 110/2006, DE 17 DE OCTUBRE.

El artículo 20.4 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha establece que el contenido mínimo de las bases y de los programas de las convocatorias y los medios de selección de los miembros de los Cuerpos de Policía Local se determinaran reglamentariamente por la Administración regional.     El objetivo del proyecto de Decreto es reducir y agrupar las pruebas para la selección de las distintas categorías de los cuerpos de policía local de Castilla-La Mancha, con plena garantía de los principios constitucionales de mérito y capacidad. Además, se aprovecha la modificación para actualizar varias referencias relativas al procedimiento de selección que han quedado obsoletas por modificaciones legislativas posteriores a la aprobación de la norma.    Enlaces relacionados:   Decreto 9/2022, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 110/2006, de 17 de octubre.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO HASTA UN IMPORTE MÁXIMO DE 3.000.000.000 €, PARA LA REFINANCIACIÓN ANTICIPADA DE DEUDA.

Con el objetivo de aprovechar el contexto actual y reducir la carga financiera a pagar en el futuro, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas solicitó al Estado que la autorizase a formalizar nuevas operaciones de endeudamiento que permitan a su vez amortizar anticipadamente otras operaciones anteriores más onerosas.    Mediante acuerdo, de fecha 1 de febrero de 2022, el Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a realizar operaciones de endeudamiento a largo plazo para la refinanciación anticipada de deuda, por un importe máximo de tres mil millones de euros (3.000.000.000 €). Las operaciones autorizadas hasta dicho importe sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2022. 

AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR EL TRANSPORTE SANITARIO AÉREO EN CASTILLA-LA MANCHA Y AUTORIZACIÓN DEL GASTO POR IMPORTE DE 34.948.008,16 € DERIVADO DE DICHO CONTRATO.

1º Autorizar al órgano de contratación competente del SESCAM para contratar el ”Transporte Sanitario aéreo en Castilla-La Mancha”, así como para realizar los trámites, actuaciones y modificaciones que sean necesarios durante la ejecución del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.    2º Autorizar un gasto por importe de 34.948.008,16 €- IVA Exento- por superar el umbral establecido en el artículo 21.e) 2º de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, derivado de dicha contratación.

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La potestad organizativa de la Administración Pública constituye la facultad de darse normas de funcionamiento y organización. En el ejercicio de esta potestad se enmarca el Decreto 7/2011, de 8 de febrero, por el que se aprueba los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha.     La Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, crea en sus artículos 8 y siguientes la entidad de derecho público “Aguas de Castilla-La Mancha”, indicando en su disposición final cuarta que el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha queda autorizado para dictar, entre otras disposiciones de aplicación de la Ley, los Estatutos relativos a dicha Entidad.     Posteriormente, la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de CastillaLa Mancha, en su disposición adicional primera, cambia la denominación de la entidad por la de “Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha”, manteniendo su personalidad jurídica y su plena capacidad de obrar. Además, adscribe dicha entidad a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección-Gerencia de la misma.     La Agencia del Agua está actualmente adscrita a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo rural en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.5.b) del Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.     La modificación propuesta es únicamente la del artículo 16.2, que tiene su fundamento en razones de seguridad jurídica en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 y 34.2 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del gobierno y Consejo consultivo de Castilla-La Mancha.     De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, de Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha corresponde a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural elevar al Consejo de Gobierno la propuesta de modificación de la norma de autoorganización de la Consejería de la que es titular.    Enlaces relacionados:   Decreto 10/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, aprobados por el Decreto 7/2011, de 8 de febrero.

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA ACTUACION POR EMERGENCIA, DE LA AGENCIA DEL AGUA, PARA LLEVAR A CABO LA EJECUCION INMEDIATA DE LAS OBRAS Y SUMINISTRO PARA ASEGURAR EL ABASTECIMIENTO AL CONSORCIO DEL CAMPO DE CALATRAVA (CIUDAD REAL).

Con fecha de 10 de enero de 2022, el Consorcio para el Abastecimiento de Agua del Campo Calatrava, organismo encargado del abastecimiento de agua potable de los municipios del Campo de Calatrava, solicita la ejecución de una serie actuaciones de emergencia, a fin de garantizar el abastecimiento de agua potable de los municipios consorciados ante el riesgo de desabastecimiento de los citados municipios. La solicitud se acompañaba de informe del Técnico Asesor del Consorcio, en el que pone de manifiesto el requerimiento reiterado de la Autoridad Sanitaria al Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, para que busque e implemente alternativas que subsanen el incumplimiento detectado en la calidad del agua distribuida por superar la concentración máxima permitida en el parámetro nitratos.    Con fecha 19 de enero de 2022, por el Coordinador de la  Agencia del Agua de Castilla-La Mancha se emite  informe, en el que se justifica que procede la tramitación de emergencia de la actuación solicitada, e indica que está en riesgo el abastecimiento humano a un conjunto de poblaciones en las que viven 40 mil personas y que además existe riesgo de salud pública por exceder el contenido máximo de nitratos que establece la normativa, lo que obliga a mezclarla con el agua del sistema general, que de escasear no quedará otra solución que decretar la no potabilidad del agua en el municipio de Bolaños.  Y , este mismo día, se declara la emergencia y se ordena el inicio inmediato de las actuaciones por la Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.    El precio estimado para realizar las actuaciones anteriores asciende a 757.703,39 euros, que se corresponde con el precio ofertado por la mercantil que finalmente resulta ser la encargada de efectuar las obras, con un plazo estimado de ejecución de 3 meses, tal como se refleja en la memoria del anteproyecto.    En virtud de lo expuesto, de conformidad con el citado artículo 120 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, procede poner en conocimiento del Consejo de Gobierno la emergencia. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DEL GASTO DE GEACAM S.A., CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “OBRAS DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS FORESTALES PROCEDENTES DE LOS TRATAMIENTOS SELVÍCOLAS EN LAS DISTINTAS PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA, CAMPAÑA 2022”.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar un gasto de la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, Geacam, S.A., por importe de 3.280.000,00 euros (IVA incluido), correspondiente al expediente de contratación “Obras de eliminación de residuos forestales mediante medios mecánicos, astillado, apeo y saca, por lotes, procedentes de los tratamientos selvícolas que se llevan a cabo en las distintas provincias de Castilla-La Mancha, campaña 2022, submedida 8.3.