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DELEGACIÓN EN EL CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 57.1, LETRAS a) y b), DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno delega en el titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas el ejercicio de las competencias previstas en el art. 57.1, letras a) y b), del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con el objetivo de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los expedientes presupuestarios necesarios para llevar a cabo las operaciones de cierre del ejercicio. 

 

Acuerdo de 12/11/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se delegan en el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas las facultades previstas en el artículo 57.1, letras a) y b), del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CLM PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN PROPUESTOS POR LA DG DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS EN EL ART. 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN PROPUESTOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL.

 

La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto

Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. Habiéndose observado la superación de los porcentajes máximos establecidos en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en las siguientes partidas presupuestarias: 

1710.G/521B.21*, en la anualidad 2020 en un porcentaje 95,62%.

1710.G/521B.22*, en la anualidad 2020 en un porcentaje 111,29% y anualidad 2021 en un porcentaje del 84,58%. 

1710.G/521B.6*, en la anualidad 2020 en un porcentaje 73,32% en el fondo FPA 0090005  por lo que debe autorizarse por los mismos. 

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO DE OBRAS NECESARIOS PARA LA POSTERIOR REALIZACIÓN DE LAS OBRAS PARA LA REHABILITACIÓN INTEGRAL DEL EDIFICIO DEL ANTIGUO HOSPITAL EL CARMEN EN CIUDAD REAL

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO DE OBRAS NECESARIOS PARA LA POSTERIOR REALIZACIÓN DE LAS OBRAS PARA LA REHABILITACIÓN INTEGRAL DEL EDIFICIO DEL ANTIGUO HOSPITAL EL CARMEN EN CIUDAD REAL, Y LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS EN EL ART. 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA. 

 

El precio del contrato supera el límite de 750.000,00 €, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.

Asimismo, la superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. La contratación del proyecto de obras necesarios para la posterior realización de las obras para la rehabilitación integral del edificio del antiguo Hospital El Carmen en Ciudad Real, para uso administrativo de Servicios Múltiples de la Administración Regional en esa Provincia, y su urbanización exterior (Ciudad Administrativa de Ciudad Real), supone un gasto plurianual imputado al ejercicio 2020, que conlleva una modificación de los citados porcentajes. 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES POR EL CONSEJO DE GOBIERNO

Autorización de Consejo de Gobierno por superación de porcentajes (2020), previo informe de la Dirección General de Presupuestos, al conllevar gasto plurianual, de acuerdo con el Art. 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, por importe 6.000.000 €, referido al expediente siguiente:

“Acuerdo de pago mediante reajuste de anualidades y disminución de la indemnización derivada de los daños y perjuicios causados por suspensión de la obra de construcción del NUEVO HOSPITAL DE CUENCA”.

El importe asciende a 6.000.000 €:

 

ANUALIDADES (IVA incluido):

 

ANUALIDAD 2019

 3.000.000  €

ANUALIDAD 2020

    3.000.000 €

--Porcentaje en 2020: 218,45 % sobre el crédito inicial-- 

AUTORIZACIÓN DE GASTO Y DE SUPERACIÓN DE ANUALIDADES (2024) POR EL CONSEJO DE GOBIERNO

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 972.840,00 € , de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 y el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, referido al expediente siguiente:

“Suministro, obra, instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de una Resonancia Magnética en el Hospital de Villarrobledo (Albacete) del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)”.

El importe asciende a 972.840,00 €.

AUTORIZACIÓN A LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA DEL GASTO Y DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DEL CONTRATO DEL SERVICIO PAR EL CONTROL Y DIAGNÓSTICO DE ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES URBANAS

Dentro de las competencias que tiene encomendadas, la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha se encarga a través de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha (en virtud del artículo 6.k de la Ley 12/2002 reguladora del Ciclo Integral del Agua de Castilla-La Mancha) de la "vigilancia, inspección, control y sanción de los vertidos a las redes de colectores generales y estaciones depuradoras de aguas residuales ... ".

La Directiva del Consejo de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (91/271 /CEE), establece en su artículo 15 la obligatoriedad de controlar los vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas para verificar el cumplimiento de los requisitos del apartado B de su Anexo I sobre "Vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas a aguas receptoras".

La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha no dispone de los medios materiales y humanos para abordar con rigor y eficacia un correcto control de las estaciones depuradoras de aguas residuales, por lo que se hace necesaria la contratación de este servicio.

El importe del contrato asciende a de 1.401.308,32 euros (IVA incluido) y se imputará con cargo a la partida presupuestaria 56010000G/512A/22706 FPA0090005, distribuido entre el año 2020 y 2021, por lo que la adjudicación y formalización del contrato queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.

La financiación corresponde en un 80% al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y en un 20 % a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Por el importe del gasto procede su autorización por el Consejo de Gobierno, en virtud del artículo 20.f) de la Ley 7/20017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 (prorrogada por el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre).

Asimismo, la distribución del gasto planteado conlleva la superación de porcentajes del artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por ello, se requiere que el Consejo de Gobierno autorice la citada superación. 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO EN LAS ANUALIDADES DEL 2020 Y 2021, PARA LA TRAMITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA DEL ALBERGUE JUVENIL “SAN SERVANDO” DE TOLEDO

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de porcentajes de gasto en las anualidades del 2020 y 2021 y en la aplicación presupuestaria 18.09.323A.21200, hasta 85,70 y 69,23 por ciento, respectivamente, para la tramitación de la contratación del servicio de conservación y mantenimiento de jardinería del albergue juvenil “San Servando” de Toledo.

La distribución del gasto por anualidades es la siguiente:

Anualidad                   Importe (IVA incluido)

  1.                         0,00 €
  2.                         19.216,25 €
  3.                         20.963,25 €
  4.                         1.747,00 €
 

 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL ANUALIDAD DEL 2020, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE DIVERSOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTOS EN MUSEOS Y ARCHIVOS Y OTROS CENTROS DE LA CONSEJERÍA

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación del porcentaje plurianual en las aplicaciones presupuestarias 18.08.458A.22* y 18.08.452A.21* y anualidad del 2020 hasta el 91,72 y 75,69 por ciento, respectivamente, derivada de la tramitación de diversos contratos de servicios de seguridad y vigilancia, limpieza y mantenimientos integral en museos, archivos y otros centros de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL ANUALIDADES 2020, 2021, 2022 Y 2023, DERIVADA DEL REAJUSTE DEL GASTO DE LA RESOLUCIÓN DE 23/04/2019, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL  ANUALIDADES 2020, 2021, 2022 Y 2023, DERIVADA DEL REAJUSTE DEL GASTO DE LA RESOLUCIÓN DE 23/04/2019, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR EN CENTROS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN Y EN EMPRESAS, PARA EL AÑO 2019, EN EL MARCO DE LA RETENCIÓN Y EL RETORNO DEL TALENTO, COFINANCIADAS CON EL FONDO SOCIAL EUROPEO (EN LÍNEA CON LOS OBJETIVOS RIS3). 

 

El Consejo de Gobierno Autoriza la modificación de los porcentajes plurianual en la aplicación presupuestaria 18.07.541B.48000 (FPA 0090006) y anualidades 2020, 2021, 2022 y 2023, hasta el 76,80, 76,80, 80,87 y 84,95 por ciento, respectivamente, derivada del reajuste de anualidades de gasto de la Resolución de 23/04/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas para la formación de personal investigador en centros públicos de investigación y en empresas, para el año 2019, en el marco de la retención y el retorno del talento, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo (en línea con los objetivos RIS3).

El gasto se imputa a la partida presupuestaria 18.07.541B.48000 (FPA 0090006)  y distribución por anualidades es la siguiente:

Anualidad 2019:            0,00 euros

Anualidad 2020: 316.400,00 euros

Anualidad 2021: 316.400,00 euros

Anualidad 2022: 316.400,00 euros

Anualidad 2023: 350.000,00 euros 

AUTORIZACIÓN PARA LA SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2020, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL

El gasto a realizar para la citada convocatoria determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación. 

AUTORIZACIÓN PARA LA SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2020, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA EL MANTENIMIENTO DE ESCUELAS INFANTILES

El gasto a realizar para la citada convocatoria determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

 

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES POR LA QUE DECLARA LA EMERGENCIA Y SE EFECTÚA EL ENCARGO A TRAGSA DE LA INSTALACIÓN DE CUATRO AULAS PREFABRICADAS EN EL IESO Nº 1 DE TORREJÓN DEL REY

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2019, POR LA QUE DECLARA LA EMERGENCIA Y SE EFECTÚA EL ENCARGO A TRAGSA DE LA INSTALACIÓN DE CUATRO AULAS PREFABRICADAS EN EL IESO Nº 1 DE TORREJÓN DEL REY (GUADALAJARA). 

 

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la resolución de 25 se septiembre de la Secretaría General de Educación, Cultura y Deportes, por la que declara de emergencia y se efectúa el encargo a TRAGSA para la instalación de cuatro aulas prefabricadas en el IESO nº 1 de Torrejón del rey, en Guadalajara. 

La emergencia deriva de la necesidad de continuar con la instalación de las aulas tras el previo incumplimiento de una empresa contratista del plazo total previsto en el contrato, incumplimiento que no permite la prestación del servicio educativo en el centro y que puede ocasionar riesgo grave para los usuarios del centro.

El importe estimado del encargo asciende a 70.000,00 euros, según informe técnico que se incorpora al expediente.