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Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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CerrarDECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2020, DE 19 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDA
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En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 121, de 20 de junio de 2020, se publicó el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Transcurrido un breve periodo de tiempo, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 131, de 2 de julio de 2020, el Decreto 28/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, de 19 de junio, en el que se abordó la reforma de los artículos 4, 8, 15, 19, 23, 24, 40, 41 y 42. Asimismo, se incluyeron dos capítulos nuevos, el Capítulo IX, mediante el que se determinan las medidas necesarias en los establecimientos y locales de juego y apuestas, y el Capítulo X sobre las medidas a adoptar en relación con el transporte.
Los artículos 14 y 37 del Decreto 24/2020, de 19 de junio contemplan la recomendación de no celebrar fiestas, verbenas y otros eventos populares, y festejos taurinos populares por el campo o encierros por las vías públicas hasta el 15 de julio del presente año, para poder conseguir una adecuada vigilancia previa sobre la evolución de la pandemia.
Dado que finaliza el plazo de 15 de julio previsto en los mencionados artículos 14 y 37 para la aplicación de la recomendación de no celebrar los eventos que se regulan en los mismos, si bien la evolución epidemiológica es favorable, han aparecido algunos brotes de la infección por COVID-19 que están siendo el debido objeto de control por la autoridad sanitaria, haciendo necesario mantener la recomendación de su no celebración. Dicha recomendación podrá ser objeto de seguimiento y evaluación continua para garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria de acuerdo con la Disposición adicional primera del Decreto 24/2020, de 19 de junio.
Las relaciones de las modificaciones efectuadas tienen que ver con:
- La recomendación de no celebrar fiestas y eventos populares regulada en el artículo 17.
- La previsión sobre actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación del artículo 18.
- Las previsiones relativas a la actividad formativa en orquestas, bandas y agrupaciones
musicales del artículo 20.
- La recomendación de no celebrar festejos taurinos populares o encierros por las vías públicas establecida en el artículo 37.
- Y la introducción de dos disposiciones adicionales, tercera y cuarta, que regulan la aprobación de guías específicas para la celebración de espectáculos y festejos taurinos populares y de una medida excepcional que afecta al Decreto 38/2013, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los festejos taurinos populares de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2020, DE 19 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD
ACUERDO POR EL QUE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXCLUSION DE PARCELAS DE LA TRANSFORMACION DE LA ZONA REGABLE EL VICARIO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL.
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Por el Real Decreto 1510/1977, de 20 de mayo, se declara de utilidad pública la concentración parcelaria de la zona de El' Vicario (Ciudad Real), constando entre su finalidad la de la transformación en regadío con las aguas procedentes del embalse de El Vicario, ejecutado por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, quien a su vez va a incrementar su capacidad de modo que permitirá el riego de unas cinco mil hectáreas: de la zona.
La consejería competente en materia de política de desarrollo rural y regadío ha justificado, en base a los datos de la Confederación Hidrografica del Guadiana, por un lado, la escasez e incluso inexistencia de recurso hídrico para el riego de al menos 3000 hectáreas en la zona regable de El Vicario.
Y, también que debido a esta circunstancia y al transcurso del tiempo, la realidad social y económica de la zona no es la prevista cuando se justificó la necesidad de transformación del regadío, de manera que es posible modificar el perímetro de estas al tratarse actualmente de terrenos que han perdido la aptitud para el riego. En tal sentido consta que el Ayuntamiento de Ciudad Real está tramitando el expediente de adaptación al régimen urbanístico del Texto Refundido de la Ley de Ordenación Urbanística de Castilla-La Mancha(TRLOTAU) en el suelo rustico y su regulación en el reglamento de suelo rustico dentro del ámbito delimitado por el IRYDA para la concentración parcelaria El Vicario y transformación en regadío de diferentes parcelas, de manera que es posible modificar el perímetro al existir la necesidad de adaptar estos terrenos a la transformación urbanística sucedida en los mismos, incompatibles con el regadío.
Acuerdo de 14/07/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se inicia el procedimiento para la exclusión de parcelas de la transformación de la zona regable El Vicario, en el término municipal de Ciudad Real.
Corrección de errores del Acuerdo de 14/07/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se inicia el procedimiento para la exclusión de parcelas de la transformación de la zona regable El Vicario, en el término municipal de Ciudad Real.
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA PERSONACION EN LOS PROCEDIMIENTOS 2532/2019 Y 87/2020 DE LA AUDIENCIA NACIONAL EN DEFENSA DE LA ORDEN TEC/1228/2019 POR LA QUE SE AUTORIZÓ PARA EL MES DE DICIEMBRE
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La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, recibe oficio de la Dirección General del Agua, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el día 5 de marzo de 2020 dando cuenta de la interposición por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ante la Audiencia Nacional, del recurso contencioso 2532/2019 contra la Orden TEC/1228/2019, de 17 de diciembre (BOE 20-12-2019), por la que se autorizó, para ese mes, un trasvase de 7,5 hm3. Asimismo, el 13 de marzo 2020, recibió un segundo oficio, que daba cuenta de la interposición por la Junta de Andalucía, ante el mismo Tribunal, del Recurso Contencioso 87/2020 contra la mencionada Orden TEC/1228/2019.
Se considera necesaria la personación en los procedimientos 2532/2019 y 87/2020 de la Audiencia Nacional en defensa de la Orden TEC/1228/2019 por la que se autorizó para el mes de diciembre de 2019 un trasvase de 7,5 hm3, al considerar entre otros motivos que la Orden ha contribuido a maximizar los volúmenes trasvasados, dado que resultó decisiva para que el 01 de marzo de 2020 (antes de las lluvias excepcionales de la primavera) los embalses estuvieran apenas 4,3 hm3 por encima de la curva que separa los niveles 2 y 3. Así en marzo pudo acordarse un trasvase de 38 hm3; frente al
máximo de 20 que puede trasvasarse en el nivel 3”.
De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Organización del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde la autorización del Consejo de Gobierno para personarse y, en su caso, el ejercicio de acciones jurisdiccionales oportunas en los procedimientos 2532/2019 y 87/2020 de la Audiencia Nacional respecto de la Orden TEC/1228/2019 de 17 de diciembre (BOE 20-12-2019), por la que se autorizó, para ese mes, un trasvase de 7,5 hm3.
AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE ENCARGO A GEACAM PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES RELATIVAS AL APOYO TÉCNICO AL MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL
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El Consejo de Gobierno ha autorizado la orden de encargo a la Empresa Pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM), para la realización de determinadas actividades relativas al apoyo técnico al mantenimiento de sistemas del programa de desarrollo rural.
EL encargo tiene por objeto la realización de determinadas actividades relativas al apoyo técnico al mantenimiento de sistemas del programa de desarrollo rural., cuyas actuaciones se describen en el pliego de prescripciones técnicas.
El presupuesto máximo es de ciento cuarenta y dos mil novecientos veinte (142.920,00 €), distribuido en las anualidades 2020 y 2021.
De conformidad con el artículo 58.5 c) del Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha “los órganos de las consejerías y de sus organismos autónomos requerirán autorización del consejo de gobierno, previamente a la aprobación del gasto para los convenios, encargos, encomiendas o instrumentos similares a suscribir entre las entidades pertenecientes al sector públicos regional, así como las modificaciones, liquidaciones y resoluciones de los mismos”.
DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LAS LÍNEAS DE TELEGRAFÍA ÓPTICA DE LA PROVINCIA DE CUENCA, CON LA CATEGORÍA DE SITIO HISTÓRICO.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1.a) de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, se propone al Consejo de Gobierno aprobar la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Histórico, las líneas de telegrafía óptica en la provincia de Cuenca.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 14/07/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran Bien de Interés Cultural las Líneas de Telegrafía Óptica de la provincia de Cuenca, con la categoría de Sitio Histórico.
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A EJERCITAR ACCIONES JUDICIALES PARA RECLAMAR EL PAGO DE DEUDA CONTRAÍDA
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El Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades para ejercitar acciones judiciales frente a la empresa Agro Explotaciones Energéticas S.L. para reclamar el pago de la deuda contraída por la compra de maíz pastone al centro integrado de formación profesional “Aguas Nuevas”, de Albacete.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN Y DESARROLLO PERSONAL EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE MAYORES NÚÑEZ DE BALBOA, DE ALBACETE.
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La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente del contrato del servicio de atención y desarrollo personal en la residencia para personas mayores de mayores Núñez de Balboa, de Albacete, por importe de 6.224.355,56 euros.
El contrato tendrá una duración inicial de tres años, prorrogables por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, por un período de máximo de dos años, siendo la fecha estimada de inicio del contrato el día 1 de diciembre de 2020.
El gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 20, a) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA TERCERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO, POR LA MODALIDAD DE CONCIERTO, DE 24 PLAZAS EN EL CENTRO “LA CAÑADA” DE CIUDAD REAL.
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Acuerdos del Consejo de Gobierno -
Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto por importe total de 1.834.606,80 euros para la tercera prórroga del contrato de gestión de servicio público, por la modalidad de concierto, de 24 plazas en un Centro de Ciudad Real para la ejecución de medidas judiciales de internamiento terapéutico establecidas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de menores.
La duración de la segunda prórroga será de doce meses, en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021.
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 38/2018, DE 5 DE JUNIO, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA AGENDA 2030
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El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 38/2018, de 5 de junio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 y disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Decreto 34/2020, de 14 de julio, por el que se modifica el Decreto 38/2018, de 5 de junio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030.
AUTORIZACIÓN AL ENTE PÚBLICO DE RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD, COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN DE VARIOS CENTROS DE CMMEDIA, POR UN PLAZO DE DOS AÑOS.
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El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 20.f) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, al superar el gasto el límite máximo de 750.000 euros, fijado para la competencia de los Consejeros y de los directores de las entidades públicas.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES AFECTADAS POR COVID-19, PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL EMPLEO.
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El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cooperativas y sociedades laborales afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones que permita a las cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Macha el mantenimiento de su actividad productiva, así como el fortalecimiento y desarrollo de sus potencialidades empresariales futuras mediante la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, y con ello paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de esa situación.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea, y que hayan sufrido una reducción de su facturación, al menos, en un mes natural de entre los comprendidos desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta la finalización del estado de alarma, como mínimo del 40 por ciento, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.
Se establecen dos líneas de ayudas:
Línea 1: Subvenciones para la incorporación de personas socias trabajadoras o de personas socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
Línea 2: Subvenciones para el mantenimiento de la actividad productiva de las cooperativas y sociedades laborales.
Enlaces relacionados:
Decreto 31/2020, de 7 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cooperativas y sociedades laborales afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.
AUTORIZACIÓN DE DOS GASTOS POR IMPORTE DE 7.176.161,32 € Y 4.043.493,50 € PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE VACUNAS PARA CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2021.
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Expediente 2020/005576 relativo al contrato para la adquisición de vacunas para la inmunización de población adulta e infantil de Castilla-La Mancha durante el año 2021.
Expediente 2020/005542 relativo al contrato derivado de adquisición de vacunas del calendario para la población de Castilla-La Mancha para el año 2021.
La adecuada prevención de la enfermedad invasiva por neumococo en otoño puede contribuir a reducir un posible impacto del COVID-19 en la salud de la población de Castilla-La Mancha, así como las previsibles complicaciones en los grupos más vulnerables. Esto puede ser fundamental en las personas mayores y en aquéllas con condiciones que aumentan el riesgo de complicaciones clínicas.
Por esta razón, la Consejería de Sanidad incrementará la cobertura de inmunización frente a la enfermedad invasiva por neumococo en Castilla-La Mancha mediante la adquisición de 210.000 dosis de vacuna conjugada frente a neumococo 13-valente, destinadas a la población de edad igual y superior a 65 años que no esté previamente vacunada, adultos con enfermedades crónicas y a los grupos de alto riesgo de sufrir complicaciones clínicas. De esta forma se evitaría, en cierta medida, un problema adicional al posible escenario de circulación viral del COVID-19 esperable para la próxima temporada de otoño-invierno.