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Nombramiento de los miembros del patronato y de la presidencia de la “Fundación Impulsa Castilla-La Mancha” y autorización de la inscripción de su aceptación en el registro de fundaciones de Castilla-La Mancha

El apartado 2 de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 22/2015, de 30 de abril, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, determina que “Para la tramitación ante el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha de la inscripción de la aceptación como miembros del patronato de una fundación de personas en razón de su cargo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, será requisito previo la obtención de la autorización correspondiente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, que se adjuntará a la documentación que acompañe a la solicitud.”

 

En virtud de todo ello, corresponde la designación de patronos por el Consejo de Gobierno, la determinación de la persona que ostentará la Presidencia del Patronato, así como la autorización de la posterior aceptación de los miembros, nombrados en razón de su cargo en la Administración de la Junta de Castilla-La Mancha, para su inscripción en el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha.

Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo público del personal funcionario docente no universitario para el año 2016.

Siendo el servicio público educativo un servicio de carácter esencial, resulta procedente realizar oferta de empleo público en este sector, que se concreta en un total de 750 plazas  correspondientes al Cuerpo de Maestros.

 

La presente oferta de empleo público se ampara en lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto 225/2015, de 22 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015, puesto que se trata de vacantes dotadas presupuestariamente en el presupuesto prorrogado y su provisión se considera prioritaria para el funcionamiento adecuado del servicio público educativo.

 

La especial complejidad de los procesos selectivos del personal funcionario  docente no universitario, así como la necesidad de que los nombramientos de este personal se efectúen con anterioridad al inicio del curso escolar, determinan la necesidad de adelantar la oferta de empleo público de este sector de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, segregándola de la oferta de empleo público  del resto de personal al servicio de la misma.

 

A este respecto, hay que tener en cuenta que el artículo 19.5, párrafo segundo, de la Ley 4/2011, de 10 marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha establece que, “excepcionalmente, cuando existan necesidades urgentes de incorporaciones de personal, pueden aprobarse ofertas de empleo público para ámbitos específico”.

Modificación del Decreto 75/1992, de 12 de mayo, de concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha reguló la concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades por Decreto 75/1992, de 12 de mayo.

 

Se plantea ahora la necesidad de ciertas modificaciones parciales y puntuales que obedecen a razones prácticas, organizativas, de mejora en la propia estructura del decreto originario y de utilización de un lenguaje no sexista.

 

También se regula el Registro de Condec8raciones y Distinciones para conseguir una manera más moderna y operativa de registrar y acreditar su concesión que la existente en la actualidad.

 

Enlace relacionado:

Decreto 13/2016, de 12/04/2016, por el que se modifica el Decreto 75/1992, de 12 de mayo, de concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones urgentes

La Ley de Entidades Locales de Castilla‐La Mancha establece que, con cargo a los Presupuestos Generales de Castilla‐La Mancha, se dotará anualmente un Fondo Regional de Cooperación Local, que tendrá por objeto cooperar con los municipios, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y mancomunidades de Castilla‐La Mancha en la financiación de inversiones en obras y equipamientos de competencia local. De acuerdo con esta Ley, el 3% del Fondo se reservará para atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles que pudieran presentarse.     El objetivo de esta Orden es establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones, así como el procedimiento de concesión. Se prevén así convocatorias con fondos presupuestarios ajenos al Fondo Regional de Cooperación Local, pero con la misma finalidad de atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles, una vez agotada la cuantía de la convocatoria anual del Fondo, al objeto de movilizar lo más rápidamente posible los recursos públicos necesarios ante situaciones que exijan una respuesta pública de urgencia.   Enlace relacionado: Orden de 12/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por las entidades locales de Castilla-La Mancha.

Autorizar la impugnación de la regularización tributaria de la tasa por entrada de vehículos a través de la vía pública en el Hospital de Cuenca

Autorizar la impugnación del Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo municipal de fecha 1 de diciembre de 2015, por el que se desestima la reclamación económica administrativa interpuesta por la Dirección Gerencia del Área Integrada de Cuenca, frente al Decreto nº 2015001078 de 16 de marzo de 2015, en materia de regularización tributaria, del Ayuntamiento de Cuenca, de la tasa por entrada de vehículos a través de la vía pública en el Hospital de Cuenca. 

Autorización a la Empresa Pública regional de “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM), del gasto de 599.999,96 euros, IVA (21%) incluido, para formalizar el contrato de suministro por lotes de equipos de protección y técnicos

Se autoriza a la empresa pública regional "Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A." (GEACAM) el gasto de 599.999,66 EUROS, para formalizar el contrato de suministro por lotes de equipos de protección individual (Epi'S) y equipación técnica complementaria para las campanas de incendios forestales en Castilla-La Mancha, anualidades 2016-2017.

 

Enlace relacionado:

GEACAM

Autorización a la Empresa Pública regional de “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM), del gasto de 875.539,92 euros, IVA (21%) incluido, para formalizar la prórroga por dos años del seguro de accidentes

Se autoriza a la empresa pública regional "Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A." (GEACAM) el gasto 875.539,92 euros, IVA (21 º/o) incluido, para formalizar la prórroga por dos años del seguro de accidentes para el personal de lucha contra Incendios forestales. 

 

Enlace relacionado:

GEACAM

Convocatoria correspondiente al año 2016, de las ayudas de formación a los alumnos que participen en el Plan de Garantía Juvenil en cualquiera de las enseñanzas de la oferta educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Con objeto de incentivar y facilitar el acceso y participación de los beneficiarios del Plan de Garantía Juvenil interesados en las actividades formativas diseñadas de manera específica por esta Consejería, se publicó, en el DOCM de 22 de mayo de 2015, la Orden de 12/05/2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobando las bases reguladoras para el año 2015 a 2018 del proceso de solicitud y concesión de ayudas de formación a los alumnos beneficiarios del Plan que participen en cualquiera de las enseñanzas de esta oferta educativa.

 

Mediante esta Resolución se hace pública la convocatoria de dichas ayudas para 2016 previendo un crédito de 300.000€. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las distintas modalidades de ayudas los mayores de 16 años y menores de 30 años, beneficiarios del Plan Nacional de Garantía juvenil, que cumplan los siguientes requisitos:

a)     Estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil creado por la Ley 8/2014, de 15 de octubre.

b)     Estar matriculadas en el momento de la solicitud en alguna de las enseñanzas del Plan, en centros educativos de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos, que impartan dichas enseñanzas vinculadas a la oferta formativa autorizada por la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional para el curso 2015/2016. Así mismo, podrán solicitar ayudas de la modalidad C, los alumnos que durante 2015 cursaran alguna de las acciones formativas vinculadas a esta modalidad, según la base Tercera, no pudiendo realizar las prácticas formativas en empresa a lo largo de 2015 por causas no imputables a los interesados y  si lo hicieran a lo largo de 2016.

 

Las cuantías máximas de las ayudas serán:

 

Modalidad A. Participación en el Plan y cumplimiento de obligaciones: 200,00€

 

Modalidad B. Consecución de objetivos:

a)        Cualificación conseguida, 400,00 €.

b)        Título conseguido, 1.000 €.

c)         Accesos conseguidos, 600 €.

 

Modalidad C. Prácticas en empresas, 600 €.

 

Si por el número de beneficiarios se sobrepasase el crédito presupuestario establecido, la cuantía citada se rebajará proporcionalmente hasta agotar el mencionado crédito.

 

Los alumnos que reuniendo los requisitos indicados deseen optar a las ayudas de formación formalizarán la solicitud de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0, accesible a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El plazo de solicitud estará comprendido en los treinta días siguientes a la fecha de finalización de cada actividad formativa y hasta el día 30 de noviembre de 2016. No siendo necesario presentar obligatoriamente ninguna documentación inicial junto a la solicitud.

 

La Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos de inscripción en el Sistema y la matrícula del alumnado en las actividades formativas, en este último caso a través de la aplicación informática Delphos y los informes y certificaciones requeridas a los centros.

 

La resolución de concesión se dictará y publicará antes del 30 de diciembre de 2016, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en el Portal de Educación de Castilla-La Mancha y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

Portal de Educación de CLM

Documentos relacionados

Desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Toledo, recaída en los autos del Recurso Contencioso-Administrativo nº 291/2013

Con fecha 20 de enero de 2016, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo ha dictado la sentencia nº17/2016 en los autos del recurso contencioso-administrativo nº 291/2013, seguidos a instancia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Toledo, de fecha 29 de mayo de 2013, por medio del cual se rechazaba la solicitud de revisión de oficio, formulada por la Administración regional en fecha 23 de abril de 2013, de la licencia de obras otorgada a Espadería Suárez, S.L. en fecha 2 de noviembre de 2011, figurando esta última como codemandada.

 

La razón del desistimiento del recurso de apelación viene motivada porque no existe una seguridad palmaria en el éxito del mismo y así evitar la condena en costas. 

Autorización de un gasto por importe total 1.675.960,56 € para la cuarta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Maranchón (Guadalajara)

La vigencia de la prórroga será de 2 años (desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2018, ambos días incluidos).

 

El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.675.960,56 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados, por  Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el aparatado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación. 

Autorización de un gasto por importe total de 1.261.543,15 € derivado del expediente de la segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia para personas mayores de Jadraque (Guadalajara).

La vigencia de la prórroga tendrá una duración que abarca el período de ejecución comprendido entre el 16 de junio de 2016 y el 15 de junio de 2018 (ambos días incluidos).

 

El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.261.543,15 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación. 

Autorización de un gasto por importe total 1.261.543,15 € para la segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Socovos (Albacete).

La vigencia de la prórroga será por el período comprendido entre el 16 de junio de 2016 y el 15 de junio de 2018, ambos días incluidos.

 

El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.261.543,15 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/ con lo establecido en el apartado f) del citado artículo corresponde al Consejo de gobierno su aprobación.