Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

DECRETO POR EL QUE SE DECLARA EL MONUMENTO NATURAL “MORRÓN DE VILLAMAYOR” EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLAMAYOR DE CALATRAVA (CIUDAD REAL).

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO A PERSONARSE EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS 184/2021 DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE GUADALAJARA.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a personarse en las Diligencias Previas 184/2021 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Guadalajara, en relación con ocupaciones y otras afecciones que se han llevado a cabo en la vía pecuaria “Cañada Real Galiana” en el término municipal de Trijueque (Guadalajara), a fin de que se pueda intervenir en calidad de acusador particular ejerciendo la acción penal y la acción civil reparativa e indemnizatoria de los posibles daños y perjuicios causados consecuencia de la perpetración del delito.  

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DOÑA MARÍA GER MARTOS COMO DIRECTORA GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DON GREGORIO GÓMEZ BOLAÑOS COMO DIRECTOR GENERAL DE ACCIÓN SOCIAL.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DON FRANCISCO JOSÉ ARMENTA MENÉNDEZ COMO DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN TOLEDO.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE DOÑA ELENA CAÑEQUE GARCÍA COMO DELEGADA PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOZ EN GUADALAJARA.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE DON GREGORIO GÓMEZ BOLAÑOS COMO DIRECTOR GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE DON FRANCISCO JOSÉ ARMENTA MENÉNDEZ COMO DIRECTOR GENERAL DE ACCIÓN SOCIAL.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE DON MAXIMILIANO MUÑOZ HERNÁNDEZ COMO DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN TOLEDO.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 Y POR LA BORRASCA DENOMINADA “FILOMENA”.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.    En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19,  estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente al COVID-19.    Por otra parte, tras el paso por España en enero de 2021 de la borrasca denomina “Filomena”, la cual afecta de manera virulenta, entre otras Comunidades Autónomas a la de Castilla-La Mancha y, dentro de la misma, a la ciudad de Toledo, el Consejo de Ministros aprobó la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil a la ciudad de Toledo, siendo necesario para limpiar todos los accesos  del edificio de la Consejería de Sanidad y de su Delegación Provincial en Toledo aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017.    Al amparo de ello,  las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por la Consejería de Sanidad el 11 de enero y el 29 de marzo de 2021 para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, a la borrasca denominada “Filomena” y al COVID-19 ascienden a 193,660,94 €. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA LA ORDEN TED/1120/2020 POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA DE 13 HM³ PARA EL MES DE NOVIEMBRE DE 2020.

Se recurre la autorización de este trasvase acordado cuando las existencias efectivas de Entrepeñas y Buendía a fecha 1 de noviembre de 2020 estaban en 582,5 hm³, por entender que la regla de explotación del trasvase, establecida en el RD.773/2014, de 12 de septiembre, ha sido adoptada partiendo de restricciones en la cuenca cedente e incumpliendo el objetivo legal de “dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3”.   Adicionalmente se propone la interposición de un recurso indirecto contra el artículo 1 del RD.773/2014, igualmente por incumplimiento del citado objetivo marcado por la Ley 21/2015.

AUTORIZACIÓN A LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA DEL GASTO DE LA PRIMERA PRORROGA DEL CONTRATO DEL SERVICIO PARA EL CONTROL Y DIAGNÓSTICO DE ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES URBANAS.

Mediante Ley 6/2009, de 17 de diciembre, se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, como organismo autónomo, adscrito al órgano del Consejo de Gobierno responsable de la coordinación hidrológica, siéndolo en la actualidad este órgano  la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en virtud del Decreto 83/2019, de 16 de julio, y correspondiéndole  a la Agencia el ejercicio de las competencias que ostente la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de aguas así como aquellas que, por cualquier título pueda asumir.    Con fecha 9 de marzo de 2020, se formalizó con la mercantil Técnica y Proyectos, S.A. (TYPSA), el contrato del servicio para el Control y Diagnóstico de Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales Urbanas, siguiendo los criterios establecidos en la Directiva 91/271/CEE, por un importe de 1.401.308,32 euros (IVA incluido) y  con un plazo de ejecución inicial de 12 meses, finalizando el 9 de marzo de 2021. Sin embargo, con motivo tanto en el retraso en la formalización del contrato sobre la fecha prevista inicialmente, 1 de febrero de 2020, como con posterioridad, por la paralización en la ejecución de los trabajos ocasionada por la crisis sanitaria de la COVID-19, el contrato fue objeto de un reajuste de anualidades y una ampliación de plazo, aprobada por Resolución de la Presidencia de la Agencia del Agua en fecha 12 de junio de 2020, por la cual se amplió el plazo inicial del contrato por un periodo adicional de 2 meses y 21 días, a contar desde el 10 de marzo de 2020, finalizando por tanto, el plazo de ejecución del contrato el próximo día 31 de mayo de 2021, y reajustando los importes del presupuesto máximo del contrato de las dos anualidades del plazo de ejecución del mismo.    Mediante informe de fecha 11 de marzo de 2021,del Responsable del contrato se indica que ,estando próximo a finalizar el plazo inicial del contrato se considera necesario llevar a cabo la primera de las prórrogas previstas en su clausulado, ya que a través del mismo la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha realiza un seguimiento y control de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales de Castilla – La Mancha, en aras a poder tanto comprobar cómo justificar el cumplimiento de la Directiva de 91/271/CEE, manteniendo un criterio homogéneo y un control centralizado de su cumplimiento.    Además, consta entre los documentos remitidos la Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha acordando el inicio del expediente de prórroga del contrato por un periodo de 12 meses, el informe favorable del Coordinador de la Administración Hidráulica de fecha 11 de marzo de 2021, y la conformidad de la empresa contratista Técnica y Proyectos, S.A (TYPSA)., de fecha 12 de marzo de 2021.    El importe de la prórroga asciende a 1.401.308,32 euros (IVA incluido) y se imputará con cargo a la partida presupuestaria 56010000G/512A/22706 FPA0090010, distribuido entre el año 2021 y 2022.    La financiación corresponde en un 80% al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y en un 20 % a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.