Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE ILLESCAS (TOLEDO), PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Nº 6.

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS CONVENIO DE COLABORACIÓN DE 2 DE ENERO DE 2018, SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Y EL AYUNTAMIENTO DE ILLESCAS (TOLEDO), PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Nº 6 DE 3+6 UNIDADES (2ª FASE), POR IMPORTE DE 1.850.750,00 EUROS, Y SU IMPUTACIÓN CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTARIA 18.02.422A.76000.FPA0090003 Y ANUALIDAD DEL 2020.

DECRETO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 15/2020, DE 12 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS DE EMERGENCIA EXCEPCIONAL DESTINADAS A PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE DIFICULTAD ECONÓMICA.

El Decreto 15/2020, de 12 de mayo, tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y humanitario durante 2020, de ayudas de emergencia excepcional, destinadas a hacer frente a las consecuencias sociales del COVID-19; en concreto, para paliar situaciones de necesidad económica como consecuencia de la crisis sanitaria.   Una vez avanzada la tramitación de estas ayudas y dado el volumen de solicitudes presentadas y concedidas, se pone de manifiesto la necesidad de modificar los artículos 9.4 y 10.1 del Decreto 15/2020, de 12 de mayo, para dar respuesta a la finalidad de las ayudas y atender de forma más eficaz las situaciones de dificultad social y económica de las familias.   Enlaces relacionados:   Decreto 39/2020, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 15/2020, de 12 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas de emergencia excepcional destinadas a personas que se encuentren en situación de dificultad económica y social para cubrir necesidades básicas, como consecuencia de la crisis ocasionada por el COVID-19 durante 2020.

 

RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR S/7/2020, 45CN190005) INCOADO A “IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA SAU”

El Consejo de Gobierno acuerda sancionar a Iberdrola Distribución Eléctrica SAU/, IDe Redes Eléctricas Inteligentes, SA, por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio a naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, con una sanción por importe de 200.001 euros, de conformidad con lo prevenido en el artículo 113.1.C de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, así como una indemnización por importe de 135.240 euros, en virtud del baremo (actualizado) previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada. Y con la medida complementaria de restauración mediante la adaptación de la instalación eléctrica en los términos expuestos en los fundamentos de derecho del Acuerdo adoptado.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PATRIMONIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

PLAN ANUAL NORMATIVO PARA EL AÑO 2020.

Aprobación por Consejo de Gobierno del Plan Anual Normativo para el año 2020.   Su principal objetivo es proporcionar una mayor seguridad jurídica al conjunto de la ciudadanía y materializar de una forma sencilla y coherente la predictibilidad del ordenamiento, mejorando de esta forma la planificación normativa, al convertirse en un instrumento que permitirá conocer de un modo sencillo, ordenado e integral la previsión legal y reglamentaria de la Administración.   Constituye, en definitiva, una herramienta de transparencia al servicio de la ciudadanía castellano-manchega, al posibilitar el conocimiento público de la planificación normativa de esta Administración.   Enlaces relacionados:   ACUERDO DE 3 DE AGOSTO DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL NORMATIVO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2020.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN Y EMISIÓN DEL PROGRAMA “A TU VERA”.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.   Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre.

DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2021 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se fija el calendario laboral para el año 2021 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.   El Decreto se aprueba en cumplimiento del artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, que determina que es preciso aprobar con anterioridad al día 30 de septiembre de 2020, el calendario laboral que ha de regir en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha para el año 2021.   En consecuencia, y previa audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Región y a la Iglesia Católica, las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2021, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:   1 de enero, Año Nuevo 6 de enero, Epifanía del Señor 1 de abril, Jueves Santo 2 de abril, Viernes Santo 1 de mayo, Fiesta del Trabajo 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 15 de agosto, Asunción de la Virgen. 3 de junio, celebración de las Fiestas del Corpus Christi en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José. 12 de octubre, Fiesta Nacional de España 1 de noviembre, Día de Todos los Santos 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 8 de diciembre, Inmaculada Concepción 25 de diciembre, Natividad del Señor   Enlaces relacionados:   Decreto 40/2020, de 3 de agosto, por el que se fija el calendario laboral para el año 2021 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL ESTÍMULO DEL MERCADO DE TRABAJO Y EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD, CON CARGO AL PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.   El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a favorecer el empleo estable y de calidad, a través de la contratación laboral indefinida inicial, de la transformación de contratos temporales en indefinidos y de la conversión de los contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa siempre que se trate de un contrato formalizado por tiempo indefinido.   Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el Decreto, las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones por tiempo indefinido, transformaciones de contratos temporales en contratos indefinidos o conversión de los contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa siempre que se trate de un contrato formalizado por tiempo indefinido. Se prevén tres líneas de ayudas:   - Línea 1: Ayudas para la contratación por tiempo indefinido de personas en situación de desempleo. - Línea 2: Ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos - Línea 3: Ayudas para la conversión de contratos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa. Las cuantías de las ayudas varían en función de la línea de subvención y del colectivo objeto de la contratación subvencionada.   La disposición adicional séptima del Decreto contempla los créditos destinados para el ejercicio 2020, y abre el plazo para la presentación de solicitudes. Se prevé destinar un importe de 3.000.000 euros, que será cofinanciado por el Fondo Social Europeo.   Enlaces relacionados:   Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL, EN EL EJERCICIO 2020.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la transformación digital, en el ejercicio 2020.   El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para el desarrollo y ejecución en el ejercicio 2020 de los programas TICCámaras, Industria 4.0 y Ciberseguridad, dirigidos a la transformación digital de las empresas, en el ámbito de Castilla-La Mancha; así como para el desarrollo de acciones de información, asesoramiento y sensibilización relativas a los programas dentro de la Estrategia Soy Digital, que se llevan a cabo en el marco del Plan Adelante 2020-2023.   Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.   El importe de la subvención ascenderá a 100.000 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 19110000/G/724A/48000 del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo correspondiente al ejercicio 2020.   Enlaces relacionados:   Decreto 42/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la transformación digital de las empresas, en el ejercicio 2020.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 97/2018, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se modifica el Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.   El Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral, es objeto de modificación, en los siguientes términos:   1. Se modifica la letra g) del apartado 3 del artículo 6, que regula las entidades y personas beneficiarias y los requisitos comunes, en el siguiente sentido: la obligación contenida en el indicado precepto no será de aplicable a aquellas extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas, suspensiones de contratos o reducciones de jornada en los supuestos contemplados por los artículos 47 y 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que, como consecuencia de la crisis ocasionada por el COVID-19, hayan tenido lugar durante el estado de alarma.   2. Se modifica la letra l) del artículo 7 relativo a las obligaciones de las entidades y personas beneficiarias, mediante una reducción del periodo mínimo por el que debe mantenerse el número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuviera el beneficiario en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la fecha del contrato, pasando de dieciocho a doce meses, respecto a la línea 4 de subvención, que se refiere a las ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción, cuyo objeto es fomentar la estabilidad en el empleo de personas que se hayan incorporado al mercado laboral, mediante alguno de los contratos indicados.   3. Se revisan aspectos puntuales del régimen de sustitución de los contratos contemplados en el artículo 12, ampliando el plazo máximo para sustituir a las personas contratadas respecto a las líneas de subvención 2 y 3, y para cubrir las vacantes para la línea 4.   4. En cuanto al artículo 17 que regula los requisitos específicos para contratar por quienes solicitan la subvención, se introduce una excepción por la que no se exigirá la obligación prevista en su párrafo primero, cuando el descenso neto del empleo de la empresa, en relación a la plantilla en los noventa días anteriores a la contratación, se deba a extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas que se hayan realizado en la empresa durante el estado de alarma declarado por la crisis originada por el COVID-19. Igualmente, y por las mismas causas, respecto de la obligación establecida en la letra c) del artículo 22.   5. Asimismo, se modifica la letra c) del apartado 5 del artículo 28, que regula el incumplimiento de las obligaciones y reintegro de subvenciones, con el fin determinar los criterios para graduar proporcionalmente la cuantía que proceda reintegrar en función de la duración efectiva de la relación contractual, para las subvenciones recogidas en la línea 4.   6. Se modifica el apartado 2 del artículo 30, permitiendo que el beneficiario, a la finalización del contrato objeto de la ayuda, presente la documentación reflejada en el Anexo III que forma parte del Decreto.   7. Se modifica igualmente, la disposición adicional tercera, relativa a los indicadores financieros y de productividad.   8. Finalmente a través de la disposición adicional primera se publica el crédito disponible y se indica el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020.   Por su parte la disposición adicional segunda recoge la modificación de los anexos del Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, y la disposición adicional tercera regula el régimen de las subvenciones para la transformación en indefinidos de los contratos celebrados con personas con discapacidad.   El crédito disponible en el ejercicio 2020, para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones reguladas en el citado Decreto, asciende a 8.000.000 euros.   Enlaces relacionados:   Decreto 43/2020, de 3 de agosto, por el que se modifica el Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO Y SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA “SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.”

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se establece el régimen jurídico y se regula el funcionamiento de la empresa pública “Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A.”   El Decreto tiene como finalidad determinar el régimen jurídico y regular el funcionamiento de la Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A. (SODICAMAN, S.A.), como empresa perteneciente al sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, adscrita a la Consejería competente en materia de promoción empresarial.   Esta norma regula la naturaleza de la Sociedad, su régimen jurídico, su objeto y actuaciones, los productos financieros que ofrece la Sociedad, así como la regulación de sus órganos sociales, su patrimonio, recursos económicos, régimen de su personal y las normas relativas al control financiero y verificación de cuentas anuales de la Sociedad.   Enlaces relacionados:   Decreto 44/2020, de 3 de agosto, por el que se establece el régimen jurídico y se regula el funcionamiento de la empresa pública Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, SA.

 

NO OPOSICIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE CREA LA RESERVA ESTRATÉGICA DE PRODUCTOS SANITARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA, EXPEDIENTE 10/ PPL-00005.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, respecto de las proposiciones de ley presentadas por los grupos parlamentarios en las Cortes regionales, como paso previo a su tramitación en esta.