Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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MODIFICACIÓN DEL BIEN DE INTERÉS CULTURAL DENOMINADO COLEGIO DE JESUITAS, EN EL MUNICIPIO DE OROPESA (TOLEDO), CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1.a) de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, se propone al Consejo de Gobierno aprobar la modificación de la declaración de el Bien de Interés Cultural denominado Colegio de Jesuitas, en el municipio de Oropesa (Toledo), con la categoría de Monumento.    Se trata de modificar la declaración del citado Monumento, que se produjo mediante Decreto 188/1991, de 8 de octubre (DOCM nº 83, de 30/10/1991).    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 23/06/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Bien de Interés Cultural denominado Colegio de Jesuitas, en el municipio de Oropesa (Toledo), con la categoría de Monumento.

 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES LLEVADAS A CABO HASTA EL 8 DE JUNIO DE 2020, POR LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.     En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a dicha crisis, estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Sector Público para hacer frente al COVID-19.    Siguiendo la previsión del artículo 120.1.b) de la LCSP, se da cuenta de las contrataciones realizadas de emergencia en contrataciones realizadas hasta el 8 de junio de 2020, por la Consejería de Bienestar Social para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS “BENQUERENCIA” EN TOLEDO.

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de autorización de la contratación y autorización de un gasto por importe de 8.100.630,72 euros, derivado del contrato de servicios sociales para la gestión integral de la residencia para personas mayores con servicio de estancias diurnas “Benquerencia” en Toledo.    La fecha estimada de inicio del contrato es el 1 de noviembre de 2020. La duración del contrato será de tres años a contar desde la fecha de su formalización, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por acuerdo del órgano de contratación por un periodo máximo de dos años.   Al superar el valor estimado del contrato los 10.000.000,00 euros, previamente a la aprobación del gasto, se requiere autorización para la contratación del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Asimismo, el gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 20, a) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo. 

AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA POR LA QUE SE PUBLICA EL CRÉDITO PRESUPUESTARIO DISPONIBLE DURANTE 2020, PARA ATENDER OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO.

Estas subvenciones se encuentran reguladas en el Decreto 16/2016, de 26 de abril, por la que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificado por el Decreto 85/2016, de 27 de diciembre, las ayudas serán concedidas de forma directa por concurrir razones de interés público, social y humanitario.  El crédito disponible tiene como límite la cantidad de 8.245.408,57 euros.   Enlaces relacionados:   Decreto 16/2016, de 26 de abril, por la que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificado por el Decreto 85/2016, de 27 de diciembre.   Resolución de 24/06/2020, de la Dirección General de Infancia y Familia, por la que se publica el crédito presupuestario disponible, la forma de pago y el plazo de justificación del gasto, durante el ejercicio 2020, para atender obligaciones de contenido económico derivadas de las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 99/2006, DE 01 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA SERRANÍA DE CUENCA, Y SE AMPLIA EL PARQUE NATURAL DE LA SERRANIA DE CUENCA

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 99/2006, de 1 de agosto, por el que se aprueba el plan de ordenación de los recursos naturales de la serranía de cuenca, y se amplía el Parque Natural de la Serranía de Cuenca y disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 27/2020, de 23 de junio, por el que se amplía el Parque Natural de la Serranía de Cuenca y se modifica el Decreto 99/2006, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Serranía de Cuenca.

RECONOCIMIENTO, COMO COMUNIDAD ORIGINARIA DE CASTILLA-LA MANCHA, DE LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE MOYA EN VALENCIA.

La Asociación se funda en el año 1980 y desde ese momento inicia su andadura de forma ininterrumpida. Muy prolija en actividades culturales relacionadas con el Municipio de Moya y de la Provincia de Cuenca. Han publicado muchos trabajos de investigación y actualmente editan una revista semestral (el año pasado celebraron los 50 números) donde recogen sus actividades e inquietudes, con referencias constantes a su Municipio. Actualmente la Asociación la integran 350 socios, la inmensa mayoría procedentes de la provincia de Cuenca. Utilizan la sede del Hogar Manchego en Valencia.    La propuesta de reconocimiento como Comunidad Originaria viene determinada por su trayectoria y por cumplir con todos los requisitos exigidos en las disposiciones legales vigentes.    Enlaces relacionados:   www.asociacionamigosdemoya.com   www.asociacioamigosdemoya.es

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2020 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 121, de 20 de junio de 2020, se publicó el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.    Pese al escaso tiempo transcurrido desde la aprobación de la norma, resulta necesario modificar puntualmente el Decreto a fin de garantizar la seguridad jurídica, dejando resueltos algunos aspectos que podían generar dudas en los primeros días de la transición hacia la nueva normalidad.    Las relaciones de las modificaciones efectuadas tiene que ver con:    - La regulación de la apertura de las actividades dispuesta en el artículo 4. - Las medidas de higiene y prevención en la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración previstas en el artículo 8. - Las previsiones relativas a los establecimientos y locales comerciales minoristas y las actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales previstas en el artículo 15. - La formación profesional para el empleo-gestionada o financiada por la Administración autonómica en centros y entidades de formación prevista en artículo 19. - Las condiciones de ocupación en los alojamientos turísticos establecidas en el artículo 23. - Las condiciones de apertura al público de las discotecas y resto de establecimientos nocturnos establecidas en el artículo 24. - La supresión de la necesidad de informes previos de la Consejería de Sanidad previstos en los artículos 40 y 41. - La inclusión en el artículo 42 de la sujeción a inspección por la Consejería competente en materia de bienestar social, en el ámbito de su competencia, de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, sociosanitarios y de servicios sociales. - Finalmente, se considera necesaria la inclusión de dos capítulos nuevos que regulen las medidas necesarias en los establecimientos y locales de juego y apuestas y las medidas en relación con los transportes.   Enlaces relacionados:   Decreto 28/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO A LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, LAVANDERÍA, MANTENIMIENTO Y CONSERJERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA DE CUENCA.

La Residencia Comunitaria de Cuenca, dependiente de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, se concibe como un recurso que presta un servicio residencial comunitario, con supervisión estable de 24 horas, para personas con enfermedad mental grave, con déficit en su autonomía personal y social, que o no cuentan con apoyo familiar o social, o que debido a circunstancias sociales o necesidades de su proceso de rehabilitación, requieren los servicios de este recurso. En esta Residencia se proporciona alojamiento, manutención, rehabilitación psicosocial y apoyo personal, social y a la integración comunitaria a los 44 residentes que viven en ella con carácter permanente los 365 días del año.    El objetivo que se pretende conseguir con la tramitación de este expediente es que, puesto que la atención que se pretende dar en la Residencia será integral y personalizada, se hace fundamental la prestación de una serie de servicios que han de ser desarrollados y ejecutados de forma coordinada y cohesionada en beneficio de los residentes destinatarios de los mismos y del buen funcionamiento de la Residencia en cuestión, como es, entre otros, los servicios de limpieza, lavandería, mantenimiento y conserjería.    El importe previsto de gasto para este expediente de contratación es de 906.569,64 €.    Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE CIFUENTES (GUADALAJARA).

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.864.670,50 €,  de acuerdo con el artículo 20.f) de Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, referido al expediente siguiente:  “Obra de construcción del Centro de Salud de Cifuentes (Guadalajara)”.   El importe asciende a 1.864.670,50 € con el siguiente desglose:    Aplicación Presupuestaria: 61020000/G412D/62000 (FPA0090005 Fondo Europeo de Desarrollo Regional, PO FEDER CLM, 2014-2020; % de financiación: Los gastos elegibles por inversión podrán ser objeto de una cofinanciación de hasta el 80%).  

ANUALIDADES (IVA incluido):

1 ª ANUALIDAD 2020:                 0,00  €

2 ª ANUALIDAD 2021:    1.864.670,50  €

 

Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es 

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CENTRO DE SALUD “TOMELLOSO 1”.

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 5.312.779,36 €,  de acuerdo con el artículo 20.f) de Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, referido al expediente siguiente: “Obra de construcción del nuevo Centro de Salud “Tomelloso 1”, en Tomelloso (Ciudad Real)”.    El importe asciende a 5.312.779,36 € con el siguiente desglose:    Aplicación Presupuestaria: 61020000/G412D/62000 (FPA0090005 Fondo Europeo de Desarrollo Regional, PO FEDER CLM, 2014-2020; % de financiación: Los gastos elegibles por inversión podrán ser objeto de una cofinanciación de hasta el 80%).  

ANUALIDADES (IVA incluido):

1 ª ANUALIDAD 2020:    2.639.451,13 €

2 ª ANUALIDAD 2021:    2.673.328,23 €

 

Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es 

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 35/2017 QUE REGULA LAS CARACTERÍSTICAS Y LOS PROCESOS RELATIVOS AL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto por el que se modifica el Decreto 35/2017, de 2 de mayo, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, mediante la adición de una disposición adicional que posibilita a los/as delegados/as provinciales realizar un nombramiento extraordinario por un año de los directores y directoras de los centros educativos públicos que, como consecuencia del COVID -19 y la declaración del estado de alarma, no han podido finalizar el procedimiento ordinario de selección de los mismos. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 29/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 35/2017, de 2 de mayo, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 20/2018 QUE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS CONSISTENTES EN EL USO DE LIBROS DE TEXTO Y DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DE CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno apruebó el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.    La modificación consiste en incorporar al Decreto 20/2018, de 10 de abril, una disposición adicional, con vigencia para el curso escolar 2020/2021, que permita simplificar el procedimiento ordinario, reconociendo de oficio, para el curso 2020/2021, como beneficiario de las ayudas reguladas en el decreto aquel alumnado que resultó beneficiario de las ayudas en el curso 2019/2020, y permanezca en las etapas educativas en las que se prevé la concesión de las ayudas.     Con ese mismo período de vigencia, se incluyen diversas modificaciones en el procedimiento tendentes a facilitar la presentación de las solicitudes, especialmente destinadas a las personas que carezcan de medios electrónicos para relacionarse con la Administración, teniendo en cuenta las restricciones en la libertad de circulación de las personas y de las medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación impuestas en el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para garantizar la protección de la salud de los ciudadanos.    El presupuesto de la convocatoria es el siguiente, distribuido por aplicaciones y anualidades:   

Aplicación                                 2020                          2021                           Total

18020000G423A/48712      2.130.918,17€                  150.000€              2.280.918,17€

Fondo: 0000001552        

 

18020000G423A/48712            750.100 €                                                     750.100 €

Fondo: FPA0001125

 

18020000G423A/22902                 0,00€            6.554.678,66 €             6.554.678,66 €

Fondos propios

 

TOTAL CONVOCATORIA                                                                         9.585.696,83 €

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 30/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.