Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LA COMISIÓN MIXTA DE TRANSFERENCIAS.

La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, está integrada, de forma paritaria, por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma, siendo la encargada de elaborar las propuestas de traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias que, según el Estatuto de Autonomía, corresponden a la Comunidad Autónoma.    El Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria quinta de su Estatuto de Autonomía, establece la composición de la Comisión Mixta, correspondiendo a la Comunidad Autónoma la designación del Vicepresidente y de siete vocales, así como de un Secretario de Actas.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 25/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se designan representantes de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha en la Comisión Mixta de Transferencias. 

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS PERMANENTES, POR PARTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Las Comisiones Bilaterales de Cooperación son órganos de cooperación de composición bilateral que reúnen, por un número igual de representantes, a miembros del Gobierno de la Nación, en representación de la Administración General del Estado, y a miembros del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.     Las normas de funcionamiento de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, publicadas en el BOE de 11 de noviembre de 2000 y en el DOCM de 3 de noviembre de 2000, disponen en su apartado II, la composición de la Comisión, señalando los miembros permanentes de cada parte y la posibilidad de su modificación por acuerdo comunicado de cualquiera de ellas.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 25/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se designa a los miembros permanentes, por parte de la comunidad autónoma, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN ÓRGANOS COLEGIADOS DE LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS DEL TAJO, GUADIANA, JÚCAR, SEGURA, GUADALQUIVIR, EBRO Y DUERO.

El artículo 2.2.g) de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, establece que dicho organismo ejerce entre otras funciones “la propuesta, para su nombramiento por el Consejo de Gobierno, de representantes en los órganos de la Administración hidráulica del Estado que afecten a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en los que ésta deba estar representada conforme al ordenamiento jurídico vigente”.    Tras la nueva estructura de la Administración regional aprobada por el Decreto 56/2019, de 7 de julio, es necesario proceder a una nueva designación de los representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los distintos órganos colegiados de las Confederaciones Hidrográficas presentes en su ámbito territorial. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS DERIVADAS DEL MODIFICADO Nº1 DEL CONTRATO DE TRANSPORTE ESCOLAR POR CARRETERA.

El Consejo autoriza reconocimiento de obligaciones y la tramitación de pagos hasta un importe máximo 20.036,16 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.423A.22300, derivadas de:    - modificado nº1 del contrato de transporte escolar por carretera, lote 57, ruta 42 m, por un importe de 6.992,80 euros y modificado nº 2 del contrato de transporte escolar por carretera, lote 48, ruta 1 m, por un importe de 13.043,36 euros.

AUTORIZACIÓN DE LA INCORPORACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO CORRIENTE DE OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN EL EJERCICIO 2019.

El Consejo de Gobierno autoriza la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de las obligaciones reconocidas en el ejercicio 2019 por importe de 1.064.340,60 euros, con cargo al capítulos II.    Estas obligaciones corresponden a gastos derivados del transporte de participantes en competiciones deportivas, asistencia por participar en tribunales,, suministros ele alimentarios a escuelas infantiles, suministro eléctricos y de agua a centros dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 

IMPUGNACIÓN FRENTE A LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA DEL REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 17 DEL AYUNTAMIENTO DE NAVAS DE JORQUERA.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 14 de febrero de 2020, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta del requerimiento de anulación, presentado en fecha 18 de noviembre de 2019, de la Resolución nº17 del Ayuntamiento de Navas de Jorquera, de 18 de marzo de 2019, por la que se concede licencia de obras para la construcción de una caseta de aperos en la parcela 30, del polígono 5, de ese término municipal. 

IMPUGNACIÓN FRENTE A LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA DEL REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 19 DEL AYUNTAMIENTO DE NAVAS DE JORQUERA.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 14 de febrero de 2020, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta del requerimiento de anulación, presentado en fecha 18 de noviembre de 2019, de la Resolución nº19 del Ayuntamiento de Navas de Jorquera, de 19 de marzo de 2019, por la que se concede la licencia municipal para la ampliación de seis salas de cultivo de champiñón en la parcela 48 del polígono 18 de ese término municipal. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DESTINADO AL REFUERZO DE LA VICECONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SUS DIRECCIONES ADSCRITAS, LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE.

El Consejo de Gobierno autoriza el “Programa Temporal de Empleo para la incorporación de personal técnico y auxiliar administrativo, destinados al refuerzo de la Viceconsejería de Medio Ambiente y sus Direcciones adscritas, la Dirección General de Transición Energética y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la tramitación de expedientes relacionados con la transición energética y otras tramitaciones medioambientales” por un periodo de un año. 

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRAN LOS MIEMBROS DEL CONSEJO ASESOR DEL ENTE PÚBLICO DE RADIO-TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA.

El apartado 1 del artículo 10 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha establece que existirá un único Consejo Asesor, compuesto por quince miembros, designados, a partes iguales, por las Cortes de Castilla-La Mancha, por el Consejo de Gobierno, por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, por la Universidad de Castilla-La Mancha y por las centrales sindicales más representativas, como representantes de los trabajadores del Ente Público y de sus sociedades.     Una vez designados, el apartado 3 del mismo artículo dispone que “Los miembros del Consejo Asesor serán nombrados por el Consejo de Gobierno, así como su Presidente y Vicepresidente, si bien estos últimos lo serán previa elección por el Consejo Asesor por mayoría absoluta de sus miembros.”    Enlaces relacionados:   Decreto 4/2020, de 3 de marzo, por el que se nombran los miembros del Consejo Asesor del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DEL MUSEO DE LAS CIENCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE AUXILIARES DE SALA DEL MUSEO DE PALEONTOLOGÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL TURISMO ACTIVO Y EL ECOTURISMO EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula el turismo activo y el ecoturismo en Castilla-La Mancha.    Las empresas de turismo activo fueron objeto de regulación mediante el Decreto 77/2005, de 28 de junio, de Ordenación de las Empresas de Turismo Activo de Castilla-La Mancha, norma que reconoció como servicio turístico la prestación mediante precio de actividades de entretenimiento, aventura, deportivas, culturales y cualesquiera otras de esparcimiento y ocio, y que supuso una respuesta a las necesidades y exigencias de aquel momento.    Sin embargo, el tiempo transcurrido y la necesidad de adaptar este tipo de empresas turísticas a la regulación contenida en la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de ordenación del turismo de Castilla-La Mancha (modificada mediante la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas), unido al deseo de elevar la calidad de estos servicios, aconsejan actualizar la normativa reglamentaria de aplicación a las empresas de turismo activo.    Por otra parte, el ecoturismo carece de desarrollo reglamentario, por lo que, se procede a determinar la naturaleza y los requisitos mínimos que deberán cumplir las empresas para tener la calificación de empresas de ecoturismo. Esta calificación será complementaria del cumplimiento de la normativa sectorial que sea de aplicación de acuerdo a la actividad de la empresa turística.    Asimismo, mediante la regulación del ecoturismo, se pretende fomentar el conocimiento, interpretación y conservación de la Red de Áreas Protegidas de Castilla-La Mancha, repercutiendo positivamente en la población local y persiguiendo, al mismo tiempo, la exigencia de la calidad que se demanda en los mercados actuales.    Enlaces relacionados:   Decreto 5/2020, de 3 de marzo, por el que se regula el turismo activo y el ecoturismo en Castilla-La Mancha.