Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXISTENTES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL MANTENIMIENTO DE CENTROS DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL Y LABORAL DE PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE.

El Consejo de Gobierno autoriza el gasto de la Convocatoria de subvenciones para 2020, de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, destinadas a Entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento de centros de rehabilitación psicosocial y laboral de personas con trastorno mental grave.    Esta convocatoria de subvención tiene como finalidad atender a los fines de interés general de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, concretamente la prevención, la rehabilitación y el apoyo social y laboral de las personas que padezcan problemas de salud mental.     La Convocatoria contará con una financiación de 1.900.000,00 €. Con el importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100% del coste total del proyecto subvencionado. El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá de  600.000,00 €.  

PROYECTO DE LEY DE FOMENTO Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE I+D+i DE CASTILLA-LA MANCHA.

Con la futura ley se pretende regular por primera vez, de forma global y sistemática, la actuación de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación.    Con objeto de fomentar, coordinar y dar estabilidad presupuestaria al sistema castellanomanchego de ciencia, tecnología e innovación, la actividad investigadora y la transferencia de conocimientos a la sociedad, la presente ley sigue tres grandes líneas de actuación:     a) La implantación de un sistema de planificación, seguimiento y evaluación conjunto que defina las líneas prioritarias de actuación en convergencia con los documentos estratégicos europeos y nacionales y que programe la utilización de forma estable, periódica y previsible, de los recursos disponibles de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la I+D+i.   b) La creación de la estructura institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha encargada de la planificación en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación, con base a objetivos previamente definidos.   c) El establecimiento de una serie de medidas sistemáticas dirigidas a promocionar e incentivar la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación.   Enlaces relacionados:   Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha.

 

DECLARACIÓN BIEN DE INTERÉS CULTURAL “LA ENDIABLADA”, EN EL MUNICIPIO DE ALMONACID DEL MARQUESADO (CUENCA), CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1.a) de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, se propone al Consejo de Gobierno aprobar la declaración como Bien de Interés Cultural, “La Endiablada”, en el municipio de Almonacid del Marquesado (Cuenca), con la categoría de Bien Inmaterial. 

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo de 11/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural La Endiablada, en el municipio de Almonacid del Marquesado (Cuenca), con la categoría de Bien Inmaterial.

CREACIÓN DE 2 COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA –LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación de 2 centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Castilla –La Mancha, que entrarán en funcionamiento en el curso 2020/2021:    - El Colegio de Educación Infantil y Primaria número 4 (código de centro 19009786), en Torrejón del Rey por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Virgen de las Candelas” (código de centro 19002241), de Torrejón del Rey (Guadalajara) y el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Muriel” (código de centro 19009439), de Torrejón del Rey (Guadalajara).    - El Colegio de Educación Infantil y Primaria “Cervantes” (código de centro 02002954), en Tobarra por integración del Colegio de Educación Infantil y Primaria Nuestra Señora de la Asunción (código de centro 02004719) de Tobarra (Albacete) y Colegio de Educación Infantil y Primaria Cervantes (código de centro 02002954), Tobarra (Albacete).   Enlaces relacionados:   Acuerdo de 11/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se crean colegios de Educación Infantil y Primaria en determinadas localidades de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DEL JÚCAR.

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico para impugnar el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcalá del Júcar de 12 de diciembre de 2019, por el que se inadmite a trámite la  solicitud  de  revisión  de  oficio  de  la  Resolución  de  la  Alcaldía  por  la  que  se  concede  una  licencia de obras para la construcción de una vivienda unifamiliar en la parcela 267, polígono 27, del citado término municipal. 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 10/1999, DE 26 DE MAYO, DE CREACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

En desarrollo de la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución que el artículo 32.5 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se aprobó la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, dentro del marco normativo básico establecido por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.    La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, disposición que aprueba los principios generales que deben regir la regulación actual y futura de las actividades de servicios, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.    Esta última ley ha reformado aspectos sustanciales de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, con el objetivo de reforzar las garantías de los consumidores y usuarios, aumentar la transparencia de los colegios profesionales y suprimir cargas administrativas injustificadas en el ejercicio de las profesiones colegiadas. Entre los aspectos nucleares de la reforma, destaca la atribución al legislador estatal de la competencia para establecer los supuestos de colegiación obligatoria, pues ello ha supuesto que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 69/2017, de 25 de mayo, declare la inadecuación de la Ley 10/1999, de 26 de mayo, al marco normativo básico vigente en materia de colegios profesionales, por vulneración de las competencias estatales en materia de colegiación.     Por todo ello, resulta necesario modificar la Ley 10/1999 en todos aquellos aspectos que puedan resultar afectados por la regulación básica vigente en esta materia, y en cumplimiento de lo declarado en la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional.    Enlaces relacionados:   Ley 6/2020, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPUTACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2020 DE LAS OBLIGACIONES DE COMPROMISOS DE GASTO DEBIDAMENTE ADQUIRIDOS EN EJERCICIOS ANTERIORES POR EL SESCAM.

Se autoriza la imputación al ejercicio corriente de obligaciones derivadas de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.  

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA INTERPONER RECURSO CONTRA LA ORDEN TEC/1024/2019, DE 10 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA, DE 19,2 HM³ PARA OCTUBRE DE 2019.

Se recurre la autorización de este trasvase acordado cuando las existencias efectivas de Entrepeñas y Buendía a fecha 1 de octubre de 2019 estaban en 454,6 hm3, por entender que la regla de explotación del trasvase, establecida en el RD.773/2014, de 12 de septiembre,  ha sido adoptada partiendo de restricciones en la cuenca cedente e incumple el objetivo legal de “dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3”.    Adicionalmente se propone la interposición de un recurso indirecto contra el artículo 1 del RD.773/2014, igualmente por incumplimiento del citado objetivo marcado por la Ley 21/2015. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, DESIGNADAS POR LAS LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA, EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES SOCIALES.

El Consejo de Gobierno aprueba Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de dos miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.    Tras la designación efectuada por la FMPCLM, se ha procedido al cese de don Angel Luis Mariscal Estrada y doña Manuela Nieto Márquez, y al nombramiento de don Manuel Martínez Rodríguez y don Ignacio Sánchez Pascual como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 2/2020, de 18 de febrero, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA DESIGNADAS POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES SOCIALES.

El Consejo de Gobierno aprueba Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por las organizaciones sindicales más representativas de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.    Tras la designación efectuada por el sindicato UGT, se ha procedido al cese de D. Carlos Pedrosa Serrano, y al nombramiento de Dª. Carmen Campoy Herrera como miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 3/2020, de 18 de febrero, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por las organizaciones sindicales más representativas de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO OCUPACIONAL Y DE LA VIVIENDA CON APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL EN LAS PEDROÑERAS (CUENCA).

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral del centro ocupacional y de la vivienda con apoyo para personas con discapacidad intelectual en Las Pedroñeras (Cuenca) con la siguiente distribución de anualidades:     El contrato tendrá una duración inicial de tres años, prorrogables por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, por un período de máximo de dos años, siendo la fecha estimada de inicio del contrato el día 1 de agosto de 2020.    El gasto de 1.688.348,14 euros supera el límite establecido en el artículo 20, a) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE LAS INFORMACIONES DE CARÁCTER DEPORTIVO.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre.