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CerrarAprobación de las instrucciones sobre actuaciones de promoción y difusión
La Dirección General de Promoción Institucional, por razón de su ámbito competencial, elabora las nuevas Instrucciones sobre Actuaciones de Promoción y Difusión para coordinar los diferentes aspectos que conforman las actuaciones de difusión, publicitarias, promocionales y publicaciones de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha.
Toma de conocimiento de la Orden de la Consejería de Bienestar Social por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de programas y mantenimiento en Centros de Atención a personas mayores
La Orden tiene por objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades locales para el mantenimiento de plazas en centros y el desarrollo de servicios y programas de atención a personas mayores.
Las subvenciones objeto de esta orden se destinarán a gastos de personal y mantenimiento de plazas en los siguientes centros y servicios:
a) Residencias para personas mayores.
b) Programas de alojamiento y convivencia de carácter residencial en viviendas de personas mayores.
c) Servicios de estancias diurnas (centros de día especializados para personas mayores).
d) Servicios de estancias nocturnas, destinados a personas dependientes o en proceso de reconocimiento de grado de dependencia.
e) Centros de día de atención a personas mayores.res en Castilla-La Mancha.
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Autorización para la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales correspondientes a la convocatoria para 2016 de las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea
El expediente está motivado por los requerimientos de autorización del Consejo de Gobierno, en el caso de gastos plurianuales, cuando éstos superan los porcentajes marcados por el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha (artículo 48).
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al fomento del emprendimiento innovador en Castilla-La Mancha, cofinanciado en un 80%, por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Mediante este programa se pretenden fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial, para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de Empresas Innovadoras, acelerando el proceso de “cristalización” de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.
Actuaciones subvencionables:
a) Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, especialmente los que promuevan la participación en proyectos nacionales, europeos e internacionales.
b) Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas de carácter innovador.
c) Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico necesario a los emprendedores, especialmente en materia de innovación y tecnología.
d) Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de Castilla-La Mancha, considerados como agentes de apoyo a la innovación, en el ámbito de las infraestructuras de ciencia, tecnología e innovación, de la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Gastos subvencionables:
a) Los gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo, incluidas las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.
b) Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las acciones y/o proyectos propuestos.
Características principales de las actuaciones:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en que se publique la correspondiente convocatoria.
Las actuaciones o proyectos subvencionables a través de este programa no podrán ser superiores al límite máximo de 100.000,00 euros. La cuantía de la ayuda será la que figure en el presupuesto de las actuaciones y/o proyectos subvencionables presentado por las entidades solicitantes.
Financiación:
Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), mediante el Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2014-2020, a través del Eje prioritario 1, y Objetivo Temático 1 “Potenciar la Investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”.
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Resolución por la que se aprueba, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales
Las subvenciones van destinadas a promover inversiones en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo.
La finalidad es fomentar inversiones destinadas a la sustitución de maquinaria no conforme a la normativa de seguridad, adaptación ergonómica de puestos de trabajo, y adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, fiscos y bilógicos.
La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas emprendedoras, pequeñas y medianas empresas, Centros Especiales de Empleo y entidades sin ánimo de lucro.
El importe de la subvención es del 35% de las inversiones subvencionables, con un máximo de 15.000 euros por beneficiario.
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Autorización previa de gasto al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A. para la ejecución de la sentencia nº 201, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal superior de Justicia de Castilla-La Mancha
El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A eleva una propuesta de autorización previa de gasto al Consejo de Gobierno, relativa a la ejecución de la Sentencia nº 201, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, de fecha 9 de junio de 2010, en virtud de la cual se desestimó el recurso de reposición contra el acuerdo del Jurado Regional de Valoraciones en virtud del cual se estableció el justiprecio relativo a la expropiación en ejecución del proyecto de singular interés Parque Industrial y Tecnológico de Illescas, siendo beneficiario el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
En cumplimiento de dicha sentencia, el Consejo de Gobierno autoriza un gasto de 601.935,29 euros, más sus intereses legales.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
Autorización previa de gasto al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A. para la ejecución de la sentencia nº 212, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal superior de Justicia de Castilla-La Mancha
El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A eleva una propuesta de autorización previa de gasto al Consejo de Gobierno, relativa a la ejecución de la Sentencia nº 212, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, de fecha 9 de junio de 2010, en virtud de la cual se desestimó el recurso de reposición contra el acuerdo del Jurado Regional de Valoraciones en virtud del cual se estableció el justiprecio relativo a la expropiación en ejecución del proyecto de singular interés Parque Industrial y Tecnológico de Illescas, siendo beneficiario el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
En cumplimiento de dicha sentencia, el Consejo de Gobierno autoriza un gasto de 217.760,38 euros, más sus intereses legales (gasto total de 282.065,17 euros).
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación de municipios y provincias de Castilla-La Mancha para la ejecución en el ejercicio 2016 de un Plan de formación interadministrativo en el marco del Acuerdo de formación
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Administración General del Estado y el resto de Comunidades Autónomas tienen suscrito el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), que supone la gestión conjunta de los fondos destinados a la formación de los empleados públicos y la ejecución y desarrollo de los planes formativos en sus ámbitos respectivos.
Según este acuerdo, las Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico legítimamente constituidas podrán promover planes de formación, así como, aquellas que deseen financiar acciones formativas con cargo a este acuerdo, elaborar planes de formación de carácter agrupado o interadministrativo circunscritos al territorio autonómico.
En Castilla-La Mancha sólo existe una Federación o Asociación de Entidades Locales de ámbito autonómico que pueda promover planes interadministrativos, la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, la cual cuenta además con una destacable experiencia y disponibilidad de medios para la ejecución de dichas actividades.
El interés público de esta subvención se fundamenta en que la formación profesional permanente y el reciclaje profesional de todos los empleados públicos son imprescindibles a la hora de prestar los servicios públicos de forma eficaz y moderna.
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Acuerdo por el que se resuelve el expediente de deslinde de los términos municipales de el real de San Vicente (Toledo) e Hinojosa de San Vicente (Toledo)
El 8 de marzo de 2013 el Ayuntamiento de El Real de San Vicente (Toledo) instó a iniciar un expediente para resolver la discrepancia que existía entre este consistorio y el de Hinojosa de San Vicente en cuanto a la situación de los mojones 2, 3, 4, 5, 6, y 7 de la línea jurisdiccional de deslinde entre ambos términos municipales. A lo largo de la tramitación de este expediente no ha existido acuerdo entre ambos ayuntamientos sobre los términos del deslinde.
Al amparo de las prescripciones técnicas defendidas por el Instituto Geográfico Nacional y por el informe preceptivo del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha, el Consejo de Gobierno acuerda resolver la controversia suscitada entre ambos ayuntamientos sobre el deslinde de sus términos municipales considerando válida y vigente la línea límite jurisdiccional que se establece en el acta de 1882 y señalar los mojones comunes a ambos municipios en la ubicación determinada por el cuaderno topográfico anexo a la misma, con las coordinadas asignadas por el Informe del Instituto Geográfico Nacional.
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Acuerdo por el que se autoriza la transferencia de crédito desde la sección presupuestaria 17, fomento, al programa 633a, imprevistos y funciones no clasificadas, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Este acuerdo consiste en una modificación de crédito de la sección presupuestaria 17, de Fomento, al programa de Imprevistos y Funciones No Clasificadas, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
Con esta modificación presupuestaria, que asciende a 4,3 millones de euros, se pretende hacer frente a necesidades detectadas e inaplazables, que no podían preverse a la hora de la aprobación de los presupuestos regionales.
En concreto, se trata de hacer frente a sentencias expropiatorias no favorables o acuerdos extrajudiciales a los que está teniendo que llegar la Junta de Comunidades para poner fin a procedimientos judiciales con el objetivo de ahorrar en costas e intereses de demora.
Toma de conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del programa de Desarrollo Rural de Castilla‐La Mancha 2014‐2020
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamiento selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla‐La Mancha 2014‐2020.
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Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación del Consejo de Gobierno de la universidad, por el sector de estudiantes
Las Cortes Regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.
El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamente de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamente de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del consejo de Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.
Dentro de los 6 primero son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.
Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.
Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.
Correspondiendo al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.
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