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DECRETO POR EL QUE SE DECLARA EL MONUMENTO NATURAL “CHORRERAS DEL CABRIEL” EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE ENGUÍDANOS Y VÍLLORA, PROVINCIA DE CUENCA

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto /2019, de 18 de junio, por el que se declara el Monumento Natural “Chorreras del Cabriel” en los términos municipales de Enguídanos y Víllora, provincia de Cuenca.

 

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, los monumentos naturales son espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza, que merecen ser objeto de una atención especial. Igualmente se consideran también monumentos naturales, las formaciones geológicas, los yacimientos paleontológicos y demás elementos de la gea que reúnan un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales o paisajísticos que resulten representativas del dominio geomorfológico donde se ubican.

 

Al respecto figura en el expediente informe- propuesta de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales relativo a que las Chorreras del río Cabriel es un enclave natural de gran belleza situado en la provincia de Cuenca, entre los términos municipales de Enguídanos y Víllora, que se considera excepcional en el Sistema Ibérico por la entidad y las características de sus formaciones tobáceas ligadas a ambientes fluviales.

 

En cuanto al procedimiento el artículo 32 de la citada Ley 9/1999, de 26 de mayo de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha, establece que la instrucción del procedimiento será realizada por la Consejería, que lo someterá a los trámites de audiencia de los interesados, información pública y consulta a los intereses sociales e institucionales afectados. Así, se ha acreditado en el procedimiento la audiencia a los interesados, la realización del trámite de información pública, la participación ciudadana así como la consulta al Consejo Asesor de Medio Ambiente.

 

El expediente tramitado cuenta además con el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, del Gabinete Jurídico y del Consejo Consultivo de Castilla- La Mancha que ha emitido el Dictamen nº 215/2019.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 52/2019, de 18 de junio, por el que se declara el Monumento Natural Chorreras del Cabriel en los términos municipales de Enguídanos y Víllora, provincia de Cuenca.

 

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR S18/2019 (45VP170049)

Con fecha 20 de febrero de 2013, se formula denuncia por los Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha, contra GRUPO SANTE, S.L., por “ocupación de la vía pecuaria cordel de Olías, con intrusión de una nave industrial metida casi toda ella en la citada vía pecuaria”.

 

Como consecuencia de tales irregularidades, con fecha 4 de octubre de 2017, se acuerda el inicio del expediente sancionador S18/2019 (45VP170049), contra GRUPO SANTE, S.L., por la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Toledo, imputándole la presunta comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 41.2.b) de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

 

Instruido el procedimiento de acuerdo con la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se propone al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, SANCIONAR a GRUPO SANTE, S.L, por la comisión de una infracción muy grave en materia de vías pecuarias, tipificada en el artículo 41.2 b) de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, cuya redacción es: “La edificación o ejecución no autorizada de cualquier tipo de obras en terrenos de vías pecuarias.”, con una sanción por importe de 30.050,62 euros, de conformidad con lo prevenido en el artículo 46.c) de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, que establece que la sanción correspondiente a infracciones muy graves será de multa desde 30.050,62 hasta 150.253,03 euros. Teniendo en cuenta que la interesada ha procedido al abono de la cantidad de 15.025,31 euros en fase de propuesta de resolución, el día 8 de mayo de 2019, la efectividad de dicha medida estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.

 

Así mismo se propone se imponga la medida complementaria siguiente: Teniendo en cuenta que la edificación que se sanciona no puede autorizarse atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 9/2003, deberá restaurarse la vía pecuaria al estado anterior a la comisión de la infracción, procediendo realizar en la nave intrusa las modificaciones estructurales necesarias con objeto de dejar libre y expedito el dominio público pecuario.

 

El Acuerdo de Consejo de Gobierno pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, conforme establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Consejo de Gobierno en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DON ALBERTO ROJO BLAS, COMO DELEGADO PROVINCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN GUADALAJARA

AUTORIZACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE COMPROMISOS DE GASTO QUE HAYAN DE ATENDERSE EN EJERCICIOS POSTERIORES EN EL CASO DE QUE NO EXISTA CRÉDITO INICIAL EN LA APLICACIÓN 18.02.422A.76000. FPA 0090003 Y EN LAS ANUALIDADES 2020 Y 2021

El Consejo de Gobierno autoriza la adquisición de compromisos de gasto que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial en la aplicación 18.02.422A.76000. FPA 0090003 y en las anualidades 2020 y 2021 , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre,, derivada la tramitación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Noblejas( Toledo) para la ejecución de las obras de ampliación de 0+4 unidades y reforma del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Santísimo Cristo de las Injurias”, en Noblejas”

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO, GESTIÓN DE EXPEDICIONES Y TRANSPORTE DE MATERIAL EDUCATIVO PARA EQUIPAMIENTO ESCOLAR DE CENTROS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO, GESTIÓN DE EXPEDICIONES Y TRANSPORTE DE MATERIAL EDUCATIVO PARA EQUIPAMIENTO ESCOLAR DE CENTROS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO MATERIAL DE ESTA CONSEJERÍA.   El Consejo de Gobierno convalida la omisión de fiscalización de la prórroga de 17 de abril de 2019, del contrato de servicios suscrito el 17 de abril de 2018, de almacenamiento, gestión de expediciones y transporte de material educativo para equipamiento escolar de centros dependientes de la Consejería de Educación Cultura y deportes, así como cualquier otro material de esta consejería, suscrito con la mercantil SETRESA.   El gasto de la prórroga del contrato asciende a 258.637,50 euros.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 26/2018, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 26/2018, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DIRIGIDO A FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACIÓN Y EDUCACIÓN, Y AUTORIZACIÓN A LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL QUE DICHA MODIFICACIÓN SUPONE EN EL EXPEDIENTE DE GASTO.

 

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 26/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación

 

Asimismo, el Consejo de Gobierno autoriza a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto del citado Decreto de modificación, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.

 

La modificación del Decreto 26/2018, de 15 de mayo, se centra en los siguientes aspectos:

 

1º. Se amplía el número de convocatorias o ediciones coworking que pasan de 15 a 16.

 

2º. Se amplía el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2020.

 

3º. Igualmente, se modifica el plazo de presentación de las justificaciones, señalando que será de tres meses a contar desde el 30 de junio de 2020.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 54/2019, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 26/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO CON ORIGEN EN LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y DESTINO EN LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 612.349,32 euros, con el objeto de proceder al traslado de créditos de la Consejería de Fomento, que no van a ser utilizados, al programa de imprevistos y funciones no clasificadas de la Dirección General de Presupuestos, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, para su ulterior reutilización.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR, PARA EL AÑO 2020, LA ADQUISICIÓN DE VACUNAS PARA LA INMUNIZACIÓN DE POBLACIÓN ADULTA E INFANTIL DE CASTILLA-LA MANCHA

Expediente relativo al contrato para la adquisición de vacunas para la inmunización de población adulta e infantil de Castilla-La Mancha para el año 2020.

 

En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el programa de vacunaciones se dirige de manera sistemática a la población infantil y también a los grupos de riesgo que cumplen las recomendaciones de inmunización en la edad adulta.

 

Esta licitación, por importe de 5.796.602,24 euros, está destinada a cubrir las necesidades de adquisición y suministro de determinadas dosis de producto vacunal durante el año 2020, para contribuir al control y eventual erradicación de determinadas enfermedades transmisibles y conseguir notables mejoras en la salud de la población.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO CON ORIGEN EN LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DESTINO EN LAS CONSEJERÍAS DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, SANIDAD Y PRESIDENCIA DE LA JCCM

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 366.527,50 euros, con el objeto de proceder al reparto del primer plazo de fondos recibidos, procedentes del Instituto Nacional de Administración Pública, destinados a formación y perfeccionamiento del personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.   Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles a: Dª Lucía Giménez Sánchez de Puerta, para el Registro de Piedrabuena, Dª Marina Pedrosa Lorente, para el Registro de Chinchilla de Monte-Aragón y D. Manuel Osborne Duque, para el Registro de Brihuega.   Enlaces relacionados: Acuerdo de 25/06/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DEL HOSPITAL DE CIUDAD REAL, EJERCICIO 2019

El importe del impuesto derivado de una obligación legal, al tratarse de un tributo, supera el límite de 750.000,00 euros, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, prorrogados por Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.

CESIÓN DE 35 VIVIENDAS DE TITULARIDAD AUTONÓMICA EN ALMANSA (ALBACETE) A FAVOR DE SU AYUNTAMIENTO PARA SU ADECUACIÓN A TRAVÉS DE FONDOS EUROPEOS Y ADJUDICACIÓN A LOS VECINOS DE ESTA LOCALIDAD

El Ayuntamiento de Almansa (Albacete) solicitó a la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha la cesión gratuita de las viviendas conocidas como “Casillas de Peones Camineros”, con la finalidad de realizar en ellas, a través de las ayudas europeas de la Estrategia de Desarrollo Sostenible Integral (EDUSI) que tiene concedidas el Consistorio, una intervención consistente en la rehabilitación integral del grupo de viviendas y su puesta a disposición de los ciudadanos de Almansa inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda la Consejería de Fomento.   Es intención de la Junta de Comunidades y del Ayuntamiento el intervenir conjuntamente en este grupo de viviendas y poner en valor la urbanización donde se encuentran las viviendas, comprometiéndose, la primera, a aportar los inmuebles a tal fin, valorados en cerca de 600,000 euros (578.999,40 €), y el segundo, a proceder a su adecuación a través de la EDUSI, fin para el cual tiene otorgado de estos fondos europeos una cantidad de 615.000 euros (Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014‐2020, efectuada por Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre).   Lo anterior se articula mediante la cesión al Consistorio del inmueble, requisito éste exigido por la normativa del EDUSI para poder destinar sus fondos a los fines de rehabilitación, y mediante ésta dotar a las viviendas de las condiciones adecuadas para destinarlas al fin que les es propio.   Además, el Consistorio de Almansa se compromete a la administración del grupo de viviendas objeto de la cesión según la legislación vigente, con las obligaciones que se derivan de ello tanto respecto a la adecuada conservación de éstas como a su adjudicación a favor de vecinos que obren inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda la Consejería de Fomento.   Esta actuación se suma a todas las desarrolladas en la provincia de Albacete por la Junta de Comunidades para la puesta a disposición de recursos habitacionales para sus ciudadanos, y que se traduce, entre otras medidas, en la puesta a disposición de éstos de 132 viviendas del parque público autonómico (12 en la ciudad de Almansa) a lo largo de la presente Legislatura.